MINISTERIO DE CULTURA

Resolución 2300/2014

Bs. As., 6/10/2014

VISTO el Expediente Nro. 742/14 del registro del MINISTERIO DE CULTURA, el Decreto Nº 641 del 6 de mayo de 2014 y el Decreto Nº 833 de fecha 3 de junio de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Nº 641 del 6 de mayo de 2014 se introdujeron modificaciones a la ley de Ministerio jerarquizándose a la Secretaría de Cultura de la Presidencia de la Nación a nivel de Ministerio, y estableciendo en su artículo 3° las competencias específicas del Ministerio de Cultura.

Que mediante el Decreto Nº 833 de fecha 3 de junio de 2014 se estableció, entre otros, como objetivo de la SECRETARIA DE GESTION CULTURAL del MINISTERIO DE CULTURA entender, diseñar, coordinar y gestionar políticas y acciones destinadas a la generación y desarrollo de industrias culturales tendientes a impulsar la creación de puestos de trabajo en el sector, promoviendo las tradiciones nacionales, protegiendo su desarrollo, perfeccionamiento y difusión, que fomenten la percepción colectiva de la identidad y el ser nacional incentivando industrias culturales enmarcadas en la promoción y fortalecimiento de la unidad nacional.

Que constituye uno de sus principales objetivos, promover y difundir el desarrollo de actividades económicas asociadas con la cultura, con criterio federal, promoviendo la creación de empleos y el desarrollo de los oficios y profesiones a través de la ejecución de políticas públicas destinadas a estimular y favorecer la expresión cultural en todas sus formas, y a su fortalecimiento en el marco de la más alta libertad de expresión.

Que en este orden de ideas, la SECRETARIA DE GESTION CULTURAL del MINISTERIO DE CULTURA, entiende que deben adoptarse medidas tendientes al fomento y fortalecimiento del sector cultural de todas las provincias y regiones del país.

Que en este marco se considera necesario y oportuno la creación de un instrumento que permita profundizar las políticas de jerarquización y sostenibilidad de las producciones que integran el sector cultural argentino y para ello se promueve la creación del FONDO ARGENTINO DE DESARROLLO CULTURAL.

Que asimismo, corresponde que el FONDO ARGENTINO DE DESARROLLO CULTURAL que se crea por la presente medida lleve adelante convocatorias específicas y abiertas a través de las cuales se otorgarán ayudas e incentivos económicos destinadas a democratizar el acceso a los bienes culturales, garantizar la multiplicidad de voces y colaborar al desarrollo económico de los creadores, productores, emprendedores y gestores de la República Argentina.

Que para otorgar las mencionadas ayudas se conformará un Comité evaluador específico para cada una de las líneas a fin de determinar la factibilidad y relevancia de los proyectos.

Que en cuanto al alcance del instrumento que se crea, abarcará el territorio nacional en sus diversas provincias y municipios.

Que en función del análisis efectuado y a fin de concretar el desarrollo de este instrumento, el MINISTERIO DE CULTURA deberá afectar la suma de pesos quince millones $ 15.000.000 (PESOS QUINCE MILLONES) como máximo, durante el año 2014.

Que el MINISTERIO DE CULTURA cuenta con los fondos presupuestarios suficientes para financiar la medida que se propicia.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la SECRETARIA DE COORDINACION Y CONTROL DE GESTION del MINISTERIO DE CULTURA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por los Decretos Nº 641/2014 y Nº 833/2014.

Por ello

LA MINISTRA DE CULTURA

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Créase el Programa FONDO ARGENTINO DE DESARROLLO CULTURAL de conformidad con los fundamentos, objetivos y líneas que se consignan en el Anexo I, que forma parte integrante de la presente resolución en la órbita de la SECRETARIA DE GESTION CULTURAL.

ARTICULO 2° — Apruébase la primera convocatoria con destino a las líneas MOVILIDAD, SOSTENIBILIDAD, INFRAESTRUCTURA E INNOVACION del Programa FONDO ARGENTINO DE DESARROLLO CULTURAL según lo consignado en el Anexo II que forma parte integrante de la presente resolución.

ARTICULO 3° — Apruébase los reglamentos de bases y condiciones de la referida convocatoria, contenidas en el Anexo III de la presente resolución.

ARTICULO 4° — La SECRETARIA DE GESTION CULTURAL, será la autoridad de aplicación e interpretación del reglamento, y la encargada de la instrumentación de las medidas pertinentes a fin de lograr su efectivo cumplimiento.

ARTICULO 5° — El gasto que demanda la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas correspondientes del presupuesto vigente financiero para el año en curso.

ARTICULO 6° — Regístrese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Cumplido, archívese. — TERESA A. SELLARÉS, Ministra de Cultura.

ANEXO 1

FONDO ARGENTINO DE DESARROLLO CULTURAL

El Ministerio de Cultura a través de la Secretaría de Gestión Cultural presenta el Fondo Argentino de Desarrollo Cultural, por el cual se otorgarán ayudas e incentivos económicos destinadas al fomento y fortalecimiento del sector cultural de todas las provincias y regiones de la República Argentina mediante un sistema de fondos concursables y convocatorias abiertas.

Fundamentos

El Fondo Argentino de Desarrollo Cultural busca profundizar las políticas públicas de jerarquización y sostenibilidad de nuestras producciones culturales brindando a artistas, creadores, productores, gestores, profesionales, empresas, organizaciones no gubernamentales y cooperativas la posibilidad de presentar proyectos, programas y/o actividades que requieran ayuda total o parcial para su concreción.

Este Programa se plantea como parte de las políticas públicas destinadas a democratizar el acceso a los bienes culturales, garantizar la multiplicidad de voces y colaborar al desarrollo económico de las industrias culturales tendientes a impulsar la creación de puestos de trabajo en el sector enmarcadas en la promoción y fortalecimiento de la unidad nacional.

Objetivos

• Contribuir a la movilidad y circulación de artistas, creadores, productores, gestores y profesionales vinculados al sector cultural por espacios y eventos de relevancia para su desarrollo, tanto dentro como fuera del país.

• Impulsar el desarrollo y fortalecimiento tanto de artistas, creadores, productores, gestores y profesionales como de emprendimientos y pequeñas y medianas empresas vinculados al sector cultural.

• Contribuir al mejoramiento físico —remodelación, ampliación y adquisición y/o modernización de equipamiento— de espacios culturales, con o sin fines de lucro, museos y sitios patrimoniales privados y del tercer sector para optimizar la calidad, diversidad y promoción de la oferta cultural en todo el territorio nacional.

• Generar mejores condiciones para la práctica profesional y maximizar la experiencia de las audiencias.

• Impulsar el desarrollo de artistas, creadores, profesionales, emprendimientos y pequeñas y medianas empresas vinculadas al sector cultural y que desarrollan sus actividades a partir del empleo de las nuevas tecnologías y sus avances científicos.

Línea Movilidad

Esta línea de acción busca fomentar la creación y el fortalecimiento de redes de intercambio y circuitos locales, regionales e internacionales que favorezcan la distribución, circulación y promoción de las diversas producciones culturales de nuestro país, ayudando así a la sustentabilidad de los proyectos, artistas, empresas y emprendimientos afines.

Podrán presentar proyectos tanto personas físicas como personas jurídicas vinculadas a las siguiente disciplinas: música, letras, artes visuales, artes escénicas, diseño, audiovisuales, videojuegos, cultura digital, gestión cultural y patrimonio; con motivo de una invitación, selección, clasificación, participación o inscripción en eventos, festivales, certámenes, seminarios, congresos, mercados, ferias, espacios de residencias artísticas, y actividades afines que contribuyan al fomento profesional de las artes y la cultura.

Línea Sostenibilidad

Esta línea busca favorecer la circulación, comercialización y promoción de las diversas producciones culturales de nuestro país, ayudando así a la consolidación y creación de nuevos mercados, y a la sostenibilidad de los proyectos, artistas, empresas y emprendimientos afines.

Podrán presentar proyectos tanto personas físicas como personas jurídicas vinculadas a las siguiente disciplinas: música, letras, artes visuales, artes escénicas, diseño, audiovisuales, videojuegos, cultura digital, gestión cultural y patrimonio.

Línea Infraestructura

Esta línea buscará potenciar circuitos de espacios culturales regionales con las características técnicas necesarias para el correcto desempeño de sus funciones, esto es otorgar valor agregado a la experiencia de la comunidad y de las audiencias en esos espacios.

Podrán presentar proyectos personas jurídicas responsables de espacios culturales vinculados a las siguiente disciplinas: música, letras, artes escénicas, artes visuales, diseño, audiovisuales, cultura digital y patrimonio.

Línea Innovación

Esta línea busca favorecer a todos aquellos proyectos que impulsen la innovación y lleven adelante acciones y actividades vinculadas a la producción, investigación, experimentación y creación artística de base tecnológica permitiendo su aplicación, desarrollo y sostenibilidad.

Se podrán presentar proyectos vinculados a las siguientes disciplinas: música, letras, artes visuales, artes escénicas, diseño, audiovisuales, videojuegos, cultura digital, gestión cultural y patrimonio.

ANEXO II

Líneas y modalidades correspondientes a la primer convocatoria - 2014

Fondo Argentino de Desarrollo Cultural

LINEA MOVILIDAD

A) Ayudas a la movilidad dentro del país

B) Ayudas a la movilidad al exterior

LINEA SOSTENIBILIDAD

A) Fomento a proyectos de comercialización asociativa

B) Apoyo al posicionamiento estratégico de marcas de diseño

C) Fomento a redes, circuitos y colectivos culturales

D) Fomento a festivales, ferias y mercados artísticos y culturales

E) Ayudas a la promoción de catálogos de sellos discográficos independientes

F) Apoyo a colecciones de editoriales independientes

G) Apoyo a la edición de catálogos de artistas visuales

LINEA INFRAESTRUCTURA

A) Ayudas a la infraestructura cultural

B) Ayudas a la infraestructura de museos y sitios patrimoniales privados y del tercer sector

LINEA INNOVACION

A) Fomento a proyectos y emprendimientos de base tecnológica

B) Apoyo a proyectos artísticos de base tecnológica

C) Apoyo a laboratorios de experimentación y creación colectiva

FONDO ARGENTINO DE DESARROLLO CULTURAL

REGLAMENTO DE BASES Y CONDICIONES

ANEXO 3

ANEXO III

REGLAMENTO DE BASES Y CONDICIONES

FONDO ARGENTINO DE DESARROLLO CULTURAL

Primer Convocatoria

El Ministerio de Cultura a través de la Secretaría de Gestión Cultural presenta el Fondo Argentino de Desarrollo Cultural, por el cual se otorgarán ayudas e incentivos económicos destinadas al fomento y fortalecimiento del sector cultural de todas las provincias y regiones de la República Argentina. Mediante este sistema de fondos concursables y convocatorias abiertas, el Fondo Argentino de Desarrollo Cultural busca profundizar las políticas públicas de jerarquización y sostenibilidad de nuestras producciones culturales brindando a artistas, creadores, productores, gestores, profesionales, empresas, organizaciones no gubernamentales y cooperativas la posibilidad de presentar proyectos, programas y/o actividades que requieran ayuda total o parcial para su concreción.

El Fondo distribuirá sus ayudas bajo 14 modalidades, las cuales se encuentran agrupadas en cuatro líneas principales de acción: Movilidad, Sostenibilidad, Infraestructura e Innovación.

LINEA MOVILIDAD

I. PRESENTACION

Aspectos generales de la convocatoria

1.1 Introducción

Las presentes bases tienen por objeto establecer las condiciones generales del llamado a concurso de la Línea Movilidad, del Fondo Argentino de Desarrollo Cultural, entendiendo la importancia de establecer líneas de acción que faciliten los medios necesarios para la circulación de las diversas producciones culturales dentro del territorio nacional y en el exterior.

El Ministerio de Cultura de la Nación invita a presentar proyectos que requieran ayudas en concepto de traslados según lo establecido en las presentes bases.

El procedimiento de este concurso consta de las siguientes etapas:

- Postulación.

- Admisibilidad.

- Evaluación.

- Selección.

- Publicación y notificación de los resultados.

- Firma de la Carta Compromiso.

- Rendición y memoria técnica.

1.2 Objetivos

La presente convocatoria tiene como objetivo contribuir a la movilidad y circulación de artistas, creadores, productores, gestores y profesionales vinculados al sector cultural en espacios y eventos de relevancia para su desarrollo, tanto dentro como fuera del país.

Esta línea de acción fomenta la creación y el fortalecimiento de redes de intercambio y circuitos locales, regionales e internacionales que favorezcan la distribución, circulación y promoción de las diversas producciones culturales de nuestro país, ayudando así a la sustentabilidad de los proyectos, artistas, empresas y emprendimientos afines.

Podrán presentar proyectos tanto personas físicas como personas jurídicas vinculadas a las siguientes disciplinas: música, letras, artes visuales, artes escénicas, diseño, audiovisuales, videojuegos, cultura digital, gestión cultural y patrimonio. En todos los casos la solicitud estará acompañada con una invitación, selección, participación o inscripción en eventos, festivales, certámenes, seminarios, congresos, mercados, ferias, espacios de residencias artísticas, y actividades afines que contribuyan al fomento profesional de las artes y la cultura.

1.3 Modalidades

A) Ayudas a la movilidad dentro del país

Esta modalidad financiará, total o parcialmente, traslados terrestres en transportes públicos o traslados aéreos dentro del país.

Se incentivarán aquellas acciones tendientes a fomentar el flujo de oferta cultural regional de manera de asegurar la sustentabilidad de los circuitos de movilidad en todo el país.

Se priorizarán presentaciones dentro de un radio de 700 kms. del domicilio del beneficiario. Se deberá justificar la relevancia y las posibilidades de desarrollo en la región a la que se desea asistir.

El monto máximo a financiar por proyecto será considerado por el comité evaluador de acuerdo al destino y número de participantes que comprende la propuesta presentada.

B) Ayudas a la movilidad al exterior

Esta modalidad financiará, total o parcialmente, traslados aéreos, fluviales o terrestres en transporte público al exterior.

Se priorizarán proyectos que vayan a realizarse en países de América Latina. Se deberá justificar la relevancia y posibilidades de desarrollo en el país al que se desea asistir.

El monto máximo a financiar por proyecto será considerado por el comité evaluador de acuerdo al destino y número de participantes que comprende la propuesta presentada.

1.4 Ayudas otorgables

Esta ayuda consiste en la emisión de pasajes a favor de los proyectos que resulten seleccionados. En ningún caso se realizará un desembolso ni se transferirá el dinero de los mismos. Los pasajes serán emitidos de acuerdo a lo detallado en la Planilla de Solicitud de Pasajes que se les entregará oportunamente a todos los beneficiarios, sin opción a modificación de itinerario. Las ayudas podrán cubrir total o parcial de la cantidad de pasajes solicitados y únicamente se podrá participar con una propuesta por modalidad dentro de esta línea (modalidad A y B).

Se deja asentado que los traslados entre distancias inferiores a 1000 km. serán emitidos por vía terrestre. Asimismo, los pasajes aéreos serán emitidos exclusivamente de acuerdo a los itinerarios propuestos por la empresa Operadora Mayorista de Servicios Turísticos (OPTAR S.A) de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto 1191/2012 priorizando siempre los traslados a través de nuestra aerolínea de bandera.

No se incluirán tasas de embarque extraordinarias, exceso de equipaje, gastos médicos, seguros, costos por materiales o elementos necesarios para la actividad que realizará el participante seleccionado, ni gastos que ocasione cualquier cambio en las condiciones del pasaje.

1.5 Duración de los proyectos

Los traslados deberán concretarse entre el 1 de febrero y el 31 de julio de 2015, en los términos y plazos señalados en la invitación y/o inscripción emitidas por las personas y/o instituciones anfitrionas.

II. POSTULACION

Postulación de proyectos

2.1 Postulantes

Podrán postular a esta Línea personas físicas y/o jurídicas que cumplan con los requerimientos que se detallan a continuación y no se encuentren inhabilitadas.

En el caso de presentaciones colectivas se deberá nombrar un representante y detallar el listado completo de los potenciales beneficiarios en los documentos que se establecen en el punto 5 de las presentes bases.

En todos los casos las solicitudes deberán estar avaladas por una carta de invitación oficial de la institución anfitriona informando la actividad que se desarrollará y las fechas en la que se llevará a cabo.

2.1.1 Personas físicas

- Mayores de 18 años.

- Argentinos o extranjeros con residencia certificada.

2.1.2 Personas Jurídicas

- Con fines de lucro.

- Sin fines de lucro.

No podrán recibir fondos aquellos proyectos cuyos representantes o integrantes sean funcionarios del Ministerio de Cultura de la Nación.

2.2 Postulación

Las postulaciones podrán realizarse únicamente a través de plataforma digital. No se aceptarán presentaciones en otros formatos.

2.2.1 Postulación vía plataforma digital

Los proyectos postulados deberán ser enviados a través de la página web del Ministerio de Cultura de la Nación (www.cultura.gob.ar).

El postulante deberá seguir los siguientes pasos:

- Ingresar al enlace (link) correspondiente a la Línea a la que desea aplicar.

- Completar el Formulario de Postulación cumpliendo los requisitos y condiciones establecidas en las presentes Bases.

- Adjuntar el Formulario Específico del Proyecto y los documentos requeridos para la postulación detallados en el punto 5 de las Bases.

- Validar el envío del proyecto.

El portal revisará que los campos obligatorios del Formulario de Postulación hayan sido completados. Será de exclusiva responsabilidad del postulante efectuar su postulación en conformidad con los requisitos y condiciones de Bases.

Se deja expresa constancia que cada documento incluido en la postulación vía plataforma digital, deberá ser adjuntado de acuerdo a las extensiones y tamaños especificado en cada campo.

No se aceptarán postulaciones en otros formatos a los mencionados, incompletas o presentadas fuera del plazo señalado.

2.3 Idioma de los documentos

Todos los documentos deberán ser presentados en idioma español.

2.4 Período de recepción de proyectos

La recepción de los proyectos estará vigente desde el 1 de octubre hasta el 7 de noviembre del 2014.

(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 4680/2014 del Ministerio de Cultura B.O. 19/12/2014 se prorroga la fecha estipulada para la presentación de proyectos en las diferentes líneas correspondientes al FONDO ARGENTINO DE DESARROLLO CULTURAL, hasta el 14 de noviembre de 2014)

2.5 Cantidad de postulaciones

Los postulantes podrán presentar un solo proyecto por modalidad dentro de esta línea (modalidad A y B). Asimismo, podrán concursar en un máximo de 2 líneas del Fondo Argentino de Desarrollo Cultural.

III. SELECCION DE PROYECTOS

Revisión formal y admisión de proyectos, evaluación y selección

3.1 Revisión formal y admisión de proyectos

Luego de su presentación, los proyectos serán revisados por el área técnica correspondiente a fin de constatar el cumplimiento de los requisitos formales y administrativos.

3.2 Proceso de evaluación y selección

La evaluación de los proyectos y la selección de los beneficiarios serán realizadas por un comité evaluador designado por el Ministerio de Cultura de la Nación. Los integrantes de dicho comité serán publicados al momento del anuncio de los proyectos seleccionados.

Las decisiones del comité serán inapelables.

3.3 Criterios de evaluación y selección

Las solicitudes serán seleccionadas según a los siguientes criterios de evaluación:

- Calidad integral de la propuesta e impacto de la participación de las/los postulantes.

- Trayectoria de las/los solicitantes.

- Relevancia y pertinencia del evento/actividad al cual se asistirá.

- Posibilidades de desarrollo en la región o país al que planea viajar.

- Inserción y vinculación del proyecto con redes, gestores y/o circuitos que fomenten la asociación y permitan un desarrollo sustentable.

3.4 Publicación y notificación de resultados

Los resultados de la convocatoria serán publicados el 12 de diciembre de 2014 en la web del Ministerio de Cultura de la Nación (http://www.cultura.gob.ar) y se notificará a los postulantes seleccionados a través de correo electrónico.

(Nota Infoleg: por art. 2° de la Resolución N° 4680/2014 del Ministerio de Cultura B.O. 19/12/2014 se prorroga la fecha establecida para la publicación y notificación de los resultados a la convocatoria, hasta el 31 de Diciembre de 2014)

IV. DERECHOS Y OBLIGACIONES

Derechos y obligaciones

4.1 Aceptación de condiciones

4.1.1 Los beneficiarios deberán firmar una Carta Compromiso, en un plazo de 15 días corridos de recibida la notificación de selección, donde aceptarán las condiciones del Fondo Argentino de Desarrollo Cultural y se comprometerán a la ejecución total del proyecto.

4.1.2 Los beneficiarios serán responsables de la originalidad y propiedad intelectual de las obras, productos y/o proyectos presentados en esta convocatoria y de los derechos originales con respecto a terceros de imágenes o sonidos preexistentes utilizados en las creaciones artísticas, deslindando de cualquier responsabilidad al Ministerio de Cultura de la Nación.

4.2 Obligaciones del Responsable

4.2.1 Los beneficiarios deberán corroborar y tramitar los documentos necesarios para el viaje (pasaportes, visas, certificados de vacunación y sanidad, etc.), deslindando de cualquier responsabilidad al Ministerio de Cultura de la Nación.

4.2.2 Quien reciba la ayuda deberá entregar informes de avance siempre que el área responsable del Ministerio de Cultura de la Nación lo solicite. Al terminar el proyecto se deberá entregar un informe con los resultados del proyecto realizado, de acuerdo al modelo de Memoria Técnica y Rendición financiera que se otorgará oportunamente.

4.2.3 Los beneficiarios de las ayudas deberán presentar la Memoria Técnica y Rendición en la cual deberán adjuntarse los pasajes y/o tarjetas de embarque, según corresponda, en el término máximo de TREINTA (30) días contados desde la finalización de la actividad.

4.2.4 En toda pieza de comunicación o referencia pública que se realice vinculada al proyecto deberá consignarse de manera visible el apoyo del FONDO ARGENTINO DE DESARROLLO CULTURAL - MINISTERIO DE CULTURA de la NACION y los correspondientes isologotipos. Las aplicaciones de las mismas deberán adjuntarse en oportunidad de la rendición de cuentas.

4.2.5 Los beneficiarios deberán ceder sus derechos de imagen al Ministerio de Cultura de la Nación para ser utilizada y difundida exclusivamente en eventuales materiales de comunicación con el único fin de la promoción y difusión del Ministerio de Cultura de la Nación.

4.3. Cancelación y devolución de fondos

4.3.1 Los pasajes que no hubiesen sido utilizados por cualquier razón deberán ser cancelados por el beneficiario y reintegrados en los términos y plazos que fije el Ministerio de Cultura de la Nación.

4.3.2 El Ministerio de Cultura de la Nación podrá disponer la cancelación total o parcial y exigir el reintegro de los importes correspondientes por las siguientes causas:

a) uso indebido de las ayudas

b) por incumplimiento de cualquiera de las disposiciones establecidas en la presente reglamentación

4.4 Sanciones por Incumplimiento de Compromisos

Cualquier incumplimiento de lo dispuesto en las presentes bases, el área competente intimará para que se proceda de acuerdo a lo establecido. En caso de omisión o negativa o fracasada la intimación en dos oportunidades, se girarán las actuaciones a la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Cultura de la Nación para que tome intervención que le compete.

En caso de cualquier incumplimiento por parte de los beneficiarios en el proceso de rendición de cuentas, los integrantes del proyecto quedarán inhabilitadas para recibir futuras ayudas del Ministerio de Cultura de la Nación.

5. LISTA DE DOCUMENTOS REQUERIDOS PARA PRESENTAR LA SOLICITUD

Todos los documentos solicitados deberán ser presentados digitalmente mediante un enlace en la página del Ministerio de Cultura de la Nación (www.cultura.gob.ar).

A) Formulario de Postulación

Este documento está conformado por:

- Información general del proyecto.

- Datos del postulante.

- Documentación obligatoria a adjuntar (establecidos en los puntos B, C y E).

B) Carta a la Sra. Ministra de Cultura de la Nación

Carta dirigida a la Ministra de Cultura de la Nación solicitando el subsidio, especificando bajo qué modalidad y la cantidad de pasajes.

El modelo de carta estará disponible para descargar, completar y presentar escaneada en la página web del Ministerio de Cultura de la Nación.

C) Documentación respaldatoria del postulante

C. 1) Personas físicas

1. Copia escaneada del DNI del solicitante (bifaz en el caso de la tarjeta o tres primeras hojas).

2. Constancia del CUIL o CUIT de la persona solicitante.

3. Currículum Vitae de la persona solicitante, máximo 4 hojas.

C. 2) Personas jurídicas

Las personas jurídicas deberán presentar copias escaneadas de identificación legal de la entidad, así como los datos de su representante legal según corresponda:

1. Resolución o acto de otorgamiento de persona jurídica y certificado de vigencia de la misma.

2. Ultimo acta de designación de autoridades, extraídas del libro de actas debidamente rubricado y vigente en el momento de solicitado el subsidio.

3. Estatuto de la entidad actualizado con todas las modificaciones.

4. Ultimo balance de la entidad con su respectiva Memoria Institucional, presentados ante la Inspección General de Justicia, INAES, u organismo que corresponda según la naturaleza de la entidad.

5. DNI del o los representante/s legal/es de la entidad (bifaz en el caso de la tarjeta o tres primeras hojas).

6. Constancia de inscripción ante la AFIP.

7. Inscripción en el C.E.N.O.C, cuando corresponda.

8. Breve reseña de actividades que desarrolla la entidad desde su creación, máximo 4 hojas.

D) Formulario específico del proyecto

El Formulario específico del proyecto estará disponible para descargar, completar y presentar en PDF en la página web del Ministerio de Cultura de la Nación.

E) Carta de invitación

Copia escaneada de la carta de invitación y/o aval institucional de la actividad específica que se desarrollará, con indicación de la participación que tendrá el postulante en dicha actividad y las fechas en la que será realizada.

FONDO ARGENTINO DE DESARROLLO CULTURAL

Primer Convocatoria

El Ministerio de Cultura a través de la Secretaría de Gestión Cultural presenta el Fondo Argentino de Desarrollo Cultural, por el cual se otorgarán ayudas e incentivos económicos destinados al fomento y fortalecimiento del sector cultural de todas las provincias y regiones de la República Argentina. Mediante este sistema de fondos concursables y convocatorias abiertas, el Fondo Argentino de Desarrollo Cultural busca profundizar las políticas públicas de jerarquización y sostenibilidad de nuestras producciones culturales brindando a artistas, creadores, productores, gestores, profesionales, empresas, organizaciones no gubernamentales y cooperativas la posibilidad de presentar proyectos, programas y/o actividades que requieran ayuda total o parcial para su concreción.

El Fondo distribuirá sus ayudas bajo 14 modalidades, las cuales se encuentran agrupadas en cuatro líneas principales de acción: Movilidad, Sostenibilidad, Infraestructura e Innovación.

LINEA SOSTENIBILIDAD

I. PRESENTACION

Aspectos generales de la convocatoria

1.1 Introducción

Las presentes bases tienen por objeto establecer las condiciones generales del llamado a concurso de la Línea Sostenibilidad, del Fondo Argentino de Desarrollo Cultural.

El Ministerio de Cultura de la Nación invita a presentar proyectos para concursar por ayudas económicas según lo establecido en las presentes bases.

El procedimiento de este concurso consta de las siguientes etapas:

- Postulación.

- Admisibilidad.

- Evaluación.

- Selección.

- Publicación y notificación de los resultados.

- Firma de la Carta Compromiso.

- Rendición y memoria técnica.

1.2 Objetivos

La presente convocatoria tiene como objetivo impulsar el desarrollo y fortalecimiento tanto de artistas, creadores, productores, gestores y profesionales como de emprendimientos y pequeñas y medianas empresas vinculados al sector cultural.

Esta línea busca favorecer la circulación, comercialización y promoción de las diversas producciones culturales de nuestro país, ayudando así a la consolidación y creación de nuevos mercados y a la sostenibilidad de los proyectos, artistas, empresas y emprendimientos afines.

Podrán presentar proyectos personas físicas y/o personas jurídicas, según lo establecido para cada modalidad en el punto 2.1 de la presente convocatoria.

1.3 Modalidades, ayudas otorgables y criterios específicos de selección

Las modalidades de esta convocatoria son:

A) Fomento a proyectos de comercialización asociativa.

B) Apoyo al posicionamiento estratégico de marcas de diseño.

C) Fomento a redes, circuitos y colectivos culturales.

D) Fomento a festivales, ferias y mercados artísticos y culturales.

E) Ayuda a la promoción de catálogos de sellos discográficos independientes.

F) Apoyo a colecciones de editoriales independientes.

G) Apoyo a la edición de catálogos de artistas visuales.

A) Fomento a proyectos de comercialización asociativa

Esta modalidad tiene como objetivo contribuir a la creación y consolidación de modelos de asociatividad que favorezcan la comercialización de productos, servicios y producciones culturales, tanto en formato físico como en formato digital. Busca mejorar la eficiencia y sostenibilidad de los proyectos, emprendimientos y empresas, la generación de nuevos puestos de trabajo y el fortalecimiento y posicionamiento de las industrias culturales argentinas.

Las postulaciones deberán contar con la asociación de dos o más productores, profesionales y/o emprendimientos vinculados a algunas de las siguientes disciplinas: música, letras, artes visuales, artes escénicas, diseño, audiovisuales, videojuegos y/o cultura digital.

Se priorizarán aquellas presentaciones en las que participe al menos un productor seleccionado por el Programa de Apoyo a Emprendimientos Culturales (PAEC).

Esta modalidad otorgará fondos para la implementación de estrategias de comercialización de productos, creación o desarrollo de página web y plataformas de comercio electrónico, y participación en ferias nacionales e internacionales, mercados y encuentros regionales (no siendo financiables pasajes). El postulante deberá indicar el destino de los mismos en un presupuesto detallado de acuerdo al modelo establecido en el Formulario Específico del Proyecto.

Los rubros de gastos financiables por esta modalidad son:

- Honorarios de acuerdo a la necesidad del proyecto y que no representen más del 50% del presupuesto solicitado, de acuerdo a lo establecido por la ley Nº 11.672.

- Contratación de servicios de terceros.

- Adquisición de materiales, herramientas de trabajo y equipamiento técnico.

Los postulantes deberán indicar una contribución en carácter de cofinanciamiento del 25% (veinticinco por ciento) sobre el total del monto solicitado, de conformidad a lo establecido en la Ley Complementaria de Presupuesto Nº 11.672. Estos aportes podrán ser monetarios o en bienes y/o servicios valorados, los cuales deberán ser detallados en el presupuesto del proyecto.

El monto máximo solicitado puede ser de hasta $ 100.000 (pesos cien mil).

Los criterios específicos de selección de esta modalidad son:

- Estrategias de comercialización asociativa.

- Características de los productos a comercializar.

- Viabilidad comercial.

- Posibilidades de desarrollo regional.

- Fortalecimiento del mercado interno y posibilidad de apertura a nuevos mercados.

- Expansión de la escala de producción.

B) Apoyo al posicionamiento estratégico de marcas de diseño

Esta modalidad tiene por objetivo impulsar la difusión, exhibición y venta de productos y servicios de diseño a través del posicionamiento estratégico de las marcas. Busca promover el fortalecimiento del sector del diseño y la sostenibilidad de productores y emprendedores a partir del acercamiento de sus productos a nuevos públicos e incorporación en mercados locales y regionales.

Podrán presentarse marcas de diseño de indumentaria, accesorios, calzados, joyería, productos utilitarios, mobiliarios y decorativos y diseño gráfico.

Los postulantes deberán estar consolidados a nivel productivo y contar con un mínimo de tres años de presencia en el mercado demostrables a través de publicaciones, artículos de prensa, proyectos consumados, colecciones, trabajos publicados, avales de INTI (Textil o Industrial) o Sello del Buen Diseño.

Se priorizarán aquellas presentaciones en las que participe al menos un productor seleccionado por el Programa de Apoyo a Emprendimientos Culturales (PAEC), así como también aquellos proyectos que trabajen acciones colectivas o de co-creación con otros emprendimientos locales.

Esta modalidad otorgará fondos para diseño y desarrollo de marca, construcción de imagen y fotografía de productos, realización de materiales audiovisuales y/o catálogo digital, diseño y realización de piezas de comunicación y de embalaje, contratación de pauta publicitaria, desarrollo de plan de comunicación y acciones de prensa varias, participación en ferias nacionales, y todo lo que se considere necesario para posicionar la imagen del diseñador y del emprendimiento. El postulante deberá indicar el destino de los fondos en un presupuesto detallado de acuerdo al modelo establecido en el Formulario Específico del Proyecto.

Los rubros de gastos financiables por esta modalidad son:

- Honorarios de acuerdo a la necesidad del proyecto y que no representen más del 50% del presupuesto solicitado, de acuerdo a lo establecido por la ley Nº 11.672.

- Contratación de servicios de terceros.

- Adquisición de materiales, herramientas de trabajo y equipamiento técnico.

Los postulantes deberán indicar una contribución en carácter de cofinanciamiento del 25% (veinticinco por ciento) sobre el total del monto solicitado, de conformidad a lo establecido en la Ley Complementaria de Presupuesto Nº 11.672. Estos aportes podrán ser monetarios o en bienes y/o servicios valorados, los cuales deberán ser detallados en el presupuesto del proyecto. Se podrá contemplar como parte del cofinanciamiento el valor resultante de acuerdos de canje.

El monto máximo solicitado puede ser de hasta $ 60.000 (pesos sesenta mil).

Los criterios específicos de selección de esta modalidad son:

- Calidad integral de la propuesta e impacto.

- Definición del nicho de mercado actual y/o a alcanzar con la nueva acción.

- Posibilidades de apertura a nuevos públicos y mercados.

- Desarrollo en la región.

C) Fomento a redes, circuitos y colectivos culturales

Esta modalidad tiene como objetivo afianzar espacios de gestión colectiva que fomenten la circulación y difusión cultural, la formación profesional y el intercambio. Asimismo, promueve la creación de nuevos públicos y el desarrollo y fortalecimiento de las escenas regionales.

Se podrán presentar redes, circuitos y colectivos que nucleen al menos tres instituciones, agrupaciones y/u organizaciones formales que hayan desarrollado acciones en conjunto comprobables en los últimos dos años. Deberán estar vinculados a las siguientes disciplinas: música, letras, artes visuales, artes escénicas, diseño, audiovisuales, videojuegos, cultura digital, gestión cultural y/o patrimonio.

Esta modalidad otorgará fondos para la realización de encuentros, foros y/o capacitaciones, desarrollo de herramientas de comunicación que permitan la vinculación de los miembros de la red, circuito o colectivo y/o proyectos especiales. No se financiará la realización de actividades artísticas, sino acciones orientadas a fomentar la vinculación, el fortalecimiento, la comunicación y la asistencia técnica entre quienes conforman estos espacios.

Los rubros de gastos financiables por esta modalidad son:

- Honorarios de acuerdo a la necesidad del proyecto y que no representen más del 50% del presupuesto solicitado, de acuerdo a lo establecido por la ley Nº 11.672.

- Contratación de servicios de terceros.

- Adquisición de materiales, herramientas de trabajo y equipamiento técnico.

Los postulantes deberán indicar una contribución en carácter de cofinanciamiento del 25% (veinticinco por ciento) sobre el total del monto solicitado, de conformidad a lo establecido en la Ley Complementaria de Presupuesto Nº 11.672. Estos aportes podrán ser monetarios o en bienes y/o servicios valorados, los cuales deberán ser detallados en el presupuesto del proyecto.

El monto máximo solicitado puede ser de hasta $ 50.000 (pesos cincuenta mil).

Los criterios específicos de selección de esta modalidad son:

- Impacto y creatividad de la propuesta.

- Trayectoria de los postulantes.

- Plan estratégico de desarrollo de la red, circuito y colectivo cultural.

D) Fomento a festivales, ferias y mercados artísticos y culturales

Esta modalidad tiene como objetivo ayudar a la realización y programación de festivales, ferias y mercados artísticos y culturales colaborando así a la consolidación y sostenibilidad de los mismos. Asimismo, busca incentivar la profesionalización de las producciones artísticas y la ampliación de la oferta cultural en un sentido federal.

Los festivales, ferias y mercados deberán contar con al menos 2 ediciones previas a esta convocatoria y estar abocados a una o más de las siguientes disciplinas: música, letras, artes visuales, diseño, audiovisuales, videojuegos, cultura digital y artes escénicas.

Esta modalidad otorgará fondos para cubrir gastos de producción y realización. El postulante deberá indicar el destino de los mismos en un presupuesto detallado de acuerdo al modelo establecido en el Formulario Específico del Proyecto.

Los rubros de gastos financiables por esta modalidad son:

- Honorarios de acuerdo a la necesidad del proyecto y que no representen más del 50% del presupuesto solicitado, de acuerdo a lo establecido por la ley Nº 11.672.

- Contratación de servicios de terceros.

- Adquisición de materiales, herramientas de trabajo y equipamiento técnico

Esta modalidad requiere a los postulantes un cofinanciamiento del 25% (veinticinco por ciento) sobre el total del monto solicitado, de conformidad a lo establecido en la Ley Complementaria de Presupuesto Nº 11.672. Estos aportes podrán ser monetarios o en bienes y/o servicios valorados, los cuales deberán ser detallados en el presupuesto del proyecto.

El monto máximo solicitado puede ser de hasta $ 50.000 (pesos cincuenta mil).

Los criterios específicos de selección de esta modalidad son:

- Trayectoria y relevancia del festival, feria o mercado.

- Impacto y creatividad de la programación y actividades planificadas.

- Estrategia para la creación y fortalecimiento de nuevos públicos.

- Contribución al desarrollo económico de la región donde se realiza.

E) Ayuda a la promoción de catálogos de sellos discográficos independientes

Esta modalidad tiene como objetivo apoyar el lanzamiento y difusión de catálogos de sellos discográficos independientes a fin de permitir una mejor promoción y comercialización de sus producciones. A su vez, fomenta el desarrollo de estrategias para vincular a nuevos públicos y mercados con la música independiente, permitiendo así el fortalecimiento y sostenibilidad de los sellos.

Podrán presentar proyectos aquellos sellos independientes que hayan editado como mínimo cinco discos en los últimos cinco años.

El catálogo deberá tener al menos tres materiales discográficos nuevos y las actividades de lanzamiento y difusión de estos materiales deberán ser realizadas entre el 1 de febrero y el 31 de julio de 2015, no siendo aceptados relanzamientos.

Se priorizarán aquellas presentaciones en las que participe al menos un productor seleccionado por el Programa de Apoyo a Emprendimientos Culturales (PAEC).

Esta modalidad otorgará fondos para financiar acciones de comunicación, lanzamiento, marketing digital, prensa, publicidad, posicionamiento y desarrollo web de nuevos materiales discográficos. El postulante deberá indicar el destino de los mismos en un presupuesto detallado de acuerdo al modelo establecido en el Formulario Específico del Proyecto.

Los rubros de gastos financiables por esta modalidad son:

- Honorarios de acuerdo a la necesidad del proyecto y que no representen más del 50% del presupuesto solicitado, de acuerdo a lo establecido por la ley Nº 11.672.

- Contratación de servicios de terceros.

Los postulantes deberán indicar una contribución en carácter de cofinanciamiento del 25% (veinticinco por ciento) sobre el total del monto solicitado, de conformidad a lo establecido en la Ley Complementaria de Presupuesto Nº 11.672. Estos aportes podrán ser monetarios o en bienes y/o servicios valorados, los cuales deberán ser detallados en el presupuesto del proyecto.

El monto máximo solicitado puede ser de hasta $ 60.000 (pesos sesenta mil).

Los criterios específicos de selección de esta modalidad son:

- Trayectoria de los postulantes.

- Producción integral de los discos presentados.

- Desarrollo integral del plan de comunicación.

- Posibilidades de apertura a nuevos públicos y mercados.

F) Apoyo a colecciones de editoriales independientes

Esta modalidad tiene como objetivo fomentar la edición y circulación de títulos inéditos promoviendo la publicación y difusión de la labor de escritores nacionales y latinoamericanos. Busca incrementar y consolidar la producción nacional de editoriales independientes como así también promover la lectura y el acceso a los bienes culturales.

Se financiará parcial o totalmente, la publicación de colecciones de editoriales independientes que hayan publicado por lo menos cinco libros en los últimos tres años. Las colecciones deberán contar con al menos 3 títulos de más de quinientos (500) ejemplares cada uno. Las obras incluidas deberán ser inéditas, pertenecientes a autores argentinos y/o latinoamericanos, escritas en español y podrán ser ficciones (ej.: cuento, poesía, novela, etc.) o no ficciones (ej.: ensayo, libro técnico, etc.).

Se priorizarán aquellas presentaciones en las que participe al menos un productor seleccionado por el Programa de Apoyo a Emprendimientos Culturales (PAEC).

La editorial deberá contar con los derechos al momento de la publicación, siendo responsable por cualquier incumplimiento de la normativa vigente de derechos de autor y propiedad intelectual. En el caso de autor fallecido, se deberá presentar la Declaratoria de Herederos y la Declaración Jurada del anticipo de derechos de autor suscrita por sus derechohabientes.

Del total de la ayuda recibida, el 20% será destinado a adelanto de derechos de autor, previo a la aplicación de fondos para la producción y publicación. Los proyectos seleccionados deberán presentar un acuerdo firmado entre el editor y autor comprometiéndose a cumplir dicha condición.

De los ejemplares editados de cada colección, el 10% deberán ser destinados al Ministerio de Cultura de la Nación.

Los participantes seleccionados deberán autorizar al Ministerio de Cultura de la Nación mediante una declaración jurada la reproducción de las colecciones en formato digital para su difusión con carácter promocional y sin fines de lucro.

Los postulantes deberán indicar una contribución en carácter de cofinanciamiento del 25% (veinticinco por ciento) sobre el total del monto solicitado, de conformidad a lo establecido en la Ley Complementaria de Presupuesto Nº 11.672. Estos aportes podrán ser monetarios o en bienes y/o servicios valorados, los cuales deberán ser detallados en el presupuesto del proyecto.

Los rubros de gastos financiables por esta modalidad son:

- Honorarios de acuerdo a la necesidad del proyecto y que no representen más del 50% del presupuesto solicitado, de acuerdo a lo establecido por la ley Nº 11.672.

- Contratación de servicios de terceros.

El monto máximo solicitado puede ser de hasta $ 60.000 (pesos sesenta mil).

Los criterios específicos de selección de esta modalidad son:

- Antecedentes de la editorial y sus autores.

- Calidad y originalidad de la colección.

- Relevancia de la colección y sus títulos.

G) Apoyo a la edición de catálogos de artistas visuales

Esta modalidad tiene como objetivo contribuir a la difusión de artistas visuales contemporáneos y su obra a través de la edición de libros que den cuenta de su producción y trayectoria. Los catálogos serán entendidos como una herramienta para la proyección de la carrera de los artistas en distintos circuitos y mercados locales, regionales e internacionales. A su vez, estas publicaciones colaborarán en la formación y acercamiento de nuevos públicos a las prácticas artísticas contemporáneas.

Se financiará total o parcialmente, la producción de libros que reúnan la producción de un artista contemporáneo. No se aceptarán proyectos para la realización de catálogos de exposiciones, muestras y/o itinerancias. Las publicaciones deberán contar con imágenes de obras, textos realizados por el artista y un estudio crítico de un teórico o crítico de arte junto a un currículum cronológico. Se aceptarán publicaciones bilingües para facilitar su difusión a escala internacional.

Podrán presentar proyectos aquellos artistas que hayan realizado al menos 2 muestras individuales y participado en 5 muestras colectivas tanto en galerías, centros de exposiciones y/o museos.

Los beneficiarios deberán autorizar al Ministerio de Cultura de la Nación mediante una declaración jurada la reproducción de los catálogos en formato digital para su difusión con carácter promocional y sin fines de lucro.

Esta convocatoria otorgará fondos para financiar gastos por diseño, producción, corrección de textos, traducciones, tomas fotográficas, retoque digital de imágenes e impresión. El postulante deberá indicar el destino de los fondos en un presupuesto detallado de acuerdo al modelo establecido en el Formulario Específico del Proyecto.

Los rubros de gastos financiables por esta modalidad son:

- Honorarios de acuerdo a la necesidad del proyecto y que no representen más del 50% del presupuesto solicitado, de acuerdo a lo establecido por la ley Nº 11.672.

- Contratación de servicios de terceros.

Los postulantes deberán indicar una contribución en carácter de cofinanciamiento del 25% (veinticinco por ciento) sobre el total del monto solicitado, de conformidad a lo establecido en la Ley Complementaria de Presupuesto Nº 11.672. Estos aportes podrán ser monetarios o en bienes y/o servicios valorados, los cuales deberán ser detallados en el presupuesto del proyecto.

El monto máximo solicitado puede ser de hasta $ 40.000 (pesos cuarenta mil).

Los criterios específicos de selección de esta modalidad son:

- Trayectoria del postulante.

- Relevancia y calidad de la propuesta.

- Aportes teóricos y críticos de los textos.

- Potencial apertura a nuevos públicos y/o mercados.

1.4 Adjudicación de las ayudas

Las ayudas podrán ser otorgadas por el monto total o parcial solicitado por el postulante, de acuerdo a lo considerado por el comité evaluador.

Los fondos otorgados no podrán ser aplicados a:

- Gastos por cualquier concepto que no se encuentren directamente asociados a la ejecución del proyecto.

- Gastos efectuados con anterioridad a la presentación de la solicitud y/o cancelación de deudas contraídas previamente.

- Gastos no contemplados en la normativa vigente.

1.5 Duración de los proyectos

Los proyectos que se presenten a esta línea deberán desarrollarse entre el 1 de febrero y el 31 de julio de 2015.

II. POSTULACION

Postulación de proyectos

2.1 Postulantes

Podrán postular a esta Línea personas físicas y/o jurídicas que cumplan con los requerimientos que se detallan a continuación y no se encuentren inhabilitadas.

En el caso de presentaciones colectivas se deberá nombrar un representante y detallar el listado completo de los potenciales beneficiarios en los documentos que se establecen en el punto 5 de las presentes bases.

Sólo podrán presentar solicitudes quienes puedan garantizar un aporte en concepto de cofinanciamiento del 25% del monto solicitado.

2.1.1 Personas físicas

- Mayores de 18 años.

- Argentinos o extranjeros con residencia certificada.

2.1.2 Personas Jurídicas

- Con fines de lucro.

- Sin fines de lucro.

Excepto en la modalidad H) Apoyo a la edición de catálogos de artistas visuales.

No podrán recibir fondos aquellos proyectos cuyos representantes o integrantes sean funcionarios del Ministerio de Cultura de la Nación.

2.2 Postulación

Las postulaciones podrán realizarse únicamente a través de plataforma digital. No se aceptarán presentaciones en otros formatos.

2.2.1 Postulación vía plataforma digital

Los proyectos postulados deberán ser enviados a través de la página web del Ministerio de Cultura de la Nación (www.cultura.gob.ar).

El postulante deberá seguir los siguientes pasos:

- Ingresar al enlace (link) correspondiente a la Línea a la que desea aplicar.

- Completar el Formulario de Postulación cumpliendo los requisitos y condiciones establecidas en las presentes Bases.

- Adjuntar el Formulario Específico del Proyecto y los documentos requeridos para la postulación detallados en el punto 5 de las Bases.

- Validar el envío del proyecto.

El portal revisará que los campos obligatorios del Formulario de Postulación hayan sido completados. Será de exclusiva responsabilidad del postulante efectuar su postulación en conformidad con los requisitos y condiciones de Bases.

Se deja expresa constancia que cada documento incluido en la postulación vía plataforma digital, deberá ser adjuntado de acuerdo a las extensiones y tamaños especificado en cada campo.

No se aceptarán postulaciones en otros formatos a los mencionados, incompletas o presentadas fuera del plazo señalado.

2.3 Idioma de los documentos

Todos los documentos deberán ser presentados en idioma español.

2.4 Período de recepción de proyectos

La recepción de los proyectos estará vigente desde el 1 de octubre hasta el 7 de noviembre del 2014.

2.5 Cantidad de postulaciones

Los postulantes podrán presentar un proyecto dentro de esta línea. Asimismo, podrán concursar en un máximo de 2 líneas del Fondo Argentino de Desarrollo Cultural.

III. SELECCION DE PROYECTOS

Revisión formal y admisión de proyectos, evaluación y selección

3.1 Revisión formal y admisión de proyectos

Luego de su presentación, los proyectos serán revisados por el área técnica correspondiente a fin de constatar el cumplimiento de los requisitos formales y administrativos.

3.2 Proceso de evaluación y selección

La evaluación de los proyectos y la selección de los beneficiarios serán realizadas por un comité evaluador designado por el Ministerio de Cultura de la Nación. Los integrantes de dicho comité serán publicados al momento del anuncio de los proyectos seleccionados.

Las decisiones del comité serán inapelables.

3.3 Criterios de evaluación y selección

Las solicitudes serán seleccionadas según los criterios específicos de cada modalidad y los siguientes criterios generales:

- Calidad integral del proyecto.

- Sostenibilidad y potencial de crecimiento del productor o emprendimiento cultural tras la realización del proyecto.

- Pertinencia del presupuesto presentado.

3.4 Publicación y notificación de resultados

Los resultados de la convocatoria serán publicados el 12 de diciembre de 2014 en la web del Ministerio de Cultura de la Nación (http://www.cultura.gob.ar) y se notificará a los postulantes seleccionados a través de correo electrónico.

IV. DERECHOS Y OBLIGACIONES

Derechos y Obligaciones

4.1 Aceptación de condiciones

4.1.1 Los beneficiarios deberán firmar una Carta Compromiso, en un plazo de 15 días corridos de recibida la notificación de selección, donde aceptarán las condiciones del Fondo Argentino de Desarrollo Cultural y se comprometerán a la ejecución total del proyecto.

4.1.2 Los beneficiarios serán responsables de la originalidad y propiedad intelectual de las obras, productos y/o proyectos presentados en esta convocatoria y de los derechos originales con respecto a terceros de imágenes o sonidos preexistentes utilizados en las creaciones artísticas, deslindando de cualquier responsabilidad al Ministerio de Cultura de la Nación.

4.2 Obligaciones del Responsable

4.2.1 Quien reciba la ayuda deberá entregar informes de avance siempre que el área responsable del Ministerio de Cultura de la Nación lo solicite. Al terminar el proyecto se deberá entregar un informe con los resultados del proyecto realizado, de acuerdo al modelo de Memoria Técnica y Rendición financiera que se otorgará oportunamente.

4.2.2 Los beneficiarios de las ayudas deberán presentar la Memoria Técnica y Rendición en la cual deberán adjuntarse facturas y/o tickets originales, según corresponda, en el término máximo de TREINTA (30) días contados desde la finalización de la actividad.

4.2.3 En toda pieza de comunicación o referencia pública que se realice vinculada al proyecto deberá consignarse de manera visible el apoyo del FONDO ARGENTINO DE DESARROLLO CULTURAL - MINISTERIO DE CULTURA de la NACION y los correspondientes isologotipos. Las aplicaciones de las mismas deberán adjuntarse en oportunidad de la rendición de cuentas.

4.2.4 Los beneficiarios deberán ceder sus derechos de imagen al Ministerio de Cultura de la Nación para ser utilizada y difundida exclusivamente en eventuales materiales de comunicación con el único fin de la promoción y difusión del Ministerio de Cultura de la Nación.

4.3 Cancelación y devolución de fondos

4.3.1 Los fondos que no hubieran sido utilizados por cualquier razón deberán ser reintegrados en los términos y plazos que fije el Ministerio de Cultura de la Nación.

4.3.2 El Ministerio de Cultura de la Nación podrá disponer la cancelación total o parcial y exigir el reintegro de los importes correspondientes por las siguientes causas:

a) Uso indebido de los fondos.

b) Por incumplimiento de cualquiera de las disposiciones establecidas en la presente reglamentación.

4.4 Sanciones por Incumplimiento de Compromisos

Cualquier incumplimiento de lo dispuesto en las presentes bases el área competente intimará para que se proceda de acuerdo a lo establecido. En caso de omisión o negativa o fracasada la intimación en dos oportunidades, se girarán las actuaciones a la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Cultura de la Nación para que tome intervención que le compete.

En caso de cualquier incumplimiento por parte de los beneficiarios en el proceso de rendición de cuentas, los integrantes del proyecto quedarán inhabilitados para recibir futuras ayudas del Ministerio de Cultura de la Nación.

V. LISTA DE DOCUMENTOS REQUERIDOS PARA PRESENTAR LA SOLICITUD

Todos los documentos solicitados deberán ser presentados digitalmente mediante un enlace en la página del Ministerio de Cultura de la Nación (www.cultura.gob.ar).

A) Formulario de Postulación

Este documento está conformado por:

- Información general del proyecto.

- Datos del postulante.

- Documentación obligatoria a adjuntar (establecidos en los puntos B y C).

B) Carta a la Sra. Ministra de Cultura de la Nación

Carta dirigida a la Ministra de Cultura de la Nación solicitando el subsidio, especificando bajo qué modalidad y el monto solicitado.

El modelo de carta estará disponible para descargar, completar y presentar escaneada en la página web del Ministerio de Cultura de la Nación.

C) Documentación respaldatoria del postulante

C. 1) Personas físicas

1. Copia escaneada del DNI del solicitante (bifaz en el caso de la tarjeta o tres primeras hojas).

2. Constancia del CUIL o CUIT de la persona solicitante.

3. Currículum Vitae de la persona solicitante, máximo 4 hojas.

C. 2) Personas jurídicas

Las personas jurídicas deberán presentar copias escaneadas de identificación legal de la entidad, así como los datos de su representante legal según corresponda:

1. Resolución o acto de otorgamiento de persona jurídica y certificado de vigencia de la misma.

2. Ultimo acta de designación de autoridades, extraídas del libro de actas debidamente rubricado y vigente en el momento de solicitado el subsidio.

3. Estatuto de la entidad actualizado con todas las modificaciones

4. Ultimo balance de la entidad con su respectiva Memoria Institucional, presentados ante la Inspección General de Justicia, INAES, u organismo que corresponda según la naturaleza de la entidad.

5. DNI del o los representante/s legal/es de la entidad (bifaz en el caso de la tarjeta o tres primeras hojas).

6. Constancia de inscripción ante la AFIP.

7. Inscripción en el C.E.N.O.C., cuando corresponda.

8. Breve reseña de actividades que desarrolla la entidad desde su creación, máximo 4 hojas.

D) Formulario Específico del Proyecto

El Formulario Específico del Proyecto estará disponible para descargar, completar y presentar en PDF en la página web del Ministerio de Cultura de la Nación.

No se aceptarán proyectos incompletos y/o que sean presentados en formatos distintos a los establecidos.

E) Carta de consentimiento de presentaciones asociativas

En el caso de las modalidades A) Fomento a proyectos de comercialización asociativa y C) Fomento a redes, circuitos y colectivos culturales se deberá presentar una carta de consentimiento de presentaciones asociativas, firmada por todos los integrantes del proyecto, nombrando un representante para la postulación y recepción de recursos económicos.

El modelo de carta estará disponible para descargar, completar y presentar en la página web del Ministerio de Cultura de la Nación.

FONDO ARGENTINO DE DESARROLLO CULTURAL

Primer Convocatoria

El Ministerio de Cultura a través de la Secretaría de Gestión Cultural presenta el Fondo Argentino de Desarrollo Cultural, por el cual se otorgarán ayudas e incentivos económicos destinadas al fomento y fortalecimiento del sector cultural de todas las provincias y regiones de la República Argentina. Mediante este sistema de fondos concursables y convocatorias abiertas, el Fondo Argentino de Desarrollo Cultural busca profundizar las políticas públicas de jerarquización y sostenibilidad de nuestras producciones culturales brindando a artistas, creadores, productores, gestores, profesionales, empresas, organizaciones no gubernamentales y cooperativas la posibilidad de presentar proyectos, programas y/o actividades que requieran ayuda total o parcial para su concreción.

El Fondo distribuirá sus ayudas bajo 14 modalidades, las cuales se encuentran agrupadas en cuatro líneas principales de acción: Movilidad, Sostenibilidad, Infraestructura e Innovación

LINEA INFRAESTRUCTURA

I. PRESENTACION

Aspectos generales de la convocatoria

1.1 Introducción

Las presentes bases tienen por objeto establecer las condiciones generales del llamado a concurso de la Línea Infraestructura, del Fondo Argentino de Desarrollo Cultural.

El Ministerio de Cultura de la Nación invita a presentar proyectos para concursar por ayudas económicas según lo establecido en las presentes bases.

El procedimiento de este concurso consta de las siguientes etapas:

- Postulación

- Admisibilidad

- Evaluación

- Selección

- Publicación y notificación de los resultados

- Firma de la Carta Compromiso

- Rendición y memoria técnica

1.2 Objetivos

Esta línea tiene como objetivo contribuir al mejoramiento físico de espacios culturales, museos y sitios patrimoniales con o sin fines de lucro, en todos los casos privados y/o del tercer sector. Asimismo busca generar mejores condiciones de estos espacios a través de remodelación, ampliación y adquisición y/o modernización de equipamiento.

Podrán presentar proyectos personas jurídicas responsables de espacios culturales vinculados a las siguientes disciplinas: música, letras, artes escénicas, artes visuales, diseño, audiovisuales, cultura digital y/o patrimonio.

1.3 Modalidades

A) Ayudas a la infraestructura cultural

Esta modalidad financiará, total o parcialmente, remodelaciones, ampliaciones y adquisición y/o modernización de equipamiento de espacios culturales privados o del tercer sector a fin de mejorar el desarrollo de la programación y su fortalecimiento institucional.

Los rubros de gastos financiables por esta modalidad son:

- honorarios de acuerdo a la necesidad del proyecto y que no representen más del 50% del presupuesto solicitado, de acuerdo a lo establecido por la ley Nº 11.672.

- contratación de servicios de terceros.

- adquisición de materiales, herramientas de trabajo y equipamiento técnico.

El monto máximo solicitado puede ser de hasta $ 250.000 (pesos doscientos cincuenta mil).

B) Ayudas a la infraestructura de museos y sitios patrimoniales privados y del tercer sector

Esta modalidad financiará, total o parcialmente, remodelaciones, ampliaciones y adquisición y/o modernización de equipamiento de museos y sitios patrimoniales privados y del tercer sector, a fin de alcanzar mejores condiciones de protección, conservación, exhibición, catalogación, almacenamiento y difusión de su patrimonio cultural.

Los rubros de gastos financiables por esta modalidad son:

- honorarios de acuerdo a la necesidad del proyecto y que no representen más del 50% del presupuesto solicitado, de acuerdo a lo establecido por la ley Nº 11.672.

- contratación de servicios de terceros.

- adquisición de materiales, herramientas de trabajo y equipamiento técnico.

El monto máximo solicitado puede ser de hasta $ 250.000 (pesos doscientos cincuenta mil).

1.4 Ayudas otorgables

Esta línea otorgará fondos para ser aplicados a remodelaciones o ampliaciones y adquisición y/o modernización de equipamiento. El postulante deberá indicar el destino de los mismos en un presupuesto detallado de acuerdo al modelo establecido en el Formulario específico del proyecto.

Los postulantes deberán indicar una contribución en carácter de cofinanciamiento del 25% (veinticinco por ciento) sobre el total del monto solicitado, de conformidad a lo establecido en la Ley Complementaria de Presupuesto Nº 11.672. Estos aportes podrán ser monetarios o en bienes y/o servicios valorados, los cuales deberán ser detallados en el presupuesto del proyecto.

Los fondos otorgados no podrán ser aplicados a:

- Gastos por cualquier concepto que no se encuentren directamente asociados a la ejecución del proyecto.

- Gastos efectuados con anterioridad a la presentación de la solicitud y/o cancelación de deudas contraídas previamente.

- Gastos no contemplados en la normativa vigente.

1.5 Duración de los proyectos

Los proyectos que se presenten a esta convocatoria deberán desarrollarse entre el 1 de febrero y el 31 de julio de 2015.

II. POSTULACION

Postulación de proyectos

2.1 Postulantes

Podrán postular a esta Línea personas jurídicas que cumplan con los requerimientos que se detallan a continuación y no se encuentren inhabilitadas.

Sólo podrán presentar solicitudes quienes puedan garantizar un aporte en carácter de cofinanciamiento del 25% del monto solicitado.

2.1.1 Personas Jurídicas

- Con fines de lucro

- Sin fines de lucro.

No podrán recibir fondos aquellos proyectos cuyos representantes o integrantes sean funcionarios del Ministerio de Cultura de la Nación.

2.2 Postulación

Las postulaciones podrán realizarse únicamente a través de la plataforma digital. No se aceptarán presentaciones en otros formatos.

2.2.1 Postulación vía plataforma digital

Los proyectos postulados deberán ser enviados a través de la página web del Ministerio de Cultura de la Nación (www.cultura.gob.ar).

El postulante deberá seguir los siguientes pasos:

- Ingresar al enlace (link) correspondiente a la Línea a la que desea aplicar

- Completar el Formulario de Postulación cumpliendo los requisitos y condiciones establecidas en las presentes Bases.

- Adjuntar el Formulario Específico del Proyecto y los documentos requeridos para la postulación especificados en el punto 5 de las Bases.

- Validar el envío del proyecto.

El portal revisará que los campos obligatorios del Formulario de Postulación hayan sido completados. Será de exclusiva responsabilidad del postulante efectuar su postulación en conformidad con los requisitos y condiciones de Bases.

Se deja expresa constancia que cada documento incluido en la postulación vía plataforma digital, deberá ser adjuntado de acuerdo a las extensiones y tamaños especificado en cada campo.

No se aceptarán postulaciones en otros formatos a los mencionados, incompletas o presentadas fuera del plazo señalado.

2.3 Idioma de los documentos

Todos los documentos deberán ser presentados en idioma español.

2.4 Período de recepción de proyectos

La recepción de los proyectos estará vigente desde el 1 de octubre hasta el 7 de noviembre del 2014.

2.5 Cantidad de postulaciones

Los postulantes podrán presentar un único proyecto dentro de esta línea. Asimismo, podrán concursar en un máximo de 2 líneas del Fondo Argentino de Desarrollo Cultural.

III SELECCION DE PROYECTOS

Revisión formal y admisión de proyectos, evaluación y selección

3.1 Revisión formal y admisión de proyectos

Luego de su presentación, los proyectos serán revisados por el área técnica correspondiente a fin de constatar el cumplimiento de los requisitos formales y administrativos.

3.2 Proceso de evaluación y selección

La evaluación de los proyectos y la selección de los beneficiarios serán realizadas por un comité evaluador designado por el Ministerio de Cultura de la Nación. Los integrantes de dicho comité serán publicados al momento del anuncio de los proyectos seleccionados.

Las decisiones del comité serán inapelables.

3.3 Criterios de evaluación y selección

Las solicitudes serán seleccionadas según a los siguientes criterios de evaluación:

- Calidad integral del proyecto.

- Trayectoria del espacio cultural solicitante y su importancia para el desarrollo artístico y cultural de la población.

- Aporte del proyecto al campo cultural en el que se inscribe y su repercusión a nivel local y regional.

- Sustentabilidad y potencial de crecimiento del espacio cultural tras la realización del proyecto.

- Propuestas que incluyan un desarrollo estratégico para la captación de nuevos públicos.

- Pertinencia del presupuesto presentado.

3.4 Publicación y notificación de resultados

Los resultados de la convocatoria serán publicados el 12 de diciembre de 2014 en la web del Ministerio de Cultura de la Nación (http://www.cultura.gob.ar) y se notificará a los postulantes seleccionados a través de correo electrónico.

IV. DERECHOS Y OBLIGACIONES

Derechos y Obligaciones

4.1 Aceptación de condiciones

Los beneficiarios deberán firmar una Carta Compromiso, en un plazo de 15 días corridos de recibida la notificación de selección, donde aceptarán las condiciones del Fondo Argentino de Desarrollo Cultural y se comprometerán a la ejecución total del proyecto.

4.2 Ayudas

Las ayudas serán otorgadas a los beneficiarios en forma parcial y decreciente en tres pagos: 40% del monto aprobado al inicio, 35% al ejecutarse la mitad del proyecto y luego el 25% restante, siempre y cuando se realicen las rendiciones de cuenta de cada pago.

4.3 Obligaciones del Responsable

4.3.1 Quien reciba la ayuda deberá entregar informes de avance siempre que el área responsable del Ministerio de Cultura de la Nación lo solicite. Al terminar el proyecto se deberá entregar un informe con los resultados del proyecto realizado, de acuerdo al modelo de Memoria Técnica y Rendición financiera que se otorgará oportunamente.

4.3.2 Los beneficiarios de las ayudas deberán presentar la Memoria Técnica y Rendición en la cual deberán adjuntarse facturas y/o tickets originales, según corresponda, en el término máximo de TREINTA (30) días contados desde la finalización de la actividad.

4.3.3 En toda pieza de comunicación o referencia pública que se realice vinculada al proyecto deberá consignarse de manera visible el apoyo del FONDO ARGENTINO DE DESARROLLO CULTURAL - MINISTERIO DE CULTURA de la NACION y los correspondientes isologotipos. Las aplicaciones de las mismas deberán adjuntarse en oportunidad de la rendición de cuentas.

4.3.4 Los beneficiarios deberán ceder sus derechos de imagen al Ministerio de Cultura de la Nación para ser utilizada y difundida exclusivamente en eventuales materiales de comunicación con el único fin de la promoción y difusión del Ministerio de Cultura de la Nación.

4.4. Cancelación y devolución de fondos

4.4.1 Los fondos que no hubieran sido utilizados por cualquier razón, vencido el plazo de presentación de la rendición de cuentas, deberán ser reintegrados en los términos que fije el Ministerio de Cultura de la Nación.

4.4.2 El Ministerio de Cultura de la Nación podrá disponer la cancelación total o parcial y exigir el reintegro de los importes correspondientes por las siguientes causas:

a) uso indebido de los fondos,

b) por incumplimiento de cualquiera de las disposiciones establecidas en la presente reglamentación.

4.5 Sanciones por Incumplimiento de Compromisos

Cualquier incumplimiento de lo dispuesto en las presentes bases el área competente intimará para que se proceda de acuerdo a lo establecido. En caso de omisión o negativa o fracasada la intimación en dos oportunidades, se girarán las actuaciones a la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Cultura de la Nación para que tome intervención que le compete.

En caso de cualquier incumplimiento por parte de los beneficiarios en el proceso de rendición de cuentas, los integrantes del proyecto quedarán inhabilitadas para recibir futuras ayudas del Ministerio de Cultura de la Nación.

5. LISTA DE DOCUMENTOS REQUERIDOS PARA PRESENTAR LA SOLICITUD

Todos los documentos solicitados deberán ser presentados digitalmente mediante un enlace en la página del Ministerio de Cultura de la Nación (www.cultura.gob.ar).

A) Formulario de Postulación

Este documento está conformado por:

- Información general del proyecto

- Datos del postulante

- Documentación obligatoria a adjuntar (establecidos en los puntos B y C)

B) Carta a la Sra. Ministra de Cultura de la Nación.

Carta dirigida a la Ministra de Cultura de la Nación solicitando el subsidio, especificando bajo qué modalidad y el monto solicitado.

El modelo de carta estará disponible para descargar, completar y presentar escaneada en la página web del Ministerio de Cultura de la Nación.

C) Documentación respaldatoria del postulante

C. 1) Personas jurídicas

Las personas jurídicas deberán presentar copias escaneadas de identificación legal de la entidad, así como los datos de su representante legal según corresponda:

1. Resolución o acto de otorgamiento de persona jurídica y certificado de vigencia de la misma.

2. Ultimo acta de designación de autoridades, extraídas del libro de actas debidamente rubricado y vigente en el momento de solicitado el subsidio.

3. Estatuto de la entidad actualizado con todas las modificaciones

4. Ultimo balance de la entidad con su respectiva Memoria Institucional, presentados ante la Inspección General de Justicia, INAES, u organismo que corresponda según la naturaleza de la entidad.

5. DNI del o los representante/s legal/es de la entidad (bifaz en el caso de la tarjeta o tres primeras hojas).

6. Constancia de inscripción ante la AFIP.

7. Inscripción en el C.E.N.O.C., cuando corresponda.

8. Breve reseña de actividades que desarrolla la entidad desde su creación, máximo 4 hojas.

D) Formulario específico del Proyecto

El Formulario específico del proyecto estará disponible para descargar, completar y presentar en PDF en la página web del Ministerio de Cultura de la Nación.

No se aceptarán proyectos incompletos y/o que sean presentados en formatos distintos a los establecidos.

FONDO ARGENTINO DE DESARROLLO CULTURAL

Primer Convocatoria

El Ministerio de Cultura a través de la Secretaría de Gestión Cultural presenta el Fondo Argentino de Desarrollo Cultural, por el cual se otorgarán ayudas e incentivos económicos destinadas al fomento y fortalecimiento del sector cultural de todas las provincias y regiones de la República Argentina. Mediante este sistema de fondos concursables y convocatorias abiertas, el Fondo Argentino de Desarrollo Cultural busca profundizar las políticas públicas de jerarquización y sostenibilidad de nuestras producciones culturales brindando a artistas, creadores, productores, gestores, profesionales, empresas, organizaciones no gubernamentales y cooperativas la posibilidad de presentar proyectos, programas y/o actividades que requieran ayuda total o parcial para su concreción.

El Fondo distribuirá sus ayudas bajo 14 modalidades, las cuales se encuentran agrupadas en cuatro líneas principales de acción: Movilidad, Sostenibilidad, Infraestructura e Innovación.

LINEA INNOVACION

1. PRESENTACION

Aspectos generales de la convocatoria

1.1 Introducción

Las presentes bases tienen por objeto establecer las condiciones generales del llamado a concurso de la Línea Innovación del Fondo Argentino de Desarrollo Cultural.

El Ministerio de Cultura de la Nación invita a presentar proyectos para concursar por ayudas económicas, según lo establecido en las presentes bases.

El procedimiento de este concurso consta de las siguientes etapas:

- Postulación.

- Admisibilidad.

- Evaluación.

- Selección.

- Publicación y notificación de los resultados.

- Firma de la Carta Compromiso.

- Rendición y memoria técnica.

1.2 Objetivos

La presente convocatoria tiene como objetivo impulsar el desarrollo de artistas, creadores, profesionales, emprendimientos y pequeñas y medianas empresas vinculadas al sector cultural que desarrollan sus actividades a partir del empleo de nuevas tecnologías y avances científicos. Esta línea busca favorecer a todos aquellos proyectos que impulsen la innovación y lleven adelante acciones y actividades vinculadas a la producción, investigación, experimentación y creación artística de base tecnológica.

1.3 Modalidades, ayudas otorgables y criterios específicos de selección

Las modalidades de esta convocatoria son:

A) Fomento a proyectos y emprendimientos de base tecnológica.

B) Apoyo a proyectos artísticos de base tecnológica.

C) Apoyo a laboratorios de experimentación y creación colectiva.

A) Fomento a proyectos y emprendimientos de base tecnológica

Esta modalidad tiene como objetivo fomentar el crecimiento, la consolidación y rentabilidad de proyectos y emprendimientos de base tecnológica que desarrollen y/o comercialicen productos y servicios propios. Asimismo, busca promover la asociación de emprendedores y la consolidación y desarrollo de nuevos mercados locales y regionales.

Esta modalidad otorgará fondos para proyectos y emprendimientos de base tecnológica que desarrollen, difundan y comercialicen productos y servicios relacionados a la cultura digital, plataformas de servicios OTT, desarrollo de software y herramientas para producción de contenidos digitales, sitios webs, aplicaciones interactivas, videojuegos, y plataformas de publicación, distribución y/o venta de contenidos digitales o físicos. El postulante deberá indicar el destino de los mismos en un presupuesto detallado de acuerdo al modelo establecido en el Formulario específico del proyecto

Se podrán presentar proyectos vinculados a las siguientes disciplinas: música, letras, artes visuales, artes escénicas, diseño, audiovisuales, videojuegos, cultura digital, gestión cultural y/o patrimonio.

Los rubros de gastos financiables por esta modalidad son:

- honorarios de acuerdo a la necesidad del proyecto y que no representen más del 50% del presupuesto solicitado, de acuerdo a lo establecido por la ley Nº 11.672.

- contratación de servicios de terceros.

- adquisición de materiales, herramientas de trabajo y equipamiento técnico.

Los postulantes deberán indicar una contribución en carácter de cofinanciamiento del 25% (veinticinco por ciento) sobre el total del monto solicitado, de conformidad a lo establecido en la Ley Complementaria de Presupuesto Nº 11.672. Estos aportes podrán ser monetarios o en bienes y/o servicios valorados, los cuales deberán ser detallados en el presupuesto del proyecto.

El monto máximo solicitado puede ser de hasta $ 150.000 (pesos ciento cincuenta mil).

Los criterios específicos de selección de esta modalidad son:

- Originalidad y creatividad del proyecto.

- Implementación de tecnología.

- Sostenibilidad del emprendimiento.

- Factibilidad técnica, comercial y financiera.

- Plan de negocios.

- Desarrollo y aporte del proyecto a nivel local y regional.

B) Apoyo a proyectos artísticos de base tecnológica

Esta modalidad tiene como objetivo estimular la creación artística que incorpore medios tecnológicos como parte sustancial de la misma, desarrollando así formatos, estilos, lenguajes y valores estéticos innovadores. De este modo se busca incentivar la creatividad, investigación y experimentación en torno al arte y las nuevas tecnologías mejorando sus condiciones de producción y estimulando la incorporación y difusión en la escena cultural de nuestro país.

Los proyectos deberán ser inéditos y estar vinculados al videoarte, arte cinético, arte sonoro, artes escénicas, arte interactivo, arte en red (netart), realidad virtual, robótica, instalaciones, performance interdisciplinarias, desarrollos in-site-specific y/o manifestaciones afines.

Se priorizarán postulaciones de obras de carácter interdisciplinario y experimental que planteen, a su vez, estrategias de acercamiento a nuevos públicos.

Esta convocatoria otorgará fondos para la producción, realización y montaje de las creaciones artísticas. El postulante deberá indicar el destino de los mismos en un presupuesto detallado de acuerdo al modelo establecido en el Formulario específico del proyecto.

Los rubros de gastos financiables por esta modalidad son:

- honorarios de acuerdo a la necesidad del proyecto y que no representen más del 50% del presupuesto solicitado, de acuerdo a lo establecido por la ley Nº 11.672.

- contratación de servicios de terceros.

- adquisición de materiales, herramientas de trabajo y equipamiento técnico.

Los postulantes deberán indicar una contribución en carácter de cofinanciamiento del 25% (veinticinco por ciento) sobre el total del monto solicitado, de conformidad a lo establecido en la Ley Complementaria de Presupuesto Nº 11.672. Estos aportes podrán ser monetarios o en bienes y/o servicios valorados, los cuales deberán ser detallados en el presupuesto del proyecto.

El monto máximo solicitado puede ser de hasta $ 80.000 (pesos ochenta mil).

Los criterios específicos de selección de esta modalidad son:

- Trayectoria de los solicitantes.

- Originalidad y creatividad de la obra.

- Implementación de tecnología.

- Viabilidad técnica.

C) Apoyo a laboratorios de experimentación y creación colectiva

Esta modalidad tiene como objetivo incentivar al desarrollo de laboratorios orientados a las prácticas artísticas y nuevas tecnologías, en los cuales se fomenten la experimentación, investigación, formación y creación sin necesariamente culminar en un producto tangible. Asimismo, busca promover espacios de trabajo colectivo de discusión, reflexión e intercambio multidisciplinar entre profesionales a nivel local, regional e internacional.

Esta convocatoria otorgará fondos para el desarrollo de laboratorios pudiendo incluir en su programación capacitaciones, encuentros, foros, talleres, clínicas y espacios de producción e intercambio multidisciplinario y actividades afines vinculadas al arte cinético, arte sonoro, artes escénicas, arte interactivo, arte en red (netart), realidad virtual, robótica, y manifestaciones afines. El postulante deberá indicar el destino de los mismos en un presupuesto detallado de acuerdo al modelo establecido en el Formulario específico del proyecto, pudiendo ser utilizado para cubrir la realización integral del mismo, incluyendo la compra de insumos tecnológicos necesarios para su desarrollo.

Las actividades que se desarrollen en el marco de los laboratorios deberán tener una duración mínima de 40 hs (cuarenta horas). No se aceptan propuestas de curaduría o eventos artísticos.

Los postulantes deberán presentar una propuesta integral de las actividades que se lleven a cabo en el laboratorio detallando las temáticas a abordar, metodología, duración y esquema de trabajo en el Formulario específico del proyecto.

Los rubros de gastos financiables por esta modalidad son:

- honorarios de acuerdo a la necesidad del proyecto y que no representen más del 50% del presupuesto solicitado, de acuerdo a lo establecido por la ley Nº 11.672.

- contratación de servicios de terceros.

- adquisición de materiales, herramientas de trabajo y equipamiento técnico.

Los postulantes deberán indicar una contribución en carácter de cofinanciamiento del 25% (veinticinco por ciento) sobre el total del monto solicitado, de conformidad a lo establecido en la Ley Complementaria de Presupuesto Nº 11.672. Estos aportes podrán ser monetarios o en bienes y/o servicios valorados, los cuales deberán ser detallados en el presupuesto del proyecto.

El monto máximo solicitado puede ser de hasta $ 80.000 (pesos ochenta mil).

Los criterios específicos de selección de esta modalidad son:

- Originalidad y grado de innovación del proyecto.

- Implementación de tecnología.

- Coherencia entre los contenidos del proyecto y la metodología del laboratorio.

- Posibilidades de desarrollo regional.

1.4 Adjudicación de las ayudas

Las ayudas podrán ser otorgadas por el monto total o parcial solicitado por el postulante, de acuerdo a lo considerado por el comité evaluador.

Los fondos otorgados no podrán ser aplicados a:

- Gastos por cualquier concepto que no se encuentren directamente asociados a la ejecución del proyecto.

- Gastos efectuados con anterioridad a la presentación de la solicitud y/o cancelación de deudas contraídas previamente.

- Gastos no contemplados en la normativa vigente.

1.5 Duración de los proyectos

Los proyectos que se presenten a esta convocatoria deberán desarrollarse entre el 1 de febrero y el 31 de julio de 2015.

II. POSTULACION

Postulación de proyectos

2.1 Postulantes

Podrán postular a esta Línea personas físicas y/o jurídicas, según la modalidad, que cumplan con los requerimientos que se detallan a continuación y no se encuentren inhabilitadas.

En el caso de presentaciones colectivas se deberá nombrar un representante y detallar el listado completo de los potenciales beneficiarios en los documentos que se establecen en el punto 5 de las presentes bases.

Sólo podrán presentar solicitudes quienes puedan garantizar un aporte en concepto de cofinanciamiento del 25% del monto solicitado.

2.1.1 Personas físicas

- Mayores de 18 años.

- Argentinos o extranjeros con residencia certificada.

Excepto en la modalidad A) Fomento a proyectos y emprendimientos de base tecnológica.

2.1.2 Personas Jurídicas

- Con fines de lucro.

- Sin fines de lucro.

Excepto en la modalidad B) Apoyo a proyectos artísticos de base tecnológica.

No podrán recibir fondos aquellos proyectos cuyos representantes o integrantes sean funcionarios del Ministerio de Cultura de la Nación.

2.2 Postulación

Las postulaciones podrán realizarse únicamente a través de plataforma digital. No se aceptarán presentaciones en otros formatos.

2.2.1 Postulación vía plataforma digital

Los proyectos postulados deberán ser enviados a través de la página web del Ministerio de Cultura de la Nación (www.cultura.gob.ar).

El postulante deberá seguir los siguientes pasos:

- Ingresar al enlace (link) correspondiente a la Línea a la que desea aplicar

- Completar el Formulario de Postulación cumpliendo los requisitos y condiciones establecidas en las presentes Bases.

- Adjuntar el Formulario específico del proyecto y los documentos requeridos para la postulación especificados en el punto 5 de las Bases.

- Validar el envío del proyecto.

El portal revisará que los campos obligatorios del Formulario de Postulación hayan sido completados. Será de exclusiva responsabilidad del postulante efectuar su postulación en conformidad con los requisitos y condiciones de Bases.

Se deja expresa constancia que cada documento incluido en la postulación vía plataforma digital, deberá ser adjuntado de acuerdo a las extensiones y tamaños especificados en cada campo.

No se aceptarán postulaciones en otros formatos a los mencionados, incompletas o presentadas fuera del plazo señalado.

2.3 Idioma de los documentos

Todos los documentos deberán ser presentados en idioma español.

2.4 Período de recepción de proyectos

La recepción de los proyectos estará vigente desde el 1 de octubre hasta el 7 de noviembre del 2014.

2.5 Cantidad de postulaciones

El postulante podrá presentar un solo proyecto dentro de esta línea. Asimismo, podrán concursar en un máximo de 2 líneas del Fondo Argentino de Desarrollo Cultural.

III. SOBRE LA SELECCION DE PROYECTOS

Revisión formal y admisión de proyectos, evaluación y selección

3.1 Revisión formal y admisión de proyectos

Luego de su presentación, los proyectos serán revisados por el área técnica correspondiente a fin de constatar el cumplimiento de los requisitos formales y administrativos.

3.2 Proceso de evaluación y selección

La evaluación de los proyectos y la selección de los beneficiarios serán realizadas por un comité evaluador designado por el Ministerio de Cultura de la Nación. Los integrantes de dicho comité serán publicados al momento del anuncio de los proyectos seleccionados.

Las decisiones del comité serán inapelables.

3.3 Criterios de evaluación y selección

Las solicitudes serán seleccionadas según los criterios específicos de cada modalidad y los siguientes criterios generales:

- Calidad integral del proyecto.

- Aporte del proyecto al campo cultural en el que se inscribe y su repercusión a nivel local y regional.

- Pertinencia del presupuesto presentado.

3.4 Publicación y notificación de resultados

Los resultados de la convocatoria serán publicados el 12 de diciembre de 2014 en la web del Ministerio de Cultura de la Nación (http://cultura.gob.ar) y se notificará a los postulantes seleccionados a través de correo electrónico.

IV. DERECHOS Y OBLIGACIONES

Derechos y Obligaciones

4.1 Aceptación de condiciones

4.1.1 Los beneficiarios deberán firmar una Carta Compromiso, en un plazo de 15 días corridos de recibida la notificación de selección, donde aceptarán las condiciones del Fondo Argentino de Desarrollo Cultural y se comprometerán a la ejecución total del proyecto.

4.1.2 Los beneficiarios serán responsables de la originalidad y propiedad intelectual de las obras, productos y/o proyectos presentados en esta convocatoria y de los derechos originales con respecto a terceros de imágenes o sonidos preexistentes utilizados en las creaciones artísticas, deslindando de cualquier responsabilidad al Ministerio de Cultura de la Nación.

4.2 Ayudas

Las ayudas serán transferidas en un único pago por el monto total excepto en la modalidad A) Fomento a proyectos y emprendimientos de base tecnológica, donde ayudas serán otorgadas en forma parcial y decreciente en tres pagos: 40% del monto aprobado al inicio, 35% al ejecutarse la mitad del proyecto y luego el 25% restante, siempre y cuando se realicen las rendiciones de cuenta de cada pago.

4.3 Obligaciones del Responsable

4.3.1 Quien reciba la ayuda deberá entregar informes de avance siempre que el área responsable del Ministerio de Cultura de la Nación lo solicite. Al terminar el proyecto se deberá entregar un informe con los resultados del proyecto realizado, de acuerdo al modelo de Memoria Técnica y Rendición financiera que se otorgará oportunamente.

4.3.2 Los beneficiarios de las ayudas deberán presentar la Memoria Técnica y Rendición en la cual deberán adjuntarse facturas y/o tickets originales, según corresponda, en el término máximo de TREINTA (30) días contados desde la finalización de la actividad.

4.3.3 En toda pieza de comunicación o referencia pública que se realice vinculada al proyecto deberá consignarse de manera visible el apoyo del FONDO ARGENTINO DE DESARROLLO CULTURAL - MINISTERIO DE CULTURA de la NACION y los correspondientes isologotipos. Las aplicaciones de las mismas deberán adjuntarse en oportunidad de la rendición de cuentas.

4.3.4 Los beneficiarios deberán ceder sus derechos de imagen al Ministerio de Cultura de la Nación para ser utilizada y difundida exclusivamente en eventuales materiales de comunicación con el único fin de la promoción y difusión del Ministerio de Cultura de la Nación.

4.4 Cancelación y devolución de fondos

4.4.1 Los fondos que no hubieran sido utilizados por cualquier razón deberán ser reintegrados en los términos y plazos que fije el Ministerio de Cultura de la Nación.

4.4.2 El Ministerio de Cultura de la Nación podrá disponer la cancelación total o parcial y exigir el reintegro de los importes correspondientes por las siguientes causas:

a) uso indebido de los fondos,

b) por incumplimiento de cualquiera de las disposiciones establecidas en la presente reglamentación.

4.5 Sanciones por Incumplimiento de Compromisos

Cualquier incumplimiento de lo dispuesto en las presentes bases el área competente intimará para que se proceda de acuerdo a lo establecido. En caso de omisión o negativa o fracasada la intimación en dos oportunidades, se girarán las actuaciones a la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Cultura de la Nación para que tome intervención que le compete.

En caso de cualquier incumplimiento por parte de los beneficiarios en el proceso de rendición de cuentas, los integrantes del proyecto quedarán inhabilitadas para recibir futuras ayudas del Ministerio de Cultura de la Nación.

5. LISTA DE DOCUMENTOS REQUERIDOS PARA PRESENTAR LA SOLICITUD

Todos los documentos solicitados deberán ser presentados digitalmente mediante un enlace en la página del Ministerio de Cultura de la Nación (www.cultura.gob.ar).

A) Formulario de Postulación

Este documento está conformado por:

- Información general del proyecto

- Datos del postulante

- Documentación obligatoria a adjuntar (establecidos en los puntos B y C )

B) Carta a la Sra. Ministra de Cultura de la Nación

Carta dirigida a la Ministra de Cultura de la Nación solicitando el subsidio, especificando bajo qué línea y el monto.

El modelo de carta estará disponible para descargar, completar y presentar escaneada en la página web del Ministerio de Cultura de la Nación.

C) Documentación respaldatoria del postulante

C.1) Personas físicas

1. Copia escaneada del DNI del solicitante (bifaz en el caso de la tarjeta o tres primeras hojas).

2. Constancia del CUIL o CUIT de la persona solicitante.

3. Curriculum Vitae de la persona solicitante, máximo 4 hojas.

C.2) Personas jurídicas

Las personas jurídicas deberán presentar copias escaneadas de identificación legal de la entidad, así como los datos de su representante legal según corresponda:

1. Resolución o acto de otorgamiento de persona jurídica y certificado de vigencia de la misma.

2. Ultimo acta de designación de autoridades, extraídas del libro de actas debidamente rubricado y vigente en el momento de solicitado el subsidio.

3. Estatuto de la entidad actualizado con todas las modificaciones

4. Ultimo balance de la entidad con su respectiva Memoria Institucional, presentados ante la Inspección General de Justicia, INAES, u organismo que corresponda según la naturaleza de la entidad.

5. DNI del o los representante/s legal/es de la entidad (bifaz en el caso de la tarjeta o tres primeras hojas).

6. Constancia de inscripción ante la AFIP.

7. Inscripción en el C.E.N.O.C, cuando corresponda.

8. Breve reseña de actividades que desarrolla la entidad desde su creación, máximo 4 hojas.

D) Formulario específico del proyecto

El Formulario específico del proyecto estará disponible para descargar, completar y presentar en PDF en la página web del Ministerio de Cultura de la Nación.

No se aceptarán proyectos incompletos y/o que sean presentados en formatos distintos a los establecidos.

e. 14/10/2014 N° 77347/14 v. 14/10/2014