MINISTERIO DE SEGURIDAD
Decreto 2157/2014
Desígnase la Directora Nacional de Análisis Técnico y Lucha contra el Narcotráfico.
Bs. As., 17/11/2014
VISTO el Expediente N° 15.378/2014 del Registro del MINISTERIO DE
SEGURIDAD, la Ley N° 26.895, los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de
marzo de 2002, 601 de fecha 11 de abril de 2002, 2.098 de fecha 3 de
diciembre de 2008 y 328 de fecha 7 de marzo de 2012, la Decisión
Administrativa de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 214 del 1° de
abril de 2014 y la Resolución de la SECRETARIA DE GABINETE Y
COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N°
410 de fecha 4 de septiembre de 2014, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 26.895 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2014.
Que por el Artículo 7° de la citada ley se dispuso el congelamiento de
los cargos vacantes financiados, existentes a la fecha de sanción de la
misma en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional y
de los que se produzcan con posterioridad, salvo decisión fundada del
señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Que por el Artículo 10 de la referida ley se dispuso que las facultades
otorgadas al señor Jefe de Gabinete de Ministros, podrán ser asumidas
por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, en su carácter de responsable político
de la Administración General del país y en función de lo dispuesto por
el Inciso 10 del Artículo 99 de la CONSTITUCION NACIONAL.
Que por el Decreto N° 328/12 se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE SEGURIDAD.
Que por el Artículo 2° de la Decisión Administrativa citada en el Visto
se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo de la
SUBSECRETARIA DE LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO dependiente de la
SECRETARIA DE SEGURIDAD del MINISTERIO DE SEGURIDAD.
Que por el Artículo 1° de la Resolución mencionada en el Visto, se
homologó en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas el cargo de Director
Nacional de Análisis Técnico y Lucha contra el Narcotráfico dependiente
de la SUBSECRETARIA DE LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO de la SECRETARIA DE
SEGURIDAD del MINISTERIO DE SEGURIDAD.
Que en el ámbito del MINISTERIO DE SEGURIDAD se encuentra vacante el
cargo antes indicado, resultando indispensable proceder a su cobertura
transitoria de manera inmediata, a fin de cumplir en tiempo y forma las
exigencias del servicio.
Que por el Decreto N° 2.098/08, se homologó el Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO
(SI.N.E.P.).
Que el cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y
sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente,
en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por Decreto N° 2.098/08, dentro
del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la
fecha de la presente medida.
Que la Licenciada Doña María Julia CORDERO reúne los conocimientos,
experiencia e idoneidad necesarios para el desempeño del cargo, no
obstante corresponde aprobar su designación con autorización
excepcional por no reunir los requisitos mínimos de acceso al Nivel A,
establecidos en el Artículo 14 del Convenio citado precedentemente.
Que mediante el Decreto N° 491/02 se estableció, entre otros aspectos,
que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración
Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente
y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a
propuesta de la jurisdicción correspondiente.
Que el Decreto N° 601/02, en su Artículo 6°, establece que los
proyectos de decreto que propicien designaciones, contrataciones que no
impliquen renovación o prórroga y reincorporación de personal en el
ámbito de la Administración Pública Nacional deberán ser acompañados
por la documentación detallada en la Circular N° 4 de fecha 15 de marzo
de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que se ha dado cumplimiento a lo establecido en el referido Artículo 6°
del Decreto N° 601/02, reglamentario del Decreto N° 491/02.
Que la presente medida no implica un exceso en los créditos asignados ni constituye asignación de recurso extraordinario alguno.
Que la cobertura del cargo aludido cuenta con el financiamiento correspondiente.
Que ha tomado intervención la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS
dependiente de la SUBSECRETARIA DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE
SEGURIDAD.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
emergentes del Artículo 99, Inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, los
Artículos 7° y 10 de la Ley N° 26.895 y a tenor de lo dispuesto por el
Artículo 1° del Decreto N° 491/02.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Desígnase
transitoriamente, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles
contados a partir de la fecha de la presente medida, en UN (1) cargo
Nivel A - Grado 0, como Directora Nacional de Análisis Técnico y Lucha
contra el Narcotráfico dependiente de la SUBSECRETARIA DE LUCHA CONTRA
EL NARCOTRAFICO de la SECRETARIA DE SEGURIDAD del MINISTERIO DE
SEGURIDAD, a la Licenciada Doña María Julia CORDERO (D.N.I. N°
28.365.206), autorizándose el correspondiente pago de la Función
Ejecutiva Nivel I del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.),
aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por
Decreto N° 2.098/08, con carácter de excepción a lo dispuesto por el
Artículo 7° de la Ley N° 26.895 y con autorización excepcional por no
reunir los requisitos mínimos de acceso al Nivel A, establecidos en el
Artículo 14 del Convenio citado precedentemente.
Art. 2° — El cargo involucrado
deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección
vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II,
Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO
(SI.N.E.P.), homologado por Decreto N° 2.098/08, dentro del plazo de
CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la
presente medida.
Art. 3° — El gasto que demande
el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará con cargo a
las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 41
- MINISTERIO DE SEGURIDAD.
Art. 4° — Comuníquese,
publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — María C.
Rodríguez.