COMISION ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.8.77

Resolución General 12/2014

Régimen de Recaudación y Control sobre Acreditaciones Bancarias. Declaración Jurada. Vencimiento.

Bs. As., 29/10/2014

VISTO:

Las facultades conferidas a esta Comisión Arbitral para dictar normas de procedimiento, recaudación, control, vencimientos y atribución de fondos referidas al Régimen de Recaudación y Control sobre Acreditaciones Bancarias (SIRCREB) del Impuesto sobre los Ingresos Brutos aplicable sobre los importes que sean acreditados en cuentas abiertas en las entidades financieras.

CONSIDERANDO:

Que por Resolución General (CA) 9/2013 se establecieron las fechas de vencimiento para la presentación y pago de las obligaciones a cargo de las entidades financieras para el año 2014;

Que por error se fijó un vencimiento el día 6 de noviembre de 2014 para la declaración jurada de la tercer decena del período octubre/2014, fecha en que se festeja el día del bancario;

Por ello,

LA COMISION ARBITRAL

(Convenio Multilateral del 18.08.77)

RESUELVE

Artículo 1° — Modificar el vencimiento de la declaración jurada correspondiente a la tercer decena del período octubre de 2014, referida al Régimen de Recaudación y Control sobre Acreditaciones Bancarias (SIRCREB), el cual operará el día 05/11/2014.

Art. 2° — Publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Nación, notifíquese a las jurisdicciones adheridas y archívese. — Roberto A. Gil. — Mario A. Salinardi.