PRESUPUESTO
Decisión Administrativa 837/2014
Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2014.
Bs. As., 3/10/2014
VISTO el Expediente Nº JGM:0048204/2014 del Registro de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS, la Ley Nº 26.895 de Presupuesto General de la
Administración Nacional para el Ejercicio 2014, la Decisión
Administrativa Nº 1 de fecha 3 de enero de 2014, y
CONSIDERANDO:
Que con el objeto de afrontar insuficiencias crediticias de Gastos en
Personal, se modifica el Presupuesto vigente de la BIBLIOTECA DEL
CONGRESO DE LA NACION, de la DIRECCION DE AYUDA SOCIAL PARA EL PERSONAL
DEL CONGRESO DE LA NACION y de la PROCURACION PENITENCIARIA DE LA
NACION, actuantes en el ámbito del PODER LEGISLATIVO NACIONAL.
Que, además, es necesario reforzar los créditos vigentes de las
entidades y organismos actuantes en el ámbito del PODER LEGISLATIVO
NACIONAL, a fin de afrontar gastos de funcionamiento e inversión.
Que con el objeto de atender gastos de inversión, se adecua el
Presupuesto vigente del CONSEJO DE LA MAGISTRATURA y de la CORTE
SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION, actuantes en el ámbito del PODER
JUDICIAL NACIONAL.
Que es menester reforzar los créditos vigentes de la PROCURACION
GENERAL DE LA NACION, actuante en el ámbito del MINISTERIO PUBLICO, a
fin de afrontar gastos de funcionamiento y de inversión.
Que resulta preciso modificar los créditos de la SECRETARIA GENERAL de
la PRESIDENCIA DE LA NACION con el objeto de atender compromisos
contraídos por el ESTADO NACIONAL.
Que deben modificarse los créditos presupuestarios vigentes de la
SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA
LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO, dependiente de la PRESIDENCIA DE LA
NACION, a fin de atender las erogaciones resultantes de las mejoras en
las remuneraciones dispuestas por normas legales durante el presente
año.
Que, asimismo resulta necesario modificar el presupuesto vigente de la
SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, organismo descentralizado actuante en
la órbita de la PRESIDENCIA DE LA NACION con el objeto de cumplir con
las misiones y responsabilidades asignadas, y no resentir el normal
funcionamiento del mismo.
Que corresponde incrementar los créditos del MINISTERIO DE CULTURA a
fin de cubrir gastos del Museo del Bicentenario y otras actividades
culturales.
Que resulta adecuado compensar los gastos corrientes y de capital del
TEATRO NACIONAL CERVANTES organismo descentralizado actuante en la
órbita del MINISTERIO DE CULTURA, para la atención de los gastos que
genera la puesta en escena de diversas obras.
Que con el objeto de atender gastos de funcionamiento, se adecua el
presupuesto vigente de la BIBLIOTECA NACIONAL organismo perteneciente
al MINISTERIO DE CULTURA.
Que, adicionalmente, corresponde efectuar compensaciones de créditos en
el Presupuesto del INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO, organismo actuante en
el ámbito del MINISTERIO DE CULTURA, a fin de afrontar los aumentos
salariales.
Que en el FONDO NACIONAL DE LAS ARTES, organismo actuante en el ámbito
del MINISTERIO DE CULTURA, se incorporan saldos remanentes de recursos
con el objeto de atender los aumentos salariales y demás gastos que
hacen a la operatoria normal del organismo.
Que asimismo se prevé reforzar los créditos de la JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS con el fin de garantizar el cumplimiento de los objetivos
de su gestión.
Que debe asignarse un refuerzo de créditos a la SECRETARIA DE AMBIENTE
Y DESARROLLO SUSTENTABLE, dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS a fin de poder cumplir con los objetivos pautados para el
presente ejercicio.
Que resulta menester incrementar los créditos del SAF DE APOYO A LA
ACUMAR, dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS,
correspondientes al Préstamo BIRF 7706-AR Saneamiento Ambiental de la
Cuenca Matanza - Riachuelo, los cuales se destinarán a financiar obras
que serán ejecutadas por la Empresa AySA S.A.
Que el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO debe reforzar sus
créditos a fin de atender los mayores gastos derivados de las
diferencias por tipo de cambio, y otras necesidades prioritarias como
ser las actividades a desarrollarse relacionadas a la participación
argentina en eventos internacionales, como así también la transferencia
de capital al Organismo Internacional Comisión Administradora del Río
Uruguay y los gastos programados al cierre del presente ejercicio de
las Representaciones Argentinas en el Exterior.
Que con el objeto de reforzar las transferencias con destino al Fondo
Partidario Permanente, es menester adecuar los créditos del MINISTERIO
DEL INTERIOR Y TRANSPORTE.
Que a fin de atender insuficiencias crediticias de Gastos en Personal
se modifica el Presupuesto vigente de la DIRECCION NACIONAL DE
MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en el ámbito del
MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, financiando tal incremento
mediante la incorporación de recursos propios.
Que, asimismo, es menester reforzar los créditos correspondientes a
Gastos en Personal de la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL
TRANSPORTE, organismo descentralizado actuante en el ámbito del
MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, compensando el citado refuerzo
con la reducción de sus Activos Financieros.
Que corresponde adecuar el Presupuesto vigente del MINISTERIO DE
JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS a efectos de posibilitar el financiamiento
de las erogaciones regulares de esa Cartera de Estado a través de la
reducción de las Aplicaciones Financieras vigentes.
Que es necesario modificar los créditos vigentes del INSTITUTO NACIONAL
CONTRA LA DISCRIMINACION, LA XENOFOBIA Y EL RACISMO, organismo
descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE JUSTICIA Y
DERECHOS HUMANOS, con el objeto de atender los mayores gastos derivados
de la unificación de las sedes que el citado Organismo posee en la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Que, adicionalmente, con el propósito de financiar la adquisición de
insumos para los talleres de laborterapia y el mantenimiento de los
mismos, se adecua el presupuesto vigente del ENTE DE COOPERACION
TECNICA DEL SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL, actuante en el ámbito del
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.
Que con la finalidad de afrontar compromisos asumidos en el marco del
“Programa Federal de Colaboración y Asistencia para la Seguridad”, se
modifican los créditos vigentes del MINISTERIO DE SEGURIDAD.
Que, además, es necesario reforzar el presupuesto vigente de la POLICIA
FEDERAL ARGENTINA, de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA y de la GENDARMERIA
NACIONAL, actuantes en el ámbito del MINISTERIO DE SEGURIDAD, a fin de
atender mayores gastos operativos y la incorporación de recursos
provenientes de la prestación del servicio de policía adicional.
Que es menester adecuar los créditos vigentes de las distintas
Subjurisdicciones y Organismos Descentralizados que conforman la
Jurisdicción MINISTERIO DE DEFENSA a fin de atender gastos relacionados
con la presencia argentina en el continente antártico, el operativo de
lucha contra el narcotráfico Fortín II, la adquisición de munición y
apoyo económico a empresas vinculadas al MINISTERIO DE DEFENSA, el
sostenimiento del sistema logístico aéreo, el patrullaje y control del
mar argentino, la recuperación de hospitales, y otros gastos de
funcionamiento.
Que se contemplan asignaciones en la DIRECCION GENERAL DE FABRICACIONES
MILITARES, organismo descentralizado actuante en la órbita del
MINISTERIO DE DEFENSA, para adquisición de insumos.
Que asimismo se refuerzan los créditos de la COMISION NACIONAL DE
VALORES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO
DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, con el objeto de afrontar diferencias
de cambio producidas por pagos al exterior.
Que con el objeto de dotar de mayores fondos al Fondo Nacional para el
Desarrollo y Fortalecimiento de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas
(FONDyF), se propicia un incremento de créditos y recursos en el
MINISTERIO DE INDUSTRIA.
Que, asimismo, se requiere reforzar los créditos presupuestarios del MINISTERIO DE INDUSTRIA, para atender gastos en personal.
Que es menester reforzar los créditos vigentes del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, a fin de afrontar gastos relacionados
con el Plan Ganadero Nacional, el Plan de Desarrollo Sustentable y
Fomento de la Producción Algodonera, creado por la Ley Nº 26.060 y el
financiamiento del complejo agroindustrial “Ingenio La Esperanza”,
Provincia de JUJUY.
Que resulta necesario modificar el presupuesto vigente del INSTITUTO
NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA, organismo descentralizado actuante
en el ámbito del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, a los
efectos de adecuar los créditos vigentes a sus reales necesidades de
ejecución.
Que, por otra parte, se necesitan reforzar los créditos presupuestarios
para la atención de Servicios de la Deuda y Disminución de Otros
Pasivos de diversos organismos de la Administración Nacional.
Que corresponde incorporar en el presupuesto vigente del INSTITUTO
NACIONAL DE PROMOCION TURISTICA, organismo descentralizado actuante en
la órbita del MINISTERIO DE TURISMO, los saldos de recursos de
ejercicios anteriores no utilizados a los efectos de atender gastos que
hacen a su normal operatoria.
Que por otra parte se incrementa el presupuesto vigente del MINISTERIO
DE TURISMO, para dar cumplimiento con las pautas de ejecución del
Préstamo BID 2606/OC-AR “Programa de Desarrollo de Corredores
Turísticos” y por otro lado efectuar transferencias a gobiernos
provinciales para desarrollar obras de infraestructura.
Que corresponde adecuar los créditos de la COMISION NACIONAL DE ENERGIA
ATOMICA, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la
SECRETARIA DE ENERGIA dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION
FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS a fin de garantizar el normal
funcionamiento de la misma.
Que resulta necesario incrementar los créditos del MINISTERIO DE
PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, para atender
diversos gastos correspondientes con su operatoria habitual.
Que, asimismo, resulta necesario modificar los Presupuestos vigentes
del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS y del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA
ELECTRICIDAD, organismos descentralizados en el ámbito de la SECRETARIA
DE ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y
SERVICIOS y del ORGANISMO REGULADOR DE SEGURIDAD DE PRESAS, organismo
descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARIA DE OBRAS
PUBLICAS del citado Ministerio, a los efectos de permitir el normal
funcionamiento de los mismos.
Que en el caso del MINISTERIO DE EDUCACION, se modifica el presupuesto
vigente de la Jurisdicción, a fin de atender gastos derivados por la
aplicación de la Ley Nº 26.058 de Educación Técnico Profesional, del
Plan FINES, del Plan de Mejora Institucional en escuelas secundarias y
nuevas políticas de infraestructura y equipamiento escolar.
Que corresponde modificar los créditos vigentes del CONSEJO NACIONAL DE
INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS (CONICET), organismo
descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE CIENCIA,
TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA, a efectos de realizar
transferencias a YPF TECNOLOGIA S.A. para la construcción de la sede
central, como así también atender los Proyectos de Investigación
Plurianuales.
Que resulta necesario modificar los créditos del MINISTERIO DE TRABAJO,
EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, a fin de atender gastos por los servicios de
correo que brinda el Correo Argentino S.A.
Que el Gobierno Nacional, se encuentra abocado a regularizar con la
máxima premura el proceso de cancelación de deudas por sentencias
judiciales previsionales.
Que a tal efecto la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
organismo actuante en el ámbito del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL ha efectuado una redefinición en su plan operativo
relativo a la liquidación de deudas judiciales previsionales, para
adecuarse a las pautas y plazos establecidos en las actuaciones.
Que el Artículo 42 de la Ley Nº 26.895 autoriza al señor Jefe de
Gabinete de Ministros, previa intervención del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
FINANZAS PUBLICAS, a ampliar el límite establecido para la cancelación
de deudas previsionales reconocidas en sede judicial y administrativa
como consecuencia de retroactivos originados en ajustes practicados en
las prestaciones del SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO (SIPA) a
cargo de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES).
Que en tal sentido, resulta necesario modificar el crédito vigente de
la Jurisdicción 75 - MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL,
Organismo Descentralizado 850 - ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD
SOCIAL (ANSES) destinado a la cancelación de sentencias judiciales.
Que en el caso del MINISTERIO DE SALUD, se prevé otorgar un refuerzo en
los créditos con el objeto de efectuar aportes para el funcionamiento
del HOSPITAL DE ALTA COMPLEJIDAD EN RED “EL CRUCE - DOCTOR NESTOR
CARLOS KIRCHNER” de la Localidad de Florencio Varela de la Provincia de
BUENOS AIRES; del HOSPITAL PROFESOR “DR. JUAN P. GARRAHAN” y la
adquisición de leche, vacunas y medicamentos, entre otros conceptos.
Que, además, se contemplan asignaciones con destino al CENTRO NACIONAL
DE REEDUCACION SOCIAL, el HOSPITAL NACIONAL DR. BALDOMERO SOMMER, el
HOSPITAL NACIONAL PROFESOR ALEJANDRO POSADAS, la COLONIA NACIONAL DR.
MANUEL A. MONTES DE OCA, el INSTITUTO NACIONAL DE REHABILITACION
PSICOFISICA DEL SUR DR. JUAN OTIMIO TESONE y el SERVICIO NACIONAL DE
REHABILITACION, organismos actuantes en el ámbito del MINISTERIO DE
SALUD, con el objeto de adquirir insumos médicos y afrontar gastos de
funcionamiento y de asistencia a la población beneficiaria.
Que es necesario modificar los créditos de la SECRETARIA NACIONAL DE
NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, a
efectos de atender gastos de funcionamiento y erogaciones derivadas de
las acciones asistenciales que desarrolla.
Que se modifican los créditos de la Jurisdicción 90 - SERVICIO DE LA
DEUDA PUBLICA para posibilitar la atención de los servicios financieros
de la deuda pública correspondientes a comisiones y amortizaciones del
presente ejercicio.
Que resulta oportuno adecuar los créditos presupuestarios incluidos en
la órbita de la Jurisdicción 91 - OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO
destinados a la empresa RADIO Y TELEVISION ARGENTINA SOCIEDAD DEL
ESTADO, a la FABRICA ARGENTINA de AVIONES “BRIGADIER SAN MARTIN”
SOCIEDAD ANONIMA (FAdeA), a TALLERES NAVALES DARSENA NORTE S.A.C.I.yN.
(TANDANOR), a la EMPRESA NEUQUINA DE SERVICIOS DE INGENIERIA SOCIEDAD
DEL ESTADO (ENSI), a la Empresa TELAM SOCIEDAD DEL ESTADO, al SERVICIO
DE RADIO Y TELEVISION DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CORDOBA SOCIEDAD
ANONIMA (SRT), a la Empresa EDUCAR SOCIEDAD DEL ESTADO, a RADIO
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL LITORAL SOCIEDAD ANONIMA y al ENTE NACIONAL DE
ALTO RENDIMIENTO DEPORTIVO (ENARD).
Que las modificaciones propiciadas están amparadas en lo dispuesto por
el Artículo 37 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas
de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156, sustituido por el
Artículo 1° de la Ley Nº 26.124 y por los Artículos 8°, 9° y 42 de la
Ley Nº 26.895 de Presupuesto General de la Administración Nacional para
el Ejercicio 2014.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Modifícase la
distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para
el Ejercicio 2014, de acuerdo con el detalle obrante en las Planillas
Anexas al presente artículo que forman parte integrante del mismo.
Art. 2° — El refuerzo de
créditos dispuesto para la CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION incluye la
totalidad de los sobrantes presupuestarios verificados al 31 de
diciembre de 2013.
Art. 3° — Amplíase en PESOS DOS
MIL MILLONES ($ 2.000.000.000) la suma establecida en el Artículo 40 de
la Ley Nº 26.895, destinada al pago de deudas previsionales reconocidas
en sede judicial y administrativa como consecuencia de retroactivos
originados en ajustes practicados en las prestaciones del SISTEMA
INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO a cargo de la ADMINISTRACION NACIONAL
DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), organismo descentralizado en el ámbito
del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.
Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Jorge M. Capitanich. — Axel Kicillof.
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NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se
publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y
también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección
Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
(Nota Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraidos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)