CONVENIOS
Ley 26.977
Apruébase Convenio para el Cumplimiento de Condenas Penales.
Sancionada: Agosto 27 de 2014
Promulgada: Septiembre 17 de 2014
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de
Ley:
ARTICULO 1° — Apruébase el
CONVENIO ENTRE LA REPUBLICA ARGENTINA Y LA REPUBLICA DEL ECUADOR PARA
EL CUMPLIMIENTO DE CONDENAS PENALES, suscripto en Buenos Aires, el 20
de septiembre de 2007, que consta de DOCE (12) artículos, y el ACUERDO
POR CANJE DE NOTAS POR EL QUE SE ENMIENDA EL ARTICULO X DEL CONVENIO
ENTRE LA REPUBLICA ARGENTINA Y LA REPUBLICA DEL ECUADOR PARA EL
CUMPLIMIENTO DE CONDENAS PENALES del 18 de enero de 2010, cuyas
fotocopias autenticadas forman parte de la presente ley.
ARTICULO 2° — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A
LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL CATORCE.
— REGISTRADO BAJO EL Nº 26.977 —
JULIAN A. DOMINGUEZ. — Juan H. Estrada. — Lucas Chedrese. — Gerardo Zamora.
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NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Ley se publican en la
edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
(Nota Infoleg: Los
anexos referenciados en la presente norma han sido extraidos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)