MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA
Resolución 32/2014
Mendoza, 1/10/2014
VISTO el Expediente N° S93:0005116/2014 del Registro del INSTITUTO
NACIONAL DE VITIVINICULTURA, la Ley General de Vinos N° 14.878, las
Resoluciones Nros. C.71 de fecha 24 de enero de 1992, C.42 de fecha 20
de enero de 1998 y C.11 de fecha 3 de junio de 2014, y
CONSIDERANDO:
Que por las actuaciones citadas en el Visto se tramita el dictado de
una norma que permita la habilitación de los análisis de libre
circulación de ciertos productos varietales que no alcancen el grado
alcohólico fijado para la zona y año de elaboración.
Que en el marco de la legislación vigente, compete a este Instituto el
control técnico de la producción, la industria y el comercio
vitivinícola, por lo cual se encuentra facultado para establecer los
límites normales de la composición de los vinos.
Que el Punto 1° Inciso 1.1, Apartado a) de la Resolución N° C.71 de
fecha 24 de enero de 1992, establece que el INSTITUTO NACIONAL DE
VITIVINICULTURA determinará el grado alcohólico mínimo para el expendio
de los productos allí definidos, en cumplimiento de la obligación
impuesta por la Ley General de Vinos N° 14.878.
Que al momento de realizar el cálculo para la determinación del grado
alcohólico mínimo para la libre circulación de los vinos al mercado
interno, existen determinadas variedades de uva que no se tienen en
cuenta debido a que, por destinarse en su mayoría a vinos que se
comercializan como varietales, su inclusión en el cálculo produciría
una distorsión respecto de los otros vinos.
Que en virtud de lo indicado en el considerando precedente resulta
aconsejable que los vinos elaborados a partir de esas variedades y que
se pretenden librar al consumo como varietales, sean excluidos del
cumplimiento del grado mínimo que se establece anualmente.
Que por Resolución N° C.42 de fecha 20 de enero de 1998, se dispone que
no se habilitarán análisis de libre circulación para vinos con un
contenido alcohólico real inferior a ONCE COMA CINCUENTA POR CIENTO
VOLUMEN A VOLUMEN (11,50% v/v).
Que por Resolución N° C.11 de fecha 3 de junio de 2014 este Organismo
fijó los límites mínimos de tenor alcohólico real para los vinos
Cosecha 2014, unificados con remanentes de elaboraciones anteriores.
Que en función que existen vinos varietales que al poseer un grado
alcohólico inferior al fijado para el año de elaboración no pueden ser
autorizados para su circulación, se hace necesario el dictado de un
acto administrativo que permita la habilitación de sus análisis para la
libre circulación.
Que Subgerencia de Asuntos Jurídicos de este Organismo ha tomado la intervención de su competencia.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Leyes Nros. 14.878, 24.566 y 25.163 y el Decreto N° 1.306/08,
EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA
RESUELVE:
1° — A partir del dictado de la
presente resolución, aquellos productos provenientes de las variedades
que figuran en el Anexo de la presente norma, y que no alcancen el
contenido alcohólico mínimo fijado para el año y la zona a que
correspondan, podrán ser habilitados para la libre circulación como
vinos varietales, conforme surja de sus antecedentes de elaboración,
siempre que su contenido alcohólico real no sea inferior a ONCE COMA
CINCUENTA POR CIENTO VOLUMEN A VOLUMEN (11,50% v/v).
2° — Facúltese a Gerencia de
Fiscalización a incluir en la nómina de variedades consignadas en el
Anexo de la presente medida a aquellas que, en virtud de los estudios y
evaluaciones técnicas efectuadas así corresponda.
3° — Regístrese, comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su
publicación y cumplido, archívese. — C.P.N. GUILLERMO DANIEL GARCIA,
Presidente, Instituto Nacional de Vitivinicultura.
ANEXO A LA RESOLUCION Nº C.32/14
LISTADO DE VARIEDADES
a) BLANCAS |
Código | Denominación Varietal | Sinónimo |
232 | Semillón |
|
233 | Sauvignon | Sauvignon Blanc |
245 | Chardonnay | Pinot Chardonnay |
249 | Chenin | Pineau de la Loire - Chenin Blanc |
265 | Viognier | Vionnier |
b) ROSADAS |
314 | Pinot Gris | Pinot Grigio |
e. 08/10/2014 N° 75841/14 v. 08/10/2014