DUELO NACIONAL

Decreto 1594/2014

Declárase Duelo Nacional en todo el territorio de la República Argentina.

Bs. As., 17/9/2014

VISTO que en el día de la fecha se ha producido el fallecimiento de la señora Doña Concepción Matilde ZORRILLA de SAN MARTÍN MUÑOZ, popularmente conocida por su nombre artístico CHINA ZORRILLA, y

CONSIDERANDO:

Que la señora Doña Concepción Matilde ZORRILLA de SAN MARTÍN MUÑOZ consagró su vida a las expresiones artísticas populares, siendo considerada una verdadera representante de la cultura rioplatense por sus dotes como actriz, tanto en el ámbito teatral y televisivo como cinematográfico.

Que la señora CHINA ZORRILLA ha sido una figura querida tanto en Uruguay, su país de nacimiento, como en la Argentina, destacándose durante toda su extensa trayectoria, además de actriz, como productora, directora e inclusive como puestista de ópera.

Que, en tal sentido, ha merecido el reconocimiento nacional e internacional siendo merecedora de numerosos premios y nominaciones, como los Konex, ACE, Martín Fierro y Cóndor de Plata, resultando galardonada en los Festivales de cine de Moscú, La Habana y Málaga, entre otros, debiendo mencionarse asimismo la condecoración de la Legión de Honor otorgada por parte de la República Francesa.

Que, en los ámbitos en los que le tocó actuar sostuvo los mejores valores del arte rioplatense, por lo que el Gobierno y el pueblo de la Nación Argentina acompañan con su pesar el dolor de sus seres queridos.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Declárase Duelo Nacional en todo el territorio de la República Argentina por el término de DOS (2) días a partir del día de la fecha, con motivo del fallecimiento de la señora Doña Concepción Matilde ZORRILLA de SAN MARTÍN MUÑOZ, popularmente conocida por su nombre artístico CHINA ZORRILLA.

Art. 2° — Por la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS se expresará a la familia de la extinta las condolencias del Gobierno Nacional.

Art. 3° — Durante los días de duelo la Bandera Nacional permanecerá izada a media asta en todos los edificios públicos.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal F. Randazzo.