ANEXO del punto 23.2.1
(Anexo incorporado por art. 3° de la Resolución N° 556/2022 de la Superintendencia de Seguros de la Nación B.O. 28/7/2022.)
(Nota Infoleg: por art. 9° de la de la Resolución
N° 51/2023
de la
Superintendencia de Seguros de la Nación B.O. 31/01/2023 se instruye a
la Gerencia Técnica y Normativa a la adecuación del presente Anexo,
incorporando la referencia correspondiente a las "Pautas Mínimas para
la Nota Técnica de la Cláusula Adicional de Pérdida de Ingresos", cuyos
lineamientos se autorizan mediante el artículo 3° de la norma de
referencia)