SERVICIO EXTERIOR
Decreto 1884/2014
Establécese Representación Diplomática de la República Argentina ante
el Estado Independiente de Papúa Nueva Guinea. Designación.
Bs. As., 16/10/2014
VISTO el Expediente Nº 18.994/2014 del Registro del MINISTERIO DE
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, el Decreto Nº 758 de fecha 4 de julio de
2005, y
CONSIDERANDO:
Que el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, luego de realizadas
las evaluaciones pertinentes, considera conveniente establecer la
concurrencia Diplomática y Consular ante el ESTADO INDEPENDIENTE DE
PAPÚA NUEVA GUINEA, en la Embajada de la República en AUSTRALIA.
Que en el mismo sentido resulta necesario establecer la circunscripción
del Consulado General de la República en la Ciudad de Sidney,
AUSTRALIA, para que incorpore el territorio del ESTADO INDEPENDIENTE DE
PAPÚA NUEVA GUINEA.
Que la asignación propuesta redundará en una mejor atención de las
relaciones bilaterales entre la REPUBLICA ARGENTINA y el ESTADO
INDEPENDIENTE DE PAPÚA NUEVA GUINEA, facilitando la promoción de los
vínculos políticos, económicos y culturales.
Que los Gobiernos del ESTADO INDEPENDIENTE DE PAPÚA NUEVA GUINEA y de
AUSTRALIA han sido debidamente notificados de la intención del Gobierno
de la REPUBLICA ARGENTINA de ejercer la concurrencia diplomática con el
ESTADO INDEPENDIENTE DE PAPÚA NUEVA GUINEA desde la Embajada de la
República en AUSTRALIA, conforme lo establecido en la Convención de
Viena sobre Relaciones Diplomáticas del 18 de abril de 1961 y la
Convención de Viena sobre Relaciones Consulares del 24 de abril de
1963, aprobadas por el Decreto Ley Nº 7672 de fecha 13 de septiembre de
1963 y la Ley Nº 17.081, respectivamente.
Que los Gobiernos del ESTADO INDEPENDIENTE DE PAPÚA NUEVA GUINEA y de
AUSTRALIA han expresado su conformidad para que la concurrencia
diplomática de la REPUBLICA ARGENTINA con el ESTADO INDEPENDIENTE DE
PAPÚA NUEVA GUINEA sea ejercida desde la Embajada de la República en
AUSTRALIA.
Que por el decreto mencionado en el Visto se designó Embajador
Extraordinario y Plenipotenciario de la República en AUSTRALIA al señor
Embajador Extraordinario y Plenipotenciario D. Pedro Raúl VILLAGRA
DELGADO.
Que el Gobierno del ESTADO INDEPENDIENTE DE PAPÚA NUEVA GUINEA concedió
el plácet de estilo al señor D. Pedro Raúl VILLAGRA DELGADO, para su
designación como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la
República en dicho país.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO ha intervenido en el ámbito de su
competencia.
Que la SUBSECRETARIA LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA, la SECRETARIA DE
COORDINACION Y COOPERACION INTERNACIONAL y la SECRETARIA DE RELACIONES
EXTERIORES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO han tomado
intervención en el ámbito de sus respectivas competencias.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por
el Artículo 99, incisos 1 y 7 de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Establécese la
Representación Diplomática de la REPUBLICA ARGENTINA ante el ESTADO
INDEPENDIENTE DE PAPÚA NUEVA GUINEA, asignándose tal función a la
Embajada de la República en AUSTRALIA.
Art. 2° — Establécese la
circunscripción del Consulado General de la República en la Ciudad de
Sidney, AUSTRALIA, la cual incorporará el territorio del ESTADO
INDEPENDIENTE DE PAPÚA NUEVA GUINEA.
Art. 3° — Desígnase Embajador
Extraordinario y Plenipotenciario de la República en el ESTADO
INDEPENDIENTE DE PAPÚA NUEVA GUINEA, al señor D. Pedro Raúl VILLAGRA
DELGADO (D.N.I. Nº 10.220.188), sin perjuicio de sus actuales funciones
como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en
AUSTRALIA.
Art. 4° — Los gastos que
demande el cumplimiento del presente decreto se imputarán a las
respectivas partidas del presupuesto de la Jurisdicción 35 - MINISTERIO
DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.
Art. 5° — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Héctor M. Timerman.