DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS
Decreto S 751/1978
Bs. As., 4/4/1978
VISTO la Ley Nº 21.774
CONSIDERANDO:
Que corresponde proveer a su reglamentación para su ejecución por el Ministerio competente.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Encomiéndase al
Ministro de Relaciones Exteriores y Culto todo lo concerniente a la
ejecución y cumplimiento de la Ley Nº 21.774 y de los contratos que se
firmen en su consecuencia, como así también al ejercicio de las
facultades acordadas al Poder Ejecutivo.
Art. 2° — Con la colaboración
de la Escribanía General de Gobierno, el Ministro de Relaciones
Exteriores y Culto, si no decidiera hacerlo personalmente, se hará
representar para la firma de las escrituras públicas en que sean
pasados los Anexos “A” y “B” de la Ley Nº 21.774, expidiendo los
poderes pertinentes.
Art. 3° — Comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — VIDELA.