TRATADOS
Ley 26.971
Apruébase Tratado sobre el Comercio de Armas.
Sancionada: Agosto 27 de 2014
Promulgada: Septiembre 17 de 2014
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de
Ley:
ARTICULO 1° — Apruébase el Tratado sobre el Comercio de Armas, adoptado
en la ciudad de Nueva York —Estados Unidos de América—, el 2 de abril
de 2013, que consta de veintiocho (28) artículos, cuya copia
autenticada, en idioma español e inglés forma parte de la presente ley.
ARTICULO 2° — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A
LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL CATORCE.
— REGISTRADO BAJO EL Nº 26.971 —
JULIAN A. DOMINGUEZ. — Juan H. Estrada. — Lucas Chedrese. — Gerardo Zamora.
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NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Ley se publican en la
edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
(Nota Infoleg: Los
anexos referenciados en la presente norma han sido extraidos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)