ANEXO del punto 23.2.1

(Anexo incorporado por art. 3° de la Resolución N° 556/2022 de la Superintendencia de Seguros de la Nación B.O. 28/7/2022.)


(Nota Infoleg: por art. 9° de la de la Resolución N° 51/2023 de la Superintendencia de Seguros de la Nación B.O. 31/01/2023 se instruye a la Gerencia Técnica y Normativa a la adecuación del presente Anexo, incorporando la referencia correspondiente a las "Pautas Mínimas para la Nota Técnica de la Cláusula Adicional de Pérdida de Ingresos", cuyos lineamientos se autorizan mediante el artículo 3° de la norma de referencia)