CONTRATOS
Decreto 2151/2014
Modelo de Contrato de Préstamo BID. Aprobación.
Bs. As., 17/11/2014
VISTO el Expediente N° S01:0158977/2014 del Registro del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, el Modelo de Contrato de Préstamo BID
AR-L1159, propuesto para ser suscripto entre la REPUBLICA ARGENTINA y
el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Modelo de Contrato de Préstamo BID AR-L1159, el BANCO
INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) se compromete a asistir
financieramente a la REPUBLICA ARGENTINA a fin de cooperar en la
ejecución del “Programa de Desarrollo Pesquero y Acuícola Sustentable”
por un monto de hasta DOLARES ESTADOUNIDENSES TREINTA MILLONES (U$S
30.000.000).
Que el objetivo general del Programa es contribuir a la gestión
sustentable del recurso pesquero en la REPUBLICA ARGENTINA, y
específicamente, (i) mejorar las capacidades de investigación,
planificación, administración, control y fiscalización de la gestión de
los recursos pesqueros marítimos con enfoque eco-sistémico; y (ii)
apoyar el desarrollo de la acuicultura.
Que para la ejecución del referido Programa se desarrollarán DOS (2)
componentes: (i) “Mejoramiento de la capacidad de gestión de los
recursos marítimos con enfoque eco-sistémico” y; (ii) “Apoyo al
desarrollo de la acuicultura”.
Que la ejecución del Programa y la utilización de los recursos de
financiamiento serán llevadas a cabo por el MINISTERIO DE AGRICULTURA,
GANADERIA Y PESCA a través de la Unidad para el Cambio Rural,
denominado en adelante “Organismo Ejecutor”.
Que la formalización de esta operación requiere que la REPUBLICA
ARGENTINA, en su carácter de Prestataria y por intermedio del
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, suscriba el Contrato de
Préstamo BID AR-L1159, así como toda otra documentación relacionada con
la operatoria de dicho préstamo.
Que en virtud de ello, corresponde facultar al señor Ministro de
Economía y Finanzas Públicas para que, en nombre y representación de la
REPUBLICA ARGENTINA, suscriba el Contrato de Préstamo BID AR-L1159 y
acuerde las modificaciones que sean convenientes para la ejecución del
“Programa de Desarrollo Pesquero y Acuícola Sustentable”, siempre y
cuando no constituyan cambios sustanciales al objeto y destino de los
fondos, ni deriven en un incremento de su monto o una alteración en el
procedimiento arbitral pactado.
Que las condiciones generales, los plazos de amortización, las tasas de
interés y demás cláusulas contenidas en el Modelo de Contrato de
Préstamo propuesto para ser suscripto son los usuales que se pactan en
este tipo de contratos y resultan adecuados a los propósitos y
objetivos a los que será destinado el mencionado Préstamo.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto por el
Artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL y el Artículo 53 de
la Ley N° 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014).
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Apruébase el
Modelo de Contrato de Préstamo BID AR-L1159 a celebrarse entre la
REPUBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), por
un monto de hasta DOLARES ESTADOUNIDENSES TREINTA MILLONES (U$S
30.000.000), destinado a financiar parcialmente el “Programa de
Desarrollo Pesquero y Acuícola Sustentable”, que consta de las
Estipulaciones Especiales integradas por SIETE (7) Capítulos, de las
Normas Generales integradas por DIEZ (10) Capítulos y UN (1) Anexo
Unico, cuyas copias autenticadas forman parte integrante del presente
decreto como Anexo I. Asimismo, forman parte integrante de la presente
medida, como Anexos II y III, las copias autenticadas de las “Políticas
para la Adquisición de Bienes y Obras Financiados por el Banco
Interamericano de Desarrollo” y las “Políticas para la Selección y
Contratación de Consultores Financiados por el Banco Interamericano de
Desarrollo”, respectivamente, ambas correspondientes a la edición del
mes de marzo de 2011.
Art. 2° — Facúltase al señor
Ministro de Economía y Finanzas Públicas, o al funcionario o
funcionarios que el mismo designe, a suscribir, en nombre y
representación de la REPUBLICA ARGENTINA, el Contrato de Préstamo BID
AR-L1159 y su documentación adicional, conforme al modelo que se
aprueba por el Artículo 1° del presente decreto.
Art. 3º — Facúltase al señor
Ministro de Economía y Finanzas Públicas, o al funcionario o
funcionarios que el mismo designe, a convenir y suscribir, en nombre y
representación de la REPUBLICA ARGENTINA, modificaciones al Contrato de
Préstamo BID AR-L1159, cuyo modelo se aprueba por el Artículo 1° de la
presente medida, siempre que las mismas no constituyan cambios
sustanciales en el objeto o destino de los fondos, ni deriven en un
incremento de su monto o introduzcan modificaciones al procedimiento
arbitral pactado.
Art. 4° — Desígnase al
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA a través de la Unidad para
el Cambio Rural, como “Organismo Ejecutor” del “Programa de Desarrollo
Pesquero y Acuícola Sustentable”, quedando facultado para realizar
todas las operaciones y contrataciones necesarias para la ejecución del
Programa, conforme las normas y procedimientos contenidos en el Modelo
de Contrato de Préstamo que se aprueba por el Artículo 1° de la
presente medida.
Art. 5° — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Axel
Kicillof. — Carlos H. Casamiquela.
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NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la
edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
(Nota Infoleg: Los
anexos referenciados en la presente norma han sido extraidos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)