ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS

Resolución 2866/2014

Bs. As., 15/4/2014

VISTO el Expediente Nº 10.548 del registro del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS), lo dispuesto por la Ley Nº 24.076, el Decreto Reglamentario Nº 1738/1992, la Resolución ENARGAS Nº I/1456/2010, la Resolución ENARGAS Nº I/2750/2013, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 24.076 crea el Ente Nacional Regulador del Gas, como Organismo de Regulación responsable de velar por el cumplimiento de dicha ley, su reglamentación y demás disposiciones comprendidas en el Marco Regulatorio.

Que el Artículo 51 de la mencionada Ley y su reglamentación aprobada por Decreto Nº 1738/1992, establece que el Ente goza de autarquía, tanto presupuestaria como administrativa y posee plena capacidad jurídica para actuar en los ámbitos del derecho público y privado.

Que en base a ello, este Organismo financia su actividad con recursos provenientes del cobro de una Tasa de Fiscalización y Control a las Licenciatarias del servicio de gas y otros recursos propios, conforme lo establecido en el Art. 62 de la Ley Nº 24.076, por lo que el ENARGAS no requiere para su funcionamiento de aportes del Tesoro Nacional.

Que asimismo, en virtud del Art. 52 de la normativa supra referida, se faculta a esta Autoridad Regulatoria a aprobar su estructura orgánica.

Que desde el inicio de sus funciones, las acciones de las distintas áreas del organismo han receptado las modificaciones propias de la experiencia regulatoria.

Que desde su creación hasta el presente, se han operado diversas adecuaciones en la estructura orgánica del Organismo.

Que a través del expediente mencionado en el VISTO, se tramitó el dictado de la Resolución ENARGAS Nº I/1456/2010 que aprueba la estructura orgánica, con su respectivo organigrama, acciones correspondientes a cada área y cargos.

Que mediante la Resolución ENARGAS Nº I/2750/2013, se modificó la estructura orgánica del Ente.

Que con el transcurso del tiempo, las organizaciones no deben permanecer indiferentes a los cambios ante la dinámica y exigencias existentes, a fin de optimizar su funcionamiento para el adecuado cumplimiento de las facultades conferidas por la Ley Nº 24.076.

Que por lo precedentemente expuesto, algunas Gerencias de este Organismo han elaborado una propuesta para modificar tareas dentro de sus respectivas órbitas, según se indica seguidamente.

Que la Gerencia de Transmisión modifica e incorpora nuevas tareas dentro de su ámbito, específicamente en el Area de Control Operativo como consecuencia de una mejor y más eficiente reorganización en el desarrollo y ejecución de las mismas a la luz de las actuales condiciones operativas imperantes tanto en los Sistemas de Transporte y Distribución regulados por el ENARGAS, como en la fase de Producción de Gas Natural.

Que en ese sentido se torna necesario unificar en una Gerencia ciertas tareas relacionadas con el Control de Gas y Despacho, actualmente bajo responsabilidad conjunta de las Gerencias de Transmisión y Distribución, como los controles asociados a la Calidad del Gas Natural practicados de la misma forma.

Que por la naturaleza de la temática abordada surge como alternativa superadora que tales tareas se encuentren bajo la órbita de la Gerencia de Transmisión, específicamente incorporadas en la actual Area de Control Operativo que se denominará Area de Control de Gas y Despacho, en tanto casi la totalidad del Gas Natural producido es inyectado al Sistema regulado para consumo del universo de usuarios, en los Puntos de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST) de las Licenciatarias Transportistas.

Que asimismo y como fuera anteriormente mencionado, surge además la necesidad de incorporar nuevas tareas a desarrollar por el Area de Control de Gas y Despacho de la Gerencia de Transmisión, particularmente las concernientes a las funciones que desarrolla el ENARGAS en el marco del Programa de Estímulo a la Inyección Excedente de Gas Natural creado por la Resolución 01-2013 de la Comisión de Planificación y Coordinación Estratégica del Plan Nacional de Inversiones Hidrocarburíferas.

Que la Gerencia de Distribución modifica tareas dentro de su ámbito como consecuencia de la reestructuración de funciones mencionada.

Que por otro lado el Departamento de Tecnología de la Información, dependientes de la Gerencia de Regiones propone una adecuación de las tareas dentro de su órbita.

Que el Departamento de Tecnología de la Información, a través de las iniciativas llevadas a cabo ha permitido que el Organismo alcance una Plataforma de Infraestructura de Redes, Telefonía y Comunicaciones integrada y de acuerdo a los estándares establecidos tanto interna como externamente.

Que para continuar con el proceso de mejora ya encarado en años anteriores es necesaria una adecuada coordinación de todos los recursos humanos con perfiles de infraestructura y soporte a los usuarios existentes en el Organismo a fin de garantizar el cumplimiento de los objetivos con una asignación apropiada de los mismos.

Que por lo anterior se torna necesario readecuar la estructura del Departamento de Tecnología de la Información unificando las Areas de Infraestructura de TI y Servicios y Soporte a la Administración de la Información, bajo la nominación de Area de Infraestructura TI.

Que a los efectos de optimizar los procesos de explotación y calidad de datos, en función del incremento de la información sistematizada que el Organismo gestiona para el logro de sus objetivos, es necesario la adecuación de las funciones del Area de Calidad y Mejora Continua de la Información.

Que por otro lado, las Gerencias de Control Económico Regulatorio y Regiones han elaborado una propuesta para adecuar funciones dentro de sus respectivas órbitas, según se indica seguidamente.

Que a los efectos de reorganizar normativamente la facturación del servicio, como así también centralizar los procesos de control relacionados a los fideicomisos —Fondo para Obras de Consolidación y Expansión de la Distribución de Gas por Redes—, es necesario realizar una readecuación de los controles que llevan a cabo las Gerencia de Control Económico Regulatorio y la Gerencia de Regiones, en lo que hace a los fideicomisos en la primera y en lo que hace a la facturación de las prestadoras en la segunda.

Que en función del rol que ocupa ENARGAS dentro de la comunidad y con el objetivo de desarrollar acciones de Responsabilidad Social que sean convergentes o complementarias de las políticas públicas, resulta necesario incorporar esta temática como función de la Gerencia de Recursos Humanos y Relaciones Institucionales.

Que dentro del proceso de Renegociación de Contratos de Servicios Públicos encarada por el Estado Nacional se dispusieron mecanismos de presentación de Planes de Inversión por parte de Licenciatarias y/o Subdistribuidores, como por ejemplo el Fondo de Consolidación y Expansión de la Distribución de gas por Redes “FOCEGAS”.

Que las operatorias vinculadas a dichos planes establecen habitualmente la implementación de procesos de análisis, recomendación de aprobación no vinculante, seguimiento y control de los Planes de Inversión presentados por las Licenciatarias y/o Subdistribuidores que requieren una intervención Intergerencial dentro del Organismo.

Que con el objetivo de optimizar los procesos de seguimiento y control de los Planes de Inversión mencionados, se entiende necesaria la creación de un Area específica que por el carácter tarifario que da origen a los mencionados Planes de Inversión se considera conveniente la incorporación en el ámbito de la Gerencia de Desempeño y Economía bajo la denominación “Area de Seguimientos de Planes de Inversión”.

Que por todo lo supra expuesto, resulta necesario modificar las funciones de las Gerencia de Transmisión, Gerencia de Distribución, Gerencia de Regiones, Gerencia de Control Económico Regulatorio, Gerencia de Desempeño y Economía, y Departamento de Tecnología de la Información dependiente de la Gerencia de Regiones, como así también modificar la nominación del Area de Control Operativo dependiente de la Gerencia de Transmisión; del Area de Facturación, Area de Fideicomisos Financieros y Area Económica Regulatoria dependientes de la Gerencia de Control Económico Regulatorio; del Area de Regulación y Normalización de la Gerencia de Regiones; y unificar las Areas de Infraestructura TI y Servicios y Soporte a la Administración de la Información dependientes del Departamento de Tecnología de la Información de la Gerencia de Regiones. Por último, crear el Area de Seguimientos de Planes de Inversión dependiente de la Gerencia de Desempeño y Economía.

Que en estos autos se cuenta con la intervención del servicio jurídico permanente del organismo que ha emitido el correspondiente dictamen legal de acuerdo a lo establecido en el art. 7° de la Ley de Procedimientos Administrativos.

Que el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS se encuentra facultado para el dictado del presente acto en virtud de lo dispuesto en el Artículo 52 inc. v) de la Ley Nº 24.076.

Que el Decreto Nº 571 de fecha 21 de mayo de 2007 y sus sucesivas modificaciones, que dispone la intervención del ENARGAS, en virtud de su Art. 2°, otorga al Sr. Interventor designado las facultades de gobierno y administración de este Ente, establecidas en la Ley Nº 24.076.

Por ello,

EL SEÑOR INTERVENTOR DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Aprobar la modificación de la Estructura Orgánica del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS, de conformidad con el Anexo I ORGANIGRAMA, el Anexo II ACCIONES y Anexo III CARGOS.

ARTICULO 2° — El presente acto entrará en vigencia a partir del 1° de Abril de 2014.

ARTICULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Ing. ANTONIO LUIS PRONSATO,
Interventor, Ente Nacional Regulador del Gas.
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NOTA: Esta Resolución se pública sin anexos.

e. 12/09/2014 Nº 67489/14 v. 12/09/2014