DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS
Decreto S 2089/1978
Bs. As., 8/9/1978
VISTO lo dispuesto en el artículo 4° del Decreto “S” N° 1342 de fecha 30 de agosto de 1966 y
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario, a los fines del cumplimiento de la misión
encomendada a los agentes de la Secretaría de Inteligencia de Estado
designados para desempeñar tareas en el Ministerio de Relaciones
Exteriores y Culto, modificar la norma mencionada dejando sin efecto la
prohibición de que los agentes quedaran a cargo de la Representación
consular.
Que asimismo dicho criterio se sustenta en razones de seguridad
tendientes a facilitar el cumplimiento de las misiones y funciones
asignadas a la Secretaría de Inteligencia de Estado por la Ley “S” N°
20.195 y su Decreto reglamentario.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Reemplázase el
artículo 4° del Decreto “S” N° 1342/66 por el siguiente: “Artículo 4°.-
El personal que se destine al exterior por este Decreto será designado
por el Poder Ejecutivo a requerimiento del Ministerio de Relaciones
Exteriores y Culto previa propuesta de la Secretaría de Inteligencia de
Estado, con rango que no podrá exceder de Consejero y de acuerdo con
las necesidades específicas a satisfacer. Este personal destacado en el
exterior, en caso de ausencia del titular podrá quedar a cargo de
Representaciones consulares exclusivamente, siempre y cuando aquélla no
exceda de los 45 días. De superarse ese lapso, tomará intervención el
titular de la Representación diplomática en el país de que se trate,
enviando un funcionario de carrera del Servicio Exterior con rango
superior al del Delegado de la SIDE, hasta tanto se envíe relevo
temporal o definitivo para el cargo.”
Art. 2° — Dése al presente Decreto carácter Estrictamente Secreto y Confidencial.
Art. 3° — Comuníquese y archívese. — VIDELA.