ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL
DIRECCION NACIONAL DE SEGURIDAD OPERACIONAL
DIRECCION DE AERONAVEGABILIDAD
Disposición 19/2014
Bs. As., 23/9/2014
VISTO el Expediente N° S01:0141013/2014 MINPLAN del Registro del
MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, la
Ley N° 17.285 de fecha 17 de mayo de 1967, y el Decreto N° 4907 de
fecha 23 de mayo de 1973, y
CONSIDERANDO:
Que es necesario consolidar las garantías legales de los administrados
a través de todos los medios que la administración pueda disponer.
Que las herramientas informáticas se vienen aplicando regularmente en el ámbito del derecho administrativo.
Que el Registro Nacional de Aeronaves, dependiente de la Dirección de
Aeronavegabilidad, de la DIRECCION NACIONAL DE SEGURIDAD OPERACIONAL de
la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL, oportunamente, ha
innovado en materia registral, dando la posibilidad a los usuarios de
poder visualizar desde el sitio web de la ADMINISTRACION NACIONAL DE
AVIACION CIVIL, los proveídos relativos a los diferentes trámites que
ingresan en aquél.
Que constituye un deber de la administración, aplicar dentro del ámbito
normativo, herramientas tendientes a lograr mayor celeridad, economía,
sencillez y eficacia a los trámites que se desarrollan dentro de su
ámbito.
Que, a tales fines, por Disposición N° 195 de fecha 01 de noviembre de
2011 del Registro Nacional de Aeronaves, se publicó en el sitio web
mencionado, y con carácter orientativo, los instructivos relativos a
los trámites de inscripción que se realizan en el Registro.
Que, debido al proceso de mejora continua llevado adelante por esta
Dirección de Aeronavegabilidad, dependiente de la DIRECCION NACIONAL DE
SEGURIDAD OPERACIONAL de la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL,
resulta necesario la revisión y mejora constante de los instructivos
publicados, con el fin de optimizar el servicio prestado por el
Registro Nacional de Aeronaves.
Que en ese sentido, se concluye que se debe modificar y publicar los
nuevos instructivos en la página web de la ADMINISTRACION NACIONAL DE
AVIACION CIVIL.
Por ello,
EL DIRECTOR DE AERONAVEGABILIDAD
DISPONE:
ARTICULO 1° — Apruébase la modificación de los instructivos de carácter
general destinados a compendiar los requisitos relativos a los trámites
que se realizan ante el Registro Nacional de Aeronaves, dependiente de
la Dirección de Aeronavegabilidad, de la DIRECCION NACIONAL DE
SEGURIDAD OPERACIONAL de la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL,
que obran en el Anexo que se adjunta a la presente medida.
ARTICULO 2° — Publíquense dichos instructivos en la página web de la
ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL (www.anac.gov.ar), a los
fines de su amplia difusión a los destinatarios de los servicios
registrales.
ARTICULO 3° — Regístrese, comuníquese, atento el carácter de interés
general, dése para su publicación a la Dirección Nacional del Registro
Oficial y cumplido, archívese. — Ing. Aer. PAOLO MARINO, Director de
Aeronavegabilidad, DNSO - ANAC.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n esta Disposición podrán ser consultados en la dirección web: www.anac.gov.ar.
e. 03/10/2014 N° 74184/14 v. 03/10/2014