MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
SECRETARIA DE COORDINACION Y MONITOREO INSTITUCIONAL
Resolución 15.194/2014
Bs. As., 14/10/2014
VISTO el Expediente N° E-51728-2014 del registro del MINISTERIO DE
DESARROLLO SOCIAL y los Decretos Nros. 1023/2001 y modificatorios y lo
reglamentado por el Decreto N° 893/2012 y modificatorios, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente mencionado en el VISTO, tramita la contratación
de un efector social para prestar los servicios de carga y descarga de
mercaderías, jornadas y horas adicionales para el depósito sito en la
calle Salguero N° 3451/57 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
perteneciente a este Ministerio; para los renglones 1 y 2 por el
término de tres (3) meses con opción a prórroga por parte de este
Organismo por igual período o por períodos parciales de un (1) mes cada
uno y para los renglones 3 y 4 por un período de tres (3) meses o hasta
agotar el total de las jornadas y/u horas extras adjudicadas, lo que
ocurra en primer término, con opción a prórroga por parte de este
Organismo por un período similar al originalmente contratado;
solicitados por la Coordinación de Monitoreo de Depósitos, mediante
Memorandum de fecha 04 de Julio.
Que, asimismo, la Coordinación citada en el Considerando anterior,
propone para la realización del servicio aludido, a la COOPERATIVA DE
TRABAJO EL OESTE LIMITADA, cuya inscripción en el Registro Nacional de
Efectores de Desarrollo Local y Economía Social fue aprobada por
Resolución SCyMI N° 8840 de fecha 29 de Julio de 2014.
Que obran Convenio Marco de Fortalecimiento de la Gestión celebrado
entre el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y la SINDICATURA GENERAL DE LA
NACION, protocolizado según Resolución SCyMI N° 2495 de fecha 31 de
Marzo de 2014 y Addenda a dicho Convenio, protocolizada según
Resolución SCyMI N° 4059 de fecha 08 de Mayo de 2014.
Que la Dirección de Patrimonio y Suministros mediante Informe N°
2697/2014, de fecha 11 de Agosto de 2014, en virtud del Convenio Marco
de Fortalecimiento de la Gestión mencionado precedentemente, solicita
se informe el Valor Indicativo de Mercado para la presente contratación.
Que obra NOTA SIGEN N° 4892/2014 - SCyMI, de la SINDICATURA GENERAL DE
LA NACION, OT N° 1132/2014, informando los Valores Indicativos de
Mercado en concordancia al punto II.b. del Anexo II de la Resolución
SGN N° 122/2010, y lo estipulado en la Cláusula Primera, inciso a) del
Convenio Marco de Fortalecimiento de la Gestión precitado.
Que, con fecha 04 de Septiembre de 2014, se procedió al acto de
apertura del sobre presentado por la COOPERATIVA DE TRABAJO EL OESTE
LIMITADA.
Que, la Comisión Evaluadora de este Ministerio, en función de lo
expuesto en el párrafo precedente y de la documentación obrante en el
expediente respectivo, suscribió el Dictamen de Evaluación N° 451/2014,
estableciendo el Orden de Mérito correspondiente.
Que se ha efectuado la notificación pertinente y la difusión en el
sitio de internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, según lo
prescripto en los artículos 56 y 92 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y
modificatorios.
Que se ha dado cumplimiento a los procedimientos excepcionales de
difusión establecidos por la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES en su
Disposición ONC N° 64/2014 y conforme lo reglamentado por la
Comunicación General N° 14, de fecha 01 de Septiembre de 2014.
Que la Dirección de Patrimonio y Suministros informa que no se
formularon impugnaciones al Dictamen de Evaluación N° 451/2014
precitado.
Que atento la naturaleza de dicho servicio, tramita la Contratación
Directa N° 335/2014, enmarcada en las previsiones del artículo 25,
inciso d) apartado 10) del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios,
reglamentado por los artículos 19, 29 y 146 del Anexo al Decreto N°
893/2012 y modificatorios.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente Resolución se dicta dentro del régimen establecido por
el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, sin perjuicio de la
aplicación supletoria de los Decretos N° 893/2012 y modificatorios y,
en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas
modificatorias y complementarias, la Ley N° 24.156 de Administración
Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y
su Decreto reglamentario N° 1344/2007 y modificatorios, y los Decretos
N° 357/2002, modificatorios y complementarios, N° 112 del 10 de
diciembre de 2011 y la Resolución MDS N° 574/2010.
Por ello,
EL SECRETARIO DE COORDINACION Y MONITOREO INSTITUCIONAL DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Autorízase a efectuar una Contratación Directa enmarcada
en los alcances del artículo 25, inciso d), apartado 10) del Decreto N°
1023/2001 y modificatorios, reglamentado por los artículos 19, 29 y 146
del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios, tendiente a lograr
la contratación de un efector social para prestar los servicios de
carga y descarga de mercaderías y jornadas y horas adicionales para el
depósito sito en la calle Salguero N° 3451/57 de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires perteneciente a este Ministerio; para los renglones 1 y 2
por el término de tres (3) meses con opción a prórroga por parte de
este Organismo por igual período o por períodos parciales de un (1) mes
cada uno y para los renglones 3 y 4 por un período de tres (3) meses o
hasta agotar el total de las jornadas y/u horas extras adjudicadas, lo
que ocurra en primer término, con opción a prórroga por parte de este
Organismo por un período similar al originalmente contratado,
solicitado por la Coordinación de Monitoreo de Depósitos.
ARTICULO 2° — Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares,
elaborado por la Dirección de Patrimonio y Suministros en un todo de
acuerdo con la Coordinación de Monitoreo de Depósitos, para la
contratación autorizada en el Artículo precedente, que integra la
presente como Anexo.
ARTICULO 3° — Apruébase la Contratación Directa N° 335/2014, conforme
las pautas detalladas en los Artículos 1° y 2° de la presente.
ARTICULO 4° — Adjudícase en la Contratación Directa N° 335/2014 al
efector social COOPERATIVA DE TRABAJO EL OESTE LIMITADA, para la
realización del servicio detallado en el Artículo 1° de la presente,
hasta la suma de PESOS UN MILLON NOVECIENTOS DIECISEIS MIL CIENTO
OCHENTA Y DOS CON OCHENTA CENTAVOS ($ 1.916.182,80.-).
ARTICULO 5° — Atiéndase la erogación que asciende a la suma total de
PESOS UN MILLON NOVECIENTOS DIECISEIS MIL CIENTO OCHENTA Y DOS CON
OCHENTA CENTAVOS ($ 1.916.182,80.-), con cargo a los créditos del
Presupuesto de este Ministerio para los ejercicios que correspondan.
ARTICULO 6° — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros a emitir la respectiva Orden de Compra.
ARTICULO 7° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección
Nacional del Registro Oficial y archívese. — Cdor. CARLOS D.
CASTAGNETO, Secretario de Coordinación y Monitoreo Institucional,
Ministerio de Desarrollo Social.
Expte. N° E-51728-2014
Contratación Directa N° 335/2014
OBJETO: Contratación de un Servicio de carga y descarga con el efector
social Cooperativa de Trabajo El Oeste Ltda, según los artículos 19, 29
y 146 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios y art. 25
inciso d) apartado 10 del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios.
LUGAR Y FECHA DE APERTURA: Av. 9 de Julio 1925 - Piso 19° - DIRECCION
DE PATRIMONIO Y SUMINISTROS - C.A.B.A. el día 04/09/2014 a las 18:00 hs.
SOLICITADO POR: COORDINACION DE MONITOREO DE DEPOSITOS.
PLAZO DE ENTREGA: Según pliego.
LUGAR DE ENTREGA: Según pliego.
Marco Legal: Decreto N° 1023/2001 y modificatorios.
Decreto N° 893/2012 y modificatorios.
CONDICIONES GENERALES:
1 - Responsabilidad del Adjudicatario:
1 El adjudicatario será responsable de los daños y/o perjuicios que por
causas imputables a él o a sus dependientes y en ocasión de las tareas,
pudieran sufrir los bienes de este Ministerio, el personal de la misma
y sus bienes y/o terceros y sus bienes.
Asimismo será responsable por la desaparición, robo, hurto y daños
intencionales y/o accidentales a objetos del Ministerio y/o su
personal, como así también por los hechos que dañen al edificio y/o a
las instalaciones en sí, en el período de prestación del servicio.
El Oferente asume la responsabilidad de su personal y se obliga a
reparar y/o reponer todo elemento de propiedad de este Ministerio que
resultara dañado o destruido por acción u omisión de su personal,
durante su permanencia en ésta.
Este Organismo no admitirá interrupción alguna por vacaciones u otras
causas, debiéndose realizar la atención del mismo en forma permanente.
De suscitarse huelgas y/o conflictos parciales o totales, o cualquier
otra situación con el personal empleado por el Adjudicatario, será
obligación de éste procurar una solución en un plazo no mayor de
CUARENTA Y OCHO (48) horas, a partir del momento en que este organismo
labre un acta, para documentar la situación creada, en caso contrario
se podrá decidir, por ese solo hecho, la rescisión del contrato.
El personal empleado por el proveedor no tendrá ningún tipo de relación de dependencia con el Organismo contratante.
El personal afectado, será provisto con elementos de seguridad personal
(cascos, guantes, botas, máscaras, anteojos, cinturones, etc.).
Asimismo, se deberán instalar los elementos de seguridad colectiva
(matafuegos, disyuntores, botiquín, señalización, etc.) que por su
índole correspondan, siendo responsable la cooperativa de los
accidentes ocasionales o agravados por la falta o mal uso de los
elementos arriba indicados.
El adjudicatario no podrá emplear menores de DIECIOCHO (18) años para la realización del trabajo.
Queda bajo la exclusiva responsabilidad del Adjudicatario todo
accidente de trabajo que involucre a su personal o a terceros,
vinculados con la prestación del servicio, como así mismo del
cumplimiento de todas las obligaciones determinadas por las leyes
laborales sin excepción.
1.2.- Documentación complementaria a ser presentada por el adjudicatario.
• Seguros: Dentro de los cinco (5) días hábiles de Notificada la Orden
de Compra, el adjudicatario deberá presentar las pólizas de seguros,
que se detallan a continuación:
• Seguro del personal del Adjudicatario:
Deberá cumplimentar todas las obligaciones que le competen, encontrarse
regularizado en materia de leyes tributarias, normas de facturación,
leyes previsionales, de empleo y cargas sociales, vigentes a la fecha
de presentación de las ofertas.
El adjudicatario deberá presentar el comprobante correspondiente al
seguro contratado de Accidentes Personales que cubra a la totalidad del
personal interviniente. Los costos que ello demande, deberán estar
cubiertos por el adjudicatario.
• Seguro de Responsabilidad Civil:
Será también obligatoria para el Adjudicatario la contratación de un
seguro, que cubra los daños a terceros que pudieran tener lugar con
motivo o en ocasión de la realización de las tareas.
Las pólizas correspondientes deberán ser presentadas previas al
comienzo de los trabajos y serán extendidas a favor del Ministerio de
Desarrollo Social de la Nación. Serán exhibidas debidamente
actualizadas, en oportunidad de cada certificación de tareas.
• Requisitos de los Seguros contratados:
El Adjudicatario observará los siguientes requisitos en lo relativo a la totalidad de los seguros a contratarse:
1. Las pólizas deberán tener una vigencia temporal igual a la duración
del contrato, debiéndose contratar las mismas en compañías de seguros
de reconocida responsabilidad a satisfacción del Ministerio Nacional.
2. Todas las pólizas de seguros y comprobantes de pago, serán
entregadas en la Coordinación de Monitoreo de Depósitos, sita en Av. 9
de Julio N° 1.925 18° Piso, C.A.B.A., antes de la iniciación de los
servicios, debidamente endosadas reservándose el Ministerio Nacional el
derecho a su verificación.
3. Los comprobantes de pago de los seguros antes mencionados serán
entregados mensualmente junto a la facturación y los remitos
correspondientes. No se liberará al Adjudicatario el pago de ninguna
factura, si no se reciben los seguros correspondientes y los recibos de
pago oficiales extendidos por las compañías aseguradoras.
4. No se admitirán autoasegurados.
5. No se admitirán seguros con franquicias.
1.3 - Rescisión del contrato.
El Comitente tendrá derecho a rescindir el Contrato en los siguientes casos:
a) Si la Cooperativa no diera comienzo a los trabajos dentro del plazo fijado a tal efecto.
b) Por faltas reiteradas al cumplimiento de las órdenes emanadas del Departamento de Servicios Generales.
c) Por interrupción o abandono sin causa justificada por un plazo mayor
de TRES (3) días consecutivos en tres ocasiones, o cuando el abandono o
interrupción sean continuados por el término de DIEZ (10) días corridos.
d) Por cualquier infracción a las Leyes de trabajo.
e) Cuando cediese el contrato en todo o en parte o subcontratase sin consentimiento del Comitente.
f) Por incumplimiento de la entrega de las pólizas de seguros por
accidentes personales, y de terceros y/o a sus bienes oportunamente
especificada, en los términos del Punto 1.2.
1.4 - Organización de higiene y seguridad en el trabajo.
El objetivo de este rubro tiene como misión fundamental determinar,
promover y mantener adecuadas condiciones ambientales en los lugares de
trabajo, y el más alto nivel de seguridad para el personal propio de la
Cooperativa, del Ministerio o terceros.
Para el cumplimiento de este objetivo la Cooperativa deberá ajustarse a
lo que en la materia dispone la Ley Nacional 19587/72, su Decreto
Reglamentario 351/79, la Resolución 1069/91 y demás disposiciones que
resulten aplicables.
Asimismo cumplirá con las pautas y normas internas de seguridad del
Ministerio de Desarrollo Social con el fin de asegurar la protección y
bienestar del personal y de los trabajadores.
Legislación de aplicación:
Para la organización de la seguridad de los trabajos se tendrá en cuenta la siguiente legislación:
• Ley Nacional 24028 de Accidentes de Trabajo.
• Ley Nacional 19587 de Higiene y Seguridad en el Trabajo.
• Decreto 911/96.
CLAUSULAS PARTICULARES:
Artículo 1°.- Presentación de la oferta - Obligaciones del oferente.
La oferta económica se deberá presentar por duplicado, no así la
documentación requerida. Deberá estar firmada en todas sus hojas y
podrá presentarse hasta el día y hora indicada, en un sobre cerrado;
con identificación de la presente contratación y del oferente.
1.1. Contenido de la oferta: Documentación a presentar junto con la oferta y formando parte de la misma:
a) Copia certificada del Estatuto o Acto Administrativo que acredite su
existencia como Cooperativa y nómina actual de autoridades. También
deberá adjuntarse documentación que acredite la representación legal
del firmante de la oferta (copia certificada de acta de designación de
autoridades o poder suficiente).
b) Documentación que acredite su inscripción en el REGISTRO NACIONAL DE EFECTORES.
c) Constancia de Inscripción al Sistema de Proveedores (SIPRO).
d) Constancia de Inscripción ante la AFIP.
e) Domicilio Especial: Es requisito imprescindible constituir domicilio
especial, correo electrónico y fax donde serán válidas todas las
comunicaciones que se cursen.
Artículo 2°.- Forma de cotización.
• Renglón N° 1 y 2: Precio por servicio mensual y total por la duración del contrato.
• Renglón N° 3: Precio por UNA (1) Jornada Extra de una (1) persona.
• Renglón N° 4: Precio por UNA (1) Hora Extra de una (1) persona.
El Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, no reconocerá ningún
adicional, ni gasto que no haya sido debidamente explicitado en su
oferta.
Artículo 3°.- Plazo de mantenimiento de oferta.
SESENTA (60) días a partir del día siguiente a la apertura de las
ofertas; dicho plazo será prorrogado automáticamente por sucesivos
lapsos iguales al inicial, salvo que el oferente manifestara en forma
fehaciente su voluntad de no renovar la oferta con una antelación
mínima de DIEZ (10) días al vencimiento del plazo; los cuales se
computarán en días hábiles administrativos.
Artículo 4°.- Plazo de inicio del servicio.
Dentro de los Cinco (5) días corridos de la notificación fehaciente de
la Orden de Compra se elaborará el Acta de Inicio de los Servicios.
Artículo 5°.- Vigencia del Contrato
Para los Renglones N° 1 y 2: TRES (3) MESES, contados a partir de la
entrada en vigencia establecida en el artículo 4°, con opción a
prórroga por igual período o por períodos parciales de un mes cada uno.
Para los Renglones N° 3 y 4: La vigencia del Contrato será de TRES (3)
MESES o hasta agotar el total de las jornadas y/u Horas Extras
adjudicadas, lo que ocurra en primer término, contados a partir de la
entrada en vigencia establecida en el artículo 4°, con opción a
prórroga por un período similar al originalmente contratado.
Artículo 6°.- Visita al edificio.
Es condición del llamado la visita del proponente al predio para
interiorizarse del lugar donde se ejecutarán las tareas, como también
todo cuanto pueda influir en el justo precio de los trabajos. El
oferente deberá efectuar la VISITA OBLIGATORIA al depósito, para lo
cual se presentará en el horario de 10 a 16 hs; previa coordinación con
la Coordinación de Monitoreo de Depósitos.
Artículo 7°.- Lugar de prestación del servicio.
Los Servicios se prestarán en el Depósito Salguero, ubicado en la calle
Salguero N° 3451 y N° 3547 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 8°.- Consultas.
Las mismas se podrán efectuar telefónicamente a Coordinación de
Monitoreo de Depósitos, Sr. Pablo A. Berardi, al teléfono 4379-3823, a
efectos de ser evacuadas.
Artículo 9°.- Recepción Provisoria.
El procedimiento a utilizar para certificar las recepciones parciales
de las tareas realizadas será el siguiente: Cada 30 días corridos o
períodos mensuales, la Cooperativa presentará las constancias que
acrediten el efectivo cumplimiento de los servicios de conformidad a la
descripción de tareas (Anexo A), en los términos y condiciones
establecidos en el presente Pliego.
La COORDINACION DE MONITOREO DE DEPOSITOS certificará su cumplimiento.
No se realizarán certificaciones parciales inferiores a los plazos establecidos en el primer párrafo del presente.
Con dicha certificación la Cooperativa quedará habilitada a facturar de acuerdo a lo indicado en Artículo 13.
Artículo 10°.- Recepción Definitiva.
La Comisión de Recepción Definitiva del Ministerio de Desarrollo Social
de la Nación, encargado de prestar la conformidad efectiva del
servicio, otorgará la recepción definitiva en un plazo de DIEZ (10)
días hábiles de producida la recepción provisoria establecida en el
Artículo 9, que estará a cargo de la Coordinación de Monitoreo de
Depósitos, Unidad requirente de la presente contratación, dentro del
plazo de cumplimiento del servicio previsto en el presente Pliego.
Artículo 11°.- Facultad de la Administración.
Este Organismo podrá dejar sin efecto el procedimiento de la
contratación en cualquier momento anterior al perfeccionamiento del
contrato, sin lugar a indemnización alguna a favor de los interesados u
oferentes.
El Ministerio de Desarrollo Social de la Nación tiene la facultad de
aumentar o disminuir el monto total del contrato, en las condiciones y
precios pactados, según lo establecido en el Artículo N° 124 del Anexo
al Decreto 893/2012 y modificatorios.
Artículo 12°.- Cesión o Transferencia de la Orden de Compra.
Conforme surge de la especial naturaleza del proyecto que compone el
presente llamado, el adjudicatario no podrá vender, ceder o de
cualquier forma transferir parte alguna o la totalidad de la Orden de
Compra resultante. Si así lo hiciere, se podrá dar por rescindido de
pleno derecho con culpa del proveedor.
Artículo 13°.- Facturación y forma de pago.
13.1. Lugar de presentación de las facturas: Las facturas deberán
presentarse, una vez recibida la recepción provisional, en la Mesa de
Entradas del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, ubicada en
planta baja del edificio sito en Av. 9 de Julio 1.925 - C.A.B.A.
13.2. Forma de presentación: Se indicará en cada factura:
a) Número y fecha de la Orden de Compra;
b) Número del expediente por el que tramitará la contratación;
c) Número y fecha de los remitos o certificados de cumplimiento del servicio, y agregado de los mismos, debidamente conformados;
d) Número, especificación e importe de cada renglón facturado;
e) Importe total bruto de la factura;
f) Monto y tipo de descuentos, de corresponder;
g) Importe neto de la factura;
h) Denominación del Organismo: Ministerio de Desarrollo Social de la Nación.
i) C.U.I.T. N°:
13.3. Forma de pago: Se efectuará del siguiente modo:
• Para los Renglones N° 1 y 2 se abonarán TRES (3) pagos iguales,
mensuales y consecutivos que coincidirán con las certificaciones de
servicios establecidas en el Artículo 9 de estas cláusulas. Cada
factura se liquidará cuando la Dirección de Programación y Ejecución
Presupuestaria incorpore el Acta emitida por la Comisión de Recepción
Definitiva.
• Para el Renglón N° 3: Sólo se abonarán las jornadas efectivamente
utilizadas durante el mes, certificadas por la Coordinación de
Monitoreo de Depósitos.
• Para el Renglón N° 4: Sólo se abonarán las horas extras efectivamente
utilizadas durante el mes, certificadas por la Coordinación de
Monitoreo de Depósitos.
13.4. Información de cuenta bancaria - Alta de beneficiario: A los
efectos de percibir el pago por los servicios prestados deberán
informar su número de cuenta bancaria en moneda nacional, debiendo el
adjudicatario concurrir a este Ministerio Nacional, Dpto. Contabilidad,
Av. 9 de Julio N° 1.925 18° Piso C.A.B.A., Tel.: 4379-3613 en el
horario de 9:00 a 17:00 hs. con el fin de obtener el Alta de
Beneficiario. En caso de poseer número de Alta de beneficiario
presentado ante otros Organismos, deberá adjuntar fotocopia de C.U.I.T.
13.5. Moneda de pago: La moneda de pago será la de curso legal en el país.
ANEXO A
ESPECIFICACIONES TECNICAS PARA EL SERVICIO DE CARGA Y DESCARGA
1- OBJETO
El presente proyecto de pliego tiene por objeto contratar un servicio
integral de carga y descarga a ser implementado en el depósito de la
calle Salguero dependiente de este Ministerio de Desarrollo Social de
la Nación. El servicio comprende dos turnos de trabajo por día, de
Lunes a Viernes y tareas adicionales a desarrollar no contempladas en
los horarios antes mencionados. Por un período de tres meses, con
opción a prórroga por un período similar, o parciales mensuales.
Todo el personal que preste el servicio por cuenta de la Cooperativa,
podrá ser requerido para el desarrollo de tareas generales varias
vinculadas con la actividad principal del servicio, dentro del Depósito.
La persona que tenga a cargo la supervisión del grupo, será la
encargada de que el servicio se cumpla en un todo de acuerdo a lo
establecido en el presente Pliego, y será el nexo con el encargado del
Depósito.
El personal mínimo, para los Renglones N° 1 y 2, será de TREINTA (30)
personas por turno, que deberán prestar servicio en los horarios ya
establecidos. Para las tareas no programadas contempladas en los
Renglones N° 3 y 4, el horario y la cantidad de personas serán
solicitados por la Coordinación de Monitoreo de Depósitos con una
anterioridad de 48 Horas.
El personal llevará a cabo la ejecución de tareas de carga y descarga,
y las diversas tareas conexas que resulten necesarias para el
cumplimiento del objeto de la presente contratación.
El control de asistencia correrá por exclusiva cuenta de la cooperativa
adjudicataria, no aceptándose incumplimientos que disminuyan el total
consignado por turno.
La ausencia del personal requerido será sancionada con una multa
equivalente al doble del descuento que genera dicha inasistencia.
La multa establecida precedentemente se deducirá de la factura correspondiente al mes en el que se produjo la falta.
4 - TAREAS A DESARROLLAR
Los servicios a realizar incluyen la carga a los camiones u otro
vehículo que el Ministerio disponga, de mercaderías varias que se
encuentran estibadas en el depósito citado, como asimismo la descarga
de mercaderías desde los camiones u otros vehículos que reciba el
Ministerio.
El servicio integral comprende además:
a. La realización de tareas de carga y descarga sobre el camión.
b. La limpieza y retiro de residuos provenientes del movimiento de carga y descarga.
c. El recaudo necesario para mantener la seguridad e higiene del interior del depósito.
d. Todas aquellas actividades que sean necesarias a fin de dar cumplimiento al objeto principal de la presente contratación.
5 - PERSONAL
Previo al inicio de la prestación del servicio la adjudicataria, deberá
presentar a la Coordinación de Monitoreo de Depósitos la lista completa
del personal de la Cooperativa que trabajará en la prestación del
servicio para los renglones N° 1 y 2, con nombres y apellidos, N° de
documento y turno.
El personal dependerá en forma exclusiva del adjudicatario, el cual
deberá cumplir estrictamente las normas relativas al Registro de
Efectores de este Ministerio y demás leyes aplicables vigentes.
6 - INDUMENTARIA
La totalidad del personal deberá tener la vestimenta y el calzado
apropiado para la correcta y segura realización de las tareas. Deberá
incluirse la identificación de la cooperativa adjudicataria a la vista.
7 - REQUISA DE PERTENENCIAS DEL PERSONAL
En virtud de salvaguardar la seguridad en los diferentes inmuebles, el
MINISTERIO se reserva el derecho de proceder a requisar las
pertenencias del personal de mantenimiento actuante, con el fin de
evitar el ingreso de elementos inapropiados o la permanencia en el
interior del inmueble de elementos olvidados que podrían ocasionar
situaciones de riesgo.
e. 12/11/2014 N° 88135/14 v. 12/11/2014