DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS

Decreto S 3386/1979

Bs. As., 28/12/1979

VISTO el expediente Nº 00074/79 corresponde 3 del registro de la Secretaría de Información Pública, relacionado con la concreción de diferentes campañas de publicidad, propaganda y publicación de edictos, actos administrativos, espacios en exposiciones y otros actos afines que requieran difusión pública y que por intermedio de la mencionada Secretaría deba realizar el Poder Ejecutivo Nacional durante el Ejercicio Presupuestario de 1980, y;

CONSIDERANDO:
 
Que el señor Secretario de Información Pública ha solicitado con fecha 17 de Diciembre de 1979, la contratación de trabajos previstos para el Ejercicio Presupuestario 1980, a partir del 2 de Enero de 1980, por la Dirección General de Difusión, hasta la suma de OCHOCIENTOS MILLONES DE PESOS ($ 800.000.000.-).

Que al efecto y tal como lo establece las reglamentaciones vigentes en la materia - Decretos Nros. 2219 de fecha 6 de Julio de 1971, 1638 de fecha 24 de Marzo de 1972 y 56 de fecha 10 de Enero de 1975, que le asignan a la Agencia TELAM S.A.P.R.C.C.I. y F., la responsabilidad exclusiva de la publicidad oficial, se ha de encarar por intermedio de la Agencia citada la realización de las campañas indicadas.

Que la impostergable urgencia entre el hecho y la difusión del mismo, hace necesario autorizar la contratación solicitada, conforme la excepción prevista en el inciso 3º apartado i) del artículo 56º de la Ley de Contabilidad, a fin de encuadrar dentro del mencionado Ejercicio, toda la gama de actividades publicitarias, de propaganda, difusión y otros actos afines, que determine la Secretaría de Información Pública (Dirección General de Difusión), con la Agencia TELAM S.A.P.R.C.C.I. y F.

Por ello, en virtud de lo dispuesto por el artículo 57º de la Ley de Contabilidad.

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° —
Autorízase a la Secretaría General de la PRESIDENCIA DE LA NACION a contratar con la Agencia TELAM S.A.P.R.C.C.I. y F., para la Secretaría de Información Pública, campañas de publicidad, propaganda y publicación de edictos, actos administrativos y espacios en exposiciones, hasta la suma de OCHOCIENTOS MILLONES DE PESOS ($ 800.000.000.-), a partir del 2 de Enero de 1980.

Art. 2° —
El gasto a que se refiere el artículo precedente será atendido con cargo al Presupuesto para el Ejercicio 1980, Jurisdicción 20 - Presidencia de la Nación - Programa 001 - Conducción Nacional.

Art. 3° —
Comuníquese y archívese. — VIDELA.