CONTRATOS
Decreto 1518/2014
Modelo de Contrato de Préstamo BID. Aprobación.
Bs. As., 4/9/2014
VISTO el Expediente Nº S01:0121754/2014 del Registro del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, el Modelo de Contrato de Préstamo BID
AR-L1154, propuesto para ser suscripto entre la REPUBLICA ARGENTINA y
el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Modelo de Contrato de Préstamo BID AR-L1154, el BANCO
INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) se compromete a asistir
financieramente a la REPUBLICA ARGENTINA a fin de cooperar en la
ejecución del “Programa de Competitividad de Economías Regionales” por
un monto de hasta DOLARES ESTADOUNIDENSES DOSCIENTOS MILLONES (U$S
200.000.000).
Que el objetivo del Programa es mejorar la competitividad de un
conjunto de cadenas de valor claves localizadas en provincias
extra-pampeanas. El Proyecto tiene como objetivos específicos: (i)
mejorar la coordinación entre las intervenciones de apoyo al desarrollo
productivo en las economías regionales y para las cadenas priorizadas;
(ii) disminuir sus costos a través de mejoras en actividades
logísticas; y (iii) apoyar inversiones que mejoren la competitividad, a
partir de incrementos en la productividad, en la agregación de valor,
la innovación y en el acceso a los mercados.
Que para la ejecución del referido Programa se desarrollarán TRES (3)
componentes: (i) “Actividades de Coordinación Institucional”; (ii)
“Logística para la Competitividad” y; (iii) “Competitividad de las
Cadenas de Valor”.
Que la ejecución del Programa y la utilización de los recursos del
financiamiento serán llevadas a cabo por el MINISTERIO DE ECONOMIA Y
FINANZAS PUBLICAS, a través de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION
ECONOMICA Y MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD, dependiente de la SECRETARIA
DE POLITICA ECONOMICA Y PLANIFICACION DEL DESARROLLO, denominado en
adelante “Organismo Ejecutor”.
Que la formalización de esta operación requiere que la REPUBLICA
ARGENTINA, en su carácter de Prestataria y por intermedio del
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, suscriba el Contrato de
Préstamo BID ARL-1154, así como toda otra documentación relacionada con
la operatoria de dicho préstamo.
Que en virtud de ello, corresponde facultar al señor Ministro de
Economía y Finanzas Públicas para que, en nombre y representación de la
REPUBLICA ARGENTINA, suscriba el Contrato de Préstamo BID AR-L1154 y
acuerde las modificaciones que sean convenientes para la ejecución del
“Programa de Competitividad de Economías Regionales”, siempre y cuando
no constituyan cambios sustanciales al objeto y destino de los fondos,
ni deriven en un incremento de su monto o una alteración en el
procedimiento arbitral pactado.
Que las condiciones generales, los plazos de amortización, las tasas de
interés y demás cláusulas contenidas en el Modelo de Contrato de
Préstamo propuesto para ser suscripto son los usuales que se pactan en
este tipo de contratos y resultan adecuados a los propósitos y
objetivos a los que será destinado el mencionado Préstamo.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto por el
Artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL y el Artículo 53 de
la Ley Nº 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014).
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Apruébase el
Modelo de Contrato de Préstamo BID AR-L1154 a celebrarse entre la
REPUBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), por
un monto de hasta DOLARES ESTADOUNIDENSES DOSCIENTOS MILLONES (U$S
200.000.000), destinado a financiar parcialmente el “Programa de
Competitividad de Economías Regionales”, que consta de las
Estipulaciones Especiales integradas por SIETE (7) Capítulos, de las
Normas Generales integradas por DIEZ (10) Capítulos y UN (1) Anexo
Unico, cuyas copias autenticadas forman parte integrante del presente
decreto como Anexo I. Asimismo, forman parte integrante de la presente
medida, como Anexos II y III, las copias autenticadas de las “Políticas
para la Adquisición de Bienes y Obras Financiados por el Banco
Interamericano de Desarrollo” y las “Políticas para la Selección y
Contratación de Consultores Financiados por el Banco Interamericano de
Desarrollo”, respectivamente, ambas correspondientes a la edición del
mes de marzo de 2011.
Art. 2° — Facúltase al señor
Ministro de Economía y Finanzas Públicas, o al funcionario o
funcionarios que el mismo designe, a suscribir, en nombre y
representación de la REPUBLICA ARGENTINA, el Contrato de Préstamo BID
AR-L1154 y su documentación adicional, conforme al modelo que se
aprueba por el Artículo 1° del presente decreto.
Art. 3° — Facúltase al señor
Ministro de Economía y Finanzas Públicas, o al funcionario o
funcionarios que el mismo designe, a convenir y suscribir, en nombre y
representación de la REPUBLICA ARGENTINA, modificaciones al Contrato de
Préstamo BID AR-L1154, cuyo modelo se aprueba por el Artículo 1° de la
presente medida, siempre que las mismas no constituyan cambios
sustanciales en el objeto o destino de los fondos, ni deriven en un
incremento de su monto o introduzcan modificaciones al procedimiento
arbitral pactado.
(Nota Infoleg: por art. 10 del Decreto N° 505/2016
B.O. 28/3/2016, se faculta
a la
SECRETARÍA DE LA TRANSFORMACIÓN PRODUCTIVA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
a convenir y suscribir modificaciones al Contrato de Préstamo BID
AR-L1154, cuyo modelo se aprobara por el Artículo 1° del presente
Decreto, siempre que las mismas no constituyan cambios sustanciales en
el objeto o destino de los fondos, ni deriven en un incremento de su
monto o introduzcan modificaciones al procedimiento arbitral
pactado.Vigencia: a partir del día de su publicación en el Boletín
Oficial.)
Art. 4° — Desígnase al
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, a través de la
SUBSECRETARIA DE COORDINACION ECONOMICA Y MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD,
dependiente de la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA Y PLANIFICACION DEL
DESARROLLO, como “Organismo Ejecutor” del “Programa de Competitividad
de Economías Regionales”, quedando facultado para realizar todas las
operaciones y contrataciones necesarias para la ejecución del Programa,
conforme las normas y procedimientos contenidos en el Modelo de
Contrato de Préstamo que se aprueba por el Artículo 1° de la presente
medida.
(Nota Infoleg: por art. 9° del Decreto N° 505/2016 B.O. 28/3/2016, se designa a la
SECRETARÍA DE LA TRANSFORMACIÓN PRODUCTIVA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
como Organismo Ejecutor del “Programa de Competitividad de Economías
Regionales” previsto en el presente Decreto, la que queda facultada a realizar todas las operaciones y
contrataciones necesarias para su ejecución. Vigencia: a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.)
Art. 5° — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Axel
Kicillof.
______
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la
edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
(Nota Infoleg: Los
anexos referenciados en la presente norma han sido extraidos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI-Parte:1; AnexoI-Parte:2; AnexoI-Parte:3; AnexoI-Parte:4; AnexoII-Parte:1; AnexoII-Parte:2; AnexoII-Parte:3; AnexoIII-Parte:1; AnexoIII-Parte:2; AnexoIII-Parte:3)