DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS

Decreto S 2089/1978

Bs. As., 8/9/1978

VISTO lo dispuesto en el artículo 4° del Decreto “S” N° 1342 de fecha 30 de agosto de 1966 y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario, a los fines del cumplimiento de la misión encomendada a los agentes de la Secretaría de Inteligencia de Estado designados para desempeñar tareas en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, modificar la norma mencionada dejando sin efecto la prohibición de que los agentes quedaran a cargo de la Representación consular.

Que asimismo dicho criterio se sustenta en razones de seguridad tendientes a facilitar el cumplimiento de las misiones y funciones asignadas a la Secretaría de Inteligencia de Estado por la Ley “S” N° 20.195 y su Decreto reglamentario.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Reemplázase el artículo 4° del Decreto “S” N° 1342/66 por el siguiente: “Artículo 4°.- El personal que se destine al exterior por este Decreto será designado por el Poder Ejecutivo a requerimiento del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto previa propuesta de la Secretaría de Inteligencia de Estado, con rango que no podrá exceder de Consejero y de acuerdo con las necesidades específicas a satisfacer. Este personal destacado en el exterior, en caso de ausencia del titular podrá quedar a cargo de Representaciones consulares exclusivamente, siempre y cuando aquélla no exceda de los 45 días. De superarse ese lapso, tomará intervención el titular de la Representación diplomática en el país de que se trate, enviando un funcionario de carrera del Servicio Exterior con rango superior al del Delegado de la SIDE, hasta tanto se envíe relevo temporal o definitivo para el cargo.”

Art. 2° — Dése al presente Decreto carácter Estrictamente Secreto y Confidencial.

Art. 3° — Comuníquese y archívese. — VIDELA.