Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
RECOMPENSAS
Resolución 1909/2014
Ofrécese recompensa.
Bs. As., 7/10/2014
VISTO la Ley N° 26.375, las Resoluciones M. J . y D. H. Nros. 1552 del
17 de agosto de 2012 y 2318 del 29 de octubre de 2012 y el Legajo N°
141/14 del PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACION PARA LA BUSQUEDA DE
PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA, y
CONSIDERANDO:
Que por ante el JUZGADO CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL N° 3 de LA
PLATA, Provincia de BUENOS AIRES, se instruye el Incidente N° 18,
caratulado “Imputado: SARAVIA DAY, José Ignacio s/legajo de
investigación” que corre por cuerda a la causa N° 21/2013.
Que en la citada causa interviene la UNIDAD FISCAL FEDERAL de LA PLATA, a cargo del doctor Rodolfo MOLINA.
Que la Ley N° 26.375, creó el Fondo de Recompensas en jurisdicción del
ex MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, actual
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, destinado a abonar una
compensación dineraria a aquellas personas que brinden a la UNIDAD
ESPECIAL PARA LA BUSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA o a otra
dependencia que la autoridad de aplicación determine, datos útiles
mediante informes, testimonios, documentación y todo otro elemento o
referencia fidedigna y/o fehaciente, cuando resultasen determinantes
para la detención de personas buscadas por la justicia que registren
orden judicial de captura o búsqueda de paradero, en causas penales en
las que se investiguen delitos de lesa humanidad.
Que por oficio del 17 de junio de 2014 el doctor Manuel Humberto
BLANCO, Juez subrogante a cargo el Juzgado Federal citado
precedentemente solicita se ofrezca recompensa para quien aporte datos
fehacientes para dar con el paradero de José Ignacio SARAVIA DAY, sobre
quien se dispuso captura nacional e internacional desde el día 12 de
junio de 2014.
Que asimismo, la Decisión Administrativa N° 1 del 3 de enero de 2014,
otorga financiamiento para el Fondo de Recompensas y para la UNIDAD
ESPECIAL PARA LA BUSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA.
Que han tomado la intervención de su competencia tanto la DIRECCION
GENERAL DE ADMINISTRACION como la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS
JURIDICOS de este Ministerio.
Que la presente se dicta conforme las facultades conferidas por los artículos 4° y 6° de la Ley N° 26.375.
Por ello,
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
RESUELVE:
Artículo 1° — Ofrécese como
recompensa, dentro de la REPUBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS
QUINIENTOS MIL ($ 500.000), por el plazo de DOCE (12) meses a partir
del dictado del presente acto destinada a aquellas personas que brinden
datos útiles que resultasen determinantes para la detención de José
Ignacio SARAVIA DAY, (D.N.I. N° 4.450.786), hijo de Carlos Alberto
SARAVIA y de Blana Yeny DAY, nacido el día 30 de enero de 1946, en
SALTA CAPITAL, Provincia de SALTA.
(Nota
Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 1268/2017 del Ministerio de Seguridad B.O. 04/12/2017,
se restablece en su vigencia por el término de DOCE (12) meses, a
partir del dictado de la norma de referencia. Por art. 2° de la misma
norma, se establece que los ofrecimientos de recompensas, se realizarán
cada uno por el monto de PESOS QUINIENTOS MIL ($500.000))
(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 160/2017 del
Ministerio de Seguridad B.O. 11/5/2017 se restablece en su vigencia por
el término de DOCE (12) meses, a partir del dictado de la norma de
referencia, la recompensa ofrecida a través de la presente Resolución, por el monto y a partir de la fecha de vencimiento que se consigna en el siguiente ANEXO).
Art. 2° — Las personas que
quieran suministrar datos deberán comunicarse telefónicamente con el
PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACION PARA LA BUSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA
POR LA JUSTICIA al (011) 5300-4020.
Art. 3° — El pago de la
recompensa será realizado en este Ministerio o en el lugar que designe
el representante de esta Cartera de Estado.
Art. 4° — Encomiéndase a la
SECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS la difusión de la presente en medios gráficos de circulación
nacional.
Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Julio C. Alak.