MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE

Resolución 1236/2014


Bs. As., 27/10/2014

VISTO el Expediente Nº S02:0133299/2014 del registro de este Ministerio, y

CONSIDERANDO:

Que el transporte por agua de cabotaje e internacional en el ámbito de la Cuenca del Plata registra un sostenido incremento en relación a su volumen y cantidad de buques y artefactos navales que navegan por sus ríos.

Que la necesidad de garantizar una navegación segura, continua y previsible impone la proyección y ejecución de políticas sólidas y duraderas respecto al sector.

Que a tal fin el Estado nacional mantiene un sistema de navegación por las vías troncales con un elevado estándar de calidad y eficiencia a través del concesionamiento de las tareas de dragado y balizamiento que oportunamente se efectuara en el año 1996.

Que el ámbito geográfico en el que se desarrollan dichas tareas abarca el canal de navegación troncal del Río de la Plata y del Río Paraná desde el océano hasta la confluencia del Río Paraná y del Río Paraguay.

Que, sin perjuicio de ello, el Estado nacional mantiene las tareas de supervisión en las zonas concesionadas así como la administración de manera directa, a través de la DIRECCION NACIONAL DE VIAS NAVEGABLES dependiente de la SUBSECRETARIA DE PUERTOS Y VIAS NAVEGABLES de la SECRETARIA DE TRANSPORTE de este Ministerio, de todo el resto de las vías navegables fluviales, marítimas y lacuestres del país.

Que la gestión de las vías navegables no concesionadas supone la realización de tareas constantes de relevamiento, dragado y balizamiento de las mismas, resultando necesario dotar a la DIRECCION NACIONAL DE VIAS NAVEGABLES de los medios económicos, personal y métodos organizativos acordes a las exigencias que la navegación moderna propone.

Que la modernización de la infraestructura y equipos de la DIRECCION NACIONAL DE VIAS NAVEGABLES comprende necesariamente el cambio y actualización de gran parte del material flotante con que cuenta esa dependencia.

Que a su vez, la modernización del material flotante lleva a la necesidad de capacitar y actualizar los conocimientos técnicos del plantel laboral que actualmente presta servicios y, al mismo tiempo, a la posibilidad de incorporar personal acorde a las nuevas necesidades desarrolladas y a las exigencias internacionales en materia de capacitación del personal de mar.

Que, asimismo, resulta imperioso que la DIRECCION NACIONAL DE VIAS NAVEGABLES cuente con elementos de control modernos y ágiles como lanchas de relevamiento, instrumental de medición y de procesamiento de datos.

Que también es necesario analizar la posibilidad de una adecuación del asiento de las diversas dependencias de la DIRECCION NACIONAL DE VIAS NAVEGABLES a fin de dotarlas de espacios de trabajo modernos y adecuados a las nuevas embarcaciones que se pudiesen adquirir.

Que a tal efecto, entiende este Ministerio que deviene necesaria la creación de un grupo de trabajo que actúe en calidad de comisión asesora de la SECRETARIA DE TRANSPORTE de este Ministerio, a los fines de evaluar las diversas alternativas para la modernización y reequipamiento de la DIRECCION NACIONAL DE VIAS NAVEGABLES.

Que a los fines de garantizar un funcionamiento eficiente de este grupo de trabajo, se considera apropiado que el mismo cuente con una coordinación ejercida por el JEFE DE GABINETE DE ASESORES de la SUBSECRETARIA DE PUERTOS Y VIAS NAVEGABLES de la SECRETARIA DE TRANSPORTE de este Ministerio, y por el COORDINADOR GENERAL de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, Dr. Gerardo Torcuato Tarchinale, quienes serán los encargados de convocar a los funcionarios con competencia en la materia que consideren conveniente incorporar a este grupo y representantes de los gremios involucrados en las tareas de dragado y balizamiento, a los fines de que integren el mismo.

Que por último, resulta necesario prever que el grupo de trabajo que se crea por la presente medida deberá elevar sus conclusiones a la SECRETARIA DE TRANSPORTE de este Ministerio por medio de un informe, dentro de los SESENTA (60) días desde su conformación efectiva.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades otorgadas por la Ley de Ministerios Nº 22.520 (T.O. por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias.

Por ello,

EL MINISTRO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Confórmase un grupo de trabajo que, en calidad de comisión asesora de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, tendrá como objetivo evaluar las diversas alternativas para la modernización y reequipamiento de la DIRECCION NACIONAL DE VIAS NAVEGABLES dependiente de la SUBSECRETARIA DE PUERTOS Y VIAS NAVEGABLES de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE.

ARTICULO 2° — Que el grupo de trabajo creado por el artículo 1° de la presente medida contará con una coordinación ejercida por el JEFE DE GABINETE DE ASESORES de la SUBSECRETARIA DE PUERTOS Y VIAS NAVEGABLES de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, Dr. Jorge Fernando Cabrera, y por el COORDINADOR GENERAL de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, Dr. Gerardo Torcuato Tarchinale, quienes serán los encargados de convocar a los funcionarios con competencia en la materia que consideren conveniente incorporar a este grupo y representantes de los gremios involucrados en las tareas de dragado y balizamiento, a los fines de que integren el mismo.

ARTICULO 3° — Los miembros del grupo de trabajo creado por el artículo 1° de la presente medida ejercerán sus funciones con carácter ad honorem.

ARTICULO 4° — El grupo de trabajo creado por el artículo 1° de la presente medida deberá elevar sus conclusiones a la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE por medio de un informe, dentro de los SESENTA (60) días desde su conformación efectiva.

ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — C.P.N. FLORENCIO RANDAZZO, Ministro del Interior y Transporte.

e. 30/10/2014 Nº 83448/14 v. 30/10/2014