MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS

SECRETARIA DE ENERGIA

Resolución 65/2014

Bs. As., 26/9/2014

VISTO el Expediente N° S01:0198963/2014 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y

CONSIDERANDO:

Que a través de la Resolución N° 347 de fecha 23 de noviembre de 2012 del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, se autorizó a las distribuidoras de energía eléctrica, EMPRESA DISTRIBUIDORA SUR SOCIEDAD ANONIMA (EDESUR S.A.) y a la EMPRESA DISTRIBUIDORA Y COMERCIALIZADORA NORTE SOCIEDAD ANONIMA (EDENOR S.A.) a aplicar un monto fijo diferenciado para cada una de las distintas categorías de usuarios, efectivizado a través de la factura, con destino exclusivo a inversiones para la ejecución de obras de infraestructura y el mantenimiento correctivo de sus instalaciones, por medio de la constitución de un fideicomiso.

Que a tal efecto, se estableció una cuenta especial por cada una de las Empresas Distribuidoras nombradas, en la cual se depositan los importes percibidos por las mismas, denominado “FONDO PARA OBRAS DE CONSOLIDACION Y EXPANSION DE DISTRIBUCION ELECTRICA (FOCEDE)”.

Que mediante Resolución N° 3 de fecha 3 de enero de 2014 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, se estableció que las inversiones a realizar con los fondos provenientes del “FONDO PARA OBRAS DE CONSOLIDACION Y EXPANSION DE DISTRIBUCION ELECTRICA (FOCEDE)”, serán determinadas por la SUBSECRETARIA DE COORDINACION Y CONTROL DE GESTION del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y que dicha Subsecretaría impartirá las instrucciones que resulten necesarias para la realización y ejecución de las obras e inversiones de dicho fondo.

Que la EMPRESA DISTRIBUIDORA Y COMERCIALIZADORA NORTE SOCIEDAD ANONIMA (EDENOR S.A.), mediante Nota de fecha 2 de septiembre de 2014, ha informado que reformuló el PLAN DE INVERSIONES, subdividiéndolo en dos planes, un PLAN DE INVERSIONES ORDINARIO financiado con los fondos derivados de la Resolución ENRE N° 347 de fecha 23 de noviembre de 2012, y un PLAN DE INVERSIONES EXTRAORDINARIO, a ser costeado a través de otra fuente de financiamiento, que solicita al MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

Que la EMPRESA DISTRIBUIDORA Y COMERCIALIZADORA NORTE SOCIEDAD ANONIMA (EDENOR S.A.), mediante la nota mencionada en el considerando anterior, ha puesto de manifiesto y ha solicitado a la SUBSECRETARIA DE COORDINACION Y CONTROL DE GESTION del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, los fondos necesarios para financiar el PLAN DE INVERSIONES EXTRAORDINARIO para el año 2014, que comprende obras necesarias para la reposición y ampliación de instalaciones afectadas al servicio público concesionado, aprobado mediante las Actas N° 3 y N° 10 por el Comité de Ejecución del Fideicomiso creado por la Resolución ENRE N° 347 de fecha 23 de noviembre de 2012, como así también nuevas obras incorporadas para garantizar la calidad del servicio, aprobadas técnicamente por el ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE).

Que mediante Nota N° 2862 de fecha 5 de septiembre de 2014 de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION Y CONTROL DE GESTION del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y en virtud del Artículo 1° de la mencionada Resolución N° 3/2014, decidió la ejecución del “PLAN DE INVERSIONES” presentado por la EMPRESA DISTRIBUIDORA Y COMERCIALIZADORA NORTE SOCIEDAD ANONIMA (EDENOR S.A.), previa intervención del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), el cual se ha manifestado mediante las Notas Nros. 112609 de fecha 6 de junio de 2014, 112656 de fecha 12 de junio de 2014, 112669 de fecha 13 de junio de 2014, 112712 de fecha 17 de junio de 2014, 113102 y 113103 ambas de fecha 1° de agosto de 2014, considerando la pertinencia de las obras presentadas por la distribuidora.

Que, conforme lo expresa la EMPRESA DISTRIBUIDORA Y COMERCIALIZADORA NORTE SOCIEDAD ANONIMA (EDENOR S.A.), el PLAN DE INVERSIONES EXTRAORDINARIO será presentado en entregas parciales para su aprobación ante la SUBSECRETARIA DE COORDINACION Y CONTROL DE GESTION del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

Que los recursos ordinarios del “FONDO PARA OBRAS DE CONSOLIDACION Y EXPANSION DE DISTRIBUCION ELECTRICA (FOCEDE)” correspondientes a la EMPRESA DISTRIBUIDORA Y COMERCIALIZADORA NORTE SOCIEDAD ANONIMA (EDENOR S.A.), no resultan suficientes para cubrir las erogaciones estimadas correspondientes al PLAN DE INVERSIONES EXTRAORDINARIO.

Que, en este sentido, la EMPRESA DISTRIBUIDORA Y COMERCIALIZADORA NORTE SOCIEDAD ANONIMA (EDENOR S.A.), ha solicitado al MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS un plan de asistencia para la financiación de dicho PLAN DE INVERSIONES EXTRAORDINARIO.

Que a los fines de sostener el crecimiento de la actividad económica, resulta necesario tomar medidas que deben adoptarse de inmediato y que sean capaces de adecuar la situación en la que se encuentran las redes de distribución de energía eléctrica de jurisdicción del ESTADO NACIONAL, a efectos de minimizar potenciales riesgos de abastecimiento de la demanda de energía eléctrica.

Que la SUBSECRETARIA DE COORDINACION Y CONTROL DE GESTION del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención de su competencia en los presentes actuados.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS, dependiente de la SUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, ha tomado la intervención de su competencia.

Que las facultades para el dictado del presente acto surgen de lo dispuesto por el Artículo 37 de la Ley N° 15.336 y los artículos 2°, Inciso e) y 85 de la Ley N° 24.065.

Por ello,

LA SECRETARIA DE ENERGIA

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Establécese que la insuficiencia temporal de los ingresos provenientes del “FONDO PARA OBRAS DE CONSOLIDACION Y EXPANSION DE DISTRIBUCION ELECTRICA” (FOCEDE) correspondiente a la EMPRESA DISTRIBUIDORA Y COMERCIALIZADORA NORTE SOCIEDAD ANONIMA (EDENOR S.A.), establecidos en el Artículo 1° de la Resolución N° 347 de fecha 23 de noviembre de 2012 del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, para la realización y ejecución de las obras que sean aprobadas en el marco del “PLAN DE INVERSIONES EXTRAORDINARIAS”, se cubrirá a través de la COMPAÑIA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELECTRICO SOCIEDAD ANONIMA (CAMMESA), por cuenta y orden del Fondo Unificado en los términos del Artículo 3° de la Resolución N° 2.022 de fecha 22 de diciembre de 2005 del Registro de la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

ARTICULO 2° — Establécese que el cubrimiento previsto por el Artículo 1° de la presente se realizará a través de un préstamo a la EMPRESA DISTRIBUIDORA Y COMERCIALIZADORA NORTE SOCIEDAD ANONIMA (EDENOR S.A.), que se instrumentará mediante un Contrato de Mutuo entre dicha Empresa y la COMPAÑIA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELECTRICO SOCIEDAD ANONIMA (CAMMESA), con crédito a favor del Fondo de Estabilización, cuya metodología y plazos a implementar para la devolución serán oportunamente determinadas por esta SECRETARIA DE ENERGIA, considerando la aplicación de una tasa de interés equivalente al rendimiento medio obtenido por el ORGANISMO ENCARGADO DE DESPACHO (OED) en las colocaciones financieras de dicho Fondo.

ARTICULO 3° — La SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Y CONTROL DE GESTION del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS conforme la Resolución N° 3 de fecha 3 de enero de 2014 del Registro del mencionado Ministerio, establecerá y comunicará a la SECRETARIA DE ENERGIA la determinación de los montos que percibirá el “FONDO PARA OBRAS DE CONSOLIDACION Y EXPANSION DE DISTRIBUCION ELECTRICA” (FOCEDE), por cuenta y orden de la EMPRESA DISTRIBUIDORA Y COMERCIALIZADORA NORTE SOCIEDAD ANONIMA (EDENOR S.A.), con motivo del mecanismo establecido en el artículo 1° de la presente resolución, los que se depositarán en una cuenta específica a tal fin, cuyo Plan de Obras presentado por la EMPRESA DISTRIBUIDORA Y COMERCIALIZADORA NORTE SOCIEDAD ANONIMA (EDENOR S.A.), fue aprobado por el ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) y elevado por la SUBSECRETARIA DE COORDINACION Y CONTROL DE GESTION del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

ARTICULO 4° — Facúltase al Señor Subsecretario de Energía Eléctrica a efectuar todas aquellas comunicaciones que sea menester a los efectos de resolver las cuestiones relativas a la aplicación e interpretación de la presente resolución.

A los efectos de las comunicaciones relativas a la aplicación de la presente resolución, se deberá entender que el Señor Subsecretario de Energía Eléctrica actúa en nombre de esta SECRETARIA DE ENERGIA.

ARTICULO 5° — La presente Resolución entrará en vigencia a partir de la firma del Contrato de Mutuo establecido en el artículo 2° de la presente resolución.

ARTICULO 6° — Notifíquese a la COMPAÑIA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELECTRICO SOCIEDAD ANONIMA (CAMMESA), al ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) y a la EMPRESA DISTRIBUIDORA Y COMERCIALIZADORA NORTE SOCIEDAD ANONIMA (EDENOR S.A.).

ARTICULO 7° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. MARIANA MATRANGA, Secretaria de Energía.

e. 03/10/2014 N° 74288/14 v. 03/10/2014