ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS


Resolución 29/2014


Asunto: Recupero del control aduanero Paso Internacional Pircas Negras. Aduana de La Rioja.

Bs. As., 19/11/2014

VISTO la Actuación SIGEA Nº 12694-451-2014/1 del registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que en la Declaración Presidencial Conjunta del Seguimiento del Tratado de Maipú, realizado en la ciudad de Buenos Aires el 12 de mayo del corriente año, la Presidenta de la República Argentina y la Presidenta de la República de Chile convinieron —entre otros temas— el inicio de controles integrados de frontera en el Paso Internacional Pircas Negras, bajo la modalidad de control cabecera única en Argentina.

Que en la Reunión del XVII Comité de Integración de ATACALAR, llevada a cabo en la ciudad de La Rioja entre los días 21 y 22 de octubre del corriente, se acordó la implementación de los controles integrados a partir del 1 de diciembre del corriente año en el Paraje Barranca Blancas, sito a QUINCE (15) km del punto de frontera.

Que de conformidad a lo indicado en el Anexo I de la Resolución General Nº 2137 AFIP, el citado paso fronterizo, ubicado en jurisdicción de la Aduana de La Rioja, se encuentra habilitado para la atención del Régimen General de Equipaje, con control aduanero delegado en la Gendarmería Nacional Argentina.

Que la decisión de reasumir el control en el Paso Pircas Negras se basa fundamentalmente en la necesidad de optimizar las tareas operativas y de fiscalización propias del Organismo, con la efectiva presencia del Servicio Aduanero.

Que en base a las pruebas piloto realizadas durante el año 2013 y 2014, a los informes producidos por las áreas operativas, al Dictamen Nº 156/13 (DV JRCO) recaído en actuación SIGEA Nº 12717-2-2012/2 y al Dictamen Nº 140/14 (DV JRCO), se impone retomar el control aduanero del Régimen de Equipaje en el Paso Internacional Pircas Negras, actualmente delegado en Gendarmería Nacional Argentina.

Que en función a lo expuesto, corresponde impulsar la actualización de la Resolución General Nº 2137 AFIP, Anexo I.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 9°, apartado 2, incisos n) y p) del Decreto Nº 618 de fecha 10 de julio de 1997.

Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Retómese el control aduanero en el Paso Internacional Pircas Negras, en jurisdicción de la Dirección Regional Aduanera Córdoba, División Aduana de La Rioja.

ARTICULO 2° — Autorícese a la Dirección Regional Aduanera Córdoba y a la División Aduana de La Rioja a que adopten los recaudos pertinentes a fin de gestionar la asignación de los recursos humanos y materiales necesarios para el funcionamiento del citado paso fronterizo.

ARTICULO 3° — Establécese que por la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior se impulsará la actualización del Anexo l de la Resolución General Nº 2137 AFIP.

ARTICULO 4° — Regístrese, comuníquese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Notifíquese a Gendarmería Nacional Argentina, dependiente del Ministerio de Seguridad y a la Dirección de Asuntos Técnicos de Frontera del Ministerio del Interior y Transporte. Tome conocimiento la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior y la Dirección Regional Aduanera Córdoba. Remítanse los presentes a la Aduana de La Rioja para su conocimiento e implementación. — Cont. Púb. CARLOS ALBERTO SÁNCHEZ, Director General, Dirección General de Aduanas.

e. 26/11/2014 Nº 91766/14 v. 26/11/2014