Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
RECOMPENSAS
Resolución 1926/2014
Prorróganse Resoluciones.
Bs. As., 14/10/2014
VISTO la Ley Nº 26.375, las Resoluciones M.J. y D.H. Nros. 1552 del 17 de agosto de 2012 y 2318 del 29 de octubre de 2012, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 26.375 creó el Fondo de Recompensas en jurisdicción del
entonces MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, actual
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, destinado a abonar una
compensación dineraria a aquellas personas que brinden a la UNIDAD
ESPECIAL PARA LA BUSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA, datos
útiles mediante informes, testimonios, documentación y todo otro
elemento o referencia fidedigna y/o fehaciente, cuando resultasen
determinantes para la detención de personas que registren orden
judicial de captura o búsqueda de paradero, en causas penales en las
que se investiguen delitos de lesa humanidad.
Que el artículo 6º de la Ley Nº 26.375 permite prorrogar o restablecer
el ofrecimiento de recompensas que hubiesen sido dispuestas por
resolución.
Que en ejercicio de la autorización legal mencionada y en atención a
que se mantiene el interés en la obtención de información determinante
para la detención de Raúl Angel CORDOBA (D.N.I. Nº 11.070.250); Luis
Esteban KYBURG (D.N.I. Nº 7.789.885); Humberto ROMERO TELLO (D.N.I. Nº
6.661.695), resulta procedente prorrogar el ofrecimiento de recompensas
por el plazo de DOCE (12) meses desde sus respectivos vencimientos e
incrementar el monto ofrecido en las mismas a partir del dictado del
presente acto.
Que ante el silencio del JUZGADO FEDERAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO
CRIMINAL Y CORRECCIONAL Nº 1 de AZUL, provincia de BUENOS AIRES
respecto del prófugo CORDOBA, del JUZGADO FEDERAL DE PRIMERA INSTANCIA
EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL Nº 3 de MAR DEL PLATA, provincia de
BUENOS AIRES con relación al prófugo KYBURG y del JUZGADO FEDERAL DE
PRIMERA INSTANCIA de SAN RAFAEL, provincia de MENDOZA en relación al
prófugo ROMERO TELLO se presume que no existen objeciones al progreso
de la medida en trámite, de acuerdo a lo establecido en el Anexo I,
artículo 2º de la Resolución M.J. y D.H. Nº 2318/12.
Que se cuenta con financiamiento suficiente para adoptar la presente medida.
Que han tomado la intervención de su competencia el PROGRAMA NACIONAL
DE COORDINACION PARA LA BUSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA,
la DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION y la DIRECCION GENERAL DE
ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por
la Ley Nº 26.375 y a lo preceptuado en el Anexo I de la Resolución M.J.
y D.H. Nº 2318/12.
Por ello,
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
RESUELVE:
Artículo 1° — Prorróganse en su
vigencia por el término de DOCE (12) meses, a partir de sus respectivos
vencimientos, las recompensas ofrecidas a través de las Resoluciones
M.J. y D.H. Nros. 1677 del 13 de septiembre de 2013; 1678 del 13 de
septiembre de 2013 y 1868 del 18 de octubre de 2013.
Art. 2° — Los ofrecimientos de
recompensas referidos en el artículo que antecede se realizarán por un
monto de PESOS QUINIENTOS MIL ($ 500.000) cada uno a partir del dictado
del presente acto.
Art. 3° — El procedimiento a
seguir para los ofrecimientos enunciados en el presente acto se ceñirá
a lo previsto en el Anexo l de la Resolución M.J. y D.H. Nº 2318/12.
Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Julio C. Alak.