ACUERDOS
Ley 27.000
Acuerdo de Sede. Protocolo Modificatorio. Aprobación.
Sancionada: Octubre 22 de 2014
Promulgada de Hecho: Noviembre 7 de 2014
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de
Ley:
ARTICULO 1° — Apruébanse el ACUERDO DE SEDE ENTRE LA REPUBLICA
ARGENTINA Y LA COMISION TRINACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LA CUENCA DEL
RIO PILCOMAYO, suscripto en Buenos Aires, el 12 de junio de 2008, que
consta de DIECISEIS (16) artículos, cuya fotocopia autenticada forma
parte de la presente ley, y el PROTOCOLO MODIFICATORIO AL “ACUERDO DE
SEDE ENTRE LA REPUBLICA ARGENTINA Y LA COMISION TRINACIONAL PARA EL
DESARROLLO DE LA CUENCA DEL RIO PILCOMAYO”, suscripto en Buenos Aires,
el 24 de noviembre de 2009, y en Santa Cruz de la Sierra —ESTADO
PLURINACIONAL DE BOLIVIA—, el 14 de diciembre de 2009, que consta de
DOS (2) artículos, cuya fotocopia autenticada forma parte de la
presente ley.
ARTICULO 2° — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A
LOS VEINTIDOS DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL CATORCE.
— REGISTRADO BAJO EL Nº 27.000 —
AMADO BOUDOU. — NORMA A. ABDALA DE MATARAZZO. — Lucas Chedrese. — Juan H. Estrada.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Ley se publican en la
edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
(Nota Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraidos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)