INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
Resolución 2433/2014
Bs. As., 22/9/2014
VISTO el Expediente Nº 8698/2014 INCAA, la Ley Nº 17.741 (t.o. 2001) y
sus modificatorias, lo dispuesto por el artículo 3° del Decreto Nº 1536
de fecha 20 de agosto de 2002, y
CONSIDERANDO:
Que es una decisión del Gobierno Nacional desde el año 2003 adoptar
políticas públicas de inclusión social que permitan mejorar e
institucionalizar la consagración de derechos y acceso a los bienes
culturales de los distintos sectores en todo el territorio Nacional, de
manera federal.
Que por la Ley 17.741 (t.o. 2001) y sus normas modificatorias, el
INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES tiene a su cargo el
fomento y la regulación de la actividad cinematográfica en todo el
territorio de la República y en el exterior en cuanto se refiere a la
cinematografía Nacional, de acuerdo a las disposiciones de la
mencionada Ley.
Que por el artículo 3° del Decreto Nº 1536 de fecha 20 de agosto de
2002, se establece que será el Presidente del INSTITUTO NACIONAL DE
CINE Y ARTES AUDIOVISUALES quien determinará la planta de personal, su
distribución y asignación de funciones. Asimismo, podrá asignar las
dotaciones que estime correspondan a las distintas unidades del
organismo.
Que la Vicepresidencia del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES
AUDIOVISUALES viene realizando actividades de fomento del Cine Nacional
que necesitan un Programa que las organice para articular los recursos
del Instituto y poder llegar a todos los sectores del Pueblo Argentino.
Que la presente medida tiene por objeto distribuir y asignar funciones
sin modificar la estructura vigente del organismo, articulando y
coordinando los recursos existentes del Instituto para la
implementación de las políticas de fomento e inclusión que se propician.
Que el Programa mencionado tiene por finalidad generar herramientas,
articulación Institucional y territorial para democratizar los
mecanismos de creación, circulación y exhibición de contenidos
audiovisuales, facilitando el acceso de los sectores sociales que
históricamente se encontraron excluidos del acceso a estos bienes
culturales.
Que en este sentido, el propósito inmediato es fomentar el acceso a
bienes culturales, atraer público a las salas cinematográficas, y
genera un vínculo más estrecho entre el ámbito de la cinematografía y
las artes audiovisuales con la población, y de esta manera generar
mayor inclusión social en el ámbito cultural.
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos y la Gerencia de Administración
han tomado intervención en función de sus respectivas competencias.
Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas
por la Ley Nº 17.741 y sus modificatorias (t.o. 1248/2001) y el
artículo 3° del Decreto Nº 1536 de fecha 20 de agosto de 2002.
Por ello,
LA PRESIDENTA DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Créase en el ámbito de la Vicepresidencia del INSTITUTO
NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES el Programa “CINE INCLUSION” con
el fin de articular los recursos existentes en el Instituto para
estrechar la relación entre los sectores populares de la sociedad con
la producción y exhibición audiovisual en sus distintos formatos, desde
una perspectiva federal e inclusiva.
ARTICULO 2° — El presente Programa será ejecutado por Un coordinador,
que tendrá por función articular los recursos del Instituto para
cumplir con las competencias enunciadas en el artículo 3° de la
presente Resolución.
El Coordinador del programa tendrá que elaborar el reglamento para la
implementación de las acciones de fomento e inclusión en el cual debe
establecer las funciones a realizar, en el cual puede proponer nuevas
herramientas para la implementación de las acciones.
ARTICULO 3° — Será competencia del citado Programa:
a) Facilitar circuitos y mecanismos de proyección gratuitos en ámbitos no comerciales.
b) Fortalecer la provisión y creación de ciclos de cine gratuitos a nivel nacional.
c) Articular o crear nuevas herramientas de formación para la
producción de contenidos audiovisuales desde los sectores populares.
d) Asistir a organizaciones sin fines de lucro en políticas de inclusión audiovisual.
e) Poseer capacidad operativa para resolver necesidades audiovisuales
en todo el territorio nacional, apoyándose en las herramientas del
Estado nacional.
f) Coordinar programas y acciones conjuntas en los distintos espacios de exhibición audiovisual no comerciales y estatales.
g) Resolver junto a otros organismos del Estado la falta de acceso a bienes culturales en situaciones de exclusión.
h) Proponer a la Vicepresidencia la suscripción de todo tipo de convenio u acuerdo que refiera a las competencias mencionadas.
i) Someter a la aprobación de la Vicepresidencia el presupuesto necesario para la implementación de acciones que así lo quieran.
ARTICULO 4° — Impútese el gasto a la Partida correspondiente del
Presupuesto para el ejercicio en ejecución, sujeto a disponibilidad
presupuestaria.
ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — LUCRECIA CARDOSO, Presidenta, Instituto
Nacional de Cine y Artes Audiovisuales.
e. 29/09/2014 N° 72386/14 v. 29/09/2014