MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución 1498/2014

Bs. As., 2/9/2014

Visto el Expediente Nº 1.612.269/14 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/3 Del Expediente Nº 1.623.906/14 (agregado a fs. 5) obra el Acuerdo celebrado entre la UNION DE TRABAJADORES DE ENTIDADES DEPORTIVAS Y CIVILES (U.T.E.D.Y.C.) y el INSTITUTO DE ESTADISTICA Y REGISTRO DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo dicho acuerdo las precitadas partes procedieron a pactar un incremento salarial a partir del mes de Mayo de 2014. Las partes son signatarias del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 1233/11 E.

Que el ámbito de aplicación del presente Acuerdo se corresponde con la actividad principal de la parte empleadora signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que por último correspondería que una vez dictado el presente acto administrativo homologado, se remitan estas actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar el cálculo del tope previsto por el Art 245 de la Ley Nro. 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley 14.250 (t.o. 2004).

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el mentado Acuerdo.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones Laborales del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Declárese homologado el acuerdo celebrado entre la UNION DE TRABAJADORES DE ENTIDADES DEPORTIVAS Y CIVILES (UTEDYC) y el INSTITUTO DE ESTADISTICA Y REGISTRO DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION, que luce a fs. 2/3 del Expediente 1.623.906/14 (agregado a fs. 5) conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución en la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 2/3 Del Expediente 1.623.906/14 (agregado a fs. 5).

ARTICULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de conformidad con lo establecido en el art. 245 de la ley 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Posteriormente procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 1233/10.

ARTICULO 4° — Hágase saber que en el supuesto que este Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5° de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMÍ RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.612.269/14

Buenos Aires, 03 de Septiembre de 2014

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 1498/14 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2/3 del expediente 1.623.906/14 agregado como fojas 5 al expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 1256/14. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

ACTA ACUERDO IERIC - UTEDYC

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 28 días del mes de abril de 2014, entre la UNION TRABAJADORES DE ENTIDADES DEPORTIVAS Y CIVILES (UTEDYC) representada por Carlos BONJOUR, en su carácter de Secretario General, Gustavo PADIN, Secretario Gremial Nacional, Marcel CARRETERO, Subsecretaria Gremial Nacional y Marcelo ORLANDO, Secretario General Seccional Buenos Aires, con el patrocinio de la Dra. María Josefina ESTRELLA y por la otra parte, el INSTITUTO DE ESTADISTICA Y REGISTRO DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION (IERIC) representada por su Gerente Ejecutivo Lic. Raúl Esteban MASSARINI y su apoderado Juan José CANEDO, quienes acuerdan lo siguiente en el marco del CCT 1233/11 E:

Primero: Otorgar a partir del 1 de Mayo de 2014 un incremento del 20% sobre los sueldos básicos y compensatorios por viaje vigentes al mes de Abril de 2014. Los mismos se abonarán conforme detalle que obra en el ANEXO I, el cual forma parte integrante de este acuerdo.

Segundo: Otorgar a partir del 1 de julio de 2014, un incremento del 10% sobre los básicos y compensatorios por viaje vigentes al mes de Abril de 2014, conforme el ANEXO I.

Tercero: Este acuerdo cobra vigencia a partir del día de la fecha con el compromiso del empleador de abonar los nuevos importes, que se liquidarán y harán efectivos con las liquidaciones de los meses de mayo y julio de 2014 respectivamente, con total independencia del posterior acto administrativo de homologación por parte de la autoridad laboral correspondiente.

Cuarto: Las partes se comprometen a reunirse en el mes de Marzo de 2015, a fin de analizar los salarios para dicho año calendario.

En el día y lugar antes indicado, se firman cuatro ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, uno para cada parte y dos para presentar ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación.

ANEXO I - ACUERDO IERIC - UTEDYC