INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Resolución 2433/2014

Bs. As., 22/9/2014

VISTO el Expediente Nº 8698/2014 INCAA, la Ley Nº 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, lo dispuesto por el artículo 3° del Decreto Nº 1536 de fecha 20 de agosto de 2002, y

CONSIDERANDO:

Que es una decisión del Gobierno Nacional desde el año 2003 adoptar políticas públicas de inclusión social que permitan mejorar e institucionalizar la consagración de derechos y acceso a los bienes culturales de los distintos sectores en todo el territorio Nacional, de manera federal.

Que por la Ley 17.741 (t.o. 2001) y sus normas modificatorias, el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES tiene a su cargo el fomento y la regulación de la actividad cinematográfica en todo el territorio de la República y en el exterior en cuanto se refiere a la cinematografía Nacional, de acuerdo a las disposiciones de la mencionada Ley.

Que por el artículo 3° del Decreto Nº 1536 de fecha 20 de agosto de 2002, se establece que será el Presidente del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES quien determinará la planta de personal, su distribución y asignación de funciones. Asimismo, podrá asignar las dotaciones que estime correspondan a las distintas unidades del organismo.

Que la Vicepresidencia del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES viene realizando actividades de fomento del Cine Nacional que necesitan un Programa que las organice para articular los recursos del Instituto y poder llegar a todos los sectores del Pueblo Argentino.

Que la presente medida tiene por objeto distribuir y asignar funciones sin modificar la estructura vigente del organismo, articulando y coordinando los recursos existentes del Instituto para la implementación de las políticas de fomento e inclusión que se propician.

Que el Programa mencionado tiene por finalidad generar herramientas, articulación Institucional y territorial para democratizar los mecanismos de creación, circulación y exhibición de contenidos audiovisuales, facilitando el acceso de los sectores sociales que históricamente se encontraron excluidos del acceso a estos bienes culturales.

Que en este sentido, el propósito inmediato es fomentar el acceso a bienes culturales, atraer público a las salas cinematográficas, y genera un vínculo más estrecho entre el ámbito de la cinematografía y las artes audiovisuales con la población, y de esta manera generar mayor inclusión social en el ámbito cultural.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos y la Gerencia de Administración han tomado intervención en función de sus respectivas competencias.

Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 17.741 y sus modificatorias (t.o. 1248/2001) y el artículo 3° del Decreto Nº 1536 de fecha 20 de agosto de 2002.

Por ello,

LA PRESIDENTA DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Créase en el ámbito de la Vicepresidencia del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES el Programa “CINE INCLUSION” con el fin de articular los recursos existentes en el Instituto para estrechar la relación entre los sectores populares de la sociedad con la producción y exhibición audiovisual en sus distintos formatos, desde una perspectiva federal e inclusiva.

ARTICULO 2° — El presente Programa será ejecutado por Un coordinador, que tendrá por función articular los recursos del Instituto para cumplir con las competencias enunciadas en el artículo 3° de la presente Resolución.

El Coordinador del programa tendrá que elaborar el reglamento para la implementación de las acciones de fomento e inclusión en el cual debe establecer las funciones a realizar, en el cual puede proponer nuevas herramientas para la implementación de las acciones.

ARTICULO 3° — Será competencia del citado Programa:

a) Facilitar circuitos y mecanismos de proyección gratuitos en ámbitos no comerciales.

b) Fortalecer la provisión y creación de ciclos de cine gratuitos a nivel nacional.

c) Articular o crear nuevas herramientas de formación para la producción de contenidos audiovisuales desde los sectores populares.

d) Asistir a organizaciones sin fines de lucro en políticas de inclusión audiovisual.

e) Poseer capacidad operativa para resolver necesidades audiovisuales en todo el territorio nacional, apoyándose en las herramientas del Estado nacional.

f) Coordinar programas y acciones conjuntas en los distintos espacios de exhibición audiovisual no comerciales y estatales.

g) Resolver junto a otros organismos del Estado la falta de acceso a bienes culturales en situaciones de exclusión.

h) Proponer a la Vicepresidencia la suscripción de todo tipo de convenio u acuerdo que refiera a las competencias mencionadas.

i) Someter a la aprobación de la Vicepresidencia el presupuesto necesario para la implementación de acciones que así lo quieran.

ARTICULO 4° — Impútese el gasto a la Partida correspondiente del Presupuesto para el ejercicio en ejecución, sujeto a disponibilidad presupuestaria.

ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — LUCRECIA CARDOSO, Presidenta, Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales.

e. 29/09/2014 N° 72386/14 v. 29/09/2014