MINISTERIO DE CULTURA
Resolución 2300/2014
Bs. As., 6/10/2014
VISTO el Expediente Nro. 742/14 del registro del MINISTERIO DE CULTURA,
el Decreto Nº 641 del 6 de mayo de 2014 y el Decreto Nº 833 de fecha 3
de junio de 2014, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto Nº 641 del 6 de mayo de 2014 se introdujeron
modificaciones a la ley de Ministerio jerarquizándose a la Secretaría
de Cultura de la Presidencia de la Nación a nivel de Ministerio, y
estableciendo en su artículo 3° las competencias específicas del
Ministerio de Cultura.
Que mediante el Decreto Nº 833 de fecha 3 de junio de 2014 se
estableció, entre otros, como objetivo de la SECRETARIA DE GESTION
CULTURAL del MINISTERIO DE CULTURA entender, diseñar, coordinar y
gestionar políticas y acciones destinadas a la generación y desarrollo
de industrias culturales tendientes a impulsar la creación de puestos
de trabajo en el sector, promoviendo las tradiciones nacionales,
protegiendo su desarrollo, perfeccionamiento y difusión, que fomenten
la percepción colectiva de la identidad y el ser nacional incentivando
industrias culturales enmarcadas en la promoción y fortalecimiento de
la unidad nacional.
Que constituye uno de sus principales objetivos, promover y difundir el
desarrollo de actividades económicas asociadas con la cultura, con
criterio federal, promoviendo la creación de empleos y el desarrollo de
los oficios y profesiones a través de la ejecución de políticas
públicas destinadas a estimular y favorecer la expresión cultural en
todas sus formas, y a su fortalecimiento en el marco de la más alta
libertad de expresión.
Que en este orden de ideas, la SECRETARIA DE GESTION CULTURAL del
MINISTERIO DE CULTURA, entiende que deben adoptarse medidas tendientes
al fomento y fortalecimiento del sector cultural de todas las
provincias y regiones del país.
Que en este marco se considera necesario y oportuno la creación de un
instrumento que permita profundizar las políticas de jerarquización y
sostenibilidad de las producciones que integran el sector cultural
argentino y para ello se promueve la creación del FONDO ARGENTINO DE
DESARROLLO CULTURAL.
Que asimismo, corresponde que el FONDO ARGENTINO DE DESARROLLO CULTURAL
que se crea por la presente medida lleve adelante convocatorias
específicas y abiertas a través de las cuales se otorgarán ayudas e
incentivos económicos destinadas a democratizar el acceso a los bienes
culturales, garantizar la multiplicidad de voces y colaborar al
desarrollo económico de los creadores, productores, emprendedores y
gestores de la República Argentina.
Que para otorgar las mencionadas ayudas se conformará un Comité
evaluador específico para cada una de las líneas a fin de determinar la
factibilidad y relevancia de los proyectos.
Que en cuanto al alcance del instrumento que se crea, abarcará el territorio nacional en sus diversas provincias y municipios.
Que en función del análisis efectuado y a fin de concretar el
desarrollo de este instrumento, el MINISTERIO DE CULTURA deberá afectar
la suma de pesos quince millones $ 15.000.000 (PESOS QUINCE MILLONES)
como máximo, durante el año 2014.
Que el MINISTERIO DE CULTURA cuenta con los fondos presupuestarios suficientes para financiar la medida que se propicia.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la
SECRETARIA DE COORDINACION Y CONTROL DE GESTION del MINISTERIO DE
CULTURA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por los Decretos Nº 641/2014 y Nº 833/2014.
Por ello
LA MINISTRA DE CULTURA
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Créase el Programa FONDO ARGENTINO DE DESARROLLO CULTURAL
de conformidad con los fundamentos, objetivos y líneas que se consignan
en el Anexo I, que forma parte integrante de la presente resolución en
la órbita de la SECRETARIA DE GESTION CULTURAL.
ARTICULO 2° — Apruébase la primera convocatoria con destino a las
líneas MOVILIDAD, SOSTENIBILIDAD, INFRAESTRUCTURA E INNOVACION del
Programa FONDO ARGENTINO DE DESARROLLO CULTURAL según lo consignado en
el Anexo II que forma parte integrante de la presente resolución.
ARTICULO 3° — Apruébase los reglamentos de bases y condiciones de la
referida convocatoria, contenidas en el Anexo III de la presente
resolución.
ARTICULO 4° — La SECRETARIA DE GESTION CULTURAL, será la autoridad de
aplicación e interpretación del reglamento, y la encargada de la
instrumentación de las medidas pertinentes a fin de lograr su efectivo
cumplimiento.
ARTICULO 5° — El gasto que demanda la presente medida será atendido con
cargo a las partidas específicas correspondientes del presupuesto
vigente financiero para el año en curso.
ARTICULO 6° — Regístrese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL. Cumplido, archívese. — TERESA A. SELLARÉS, Ministra
de Cultura.
ANEXO 1
FONDO ARGENTINO DE DESARROLLO CULTURAL
El Ministerio de Cultura a través de la Secretaría de Gestión Cultural
presenta el Fondo Argentino de Desarrollo Cultural, por el cual se
otorgarán ayudas e incentivos económicos destinadas al fomento y
fortalecimiento del sector cultural de todas las provincias y regiones
de la República Argentina mediante un sistema de fondos concursables y
convocatorias abiertas.
Fundamentos
El Fondo Argentino de Desarrollo Cultural busca profundizar las
políticas públicas de jerarquización y sostenibilidad de nuestras
producciones culturales brindando a artistas, creadores, productores,
gestores, profesionales, empresas, organizaciones no gubernamentales y
cooperativas la posibilidad de presentar proyectos, programas y/o
actividades que requieran ayuda total o parcial para su concreción.
Este Programa se plantea como parte de las políticas públicas
destinadas a democratizar el acceso a los bienes culturales, garantizar
la multiplicidad de voces y colaborar al desarrollo económico de las
industrias culturales tendientes a impulsar la creación de puestos de
trabajo en el sector enmarcadas en la promoción y fortalecimiento de la
unidad nacional.
Objetivos
• Contribuir a la movilidad y circulación de artistas, creadores,
productores, gestores y profesionales vinculados al sector cultural por
espacios y eventos de relevancia para su desarrollo, tanto dentro como
fuera del país.
• Impulsar el desarrollo y fortalecimiento tanto de artistas,
creadores, productores, gestores y profesionales como de
emprendimientos y pequeñas y medianas empresas vinculados al sector
cultural.
• Contribuir al mejoramiento físico —remodelación, ampliación y
adquisición y/o modernización de equipamiento— de espacios culturales,
con o sin fines de lucro, museos y sitios patrimoniales privados y del
tercer sector para optimizar la calidad, diversidad y promoción de la
oferta cultural en todo el territorio nacional.
• Generar mejores condiciones para la práctica profesional y maximizar la experiencia de las audiencias.
• Impulsar el desarrollo de artistas, creadores, profesionales,
emprendimientos y pequeñas y medianas empresas vinculadas al sector
cultural y que desarrollan sus actividades a partir del empleo de las
nuevas tecnologías y sus avances científicos.
Línea Movilidad
Esta línea de acción busca fomentar la creación y el fortalecimiento de
redes de intercambio y circuitos locales, regionales e internacionales
que favorezcan la distribución, circulación y promoción de las diversas
producciones culturales de nuestro país, ayudando así a la
sustentabilidad de los proyectos, artistas, empresas y emprendimientos
afines.
Podrán presentar proyectos tanto personas físicas como personas
jurídicas vinculadas a las siguiente disciplinas: música, letras, artes
visuales, artes escénicas, diseño, audiovisuales, videojuegos, cultura
digital, gestión cultural y patrimonio; con motivo de una invitación,
selección, clasificación, participación o inscripción en eventos,
festivales, certámenes, seminarios, congresos, mercados, ferias,
espacios de residencias artísticas, y actividades afines que
contribuyan al fomento profesional de las artes y la cultura.
Línea Sostenibilidad
Esta línea busca favorecer la circulación, comercialización y promoción
de las diversas producciones culturales de nuestro país, ayudando así a
la consolidación y creación de nuevos mercados, y a la sostenibilidad
de los proyectos, artistas, empresas y emprendimientos afines.
Podrán presentar proyectos tanto personas físicas como personas
jurídicas vinculadas a las siguiente disciplinas: música, letras, artes
visuales, artes escénicas, diseño, audiovisuales, videojuegos, cultura
digital, gestión cultural y patrimonio.
Línea Infraestructura
Esta línea buscará potenciar circuitos de espacios culturales
regionales con las características técnicas necesarias para el correcto
desempeño de sus funciones, esto es otorgar valor agregado a la
experiencia de la comunidad y de las audiencias en esos espacios.
Podrán presentar proyectos personas jurídicas responsables de espacios
culturales vinculados a las siguiente disciplinas: música, letras,
artes escénicas, artes visuales, diseño, audiovisuales, cultura digital
y patrimonio.
Línea Innovación
Esta línea busca favorecer a todos aquellos proyectos que impulsen la
innovación y lleven adelante acciones y actividades vinculadas a la
producción, investigación, experimentación y creación artística de base
tecnológica permitiendo su aplicación, desarrollo y sostenibilidad.
Se podrán presentar proyectos vinculados a las siguientes disciplinas:
música, letras, artes visuales, artes escénicas, diseño, audiovisuales,
videojuegos, cultura digital, gestión cultural y patrimonio.
ANEXO II
Líneas y modalidades correspondientes a la primer convocatoria - 2014
Fondo Argentino de Desarrollo Cultural
LINEA MOVILIDAD
A) Ayudas a la movilidad dentro del país
B) Ayudas a la movilidad al exterior
LINEA SOSTENIBILIDAD
A) Fomento a proyectos de comercialización asociativa
B) Apoyo al posicionamiento estratégico de marcas de diseño
C) Fomento a redes, circuitos y colectivos culturales
D) Fomento a festivales, ferias y mercados artísticos y culturales
E) Ayudas a la promoción de catálogos de sellos discográficos independientes
F) Apoyo a colecciones de editoriales independientes
G) Apoyo a la edición de catálogos de artistas visuales
LINEA INFRAESTRUCTURA
A) Ayudas a la infraestructura cultural
B) Ayudas a la infraestructura de museos y sitios patrimoniales privados y del tercer sector
LINEA INNOVACION
A) Fomento a proyectos y emprendimientos de base tecnológica
B) Apoyo a proyectos artísticos de base tecnológica
C) Apoyo a laboratorios de experimentación y creación colectiva
FONDO ARGENTINO DE DESARROLLO CULTURAL
REGLAMENTO DE BASES Y CONDICIONES
ANEXO 3
ANEXO III
REGLAMENTO DE BASES Y CONDICIONES
FONDO ARGENTINO DE DESARROLLO CULTURAL
Primer Convocatoria
El Ministerio de Cultura a través de la Secretaría de Gestión Cultural
presenta el Fondo Argentino de Desarrollo Cultural, por el cual se
otorgarán ayudas e incentivos económicos destinadas al fomento y
fortalecimiento del sector cultural de todas las provincias y regiones
de la República Argentina. Mediante este sistema de fondos concursables
y convocatorias abiertas, el Fondo Argentino de Desarrollo Cultural
busca profundizar las políticas públicas de jerarquización y
sostenibilidad de nuestras producciones culturales brindando a
artistas, creadores, productores, gestores, profesionales, empresas,
organizaciones no gubernamentales y cooperativas la posibilidad de
presentar proyectos, programas y/o actividades que requieran ayuda
total o parcial para su concreción.
El Fondo distribuirá sus ayudas bajo 14 modalidades, las cuales se
encuentran agrupadas en cuatro líneas principales de acción: Movilidad,
Sostenibilidad, Infraestructura e Innovación.
LINEA MOVILIDAD
I. PRESENTACION
Aspectos generales de la convocatoria
1.1 Introducción
Las presentes bases tienen por objeto establecer las condiciones
generales del llamado a concurso de la Línea Movilidad, del Fondo
Argentino de Desarrollo Cultural, entendiendo la importancia de
establecer líneas de acción que faciliten los medios necesarios para la
circulación de las diversas producciones culturales dentro del
territorio nacional y en el exterior.
El Ministerio de Cultura de la Nación invita a presentar proyectos que
requieran ayudas en concepto de traslados según lo establecido en las
presentes bases.
El procedimiento de este concurso consta de las siguientes etapas:
- Postulación.
- Admisibilidad.
- Evaluación.
- Selección.
- Publicación y notificación de los resultados.
- Firma de la Carta Compromiso.
- Rendición y memoria técnica.
1.2 Objetivos
La presente convocatoria tiene como objetivo contribuir a la movilidad
y circulación de artistas, creadores, productores, gestores y
profesionales vinculados al sector cultural en espacios y eventos de
relevancia para su desarrollo, tanto dentro como fuera del país.
Esta línea de acción fomenta la creación y el fortalecimiento de redes
de intercambio y circuitos locales, regionales e internacionales que
favorezcan la distribución, circulación y promoción de las diversas
producciones culturales de nuestro país, ayudando así a la
sustentabilidad de los proyectos, artistas, empresas y emprendimientos
afines.
Podrán presentar proyectos tanto personas físicas como personas
jurídicas vinculadas a las siguientes disciplinas: música, letras,
artes visuales, artes escénicas, diseño, audiovisuales, videojuegos,
cultura digital, gestión cultural y patrimonio. En todos los casos la
solicitud estará acompañada con una invitación, selección,
participación o inscripción en eventos, festivales, certámenes,
seminarios, congresos, mercados, ferias, espacios de residencias
artísticas, y actividades afines que contribuyan al fomento profesional
de las artes y la cultura.
1.3 Modalidades
A) Ayudas a la movilidad dentro del país
Esta modalidad financiará, total o parcialmente, traslados terrestres
en transportes públicos o traslados aéreos dentro del país.
Se incentivarán aquellas acciones tendientes a fomentar el flujo de
oferta cultural regional de manera de asegurar la sustentabilidad de
los circuitos de movilidad en todo el país.
Se priorizarán presentaciones dentro de un radio de 700 kms. del
domicilio del beneficiario. Se deberá justificar la relevancia y las
posibilidades de desarrollo en la región a la que se desea asistir.
El monto máximo a financiar por proyecto será considerado por el comité
evaluador de acuerdo al destino y número de participantes que comprende
la propuesta presentada.
B) Ayudas a la movilidad al exterior
Esta modalidad financiará, total o parcialmente, traslados aéreos, fluviales o terrestres en transporte público al exterior.
Se priorizarán proyectos que vayan a realizarse en países de América
Latina. Se deberá justificar la relevancia y posibilidades de
desarrollo en el país al que se desea asistir.
El monto máximo a financiar por proyecto será considerado por el comité
evaluador de acuerdo al destino y número de participantes que comprende
la propuesta presentada.
1.4 Ayudas otorgables
Esta ayuda consiste en la emisión de pasajes a favor de los proyectos
que resulten seleccionados. En ningún caso se realizará un desembolso
ni se transferirá el dinero de los mismos. Los pasajes serán emitidos
de acuerdo a lo detallado en la Planilla de Solicitud de Pasajes que se
les entregará oportunamente a todos los beneficiarios, sin opción a
modificación de itinerario. Las ayudas podrán cubrir total o parcial de
la cantidad de pasajes solicitados y únicamente se podrá participar con
una propuesta por modalidad dentro de esta línea (modalidad A y B).
Se deja asentado que los traslados entre distancias inferiores a 1000
km. serán emitidos por vía terrestre. Asimismo, los pasajes aéreos
serán emitidos exclusivamente de acuerdo a los itinerarios propuestos
por la empresa Operadora Mayorista de Servicios Turísticos (OPTAR S.A)
de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto 1191/2012 priorizando siempre
los traslados a través de nuestra aerolínea de bandera.
No se incluirán tasas de embarque extraordinarias, exceso de equipaje,
gastos médicos, seguros, costos por materiales o elementos necesarios
para la actividad que realizará el participante seleccionado, ni gastos
que ocasione cualquier cambio en las condiciones del pasaje.
1.5 Duración de los proyectos
Los traslados deberán concretarse entre el 1 de febrero y el 31 de
julio de 2015, en los términos y plazos señalados en la invitación y/o
inscripción emitidas por las personas y/o instituciones anfitrionas.
II. POSTULACION
Postulación de proyectos
2.1 Postulantes
Podrán postular a esta Línea personas físicas y/o jurídicas que cumplan
con los requerimientos que se detallan a continuación y no se
encuentren inhabilitadas.
En el caso de presentaciones colectivas se deberá nombrar un
representante y detallar el listado completo de los potenciales
beneficiarios en los documentos que se establecen en el punto 5 de las
presentes bases.
En todos los casos las solicitudes deberán estar avaladas por una carta
de invitación oficial de la institución anfitriona informando la
actividad que se desarrollará y las fechas en la que se llevará a cabo.
2.1.1 Personas físicas
- Mayores de 18 años.
- Argentinos o extranjeros con residencia certificada.
2.1.2 Personas Jurídicas
- Con fines de lucro.
- Sin fines de lucro.
No podrán recibir fondos aquellos proyectos cuyos representantes o
integrantes sean funcionarios del Ministerio de Cultura de la Nación.
2.2 Postulación
Las postulaciones podrán realizarse únicamente a través de plataforma digital. No se aceptarán presentaciones en otros formatos.
2.2.1 Postulación vía plataforma digital
Los proyectos postulados deberán ser enviados a través de la página web
del Ministerio de Cultura de la Nación (www.cultura.gob.ar).
El postulante deberá seguir los siguientes pasos:
- Ingresar al enlace (link) correspondiente a la Línea a la que desea aplicar.
- Completar el Formulario de Postulación cumpliendo los requisitos y condiciones establecidas en las presentes Bases.
- Adjuntar el Formulario Específico del Proyecto y los documentos
requeridos para la postulación detallados en el punto 5 de las Bases.
- Validar el envío del proyecto.
El portal revisará que los campos obligatorios del Formulario de
Postulación hayan sido completados. Será de exclusiva responsabilidad
del postulante efectuar su postulación en conformidad con los
requisitos y condiciones de Bases.
Se deja expresa constancia que cada documento incluido en la
postulación vía plataforma digital, deberá ser adjuntado de acuerdo a
las extensiones y tamaños especificado en cada campo.
No se aceptarán postulaciones en otros formatos a los mencionados, incompletas o presentadas fuera del plazo señalado.
2.3 Idioma de los documentos
Todos los documentos deberán ser presentados en idioma español.
2.4 Período de recepción de proyectos
La recepción de los proyectos estará vigente desde el 1 de octubre hasta el 7 de noviembre del 2014.
(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 4680/2014 del Ministerio de Cultura B.O. 19/12/2014 se prorroga la fecha estipulada para la presentación de
proyectos en las diferentes líneas correspondientes al FONDO ARGENTINO
DE DESARROLLO CULTURAL, hasta el 14 de noviembre de 2014)
2.5 Cantidad de postulaciones
Los postulantes podrán presentar un solo proyecto por modalidad dentro
de esta línea (modalidad A y B). Asimismo, podrán concursar en un
máximo de 2 líneas del Fondo Argentino de Desarrollo Cultural.
III. SELECCION DE PROYECTOS
Revisión formal y admisión de proyectos, evaluación y selección
3.1 Revisión formal y admisión de proyectos
Luego de su presentación, los proyectos serán revisados por el área
técnica correspondiente a fin de constatar el cumplimiento de los
requisitos formales y administrativos.
3.2 Proceso de evaluación y selección
La evaluación de los proyectos y la selección de los beneficiarios
serán realizadas por un comité evaluador designado por el Ministerio de
Cultura de la Nación. Los integrantes de dicho comité serán publicados
al momento del anuncio de los proyectos seleccionados.
Las decisiones del comité serán inapelables.
3.3 Criterios de evaluación y selección
Las solicitudes serán seleccionadas según a los siguientes criterios de evaluación:
- Calidad integral de la propuesta e impacto de la participación de las/los postulantes.
- Trayectoria de las/los solicitantes.
- Relevancia y pertinencia del evento/actividad al cual se asistirá.
- Posibilidades de desarrollo en la región o país al que planea viajar.
- Inserción y vinculación del proyecto con redes, gestores y/o
circuitos que fomenten la asociación y permitan un desarrollo
sustentable.
3.4 Publicación y notificación de resultados
Los resultados de la convocatoria serán publicados el 12 de diciembre
de 2014 en la web del Ministerio de Cultura de la Nación
(http://www.cultura.gob.ar) y se notificará a los postulantes
seleccionados a través de correo electrónico.
(Nota Infoleg: por art. 2° de la Resolución N° 4680/2014 del Ministerio de Cultura B.O. 19/12/2014 se prorroga la fecha establecida para la publicación y
notificación de los resultados a la convocatoria, hasta el 31 de
Diciembre de 2014)
IV. DERECHOS Y OBLIGACIONES
Derechos y obligaciones
4.1 Aceptación de condiciones
4.1.1 Los beneficiarios deberán firmar una Carta Compromiso, en un
plazo de 15 días corridos de recibida la notificación de selección,
donde aceptarán las condiciones del Fondo Argentino de Desarrollo
Cultural y se comprometerán a la ejecución total del proyecto.
4.1.2 Los beneficiarios serán responsables de la originalidad y
propiedad intelectual de las obras, productos y/o proyectos presentados
en esta convocatoria y de los derechos originales con respecto a
terceros de imágenes o sonidos preexistentes utilizados en las
creaciones artísticas, deslindando de cualquier responsabilidad al
Ministerio de Cultura de la Nación.
4.2 Obligaciones del Responsable
4.2.1 Los beneficiarios deberán corroborar y tramitar los documentos
necesarios para el viaje (pasaportes, visas, certificados de vacunación
y sanidad, etc.), deslindando de cualquier responsabilidad al
Ministerio de Cultura de la Nación.
4.2.2 Quien reciba la ayuda deberá entregar informes de avance siempre
que el área responsable del Ministerio de Cultura de la Nación lo
solicite. Al terminar el proyecto se deberá entregar un informe con los
resultados del proyecto realizado, de acuerdo al modelo de Memoria
Técnica y Rendición financiera que se otorgará oportunamente.
4.2.3 Los beneficiarios de las ayudas deberán presentar la Memoria
Técnica y Rendición en la cual deberán adjuntarse los pasajes y/o
tarjetas de embarque, según corresponda, en el término máximo de
TREINTA (30) días contados desde la finalización de la actividad.
4.2.4 En toda pieza de comunicación o referencia pública que se realice
vinculada al proyecto deberá consignarse de manera visible el apoyo del
FONDO ARGENTINO DE DESARROLLO CULTURAL - MINISTERIO DE CULTURA de la
NACION y los correspondientes isologotipos. Las aplicaciones de las
mismas deberán adjuntarse en oportunidad de la rendición de cuentas.
4.2.5 Los beneficiarios deberán ceder sus derechos de imagen al
Ministerio de Cultura de la Nación para ser utilizada y difundida
exclusivamente en eventuales materiales de comunicación con el único
fin de la promoción y difusión del Ministerio de Cultura de la Nación.
4.3. Cancelación y devolución de fondos
4.3.1 Los pasajes que no hubiesen sido utilizados por cualquier razón
deberán ser cancelados por el beneficiario y reintegrados en los
términos y plazos que fije el Ministerio de Cultura de la Nación.
4.3.2 El Ministerio de Cultura de la Nación podrá disponer la
cancelación total o parcial y exigir el reintegro de los importes
correspondientes por las siguientes causas:
a) uso indebido de las ayudas
b) por incumplimiento de cualquiera de las disposiciones establecidas en la presente reglamentación
4.4 Sanciones por Incumplimiento de Compromisos
Cualquier incumplimiento de lo dispuesto en las presentes bases, el
área competente intimará para que se proceda de acuerdo a lo
establecido. En caso de omisión o negativa o fracasada la intimación en
dos oportunidades, se girarán las actuaciones a la Dirección General de
Asuntos Jurídicos del Ministerio de Cultura de la Nación para que tome
intervención que le compete.
En caso de cualquier incumplimiento por parte de los beneficiarios en
el proceso de rendición de cuentas, los integrantes del proyecto
quedarán inhabilitadas para recibir futuras ayudas del Ministerio de
Cultura de la Nación.
5. LISTA DE DOCUMENTOS REQUERIDOS PARA PRESENTAR LA SOLICITUD
Todos los documentos solicitados deberán ser presentados digitalmente
mediante un enlace en la página del Ministerio de Cultura de la Nación
(www.cultura.gob.ar).
A) Formulario de Postulación
Este documento está conformado por:
- Información general del proyecto.
- Datos del postulante.
- Documentación obligatoria a adjuntar (establecidos en los puntos B, C y E).
B) Carta a la Sra. Ministra de Cultura de la Nación
Carta dirigida a la Ministra de Cultura de la Nación solicitando el
subsidio, especificando bajo qué modalidad y la cantidad de pasajes.
El modelo de carta estará disponible para descargar, completar y
presentar escaneada en la página web del Ministerio de Cultura de la
Nación.
C) Documentación respaldatoria del postulante
C. 1) Personas físicas
1. Copia escaneada del DNI del solicitante (bifaz en el caso de la tarjeta o tres primeras hojas).
2. Constancia del CUIL o CUIT de la persona solicitante.
3. Currículum Vitae de la persona solicitante, máximo 4 hojas.
C. 2) Personas jurídicas
Las personas jurídicas deberán presentar copias escaneadas de
identificación legal de la entidad, así como los datos de su
representante legal según corresponda:
1. Resolución o acto de otorgamiento de persona jurídica y certificado de vigencia de la misma.
2. Ultimo acta de designación de autoridades, extraídas del libro de
actas debidamente rubricado y vigente en el momento de solicitado el
subsidio.
3. Estatuto de la entidad actualizado con todas las modificaciones.
4. Ultimo balance de la entidad con su respectiva Memoria
Institucional, presentados ante la Inspección General de Justicia,
INAES, u organismo que corresponda según la naturaleza de la entidad.
5. DNI del o los representante/s legal/es de la entidad (bifaz en el caso de la tarjeta o tres primeras hojas).
6. Constancia de inscripción ante la AFIP.
7. Inscripción en el C.E.N.O.C, cuando corresponda.
8. Breve reseña de actividades que desarrolla la entidad desde su creación, máximo 4 hojas.
D) Formulario específico del proyecto
El Formulario específico del proyecto estará disponible para descargar,
completar y presentar en PDF en la página web del Ministerio de Cultura
de la Nación.
E) Carta de invitación
Copia escaneada de la carta de invitación y/o aval institucional de la
actividad específica que se desarrollará, con indicación de la
participación que tendrá el postulante en dicha actividad y las fechas
en la que será realizada.
FONDO ARGENTINO DE DESARROLLO CULTURAL
Primer Convocatoria
El Ministerio de Cultura a través de la Secretaría de Gestión Cultural
presenta el Fondo Argentino de Desarrollo Cultural, por el cual se
otorgarán ayudas e incentivos económicos destinados al fomento y
fortalecimiento del sector cultural de todas las provincias y regiones
de la República Argentina. Mediante este sistema de fondos concursables
y convocatorias abiertas, el Fondo Argentino de Desarrollo Cultural
busca profundizar las políticas públicas de jerarquización y
sostenibilidad de nuestras producciones culturales brindando a
artistas, creadores, productores, gestores, profesionales, empresas,
organizaciones no gubernamentales y cooperativas la posibilidad de
presentar proyectos, programas y/o actividades que requieran ayuda
total o parcial para su concreción.
El Fondo distribuirá sus ayudas bajo 14 modalidades, las cuales se
encuentran agrupadas en cuatro líneas principales de acción: Movilidad,
Sostenibilidad, Infraestructura e Innovación.
LINEA SOSTENIBILIDAD
I. PRESENTACION
Aspectos generales de la convocatoria
1.1 Introducción
Las presentes bases tienen por objeto establecer las condiciones
generales del llamado a concurso de la Línea Sostenibilidad, del Fondo
Argentino de Desarrollo Cultural.
El Ministerio de Cultura de la Nación invita a presentar proyectos para
concursar por ayudas económicas según lo establecido en las presentes
bases.
El procedimiento de este concurso consta de las siguientes etapas:
- Postulación.
- Admisibilidad.
- Evaluación.
- Selección.
- Publicación y notificación de los resultados.
- Firma de la Carta Compromiso.
- Rendición y memoria técnica.
1.2 Objetivos
La presente convocatoria tiene como objetivo impulsar el desarrollo y
fortalecimiento tanto de artistas, creadores, productores, gestores y
profesionales como de emprendimientos y pequeñas y medianas empresas
vinculados al sector cultural.
Esta línea busca favorecer la circulación, comercialización y promoción
de las diversas producciones culturales de nuestro país, ayudando así a
la consolidación y creación de nuevos mercados y a la sostenibilidad de
los proyectos, artistas, empresas y emprendimientos afines.
Podrán presentar proyectos personas físicas y/o personas jurídicas,
según lo establecido para cada modalidad en el punto 2.1 de la presente
convocatoria.
1.3 Modalidades, ayudas otorgables y criterios específicos de selección
Las modalidades de esta convocatoria son:
A) Fomento a proyectos de comercialización asociativa.
B) Apoyo al posicionamiento estratégico de marcas de diseño.
C) Fomento a redes, circuitos y colectivos culturales.
D) Fomento a festivales, ferias y mercados artísticos y culturales.
E) Ayuda a la promoción de catálogos de sellos discográficos independientes.
F) Apoyo a colecciones de editoriales independientes.
G) Apoyo a la edición de catálogos de artistas visuales.
A) Fomento a proyectos de comercialización asociativa
Esta modalidad tiene como objetivo contribuir a la creación y
consolidación de modelos de asociatividad que favorezcan la
comercialización de productos, servicios y producciones culturales,
tanto en formato físico como en formato digital. Busca mejorar la
eficiencia y sostenibilidad de los proyectos, emprendimientos y
empresas, la generación de nuevos puestos de trabajo y el
fortalecimiento y posicionamiento de las industrias culturales
argentinas.
Las postulaciones deberán contar con la asociación de dos o más
productores, profesionales y/o emprendimientos vinculados a algunas de
las siguientes disciplinas: música, letras, artes visuales, artes
escénicas, diseño, audiovisuales, videojuegos y/o cultura digital.
Se priorizarán aquellas presentaciones en las que participe al menos un
productor seleccionado por el Programa de Apoyo a Emprendimientos
Culturales (PAEC).
Esta modalidad otorgará fondos para la implementación de estrategias de
comercialización de productos, creación o desarrollo de página web y
plataformas de comercio electrónico, y participación en ferias
nacionales e internacionales, mercados y encuentros regionales (no
siendo financiables pasajes). El postulante deberá indicar el destino
de los mismos en un presupuesto detallado de acuerdo al modelo
establecido en el Formulario Específico del Proyecto.
Los rubros de gastos financiables por esta modalidad son:
- Honorarios de acuerdo a la necesidad del proyecto y que no
representen más del 50% del presupuesto solicitado, de acuerdo a lo
establecido por la ley Nº 11.672.
- Contratación de servicios de terceros.
- Adquisición de materiales, herramientas de trabajo y equipamiento técnico.
Los postulantes deberán indicar una contribución en carácter de
cofinanciamiento del 25% (veinticinco por ciento) sobre el total del
monto solicitado, de conformidad a lo establecido en la Ley
Complementaria de Presupuesto Nº 11.672. Estos aportes podrán ser
monetarios o en bienes y/o servicios valorados, los cuales deberán ser
detallados en el presupuesto del proyecto.
El monto máximo solicitado puede ser de hasta $ 100.000 (pesos cien mil).
Los criterios específicos de selección de esta modalidad son:
- Estrategias de comercialización asociativa.
- Características de los productos a comercializar.
- Viabilidad comercial.
- Posibilidades de desarrollo regional.
- Fortalecimiento del mercado interno y posibilidad de apertura a nuevos mercados.
- Expansión de la escala de producción.
B) Apoyo al posicionamiento estratégico de marcas de diseño
Esta modalidad tiene por objetivo impulsar la difusión, exhibición y
venta de productos y servicios de diseño a través del posicionamiento
estratégico de las marcas. Busca promover el fortalecimiento del sector
del diseño y la sostenibilidad de productores y emprendedores a partir
del acercamiento de sus productos a nuevos públicos e incorporación en
mercados locales y regionales.
Podrán presentarse marcas de diseño de indumentaria, accesorios,
calzados, joyería, productos utilitarios, mobiliarios y decorativos y
diseño gráfico.
Los postulantes deberán estar consolidados a nivel productivo y contar
con un mínimo de tres años de presencia en el mercado demostrables a
través de publicaciones, artículos de prensa, proyectos consumados,
colecciones, trabajos publicados, avales de INTI (Textil o Industrial)
o Sello del Buen Diseño.
Se priorizarán aquellas presentaciones en las que participe al menos un
productor seleccionado por el Programa de Apoyo a Emprendimientos
Culturales (PAEC), así como también aquellos proyectos que trabajen
acciones colectivas o de co-creación con otros emprendimientos locales.
Esta modalidad otorgará fondos para diseño y desarrollo de marca,
construcción de imagen y fotografía de productos, realización de
materiales audiovisuales y/o catálogo digital, diseño y realización de
piezas de comunicación y de embalaje, contratación de pauta
publicitaria, desarrollo de plan de comunicación y acciones de prensa
varias, participación en ferias nacionales, y todo lo que se considere
necesario para posicionar la imagen del diseñador y del emprendimiento.
El postulante deberá indicar el destino de los fondos en un presupuesto
detallado de acuerdo al modelo establecido en el Formulario Específico
del Proyecto.
Los rubros de gastos financiables por esta modalidad son:
- Honorarios de acuerdo a la necesidad del proyecto y que no
representen más del 50% del presupuesto solicitado, de acuerdo a lo
establecido por la ley Nº 11.672.
- Contratación de servicios de terceros.
- Adquisición de materiales, herramientas de trabajo y equipamiento técnico.
Los postulantes deberán indicar una contribución en carácter de
cofinanciamiento del 25% (veinticinco por ciento) sobre el total del
monto solicitado, de conformidad a lo establecido en la Ley
Complementaria de Presupuesto Nº 11.672. Estos aportes podrán ser
monetarios o en bienes y/o servicios valorados, los cuales deberán ser
detallados en el presupuesto del proyecto. Se podrá contemplar como
parte del cofinanciamiento el valor resultante de acuerdos de canje.
El monto máximo solicitado puede ser de hasta $ 60.000 (pesos sesenta mil).
Los criterios específicos de selección de esta modalidad son:
- Calidad integral de la propuesta e impacto.
- Definición del nicho de mercado actual y/o a alcanzar con la nueva acción.
- Posibilidades de apertura a nuevos públicos y mercados.
- Desarrollo en la región.
C) Fomento a redes, circuitos y colectivos culturales
Esta modalidad tiene como objetivo afianzar espacios de gestión
colectiva que fomenten la circulación y difusión cultural, la formación
profesional y el intercambio. Asimismo, promueve la creación de nuevos
públicos y el desarrollo y fortalecimiento de las escenas regionales.
Se podrán presentar redes, circuitos y colectivos que nucleen al menos
tres instituciones, agrupaciones y/u organizaciones formales que hayan
desarrollado acciones en conjunto comprobables en los últimos dos años.
Deberán estar vinculados a las siguientes disciplinas: música, letras,
artes visuales, artes escénicas, diseño, audiovisuales, videojuegos,
cultura digital, gestión cultural y/o patrimonio.
Esta modalidad otorgará fondos para la realización de encuentros, foros
y/o capacitaciones, desarrollo de herramientas de comunicación que
permitan la vinculación de los miembros de la red, circuito o colectivo
y/o proyectos especiales. No se financiará la realización de
actividades artísticas, sino acciones orientadas a fomentar la
vinculación, el fortalecimiento, la comunicación y la asistencia
técnica entre quienes conforman estos espacios.
Los rubros de gastos financiables por esta modalidad son:
- Honorarios de acuerdo a la necesidad del proyecto y que no
representen más del 50% del presupuesto solicitado, de acuerdo a lo
establecido por la ley Nº 11.672.
- Contratación de servicios de terceros.
- Adquisición de materiales, herramientas de trabajo y equipamiento técnico.
Los postulantes deberán indicar una contribución en carácter de
cofinanciamiento del 25% (veinticinco por ciento) sobre el total del
monto solicitado, de conformidad a lo establecido en la Ley
Complementaria de Presupuesto Nº 11.672. Estos aportes podrán ser
monetarios o en bienes y/o servicios valorados, los cuales deberán ser
detallados en el presupuesto del proyecto.
El monto máximo solicitado puede ser de hasta $ 50.000 (pesos cincuenta mil).
Los criterios específicos de selección de esta modalidad son:
- Impacto y creatividad de la propuesta.
- Trayectoria de los postulantes.
- Plan estratégico de desarrollo de la red, circuito y colectivo cultural.
D) Fomento a festivales, ferias y mercados artísticos y culturales
Esta modalidad tiene como objetivo ayudar a la realización y
programación de festivales, ferias y mercados artísticos y culturales
colaborando así a la consolidación y sostenibilidad de los mismos.
Asimismo, busca incentivar la profesionalización de las producciones
artísticas y la ampliación de la oferta cultural en un sentido federal.
Los festivales, ferias y mercados deberán contar con al menos 2
ediciones previas a esta convocatoria y estar abocados a una o más de
las siguientes disciplinas: música, letras, artes visuales, diseño,
audiovisuales, videojuegos, cultura digital y artes escénicas.
Esta modalidad otorgará fondos para cubrir gastos de producción y
realización. El postulante deberá indicar el destino de los mismos en
un presupuesto detallado de acuerdo al modelo establecido en el
Formulario Específico del Proyecto.
Los rubros de gastos financiables por esta modalidad son:
- Honorarios de acuerdo a la necesidad del proyecto y que no
representen más del 50% del presupuesto solicitado, de acuerdo a lo
establecido por la ley Nº 11.672.
- Contratación de servicios de terceros.
- Adquisición de materiales, herramientas de trabajo y equipamiento técnico
Esta modalidad requiere a los postulantes un cofinanciamiento del 25%
(veinticinco por ciento) sobre el total del monto solicitado, de
conformidad a lo establecido en la Ley Complementaria de Presupuesto Nº
11.672. Estos aportes podrán ser monetarios o en bienes y/o servicios
valorados, los cuales deberán ser detallados en el presupuesto del
proyecto.
El monto máximo solicitado puede ser de hasta $ 50.000 (pesos cincuenta mil).
Los criterios específicos de selección de esta modalidad son:
- Trayectoria y relevancia del festival, feria o mercado.
- Impacto y creatividad de la programación y actividades planificadas.
- Estrategia para la creación y fortalecimiento de nuevos públicos.
- Contribución al desarrollo económico de la región donde se realiza.
E) Ayuda a la promoción de catálogos de sellos discográficos independientes
Esta modalidad tiene como objetivo apoyar el lanzamiento y difusión de
catálogos de sellos discográficos independientes a fin de permitir una
mejor promoción y comercialización de sus producciones. A su vez,
fomenta el desarrollo de estrategias para vincular a nuevos públicos y
mercados con la música independiente, permitiendo así el
fortalecimiento y sostenibilidad de los sellos.
Podrán presentar proyectos aquellos sellos independientes que hayan editado como mínimo cinco discos en los últimos cinco años.
El catálogo deberá tener al menos tres materiales discográficos nuevos
y las actividades de lanzamiento y difusión de estos materiales deberán
ser realizadas entre el 1 de febrero y el 31 de julio de 2015, no
siendo aceptados relanzamientos.
Se priorizarán aquellas presentaciones en las que participe al menos un
productor seleccionado por el Programa de Apoyo a Emprendimientos
Culturales (PAEC).
Esta modalidad otorgará fondos para financiar acciones de comunicación,
lanzamiento, marketing digital, prensa, publicidad, posicionamiento y
desarrollo web de nuevos materiales discográficos. El postulante deberá
indicar el destino de los mismos en un presupuesto detallado de acuerdo
al modelo establecido en el Formulario Específico del Proyecto.
Los rubros de gastos financiables por esta modalidad son:
- Honorarios de acuerdo a la necesidad del proyecto y que no
representen más del 50% del presupuesto solicitado, de acuerdo a lo
establecido por la ley Nº 11.672.
- Contratación de servicios de terceros.
Los postulantes deberán indicar una contribución en carácter de
cofinanciamiento del 25% (veinticinco por ciento) sobre el total del
monto solicitado, de conformidad a lo establecido en la Ley
Complementaria de Presupuesto Nº 11.672. Estos aportes podrán ser
monetarios o en bienes y/o servicios valorados, los cuales deberán ser
detallados en el presupuesto del proyecto.
El monto máximo solicitado puede ser de hasta $ 60.000 (pesos sesenta mil).
Los criterios específicos de selección de esta modalidad son:
- Trayectoria de los postulantes.
- Producción integral de los discos presentados.
- Desarrollo integral del plan de comunicación.
- Posibilidades de apertura a nuevos públicos y mercados.
F) Apoyo a colecciones de editoriales independientes
Esta modalidad tiene como objetivo fomentar la edición y circulación de
títulos inéditos promoviendo la publicación y difusión de la labor de
escritores nacionales y latinoamericanos. Busca incrementar y
consolidar la producción nacional de editoriales independientes como
así también promover la lectura y el acceso a los bienes culturales.
Se financiará parcial o totalmente, la publicación de colecciones de
editoriales independientes que hayan publicado por lo menos cinco
libros en los últimos tres años. Las colecciones deberán contar con al
menos 3 títulos de más de quinientos (500) ejemplares cada uno. Las
obras incluidas deberán ser inéditas, pertenecientes a autores
argentinos y/o latinoamericanos, escritas en español y podrán ser
ficciones (ej.: cuento, poesía, novela, etc.) o no ficciones (ej.:
ensayo, libro técnico, etc.).
Se priorizarán aquellas presentaciones en las que participe al menos un
productor seleccionado por el Programa de Apoyo a Emprendimientos
Culturales (PAEC).
La editorial deberá contar con los derechos al momento de la
publicación, siendo responsable por cualquier incumplimiento de la
normativa vigente de derechos de autor y propiedad intelectual. En el
caso de autor fallecido, se deberá presentar la Declaratoria de
Herederos y la Declaración Jurada del anticipo de derechos de autor
suscrita por sus derechohabientes.
Del total de la ayuda recibida, el 20% será destinado a adelanto de
derechos de autor, previo a la aplicación de fondos para la producción
y publicación. Los proyectos seleccionados deberán presentar un acuerdo
firmado entre el editor y autor comprometiéndose a cumplir dicha
condición.
De los ejemplares editados de cada colección, el 10% deberán ser destinados al Ministerio de Cultura de la Nación.
Los participantes seleccionados deberán autorizar al Ministerio de
Cultura de la Nación mediante una declaración jurada la reproducción de
las colecciones en formato digital para su difusión con carácter
promocional y sin fines de lucro.
Los postulantes deberán indicar una contribución en carácter de
cofinanciamiento del 25% (veinticinco por ciento) sobre el total del
monto solicitado, de conformidad a lo establecido en la Ley
Complementaria de Presupuesto Nº 11.672. Estos aportes podrán ser
monetarios o en bienes y/o servicios valorados, los cuales deberán ser
detallados en el presupuesto del proyecto.
Los rubros de gastos financiables por esta modalidad son:
- Honorarios de acuerdo a la necesidad del proyecto y que no
representen más del 50% del presupuesto solicitado, de acuerdo a lo
establecido por la ley Nº 11.672.
- Contratación de servicios de terceros.
El monto máximo solicitado puede ser de hasta $ 60.000 (pesos sesenta mil).
Los criterios específicos de selección de esta modalidad son:
- Antecedentes de la editorial y sus autores.
- Calidad y originalidad de la colección.
- Relevancia de la colección y sus títulos.
G) Apoyo a la edición de catálogos de artistas visuales
Esta modalidad tiene como objetivo contribuir a la difusión de artistas
visuales contemporáneos y su obra a través de la edición de libros que
den cuenta de su producción y trayectoria. Los catálogos serán
entendidos como una herramienta para la proyección de la carrera de los
artistas en distintos circuitos y mercados locales, regionales e
internacionales. A su vez, estas publicaciones colaborarán en la
formación y acercamiento de nuevos públicos a las prácticas artísticas
contemporáneas.
Se financiará total o parcialmente, la producción de libros que reúnan
la producción de un artista contemporáneo. No se aceptarán proyectos
para la realización de catálogos de exposiciones, muestras y/o
itinerancias. Las publicaciones deberán contar con imágenes de obras,
textos realizados por el artista y un estudio crítico de un teórico o
crítico de arte junto a un currículum cronológico. Se aceptarán
publicaciones bilingües para facilitar su difusión a escala
internacional.
Podrán presentar proyectos aquellos artistas que hayan realizado al
menos 2 muestras individuales y participado en 5 muestras colectivas
tanto en galerías, centros de exposiciones y/o museos.
Los beneficiarios deberán autorizar al Ministerio de Cultura de la
Nación mediante una declaración jurada la reproducción de los catálogos
en formato digital para su difusión con carácter promocional y sin
fines de lucro.
Esta convocatoria otorgará fondos para financiar gastos por diseño,
producción, corrección de textos, traducciones, tomas fotográficas,
retoque digital de imágenes e impresión. El postulante deberá indicar
el destino de los fondos en un presupuesto detallado de acuerdo al
modelo establecido en el Formulario Específico del Proyecto.
Los rubros de gastos financiables por esta modalidad son:
- Honorarios de acuerdo a la necesidad del proyecto y que no
representen más del 50% del presupuesto solicitado, de acuerdo a lo
establecido por la ley Nº 11.672.
- Contratación de servicios de terceros.
Los postulantes deberán indicar una contribución en carácter de
cofinanciamiento del 25% (veinticinco por ciento) sobre el total del
monto solicitado, de conformidad a lo establecido en la Ley
Complementaria de Presupuesto Nº 11.672. Estos aportes podrán ser
monetarios o en bienes y/o servicios valorados, los cuales deberán ser
detallados en el presupuesto del proyecto.
El monto máximo solicitado puede ser de hasta $ 40.000 (pesos cuarenta mil).
Los criterios específicos de selección de esta modalidad son:
- Trayectoria del postulante.
- Relevancia y calidad de la propuesta.
- Aportes teóricos y críticos de los textos.
- Potencial apertura a nuevos públicos y/o mercados.
1.4 Adjudicación de las ayudas
Las ayudas podrán ser otorgadas por el monto total o parcial solicitado
por el postulante, de acuerdo a lo considerado por el comité evaluador.
Los fondos otorgados no podrán ser aplicados a:
- Gastos por cualquier concepto que no se encuentren directamente asociados a la ejecución del proyecto.
- Gastos efectuados con anterioridad a la presentación de la solicitud y/o cancelación de deudas contraídas previamente.
- Gastos no contemplados en la normativa vigente.
1.5 Duración de los proyectos
Los proyectos que se presenten a esta línea deberán desarrollarse entre el 1 de febrero y el 31 de julio de 2015.
II. POSTULACION
Postulación de proyectos
2.1 Postulantes
Podrán postular a esta Línea personas físicas y/o jurídicas que cumplan
con los requerimientos que se detallan a continuación y no se
encuentren inhabilitadas.
En el caso de presentaciones colectivas se deberá nombrar un
representante y detallar el listado completo de los potenciales
beneficiarios en los documentos que se establecen en el punto 5 de las
presentes bases.
Sólo podrán presentar solicitudes quienes puedan garantizar un aporte
en concepto de cofinanciamiento del 25% del monto solicitado.
2.1.1 Personas físicas
- Mayores de 18 años.
- Argentinos o extranjeros con residencia certificada.
2.1.2 Personas Jurídicas
- Con fines de lucro.
- Sin fines de lucro.
Excepto en la modalidad H) Apoyo a la edición de catálogos de artistas visuales.
No podrán recibir fondos aquellos proyectos cuyos representantes o
integrantes sean funcionarios del Ministerio de Cultura de la Nación.
2.2 Postulación
Las postulaciones podrán realizarse únicamente a través de plataforma digital. No se aceptarán presentaciones en otros formatos.
2.2.1 Postulación vía plataforma digital
Los proyectos postulados deberán ser enviados a través de la página web
del Ministerio de Cultura de la Nación (www.cultura.gob.ar).
El postulante deberá seguir los siguientes pasos:
- Ingresar al enlace (link) correspondiente a la Línea a la que desea aplicar.
- Completar el Formulario de Postulación cumpliendo los requisitos y condiciones establecidas en las presentes Bases.
- Adjuntar el Formulario Específico del Proyecto y los documentos
requeridos para la postulación detallados en el punto 5 de las Bases.
- Validar el envío del proyecto.
El portal revisará que los campos obligatorios del Formulario de
Postulación hayan sido completados. Será de exclusiva responsabilidad
del postulante efectuar su postulación en conformidad con los
requisitos y condiciones de Bases.
Se deja expresa constancia que cada documento incluido en la
postulación vía plataforma digital, deberá ser adjuntado de acuerdo a
las extensiones y tamaños especificado en cada campo.
No se aceptarán postulaciones en otros formatos a los mencionados, incompletas o presentadas fuera del plazo señalado.
2.3 Idioma de los documentos
Todos los documentos deberán ser presentados en idioma español.
2.4 Período de recepción de proyectos
La recepción de los proyectos estará vigente desde el 1 de octubre hasta el 7 de noviembre del 2014.
2.5 Cantidad de postulaciones
Los postulantes podrán presentar un proyecto dentro de esta línea.
Asimismo, podrán concursar en un máximo de 2 líneas del Fondo Argentino
de Desarrollo Cultural.
III. SELECCION DE PROYECTOS
Revisión formal y admisión de proyectos, evaluación y selección
3.1 Revisión formal y admisión de proyectos
Luego de su presentación, los proyectos serán revisados por el área
técnica correspondiente a fin de constatar el cumplimiento de los
requisitos formales y administrativos.
3.2 Proceso de evaluación y selección
La evaluación de los proyectos y la selección de los beneficiarios
serán realizadas por un comité evaluador designado por el Ministerio de
Cultura de la Nación. Los integrantes de dicho comité serán publicados
al momento del anuncio de los proyectos seleccionados.
Las decisiones del comité serán inapelables.
3.3 Criterios de evaluación y selección
Las solicitudes serán seleccionadas según los criterios específicos de cada modalidad y los siguientes criterios generales:
- Calidad integral del proyecto.
- Sostenibilidad y potencial de crecimiento del productor o emprendimiento cultural tras la realización del proyecto.
- Pertinencia del presupuesto presentado.
3.4 Publicación y notificación de resultados
Los resultados de la convocatoria serán publicados el 12 de diciembre
de 2014 en la web del Ministerio de Cultura de la Nación
(http://www.cultura.gob.ar) y se notificará a los postulantes
seleccionados a través de correo electrónico.
IV. DERECHOS Y OBLIGACIONES
Derechos y Obligaciones
4.1 Aceptación de condiciones
4.1.1 Los beneficiarios deberán firmar una Carta Compromiso, en un
plazo de 15 días corridos de recibida la notificación de selección,
donde aceptarán las condiciones del Fondo Argentino de Desarrollo
Cultural y se comprometerán a la ejecución total del proyecto.
4.1.2 Los beneficiarios serán responsables de la originalidad y
propiedad intelectual de las obras, productos y/o proyectos presentados
en esta convocatoria y de los derechos originales con respecto a
terceros de imágenes o sonidos preexistentes utilizados en las
creaciones artísticas, deslindando de cualquier responsabilidad al
Ministerio de Cultura de la Nación.
4.2 Obligaciones del Responsable
4.2.1 Quien reciba la ayuda deberá entregar informes de avance siempre
que el área responsable del Ministerio de Cultura de la Nación lo
solicite. Al terminar el proyecto se deberá entregar un informe con los
resultados del proyecto realizado, de acuerdo al modelo de Memoria
Técnica y Rendición financiera que se otorgará oportunamente.
4.2.2 Los beneficiarios de las ayudas deberán presentar la Memoria
Técnica y Rendición en la cual deberán adjuntarse facturas y/o tickets
originales, según corresponda, en el término máximo de TREINTA (30)
días contados desde la finalización de la actividad.
4.2.3 En toda pieza de comunicación o referencia pública que se realice
vinculada al proyecto deberá consignarse de manera visible el apoyo del
FONDO ARGENTINO DE DESARROLLO CULTURAL - MINISTERIO DE CULTURA de la
NACION y los correspondientes isologotipos. Las aplicaciones de las
mismas deberán adjuntarse en oportunidad de la rendición de cuentas.
4.2.4 Los beneficiarios deberán ceder sus derechos de imagen al
Ministerio de Cultura de la Nación para ser utilizada y difundida
exclusivamente en eventuales materiales de comunicación con el único
fin de la promoción y difusión del Ministerio de Cultura de la Nación.
4.3 Cancelación y devolución de fondos
4.3.1 Los fondos que no hubieran sido utilizados por cualquier razón
deberán ser reintegrados en los términos y plazos que fije el
Ministerio de Cultura de la Nación.
4.3.2 El Ministerio de Cultura de la Nación podrá disponer la
cancelación total o parcial y exigir el reintegro de los importes
correspondientes por las siguientes causas:
a) Uso indebido de los fondos.
b) Por incumplimiento de cualquiera de las disposiciones establecidas en la presente reglamentación.
4.4 Sanciones por Incumplimiento de Compromisos
Cualquier incumplimiento de lo dispuesto en las presentes bases el área
competente intimará para que se proceda de acuerdo a lo establecido. En
caso de omisión o negativa o fracasada la intimación en dos
oportunidades, se girarán las actuaciones a la Dirección General de
Asuntos Jurídicos del Ministerio de Cultura de la Nación para que tome
intervención que le compete.
En caso de cualquier incumplimiento por parte de los beneficiarios en
el proceso de rendición de cuentas, los integrantes del proyecto
quedarán inhabilitados para recibir futuras ayudas del Ministerio de
Cultura de la Nación.
V. LISTA DE DOCUMENTOS REQUERIDOS PARA PRESENTAR LA SOLICITUD
Todos los documentos solicitados deberán ser presentados digitalmente
mediante un enlace en la página del Ministerio de Cultura de la Nación
(www.cultura.gob.ar).
A) Formulario de Postulación
Este documento está conformado por:
- Información general del proyecto.
- Datos del postulante.
- Documentación obligatoria a adjuntar (establecidos en los puntos B y C).
B) Carta a la Sra. Ministra de Cultura de la Nación
Carta dirigida a la Ministra de Cultura de la Nación solicitando el
subsidio, especificando bajo qué modalidad y el monto solicitado.
El modelo de carta estará disponible para descargar, completar y
presentar escaneada en la página web del Ministerio de Cultura de la
Nación.
C) Documentación respaldatoria del postulante
C. 1) Personas físicas
1. Copia escaneada del DNI del solicitante (bifaz en el caso de la tarjeta o tres primeras hojas).
2. Constancia del CUIL o CUIT de la persona solicitante.
3. Currículum Vitae de la persona solicitante, máximo 4 hojas.
C. 2) Personas jurídicas
Las personas jurídicas deberán presentar copias escaneadas de
identificación legal de la entidad, así como los datos de su
representante legal según corresponda:
1. Resolución o acto de otorgamiento de persona jurídica y certificado de vigencia de la misma.
2. Ultimo acta de designación de autoridades, extraídas del libro de
actas debidamente rubricado y vigente en el momento de solicitado el
subsidio.
3. Estatuto de la entidad actualizado con todas las modificaciones
4. Ultimo balance de la entidad con su respectiva Memoria
Institucional, presentados ante la Inspección General de Justicia,
INAES, u organismo que corresponda según la naturaleza de la entidad.
5. DNI del o los representante/s legal/es de la entidad (bifaz en el caso de la tarjeta o tres primeras hojas).
6. Constancia de inscripción ante la AFIP.
7. Inscripción en el C.E.N.O.C., cuando corresponda.
8. Breve reseña de actividades que desarrolla la entidad desde su creación, máximo 4 hojas.
D) Formulario Específico del Proyecto
El Formulario Específico del Proyecto estará disponible para descargar,
completar y presentar en PDF en la página web del Ministerio de Cultura
de la Nación.
No se aceptarán proyectos incompletos y/o que sean presentados en formatos distintos a los establecidos.
E) Carta de consentimiento de presentaciones asociativas
En el caso de las modalidades A) Fomento a proyectos de
comercialización asociativa y C) Fomento a redes, circuitos y
colectivos culturales se deberá presentar una carta de consentimiento
de presentaciones asociativas, firmada por todos los integrantes del
proyecto, nombrando un representante para la postulación y recepción de
recursos económicos.
El modelo de carta estará disponible para descargar, completar y
presentar en la página web del Ministerio de Cultura de la Nación.
FONDO ARGENTINO DE DESARROLLO CULTURAL
Primer Convocatoria
El Ministerio de Cultura a través de la Secretaría de Gestión Cultural
presenta el Fondo Argentino de Desarrollo Cultural, por el cual se
otorgarán ayudas e incentivos económicos destinadas al fomento y
fortalecimiento del sector cultural de todas las provincias y regiones
de la República Argentina. Mediante este sistema de fondos concursables
y convocatorias abiertas, el Fondo Argentino de Desarrollo Cultural
busca profundizar las políticas públicas de jerarquización y
sostenibilidad de nuestras producciones culturales brindando a
artistas, creadores, productores, gestores, profesionales, empresas,
organizaciones no gubernamentales y cooperativas la posibilidad de
presentar proyectos, programas y/o actividades que requieran ayuda
total o parcial para su concreción.
El Fondo distribuirá sus ayudas bajo 14 modalidades, las cuales se
encuentran agrupadas en cuatro líneas principales de acción: Movilidad,
Sostenibilidad, Infraestructura e Innovación
LINEA INFRAESTRUCTURA
I. PRESENTACION
Aspectos generales de la convocatoria
1.1 Introducción
Las presentes bases tienen por objeto establecer las condiciones
generales del llamado a concurso de la Línea Infraestructura, del Fondo
Argentino de Desarrollo Cultural.
El Ministerio de Cultura de la Nación invita a presentar proyectos para
concursar por ayudas económicas según lo establecido en las presentes
bases.
El procedimiento de este concurso consta de las siguientes etapas:
- Postulación
- Admisibilidad
- Evaluación
- Selección
- Publicación y notificación de los resultados
- Firma de la Carta Compromiso
- Rendición y memoria técnica
1.2 Objetivos
Esta línea tiene como objetivo contribuir al mejoramiento físico de
espacios culturales, museos y sitios patrimoniales con o sin fines de
lucro, en todos los casos privados y/o del tercer sector. Asimismo
busca generar mejores condiciones de estos espacios a través de
remodelación, ampliación y adquisición y/o modernización de
equipamiento.
Podrán presentar proyectos personas jurídicas responsables de espacios
culturales vinculados a las siguientes disciplinas: música, letras,
artes escénicas, artes visuales, diseño, audiovisuales, cultura digital
y/o patrimonio.
1.3 Modalidades
A) Ayudas a la infraestructura cultural
Esta modalidad financiará, total o parcialmente, remodelaciones,
ampliaciones y adquisición y/o modernización de equipamiento de
espacios culturales privados o del tercer sector a fin de mejorar el
desarrollo de la programación y su fortalecimiento institucional.
Los rubros de gastos financiables por esta modalidad son:
- honorarios de acuerdo a la necesidad del proyecto y que no
representen más del 50% del presupuesto solicitado, de acuerdo a lo
establecido por la ley Nº 11.672.
- contratación de servicios de terceros.
- adquisición de materiales, herramientas de trabajo y equipamiento técnico.
El monto máximo solicitado puede ser de hasta $ 250.000 (pesos doscientos cincuenta mil).
B) Ayudas a la infraestructura de museos y sitios patrimoniales privados y del tercer sector
Esta modalidad financiará, total o parcialmente, remodelaciones,
ampliaciones y adquisición y/o modernización de equipamiento de museos
y sitios patrimoniales privados y del tercer sector, a fin de alcanzar
mejores condiciones de protección, conservación, exhibición,
catalogación, almacenamiento y difusión de su patrimonio cultural.
Los rubros de gastos financiables por esta modalidad son:
- honorarios de acuerdo a la necesidad del proyecto y que no
representen más del 50% del presupuesto solicitado, de acuerdo a lo
establecido por la ley Nº 11.672.
- contratación de servicios de terceros.
- adquisición de materiales, herramientas de trabajo y equipamiento técnico.
El monto máximo solicitado puede ser de hasta $ 250.000 (pesos doscientos cincuenta mil).
1.4 Ayudas otorgables
Esta línea otorgará fondos para ser aplicados a remodelaciones o
ampliaciones y adquisición y/o modernización de equipamiento. El
postulante deberá indicar el destino de los mismos en un presupuesto
detallado de acuerdo al modelo establecido en el Formulario específico
del proyecto.
Los postulantes deberán indicar una contribución en carácter de
cofinanciamiento del 25% (veinticinco por ciento) sobre el total del
monto solicitado, de conformidad a lo establecido en la Ley
Complementaria de Presupuesto Nº 11.672. Estos aportes podrán ser
monetarios o en bienes y/o servicios valorados, los cuales deberán ser
detallados en el presupuesto del proyecto.
Los fondos otorgados no podrán ser aplicados a:
- Gastos por cualquier concepto que no se encuentren directamente asociados a la ejecución del proyecto.
- Gastos efectuados con anterioridad a la presentación de la solicitud y/o cancelación de deudas contraídas previamente.
- Gastos no contemplados en la normativa vigente.
1.5 Duración de los proyectos
Los proyectos que se presenten a esta convocatoria deberán desarrollarse entre el 1 de febrero y el 31 de julio de 2015.
II. POSTULACION
Postulación de proyectos
2.1 Postulantes
Podrán postular a esta Línea personas jurídicas que cumplan con los
requerimientos que se detallan a continuación y no se encuentren
inhabilitadas.
Sólo podrán presentar solicitudes quienes puedan garantizar un aporte
en carácter de cofinanciamiento del 25% del monto solicitado.
2.1.1 Personas Jurídicas
- Con fines de lucro
- Sin fines de lucro.
No podrán recibir fondos aquellos proyectos cuyos representantes o
integrantes sean funcionarios del Ministerio de Cultura de la Nación.
2.2 Postulación
Las postulaciones podrán realizarse únicamente a través de la
plataforma digital. No se aceptarán presentaciones en otros formatos.
2.2.1 Postulación vía plataforma digital
Los proyectos postulados deberán ser enviados a través de la página web
del Ministerio de Cultura de la Nación (www.cultura.gob.ar).
El postulante deberá seguir los siguientes pasos:
- Ingresar al enlace (link) correspondiente a la Línea a la que desea aplicar
- Completar el Formulario de Postulación cumpliendo los requisitos y condiciones establecidas en las presentes Bases.
- Adjuntar el Formulario Específico del Proyecto y los documentos
requeridos para la postulación especificados en el punto 5 de las Bases.
- Validar el envío del proyecto.
El portal revisará que los campos obligatorios del Formulario de
Postulación hayan sido completados. Será de exclusiva responsabilidad
del postulante efectuar su postulación en conformidad con los
requisitos y condiciones de Bases.
Se deja expresa constancia que cada documento incluido en la
postulación vía plataforma digital, deberá ser adjuntado de acuerdo a
las extensiones y tamaños especificado en cada campo.
No se aceptarán postulaciones en otros formatos a los mencionados, incompletas o presentadas fuera del plazo señalado.
2.3 Idioma de los documentos
Todos los documentos deberán ser presentados en idioma español.
2.4 Período de recepción de proyectos
La recepción de los proyectos estará vigente desde el 1 de octubre hasta el 7 de noviembre del 2014.
2.5 Cantidad de postulaciones
Los postulantes podrán presentar un único proyecto dentro de esta
línea. Asimismo, podrán concursar en un máximo de 2 líneas del Fondo
Argentino de Desarrollo Cultural.
III SELECCION DE PROYECTOS
Revisión formal y admisión de proyectos, evaluación y selección
3.1 Revisión formal y admisión de proyectos
Luego de su presentación, los proyectos serán revisados por el área
técnica correspondiente a fin de constatar el cumplimiento de los
requisitos formales y administrativos.
3.2 Proceso de evaluación y selección
La evaluación de los proyectos y la selección de los beneficiarios
serán realizadas por un comité evaluador designado por el Ministerio de
Cultura de la Nación. Los integrantes de dicho comité serán publicados
al momento del anuncio de los proyectos seleccionados.
Las decisiones del comité serán inapelables.
3.3 Criterios de evaluación y selección
Las solicitudes serán seleccionadas según a los siguientes criterios de evaluación:
- Calidad integral del proyecto.
- Trayectoria del espacio cultural solicitante y su importancia para el desarrollo artístico y cultural de la población.
- Aporte del proyecto al campo cultural en el que se inscribe y su repercusión a nivel local y regional.
- Sustentabilidad y potencial de crecimiento del espacio cultural tras la realización del proyecto.
- Propuestas que incluyan un desarrollo estratégico para la captación de nuevos públicos.
- Pertinencia del presupuesto presentado.
3.4 Publicación y notificación de resultados
Los resultados de la convocatoria serán publicados el 12 de diciembre
de 2014 en la web del Ministerio de Cultura de la Nación
(http://www.cultura.gob.ar) y se notificará a los postulantes
seleccionados a través de correo electrónico.
IV. DERECHOS Y OBLIGACIONES
Derechos y Obligaciones
4.1 Aceptación de condiciones
Los beneficiarios deberán firmar una Carta Compromiso, en un plazo de
15 días corridos de recibida la notificación de selección, donde
aceptarán las condiciones del Fondo Argentino de Desarrollo Cultural y
se comprometerán a la ejecución total del proyecto.
4.2 Ayudas
Las ayudas serán otorgadas a los beneficiarios en forma parcial y
decreciente en tres pagos: 40% del monto aprobado al inicio, 35% al
ejecutarse la mitad del proyecto y luego el 25% restante, siempre y
cuando se realicen las rendiciones de cuenta de cada pago.
4.3 Obligaciones del Responsable
4.3.1 Quien reciba la ayuda deberá entregar informes de avance siempre
que el área responsable del Ministerio de Cultura de la Nación lo
solicite. Al terminar el proyecto se deberá entregar un informe con los
resultados del proyecto realizado, de acuerdo al modelo de Memoria
Técnica y Rendición financiera que se otorgará oportunamente.
4.3.2 Los beneficiarios de las ayudas deberán presentar la Memoria
Técnica y Rendición en la cual deberán adjuntarse facturas y/o tickets
originales, según corresponda, en el término máximo de TREINTA (30)
días contados desde la finalización de la actividad.
4.3.3 En toda pieza de comunicación o referencia pública que se realice
vinculada al proyecto deberá consignarse de manera visible el apoyo del
FONDO ARGENTINO DE DESARROLLO CULTURAL - MINISTERIO DE CULTURA de la
NACION y los correspondientes isologotipos. Las aplicaciones de las
mismas deberán adjuntarse en oportunidad de la rendición de cuentas.
4.3.4 Los beneficiarios deberán ceder sus derechos de imagen al
Ministerio de Cultura de la Nación para ser utilizada y difundida
exclusivamente en eventuales materiales de comunicación con el único
fin de la promoción y difusión del Ministerio de Cultura de la Nación.
4.4. Cancelación y devolución de fondos
4.4.1 Los fondos que no hubieran sido utilizados por cualquier razón,
vencido el plazo de presentación de la rendición de cuentas, deberán
ser reintegrados en los términos que fije el Ministerio de Cultura de
la Nación.
4.4.2 El Ministerio de Cultura de la Nación podrá disponer la
cancelación total o parcial y exigir el reintegro de los importes
correspondientes por las siguientes causas:
a) uso indebido de los fondos,
b) por incumplimiento de cualquiera de las disposiciones establecidas en la presente reglamentación.
4.5 Sanciones por Incumplimiento de Compromisos
Cualquier incumplimiento de lo dispuesto en las presentes bases el área
competente intimará para que se proceda de acuerdo a lo establecido. En
caso de omisión o negativa o fracasada la intimación en dos
oportunidades, se girarán las actuaciones a la Dirección General de
Asuntos Jurídicos del Ministerio de Cultura de la Nación para que tome
intervención que le compete.
En caso de cualquier incumplimiento por parte de los beneficiarios en
el proceso de rendición de cuentas, los integrantes del proyecto
quedarán inhabilitadas para recibir futuras ayudas del Ministerio de
Cultura de la Nación.
5. LISTA DE DOCUMENTOS REQUERIDOS PARA PRESENTAR LA SOLICITUD
Todos los documentos solicitados deberán ser presentados digitalmente
mediante un enlace en la página del Ministerio de Cultura de la Nación
(www.cultura.gob.ar).
A) Formulario de Postulación
Este documento está conformado por:
- Información general del proyecto
- Datos del postulante
- Documentación obligatoria a adjuntar (establecidos en los puntos B y C)
B) Carta a la Sra. Ministra de Cultura de la Nación.
Carta dirigida a la Ministra de Cultura de la Nación solicitando el
subsidio, especificando bajo qué modalidad y el monto solicitado.
El modelo de carta estará disponible para descargar, completar y
presentar escaneada en la página web del Ministerio de Cultura de la
Nación.
C) Documentación respaldatoria del postulante
C. 1) Personas jurídicas
Las personas jurídicas deberán presentar copias escaneadas de
identificación legal de la entidad, así como los datos de su
representante legal según corresponda:
1. Resolución o acto de otorgamiento de persona jurídica y certificado de vigencia de la misma.
2. Ultimo acta de designación de autoridades, extraídas del libro de
actas debidamente rubricado y vigente en el momento de solicitado el
subsidio.
3. Estatuto de la entidad actualizado con todas las modificaciones
4. Ultimo balance de la entidad con su respectiva Memoria
Institucional, presentados ante la Inspección General de Justicia,
INAES, u organismo que corresponda según la naturaleza de la entidad.
5. DNI del o los representante/s legal/es de la entidad (bifaz en el caso de la tarjeta o tres primeras hojas).
6. Constancia de inscripción ante la AFIP.
7. Inscripción en el C.E.N.O.C., cuando corresponda.
8. Breve reseña de actividades que desarrolla la entidad desde su creación, máximo 4 hojas.
D) Formulario específico del Proyecto
El Formulario específico del proyecto estará disponible para descargar,
completar y presentar en PDF en la página web del Ministerio de Cultura
de la Nación.
No se aceptarán proyectos incompletos y/o que sean presentados en formatos distintos a los establecidos.
FONDO ARGENTINO DE DESARROLLO CULTURAL
Primer Convocatoria
El Ministerio de Cultura a través de la Secretaría de Gestión Cultural
presenta el Fondo Argentino de Desarrollo Cultural, por el cual se
otorgarán ayudas e incentivos económicos destinadas al fomento y
fortalecimiento del sector cultural de todas las provincias y regiones
de la República Argentina. Mediante este sistema de fondos concursables
y convocatorias abiertas, el Fondo Argentino de Desarrollo Cultural
busca profundizar las políticas públicas de jerarquización y
sostenibilidad de nuestras producciones culturales brindando a
artistas, creadores, productores, gestores, profesionales, empresas,
organizaciones no gubernamentales y cooperativas la posibilidad de
presentar proyectos, programas y/o actividades que requieran ayuda
total o parcial para su concreción.
El Fondo distribuirá sus ayudas bajo 14 modalidades, las cuales se
encuentran agrupadas en cuatro líneas principales de acción: Movilidad,
Sostenibilidad, Infraestructura e Innovación.
LINEA INNOVACION
1. PRESENTACION
Aspectos generales de la convocatoria
1.1 Introducción
Las presentes bases tienen por objeto establecer las condiciones
generales del llamado a concurso de la Línea Innovación del Fondo
Argentino de Desarrollo Cultural.
El Ministerio de Cultura de la Nación invita a presentar proyectos para
concursar por ayudas económicas, según lo establecido en las presentes
bases.
El procedimiento de este concurso consta de las siguientes etapas:
- Postulación.
- Admisibilidad.
- Evaluación.
- Selección.
- Publicación y notificación de los resultados.
- Firma de la Carta Compromiso.
- Rendición y memoria técnica.
1.2 Objetivos
La presente convocatoria tiene como objetivo impulsar el desarrollo de
artistas, creadores, profesionales, emprendimientos y pequeñas y
medianas empresas vinculadas al sector cultural que desarrollan sus
actividades a partir del empleo de nuevas tecnologías y avances
científicos. Esta línea busca favorecer a todos aquellos proyectos que
impulsen la innovación y lleven adelante acciones y actividades
vinculadas a la producción, investigación, experimentación y creación
artística de base tecnológica.
1.3 Modalidades, ayudas otorgables y criterios específicos de selección
Las modalidades de esta convocatoria son:
A) Fomento a proyectos y emprendimientos de base tecnológica.
B) Apoyo a proyectos artísticos de base tecnológica.
C) Apoyo a laboratorios de experimentación y creación colectiva.
A) Fomento a proyectos y emprendimientos de base tecnológica
Esta modalidad tiene como objetivo fomentar el crecimiento, la
consolidación y rentabilidad de proyectos y emprendimientos de base
tecnológica que desarrollen y/o comercialicen productos y servicios
propios. Asimismo, busca promover la asociación de emprendedores y la
consolidación y desarrollo de nuevos mercados locales y regionales.
Esta modalidad otorgará fondos para proyectos y emprendimientos de base
tecnológica que desarrollen, difundan y comercialicen productos y
servicios relacionados a la cultura digital, plataformas de servicios
OTT, desarrollo de software y herramientas para producción de
contenidos digitales, sitios webs, aplicaciones interactivas,
videojuegos, y plataformas de publicación, distribución y/o venta de
contenidos digitales o físicos. El postulante deberá indicar el destino
de los mismos en un presupuesto detallado de acuerdo al modelo
establecido en el Formulario específico del proyecto
Se podrán presentar proyectos vinculados a las siguientes disciplinas:
música, letras, artes visuales, artes escénicas, diseño, audiovisuales,
videojuegos, cultura digital, gestión cultural y/o patrimonio.
Los rubros de gastos financiables por esta modalidad son:
- honorarios de acuerdo a la necesidad del proyecto y que no
representen más del 50% del presupuesto solicitado, de acuerdo a lo
establecido por la ley Nº 11.672.
- contratación de servicios de terceros.
- adquisición de materiales, herramientas de trabajo y equipamiento técnico.
Los postulantes deberán indicar una contribución en carácter de
cofinanciamiento del 25% (veinticinco por ciento) sobre el total del
monto solicitado, de conformidad a lo establecido en la Ley
Complementaria de Presupuesto Nº 11.672. Estos aportes podrán ser
monetarios o en bienes y/o servicios valorados, los cuales deberán ser
detallados en el presupuesto del proyecto.
El monto máximo solicitado puede ser de hasta $ 150.000 (pesos ciento cincuenta mil).
Los criterios específicos de selección de esta modalidad son:
- Originalidad y creatividad del proyecto.
- Implementación de tecnología.
- Sostenibilidad del emprendimiento.
- Factibilidad técnica, comercial y financiera.
- Plan de negocios.
- Desarrollo y aporte del proyecto a nivel local y regional.
B) Apoyo a proyectos artísticos de base tecnológica
Esta modalidad tiene como objetivo estimular la creación artística que
incorpore medios tecnológicos como parte sustancial de la misma,
desarrollando así formatos, estilos, lenguajes y valores estéticos
innovadores. De este modo se busca incentivar la creatividad,
investigación y experimentación en torno al arte y las nuevas
tecnologías mejorando sus condiciones de producción y estimulando la
incorporación y difusión en la escena cultural de nuestro país.
Los proyectos deberán ser inéditos y estar vinculados al videoarte,
arte cinético, arte sonoro, artes escénicas, arte interactivo, arte en
red (netart), realidad virtual, robótica, instalaciones, performance
interdisciplinarias, desarrollos in-site-specific y/o manifestaciones
afines.
Se priorizarán postulaciones de obras de carácter interdisciplinario y
experimental que planteen, a su vez, estrategias de acercamiento a
nuevos públicos.
Esta convocatoria otorgará fondos para la producción, realización y
montaje de las creaciones artísticas. El postulante deberá indicar el
destino de los mismos en un presupuesto detallado de acuerdo al modelo
establecido en el Formulario específico del proyecto.
Los rubros de gastos financiables por esta modalidad son:
- honorarios de acuerdo a la necesidad del proyecto y que no
representen más del 50% del presupuesto solicitado, de acuerdo a lo
establecido por la ley Nº 11.672.
- contratación de servicios de terceros.
- adquisición de materiales, herramientas de trabajo y equipamiento técnico.
Los postulantes deberán indicar una contribución en carácter de
cofinanciamiento del 25% (veinticinco por ciento) sobre el total del
monto solicitado, de conformidad a lo establecido en la Ley
Complementaria de Presupuesto Nº 11.672. Estos aportes podrán ser
monetarios o en bienes y/o servicios valorados, los cuales deberán ser
detallados en el presupuesto del proyecto.
El monto máximo solicitado puede ser de hasta $ 80.000 (pesos ochenta mil).
Los criterios específicos de selección de esta modalidad son:
- Trayectoria de los solicitantes.
- Originalidad y creatividad de la obra.
- Implementación de tecnología.
- Viabilidad técnica.
C) Apoyo a laboratorios de experimentación y creación colectiva
Esta modalidad tiene como objetivo incentivar al desarrollo de
laboratorios orientados a las prácticas artísticas y nuevas
tecnologías, en los cuales se fomenten la experimentación,
investigación, formación y creación sin necesariamente culminar en un
producto tangible. Asimismo, busca promover espacios de trabajo
colectivo de discusión, reflexión e intercambio multidisciplinar entre
profesionales a nivel local, regional e internacional.
Esta convocatoria otorgará fondos para el desarrollo de laboratorios
pudiendo incluir en su programación capacitaciones, encuentros, foros,
talleres, clínicas y espacios de producción e intercambio
multidisciplinario y actividades afines vinculadas al arte cinético,
arte sonoro, artes escénicas, arte interactivo, arte en red (netart),
realidad virtual, robótica, y manifestaciones afines. El postulante
deberá indicar el destino de los mismos en un presupuesto detallado de
acuerdo al modelo establecido en el Formulario específico del proyecto,
pudiendo ser utilizado para cubrir la realización integral del mismo,
incluyendo la compra de insumos tecnológicos necesarios para su
desarrollo.
Las actividades que se desarrollen en el marco de los laboratorios
deberán tener una duración mínima de 40 hs (cuarenta horas). No se
aceptan propuestas de curaduría o eventos artísticos.
Los postulantes deberán presentar una propuesta integral de las
actividades que se lleven a cabo en el laboratorio detallando las
temáticas a abordar, metodología, duración y esquema de trabajo en el
Formulario específico del proyecto.
Los rubros de gastos financiables por esta modalidad son:
- honorarios de acuerdo a la necesidad del proyecto y que no
representen más del 50% del presupuesto solicitado, de acuerdo a lo
establecido por la ley Nº 11.672.
- contratación de servicios de terceros.
- adquisición de materiales, herramientas de trabajo y equipamiento técnico.
Los postulantes deberán indicar una contribución en carácter de
cofinanciamiento del 25% (veinticinco por ciento) sobre el total del
monto solicitado, de conformidad a lo establecido en la Ley
Complementaria de Presupuesto Nº 11.672. Estos aportes podrán ser
monetarios o en bienes y/o servicios valorados, los cuales deberán ser
detallados en el presupuesto del proyecto.
El monto máximo solicitado puede ser de hasta $ 80.000 (pesos ochenta mil).
Los criterios específicos de selección de esta modalidad son:
- Originalidad y grado de innovación del proyecto.
- Implementación de tecnología.
- Coherencia entre los contenidos del proyecto y la metodología del laboratorio.
- Posibilidades de desarrollo regional.
1.4 Adjudicación de las ayudas
Las ayudas podrán ser otorgadas por el monto total o parcial solicitado
por el postulante, de acuerdo a lo considerado por el comité evaluador.
Los fondos otorgados no podrán ser aplicados a:
- Gastos por cualquier concepto que no se encuentren directamente asociados a la ejecución del proyecto.
- Gastos efectuados con anterioridad a la presentación de la solicitud y/o cancelación de deudas contraídas previamente.
- Gastos no contemplados en la normativa vigente.
1.5 Duración de los proyectos
Los proyectos que se presenten a esta convocatoria deberán desarrollarse entre el 1 de febrero y el 31 de julio de 2015.
II. POSTULACION
Postulación de proyectos
2.1 Postulantes
Podrán postular a esta Línea personas físicas y/o jurídicas, según la
modalidad, que cumplan con los requerimientos que se detallan a
continuación y no se encuentren inhabilitadas.
En el caso de presentaciones colectivas se deberá nombrar un
representante y detallar el listado completo de los potenciales
beneficiarios en los documentos que se establecen en el punto 5 de las
presentes bases.
Sólo podrán presentar solicitudes quienes puedan garantizar un aporte
en concepto de cofinanciamiento del 25% del monto solicitado.
2.1.1 Personas físicas
- Mayores de 18 años.
- Argentinos o extranjeros con residencia certificada.
Excepto en la modalidad A) Fomento a proyectos y emprendimientos de base tecnológica.
2.1.2 Personas Jurídicas
- Con fines de lucro.
- Sin fines de lucro.
Excepto en la modalidad B) Apoyo a proyectos artísticos de base tecnológica.
No podrán recibir fondos aquellos proyectos cuyos representantes o
integrantes sean funcionarios del Ministerio de Cultura de la Nación.
2.2 Postulación
Las postulaciones podrán realizarse únicamente a través de plataforma digital. No se aceptarán presentaciones en otros formatos.
2.2.1 Postulación vía plataforma digital
Los proyectos postulados deberán ser enviados a través de la página web
del Ministerio de Cultura de la Nación (www.cultura.gob.ar).
El postulante deberá seguir los siguientes pasos:
- Ingresar al enlace (link) correspondiente a la Línea a la que desea aplicar
- Completar el Formulario de Postulación cumpliendo los requisitos y condiciones establecidas en las presentes Bases.
- Adjuntar el Formulario específico del proyecto y los documentos
requeridos para la postulación especificados en el punto 5 de las Bases.
- Validar el envío del proyecto.
El portal revisará que los campos obligatorios del Formulario de
Postulación hayan sido completados. Será de exclusiva responsabilidad
del postulante efectuar su postulación en conformidad con los
requisitos y condiciones de Bases.
Se deja expresa constancia que cada documento incluido en la
postulación vía plataforma digital, deberá ser adjuntado de acuerdo a
las extensiones y tamaños especificados en cada campo.
No se aceptarán postulaciones en otros formatos a los mencionados, incompletas o presentadas fuera del plazo señalado.
2.3 Idioma de los documentos
Todos los documentos deberán ser presentados en idioma español.
2.4 Período de recepción de proyectos
La recepción de los proyectos estará vigente desde el 1 de octubre hasta el 7 de noviembre del 2014.
2.5 Cantidad de postulaciones
El postulante podrá presentar un solo proyecto dentro de esta línea.
Asimismo, podrán concursar en un máximo de 2 líneas del Fondo Argentino
de Desarrollo Cultural.
III. SOBRE LA SELECCION DE PROYECTOS
Revisión formal y admisión de proyectos, evaluación y selección
3.1 Revisión formal y admisión de proyectos
Luego de su presentación, los proyectos serán revisados por el área
técnica correspondiente a fin de constatar el cumplimiento de los
requisitos formales y administrativos.
3.2 Proceso de evaluación y selección
La evaluación de los proyectos y la selección de los beneficiarios
serán realizadas por un comité evaluador designado por el Ministerio de
Cultura de la Nación. Los integrantes de dicho comité serán publicados
al momento del anuncio de los proyectos seleccionados.
Las decisiones del comité serán inapelables.
3.3 Criterios de evaluación y selección
Las solicitudes serán seleccionadas según los criterios específicos de cada modalidad y los siguientes criterios generales:
- Calidad integral del proyecto.
- Aporte del proyecto al campo cultural en el que se inscribe y su repercusión a nivel local y regional.
- Pertinencia del presupuesto presentado.
3.4 Publicación y notificación de resultados
Los resultados de la convocatoria serán publicados el 12 de diciembre
de 2014 en la web del Ministerio de Cultura de la Nación
(http://cultura.gob.ar) y se notificará a los postulantes seleccionados
a través de correo electrónico.
IV. DERECHOS Y OBLIGACIONES
Derechos y Obligaciones
4.1 Aceptación de condiciones
4.1.1 Los beneficiarios deberán firmar una Carta Compromiso, en un
plazo de 15 días corridos de recibida la notificación de selección,
donde aceptarán las condiciones del Fondo Argentino de Desarrollo
Cultural y se comprometerán a la ejecución total del proyecto.
4.1.2 Los beneficiarios serán responsables de la originalidad y
propiedad intelectual de las obras, productos y/o proyectos presentados
en esta convocatoria y de los derechos originales con respecto a
terceros de imágenes o sonidos preexistentes utilizados en las
creaciones artísticas, deslindando de cualquier responsabilidad al
Ministerio de Cultura de la Nación.
4.2 Ayudas
Las ayudas serán transferidas en un único pago por el monto total
excepto en la modalidad A) Fomento a proyectos y emprendimientos de
base tecnológica, donde ayudas serán otorgadas en forma parcial y
decreciente en tres pagos: 40% del monto aprobado al inicio, 35% al
ejecutarse la mitad del proyecto y luego el 25% restante, siempre y
cuando se realicen las rendiciones de cuenta de cada pago.
4.3 Obligaciones del Responsable
4.3.1 Quien reciba la ayuda deberá entregar informes de avance siempre
que el área responsable del Ministerio de Cultura de la Nación lo
solicite. Al terminar el proyecto se deberá entregar un informe con los
resultados del proyecto realizado, de acuerdo al modelo de Memoria
Técnica y Rendición financiera que se otorgará oportunamente.
4.3.2 Los beneficiarios de las ayudas deberán presentar la Memoria
Técnica y Rendición en la cual deberán adjuntarse facturas y/o tickets
originales, según corresponda, en el término máximo de TREINTA (30)
días contados desde la finalización de la actividad.
4.3.3 En toda pieza de comunicación o referencia pública que se realice
vinculada al proyecto deberá consignarse de manera visible el apoyo del
FONDO ARGENTINO DE DESARROLLO CULTURAL - MINISTERIO DE CULTURA de la
NACION y los correspondientes isologotipos. Las aplicaciones de las
mismas deberán adjuntarse en oportunidad de la rendición de cuentas.
4.3.4 Los beneficiarios deberán ceder sus derechos de imagen al
Ministerio de Cultura de la Nación para ser utilizada y difundida
exclusivamente en eventuales materiales de comunicación con el único
fin de la promoción y difusión del Ministerio de Cultura de la Nación.
4.4 Cancelación y devolución de fondos
4.4.1 Los fondos que no hubieran sido utilizados por cualquier razón
deberán ser reintegrados en los términos y plazos que fije el
Ministerio de Cultura de la Nación.
4.4.2 El Ministerio de Cultura de la Nación podrá disponer la
cancelación total o parcial y exigir el reintegro de los importes
correspondientes por las siguientes causas:
a) uso indebido de los fondos,
b) por incumplimiento de cualquiera de las disposiciones establecidas en la presente reglamentación.
4.5 Sanciones por Incumplimiento de Compromisos
Cualquier incumplimiento de lo dispuesto en las presentes bases el área
competente intimará para que se proceda de acuerdo a lo establecido. En
caso de omisión o negativa o fracasada la intimación en dos
oportunidades, se girarán las actuaciones a la Dirección General de
Asuntos Jurídicos del Ministerio de Cultura de la Nación para que tome
intervención que le compete.
En caso de cualquier incumplimiento por parte de los beneficiarios en
el proceso de rendición de cuentas, los integrantes del proyecto
quedarán inhabilitadas para recibir futuras ayudas del Ministerio de
Cultura de la Nación.
5. LISTA DE DOCUMENTOS REQUERIDOS PARA PRESENTAR LA SOLICITUD
Todos los documentos solicitados deberán ser presentados digitalmente
mediante un enlace en la página del Ministerio de Cultura de la Nación
(www.cultura.gob.ar).
A) Formulario de Postulación
Este documento está conformado por:
- Información general del proyecto
- Datos del postulante
- Documentación obligatoria a adjuntar (establecidos en los puntos B y C )
B) Carta a la Sra. Ministra de Cultura de la Nación
Carta dirigida a la Ministra de Cultura de la Nación solicitando el subsidio, especificando bajo qué línea y el monto.
El modelo de carta estará disponible para descargar, completar y
presentar escaneada en la página web del Ministerio de Cultura de la
Nación.
C) Documentación respaldatoria del postulante
C.1) Personas físicas
1. Copia escaneada del DNI del solicitante (bifaz en el caso de la tarjeta o tres primeras hojas).
2. Constancia del CUIL o CUIT de la persona solicitante.
3. Curriculum Vitae de la persona solicitante, máximo 4 hojas.
C.2) Personas jurídicas
Las personas jurídicas deberán presentar copias escaneadas de
identificación legal de la entidad, así como los datos de su
representante legal según corresponda:
1. Resolución o acto de otorgamiento de persona jurídica y certificado de vigencia de la misma.
2. Ultimo acta de designación de autoridades, extraídas del libro de
actas debidamente rubricado y vigente en el momento de solicitado el
subsidio.
3. Estatuto de la entidad actualizado con todas las modificaciones
4. Ultimo balance de la entidad con su respectiva Memoria
Institucional, presentados ante la Inspección General de Justicia,
INAES, u organismo que corresponda según la naturaleza de la entidad.
5. DNI del o los representante/s legal/es de la entidad (bifaz en el caso de la tarjeta o tres primeras hojas).
6. Constancia de inscripción ante la AFIP.
7. Inscripción en el C.E.N.O.C, cuando corresponda.
8. Breve reseña de actividades que desarrolla la entidad desde su creación, máximo 4 hojas.
D) Formulario específico del proyecto
El Formulario específico del proyecto estará disponible para descargar,
completar y presentar en PDF en la página web del Ministerio de Cultura
de la Nación.
No se aceptarán proyectos incompletos y/o que sean presentados en formatos distintos a los establecidos.
e. 14/10/2014 N° 77347/14 v. 14/10/2014