AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

DEPENDIENTE DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION

Resolución 464/2014

Bs. As., 5/9/2014

VISTO la Ley Nacional de la Actividad Nuclear Nº 24.804, su Decreto Reglamentario Nº 1.390/98 y la Norma Básica de Seguridad Radiológica AR 10.1.1. - Revisión 3, el Régimen de Tasas de la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) aprobado por Resolución Nº 76/08 y la Actuación Nº 5376/11, lo actuado por la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLOGICA, FISICA Y SALVAGUARDIAS y las SUBGERENCIAS CONTROL DE INSTALACIONES RADIACTIVAS CLASE I Y DEL CICLO DE COMBUSTIBLE NUCLEAR, CONTROL DE LA SEGURIDAD FISICA DE LAS PRACTICAS y CONTROL DE LAS SALVAGUARDIAS, y el Proyecto de Actualización del Sistema de Licencias de ARN, y

CONSIDERANDO:

Que conforme lo establecido en el Artículo 9, inciso a) de la Ley Nº 24.804 citada en el VISTO, toda persona física o jurídica para desarrollar una actividad nuclear en la REPUBLICA ARGENTINA, deberá ajustarse a las regulaciones que imparta la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) en el ámbito de su competencia y solicitar el otorgamiento de la licencia, permiso o autorización respectiva que lo habilite para su ejercicio.

Que asimismo, la referida Ley en su Artículo 16, inciso c), establece que es facultad de la ARN otorgar, suspender y revocar licencias, permisos o autorizaciones para los usuarios del material radiactivo.

Que mediante la Resolución del Directorio Nº 76/08 de este Organismo, se aprobó el Régimen de Tasas por Licenciamiento e Inspección que se aplica a las personas físicas o jurídicas que soliciten el otorgamiento o sean titulares de licencias, autorización de operación, autorizaciones específicas y permisos individuales, entre otros.

Que la COMISION NACIONAL DE ENERGIA ATOMICA (CNEA) solicitó a esta AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) el otorgamiento de la Licencia de Puesta en Marcha de la instalación Clase I denominada FACILIDAD DE ALMACENAMIENTO PARA ELEMENTOS COMBUSTIBLES IRRADIADOS DE REACTORES DE INVESTIGACION (FACIRI), ubicada en el Centro Atómico Ezeiza.

Que la GERENCIA DE SEGURIDAD RADIOLOGICA, FISICA Y SALVAGUARDIAS a través de las SUBGERENCIAS CONTROL DE INSTALACIONES RADIACTIVAS CLASE I y del CICLO DE COMBUSTIBLE NUCLEAR, SEGURIDAD FISICA DE PRACTICAS, y el Proyecto Actualización del Sistema de Licencias de la ARN recomendaron dar curso favorable a la solicitud de otorgamiento de la Licencia de Puesta en Marcha de la FACIRI iniciado por la CNEA, por cuanto se ha dado cumplimiento a los procedimientos regulatorios previstos en dicho trámite, y se ha verificado que la Instalación se ajusta a los requerimientos de la normativa de aplicación vigente.

Que conforme lo informado por la GERENCIA DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y RECURSOS - SUBGERENCIA GESTION ECONOMICO-FINANCIERA, la CNEA registra deuda en concepto de Tasa Regulatoria.

Que el Artículo 26 de la Ley Nº 24.804 establece como obligación para los usuarios del material radiactivo el pago anual de la tasa regulatoria.

Que el Directorio de esta AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR, en su reunión del día 25 de julio de 2006, Acta Nº 10, ha autorizado que prosigan los trámites de obtención de Licencias correspondientes a instalaciones de la CNEA, cuando estén justificadas aunque la misma registre deudas por pago de tasas.

Que atendiendo a la solicitud de la Entidad Responsable y a la función de la instalación, la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLOGICA, FISICA Y SALVAGUARDIAS recomienda otorgar la Licencia de Puesta en Marcha a la FACIRI a fin de permitir el almacenamiento seguro de los elementos combustibles gastados del Reactor de Investigación Reactor Argentino-3 (RA-3).

Que las GERENCIAS ASUNTOS JURIDICOS y de ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y RECURSOS han tomado la intervención que les compete.

Que el Directorio de la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR es competente para el dictado del presente acto, conforme lo establecen los Artículos 16 inciso c) y 22 inciso a) de la Ley Nº 24.804.

EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

RESOLVIO:

ARTICULO 1° — Aprobar la emisión de la Licencia de Puesta en Marcha solicitada por la COMISION NACIONAL DE ENERGIA ATOMICA para la instalación Clase I FACILIDAD DE ALMACENAMIENTO PARA ELEMENTOS COMBUSTIBLES IRRADIADOS DE REACTORES DE INVESTIGACION, ubicada en el Centro Atómico Ezeiza, cuya versión, como Anexo, es parte integrante de la presente Resolución.

ARTICULO 2° — Instruir a la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLOGICA, FISICA Y SALVAGUARDIAS a fin de que entregue original de la Licencia de Puesta en Marcha de la instalación FACILIDAD DE ALMACENAMIENTO PARA ELEMENTOS COMBUSTIBLES IRRADIADOS DE REACTORES DE INVESTIGACION a la COMISION NACIONAL DE ENERGIA ATOMICA, en su carácter de Entidad Responsable de la instalación citada.

ARTICULO 3° — Comuníquese a la SECRETARIA GENERAL, a la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLOGICA, FISICA Y SALVAGUARDIAS, a los fines correspondientes, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación en el BOLETIN OFICIAL de la REPUBLICA ARGENTINA. Publíquese en el Boletín de este Organismo y archívese en el REGISTRO CENTRAL. — Dr. FRANCISCO SPANO, Presidente del Directorio.
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NOTA: Esta Resolución se publica sin Anexo.

e. 22/09/2014 Nº 70204/14 v. 22/09/2014