PRESIDENCIA DE LA NACION

SECRETARIA LEGAL Y TECNICA

SUBSECRETARIA TECNICA

DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION

Disposición 28/2014

Bs. As., 12/9/2014

VISTO, el “Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional”, aprobado por el Decreto Nº 1023/01, sus modificatorios y complementarios, el “Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional” aprobado por el Decreto Nº 893/12, y su modificatorio, la Disposición Nº 64/14 y la Comunicación General Nº 14/14, ambas de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES de la SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE GESTION de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 58 del “Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional” establece la obligatoriedad de la difusión en el sitio de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES de las distintas etapas de los procedimientos de selección.

Que, asimismo, establece para los casos en los que se presenten inconvenientes técnicos u otras causas que imposibiliten la difusión en tiempo y forma de las distintas etapas de los procedimientos de selección en la página de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES de la SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE GESTION de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, que se prevean mecanismos de carácter excepcional que garanticen los principios de transparencia, publicidad y difusión establecidos en el Decreto Nº 1023/01, sus modificatorios y complementarios.

Que por la Disposición Nº 64/2014 y la Comunicación General Nº 14, ambas de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES de la SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE GESTION de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS se aprobó y habilitó el “Procedimiento excepcional de difusión” de las etapas de los procedimientos de selección.

Que, atento a que las Disposiciones de la DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION de la SUBSECRETARIA TECNICA de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION Nros. 23/2014, 25/2014, 26/2014 y 27/2014, fueron emitidas con anterioridad a la entrada en vigencia de la normativa citada precedentemente, deviene necesario arbitrar los medios a fin de dar cumplimiento a lo establecido en relación a la publicación de las etapas de los procesos licitatorios.

Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACION DE LA SUBSECRETARIA TECNICA DE LA SECRETARIA LEGAL Y TECNICA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION

DISPONE:

ARTICULO 1° — Publíquese en el Boletín Oficial de la República Argentina por el término de UN (1) día, las Disposiciones de la DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION de la SUBSECRETARIA TECNICA de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION Nros. 23/2014, 25/2014, 26/2014 y 27/2014.

ARTICULO 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Sr. CARLOS MARIO LISANTI, Director General de Administración, Secretaría Legal y Técnica.

e. 18/09/2014 N° 69159/14 v. 18/09/2014