MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
Decreto 1661/2014
Dase por designado el Director Nacional de Coordinación Interjurisdiccional.
Bs. As., 25/9/2014
VISTO el Expediente Nº S02:0001196/2014 del registro de la AGENCIA
NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, Organismo. Descentralizado actuante en la
órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, la Ley Nº 26.895, los
Decretos Nº 491 del 12 de marzo de 2002, Nº 1787 del 5 de noviembre de
2008 y Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 7° de la mencionada Ley se estableció que las
Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no
podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de
su sanción, ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha,
salvo decisión fundada del JEFE DE GABINETE DE MINISTROS o del PODER
EJECUTIVO NACIONAL, en virtud de lo dispuesto por el artículo 10 de la
citada Ley.
Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos,
que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración
Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente
y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a
propuesta de la jurisdicción correspondiente.
Que a través del Decreto Nº 1787/08 se aprobó la estructura
organizativa de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL (ANSV), Organismo
Descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y
TRANSPORTE.
Que dicho Organismo solicita la designación transitoria del Sr. D.
Gonzalo Martín BAGU (D.N.I Nº 24.733.746), en el cargo de DIRECTOR
NACIONAL DE COORDINACION INTERJURISDICCIONAL (Nivel A, Grado 0, F.E.
II), a fin de asegurar el cumplimiento de los objetivos asignados a la
mencionada dependencia.
Que resulta necesario disponer dicha designación con autorización
excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el
artículo 14, Título II, Capítulo III del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO
PUBLICO (SINEP) aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial
homologado por el Decreto Nº 2098/08.
Que corresponde autorizar el pago de la Función Ejecutiva
correspondiente, de acuerdo con lo normado en el SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial homologado por el Decreto Nº 2098/08.
Que han tomado la intervención que les compete la DIRECCION DE ASUNTOS
LEGALES Y JURIDICOS de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL y la
DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR Y
TRANSPORTE.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes
del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y del artículo 1°
del Decreto Nº 491/02 y de lo dispuesto por los artículos 7° y 10 de la
Ley Nº 26.895.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Dase por
designado con carácter transitorio, a partir del 1 de enero de 2014 y
por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir
del dictado de la presente medida, en la Planta Permanente de la
AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, Organismo Descentralizado actuante
en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, en el cargo de
DIRECTOR NACIONAL DE COORDINACION INTERJURISDICCIONAL (Nivel A, Grado
0, F.E. II) al Sr. D. Gonzalo Martín BAGU (D.N.I Nº 24.733.746), con
autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos
establecidos en el artículo 14, Título II, Capítulo III del SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo
de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2098 del 3 de
diciembre de 2008, y con carácter de excepción al artículo 7° de la Ley
Nº 26.895, autorizándose el correspondiente pago de la Función
Ejecutiva II.
Art. 2° — El cargo mencionado
en el artículo 1° deberá ser cubierto conforme los requisitos y
sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente,
en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del SISTEMA NACIONAL
DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el CONVENIO COLECTIVO DE
TRABAJO SECTORIAL homologado por el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre
de 2008, en el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a
partir del dictado de la presente medida.
Art. 3° — El gasto que demande
el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las
partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 30 -
MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE - O.D. 203 - AGENCIA NACIONAL DE
SEGURIDAD VIAL.
Art. 4° — Comuníquese,
publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Aníbal F.
Randazzo.