MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

Resolución 725/2014

Bs. As., 8/10/2014

VISTO el Expediente Nº S01:0236638/2013 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente mencionado en el Visto tramita la aprobación del Presupuesto y Plan de Acción para el Ejercicio 2014 formulado por la UNIDAD ESPECIAL SISTEMA DE TRANSMISION YACYRETÁ, organismo autárquico en la órbita de la SECRETARIA DE ENERGIA, dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

Que la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones contiene en el Título II, Capítulo III, el Régimen Presupuestario de Empresas Públicas, Fondos Fiduciarios y Entes Públicos no comprendidos en la Administración Nacional.

Que obra en el expediente citado, el informe favorable sobre la medida propiciada de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO dependiente de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.

Que el Artículo 49 de la mencionada ley y el Decreto Nº 1.344 del 4 de octubre de 2007 por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones, determinan que es facultad del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FlNANZAS PUBLICAS la aprobación de la presente medida.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto para el Ejercicio 2014 de la UNIDAD ESPECIAL SISTEMA DE TRANSMISION YACYRETÁ, organismo autárquico en la órbita de la SECRETARIA DE ENERGIA, dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, de acuerdo con el detalle obrante en los Anexos I y II adjuntos a la presente resolución, respectivamente.

ARTICULO 2° — Estímanse en la suma de PESOS CERO ($ 0) los ingresos de operación y fíjanse en la suma de PESOS CERO ($ 0) los gastos de operación, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Operativo estimado en PESOS CERO ($ 0), de acuerdo al detalle obrante en las planillas del Anexo II que forman parte integrante de la presente resolución.

ARTICULO 3° — Estímanse en la suma de PESOS TRES MILLONES DOSCIENTOS MIL ($ 3.200.000) los ingresos corrientes y fíjanse en la suma de PESOS TRES MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS TREINTA ($ 3.967.330) los gastos corrientes, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Económico estimado (DESAHORRO) en PESOS SETECIENTOS SESENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS TREINTA ($ 767.330), de acuerdo con el detalle que figura en las Planillas del Anexo II adjunto a la presente resolución.

ARTICULO 4° — Estímanse en la suma de PESOS CERO ($ 0) los ingresos de capital y fíjanse en la suma de PESOS SETENTA MIL ($ 70.000) los gastos de capital, y como consecuencia de ello en conjunción con el Resultado Económico establecido en el Artículo 3° de la presente resolución, estímase el Resultado Financiero (DEFICIT) para el Ejercicio 2014 en PESOS OCHOCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS TREINTA ($ 837.330), de acuerdo con el detalle obrante en las planillas del Anexo II adjunto a la presente resolución.

ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. AXEL KICILLOF, Ministro de Economía y Finanzas Públicas.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 17/10/2014 N° 78721/14 v. 17/10/2014

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraidos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)