BANCO DE LA NACION ARGENTINA

Decreto 1923/2014


Convalídase la Ejecución del Presupuesto de Gastos e Inversiones y Memoria correspondientes al Ejercicio 2012.


Bs. As., 20/10/2014

VISTO el Expediente Nº S01:0220620/2013 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, el Artículo 5° de la Ley Nº 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014), el Decreto Nº 2.733 de fecha 28 de diciembre de 2012, aprobatorio del Presupuesto de Gastos e Inversiones y Plan de Acción para el Ejercicio 2012 del BANCO DE LA NACION ARGENTINA, entidad autárquica actuante en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, y

CONSIDERANDO:

Que no se encuentra aprobado por parte del PODER EJECUTIVO NACIONAL el Proyecto de Ajuste del Presupuesto de Gastos del Ejercicio 2012 correspondiente al BANCO DE LA NACION ARGENTINA, entidad autárquica actuante en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, de acuerdo a lo dispuesto en la norma legal citada.

Que por lo tanto resulta necesario regularizar la situación expuesta convalidando la Ejecución del Presupuesto de Gastos e Inversiones y Memoria en cuestión.

Que la aprobación gestionada se encuadra dentro de las atribuciones conferidas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Convalídase la Ejecución del Presupuesto de Gastos e Inversiones y Memoria correspondientes al Ejercicio 2012 del BANCO DE LA NACION ARGENTINA, entidad autárquica actuante en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, de acuerdo con el detalle obrante en las Planillas Anexas al presente artículo, que forman parte integrante del mismo.

Art. 2° — Convalídase el Nivel de Recursos afectados a la financiación de la Ejecución Presupuestaria del BANCO DE LA NACION ARGENTINA a que se refiere el Artículo 1° del presente decreto de acuerdo con el detalle obrante en las Planillas Anexas al presente artículo que forman parte integrante del mismo.

Art. 3° — Dése cuenta oportunamente al HONORABLE CONGRESO DE LA NACION.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Axel Kicillof.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraidos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)