MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Decreto 2096/2014
Danse por prorrogadas designaciones.
Bs. As., 12/11/2014
VISTO el Expediente N° 1.547.547/13 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, las Leyes Nros. 26.784 y 26.895,
los Decretos Nros. 357 del 21 de febrero de 2002, 491 del 12 de marzo
de 2002, 1.140 del 28 de junio de 2002, 195 del 21 de febrero de 2006,
287 del 13 de marzo de 2006, 484 del 20 de abril de 2006, 1.664 del 15
de noviembre de 2006, 1.729 del 28 de noviembre de 2006, 623 del 28 de
mayo de 2007, 534 del 31 de marzo de 2008, 881 del 29 de mayo de 2008,
1.876 del 11 de noviembre de 2008, 2.098 del 3 de diciembre de 2008 y
sus modificatorios, 2.205 del 22 de diciembre de 2008, 370 del 22 de
abril de 2009, 945 del 22 de julio de 2009, 1.304 del 17 de septiembre
de 2009, 1.773 del 16 de noviembre de 2009, 454 del 5 de abril de 2010,
793 del 7 de junio de 2010, 1.719 del 24 de octubre de 2011, 1.745 del
31 de octubre de 2011, 1.763 del 31 de octubre de 2011, 540 del 17 de
abril de 2012, 570 del 23 de abril de 2012, 671 del 4 de mayo de 2012,
737 del 14 de mayo de 2012, 738 del 14 de mayo de 2012, 1.334 del 1° de
agosto de 2012, 1.602 del 4 de septiembre de 2012, 1.890 del 5 de
octubre de 2012, 1.979 del 19 de octubre de 2012, 2.020 del 23 de
octubre de 2012, 2.021 del 23 de octubre de 2012, 2.702 del 28 de
diciembre de 2012, 2.703 del 28 de diciembre de 2012, la Decisión
Administrativa N° 917 del 28 de diciembre de 2010 y sus modificatorias,
las Resoluciones Conjuntas de la entonces SECRETARIA DE GABINETE de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y de la SECRETARIA DE HACIENDA del
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS Nros. 4 y 89 del 31 de marzo
de 2011, 10 y 96 del 4 de abril de 2011, 11 y 110 del 8 de abril de
2011, 28 y 140 del 5 de mayo de 2011, y 309 y 249 del 31 de agosto de
2012, la Resolución de la entonces SECRETARIA DE GABINETE de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 27 del 5 de mayo de 2011, la
Resolución Conjunta de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION
ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y de la
SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
Nros. 103 y 75 del 4 de abril de 2014, las Resoluciones del MINISTERIO
DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nros. 566 del 30 de junio de 2009
y 260 del 18 de marzo de 2011 y sus modificatorias, 1.279 del 24 de
octubre de 2011, 99 del 27 de enero de 2012 y sus modificatorias, y 100
del 27 de enero de 2012 y su modificatoria, y
CONSIDERANDO:
Que por las Leyes Nros. 26.784 y 26.895 se aprobaron los Presupuestos
Generales de la Administración Nacional para el Ejercicio 2013 y 2014,
respectivamente.
Que por el Decreto N° 491 del 12 de marzo de 2002 se estableció, en su
parte pertinente, que toda designación, asignación de funciones,
promoción y reincorporación de personal, en el ámbito de la
Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de
planta permanente y no permanente, incluyendo en estos últimos al
personal transitorio y contratado, cualquiera fuere su modalidad y
fuente de financiamiento será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL
a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.
Que por el Decreto N° 1.140 del 28 de junio de 2002 se facultó a los
Titulares de las jurisdicciones a solicitar al PODER EJECUTIVO NACIONAL
la cobertura transitoria de los cargos incluidos en el Nomenclador de
Funciones Ejecutivas del Sistema Nacional de la Profesión
Administrativa, (SINAPA).
Que mediante el Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002 se aprobó el
organigrama de aplicación de la Administración Nacional centralizada
hasta el nivel de Subsecretaría y los objetivos atribuidos a cada una
de las Unidades Organizativas allí previstas.
Que mediante Decisión Administrativa N° 917 del 28 de diciembre de 2010
y sus modificatorias, se aprobó la estructura organizativa de primer
nivel operativo del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.
Que por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL N° 260 del 18 de marzo de 2011 y su modificatoria, se aprobaron
las aperturas inferiores al primer nivel operativo de la estructura
organizativa del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.
Que mediante la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL N° 566 del 30 de junio de 2009 se aprobó la dotación
del citado Organismo conforme el detalle que como planilla anexa forma
parte integrante de la citada resolución.
Que por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL N° 1.279 del 24 de octubre de 2011 se estableció, entre otros
aspectos, la dotación de la Dirección General de Gestión de Recursos
Humanos.
Que mediante la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL N° 99 del 27 de enero de 2012 y sus modificatorias se
instituyó, entre otras cuestiones, la dotación de la SECRETARIA DE
TRABAJO de esa Cartera de Estado.
Que por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL N° 100 del 27 de enero de 2012 y su modificatoria, se
estableció, entre otros, la dotación de la SECRETARIA DE EMPLEO de esa
Cartera de Estado.
Que por la Resolución Conjunta de la entonces SECRETARIA DE GABINETE de
la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 10 y de la SECRETARIA DE
HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS N° 96 del 4 de
abril de 2011 se reasignaron en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas
las unidades organizativas pertenecientes al MINISTERIO DE TRABAJO,
EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, según el detalle obrante en el Anexo I que
forma parte integrante de la medida.
Que por las Resoluciones Conjuntas de la entonces SECRETARIA DE
GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y de la SECRETARIA DE
HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS Nros. 11 y 110
del 8 de abril de 2011, y 28 y 140 del 5 de mayo de 2011, se
incorporaron al Nomenclador de Funciones Ejecutivas las unidades
organizativas, pertenecientes al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL, según el detalle obrante en el Anexo I que forma
parte integrante de las citadas resoluciones conjuntas, y se
homologaron y reasignaron en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas las
unidades pertenecientes a esa Cartera de Estado, según el detalle
obrante en el Anexo II de dichas medidas.
Que por las Resoluciones Conjuntas de la entonces SECRETARIA DE
GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y de la SECRETARIA DE
HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS Nros. 4 y 89
del 31 de marzo de 2011, y 309 y 249 del 31 de agosto de 2012, se
incorporaron en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas las unidades
organizativas pertenecientes al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL, según el detalle obrante en el Anexo I que forma
parte integrante de las citadas resoluciones conjuntas.
Que por la Resolución de la entonces SECRETARIA DE GABINETE de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 27 del 5 de mayo de 2011 se
ratificaron en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas las unidades
organizativas correspondientes al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL, según el detalle obrante en el Anexo I, que forma
parte integrante de la citada medida.
Que por la Resolución Conjunta de la SECRETARIA DE GABINETE Y
COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y
de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
PUBLICAS Nros. 103 y 75 del 4 de abril de 2014, se reasignaron en el
Nomenclador de Funciones Ejecutivas los cargos pertenecientes al
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL entre los cuales se
encuentra la Dirección de Estudios y Coordinación Macroeconómicos
dependiente de la SUBSECRETARIA DE PROGRAMACION TECNICA Y ESTUDIOS
LABORALES con Función Ejecutiva de Nivel II.
Que mediante los Decretos Nros. 195 del 21 de febrero de 2006, 287 del
13 de marzo de 2006, 484 del 20 de abril de 2006, 1.664 del 15 de
noviembre de 2006, 1.729 del 28 de noviembre de 2006, 623 del 28 de
mayo de 2007, 534 del 31 de marzo de 2008, 881 del 29 de mayo de 2008,
1.876 del 11 de noviembre de 2008, 2.205 del 22 de diciembre de 2008,
370 del 22 de abril de 2009, 945 del 22 de julio de 2009, 1.304 del 17
de septiembre de 2009, 1.773 del 16 de noviembre de 2009, 545 del 5 de
abril de 2010, 793 del 7 de junio de 2010, 1.719 del 24 de octubre de
2011, 1.745 del 31 de octubre de 2011, 1.763 del 31 de octubre de 2011,
540 del 17 de abril de 2012, 671 del 4 de mayo de 2012, 1.334 del 1° de
agosto de 2012, 1.602 del 4 de septiembre de 2012, 1.890 del 5 de
octubre de 2012 y 2.020 del 23 de octubre de 2012, se designaron
transitoriamente, en el ámbito del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL, a los funcionarios mencionados en los Anexos I y II
que forman parte integrante de la presente medida.
Que por los Decretos Nros. 570 del 23 de abril de 2012, 737 del 14 de
mayo de 2012, 738 del 14 de mayo de 2012, 1.979 del 19 de octubre de
2012, 2.021 del 23 de octubre de 2012, 2.702 del 28 de diciembre de
2012 y 2.703 del 28 de diciembre de 2012 se prorrogaron, en el ámbito
del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL las designaciones
transitorias mencionadas en el considerando anterior de los
funcionarios involucrados en la presente medida.
Que transcurrido el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días establecido en
los decretos precitados y no habiéndose efectuado la correspondiente
convocatoria al proceso de selección, razones operativas hacen
necesario prorrogar por un término similar las designaciones
transitorias de los funcionarios mencionados en los Anexos l y II que
forman parte integrante de la presente medida.
Que por el Decreto N° 2.098 del 3 de diciembre de 2008 y sus
modificatorios; se homologó el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL
DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), concertado
entre el Estado Empleador y los Sectores Gremiales mediante el Acta
Acuerdo y su Anexo de fecha 5 de septiembre de 2008.
Que los cargos involucrados deberán ser cubiertos de conformidad con
los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido,
en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII; y IV del CONVENIO
COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por Decreto N° 2.098/08 y sus
modificatorios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles
contados a partir de la fecha del presente decreto.
Que los cargos aludidos no constituyen asignación de recurso extraordinario alguno para el ESTADO NACIONAL.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le
compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y de
conformidad con lo establecido en el artículo 1° del Decreto N° 491/02.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Danse por prorrogadas, desde las fechas de sus
respectivos vencimientos y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días
hábiles contados a partir del dictado de la presente medida, las
designaciones transitorias de los funcionarios que se consignan en el
Anexo I que forma parte integrante del presente, autorizándose el
correspondiente pago de las Funciones Ejecutivas conforme el detalle
obrante en el mismo, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP)
aprobado por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL homologado por
el Decreto N° 2.098/08 y sus modificatorios.
Art. 2° — Danse por prorrogadas, desde las fechas de sus respectivos
vencimientos y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles
contados a partir del dictado de la presente medida, las designaciones
transitorias de los funcionarios que se consignan en el Anexo II que
forma parte integrante del presente, autorizándose el correspondiente
pago de las Funciones Ejecutivas conforme el detalle obrante en el
mismo y con autorización excepcional por no reunir los requisitos
mínimos establecidos en el artículo 14 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO
PUBLICO (SINEP) aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial, homologado por el Decreto N° 2.098/08 y sus modificatorios.
Art. 3° — Los cargos involucrados deberán ser cubiertos de conformidad
con los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo
establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y
VIII; y IV del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL
SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por Decreto N°
2.098/08 y sus modificatorios, en el término de CIENTO OCHENTA (180)
días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida.
Art. 4° — El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto
será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto
vigente de la Jurisdicción 75 - MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL.
Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M.
Capitanich. — Carlos A. Tomada.
Anexo I
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Anexo II
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL