DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS

Decreto S 751/1978

Bs. As., 4/4/1978

VISTO la Ley Nº 21.774

CONSIDERANDO:

Que corresponde proveer a su reglamentación para su ejecución por el Ministerio competente.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Encomiéndase al Ministro de Relaciones Exteriores y Culto todo lo concerniente a la ejecución y cumplimiento de la Ley Nº 21.774 y de los contratos que se firmen en su consecuencia, como así también al ejercicio de las facultades acordadas al Poder Ejecutivo.

Art. 2° — Con la colaboración de la Escribanía General de Gobierno, el Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, si no decidiera hacerlo personalmente, se hará representar para la firma de las escrituras públicas en que sean pasados los Anexos “A” y “B” de la Ley Nº 21.774, expidiendo los poderes pertinentes.

Art. 3° — Comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — VIDELA.