AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL

Resolución 1320/2014

Bs. As., 19/11/2014

VISTO el Expediente Nº 2585/14 del registro de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 26.522 en su artículo 97 inciso f) establece que, de los fondos recaudados se destinará el DIEZ POR CIENTO (10%) para proyectos especiales de comunicación audiovisual y apoyo a servicios de comunicación audiovisual, comunitarios, de frontera, y de los Pueblos Originarios, con especial atención a la colaboración en los proyectos de digitalización.

Que conforme lo dispone la Ley Nº 26.522 constituye un objetivo específico de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL, diseñar e implementar políticas, normas, proyectos y obras que tengan por objeto apoyar las acciones encaminadas a desarrollar y utilizar tecnologías de la sociedad de la información para la conservación del acervo natural y cultural.

Que la reglamentación del artículo 97 dispuesta por el Decreto Nº 1225/2010 establece que la Autoridad de Aplicación tendrá a su cargo la administración y gestión de los fondos previstos en el inciso f) del artículo 97 de la Ley Nº 26.522, debiendo para su afectación proceder a la selección de proyectos por concurso, a cuyo fin constituirá un Comité de Evaluación el que invitará a participar a representantes del CONSEJO FEDERAL DE COMUNICACION AUDIOVISUAL.

Que el Directorio de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual, en el artículo 3° de su Resolución Nº 1048-AFSCA/2014 determinó la composición y funcionamiento del COMITE DE EVALUACION previsto en el artículo 97 inciso f) del Anexo I del Decreto Nº 1225/10, estableciendo que el mismo estará compuesto por CINCO (5) miembros, DOS (2) de los cuales serán propuestos por el CONSEJO FEDERAL DE COMUNICACION AUDIOVISUAL.

Que para aprobar los proyectos, el Comité de Evaluación deberá contar con la firma de al menos 3 (TRES) miembros, uno de los cuales debe representar el CONSEJO FEDERAL DE COMUNICACION AUDIOVISUAL.

Que el Comité de Evaluación podrá sesionar en una o más reuniones plenarias, siempre y cuando se cumpla el quórum establecido para ello.

Que las decisiones del Comité de Evaluación serán notificadas a la Autoridad Federal, mediante las Actas del Comité de Evaluación.

Que su conformación será comunicada públicamente en fecha previa al cierre de presentación de proyectos.

Que ningún miembro del Comité de Evaluación podrá integrar ni haber integrado en el último año (tomando como fecha de referencia el cierre de la presentación de los trabajos) los órganos administrativos de cualquiera de las entidades participantes del Concurso, ni mantener vínculos de consanguinidad o afinidad hasta segundo grado con personas que formen parte, o lo hayan hecho el último año (a partir de la fecha del cierre de la presentación de los trabajos), de los órganos de administración o fiscalización de cualquiera de las entidades participantes del Concurso. En caso de corroborarse el mencionado vínculo, la entidad resultará excluida del proceso de evaluación. Si esta situación fuera detectada luego de ser elegida ganadora, la entidad deberá devolver la totalidad del subsidio a la AFSCA, independientemente de que hubiese realizado o no las erogaciones correspondientes a la producción del proyecto.

Que a través de los expedientes Nº 1716-AFSCA/2013, Nº 2628-AFSCA/2013, Nº 143-AFSCA/2014, Nº 144-AFSCA/2014, Nº 145-AFSCA/2014, Nº 146-AFSCA/2014 y las Resoluciones Nº 1220-AFSCA/2013, Nº 854-AFSCA/2013, Nº 188-AFSCA/2014, Nº 189-AFSCA/2014, Nº 322-AFSCA/2014 y Nº 599-AFSCA/2014, el Directorio de la Autoridad Federal, encomendó al Presidente del Directorio la designación de los integrantes de los respectivos Comités de Evaluación de cada uno de los concursos convocados por las mencionadas resoluciones.

Que a los efectos de tornar más eficiente los procedimientos que devienen del normal desarrollo de los diferentes concursos, se hace necesario delegar en el Presidente del Directorio el nombramiento de los miembros del Comité de Evaluación del FOMECA.

Que, consiguientemente, corresponde el dictado del acto administrativo por el cual se complemente lo establecido en el artículo 3° de la Resolución Nº 1048-AFSCA/2014 en relación a la composición y funcionamiento del COMITE DE EVALUACION, encomendando al Presidente del Directorio la designación de los integrantes del COMITE DE EVALUACION para los concursos en curso y los nuevos llamados del FOMECA.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS Y REGULATORIOS ha tomado la intervención que le compete.

Que el Directorio de la AUTORIDAD FEDERAL acordó el dictado del presente acto administrativo, mediante la suscripción del acta correspondiente.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 12, inciso 1) de la Ley Nº 26.522.

Por ello,

EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Encomiéndase al Presidente del Directorio la designación de los integrantes del COMITE DE EVALUACION del FONDO DE FOMENTO CONCURSABLE PARA MEDIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL (FOMECA) convocados o que se convoquen.

ARTICULO 2° — Regístrese, comuníquese a la Dirección Nacional de Delegaciones, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, y cumplido, archívese. — MARTÍN SABBATELLA, Presidente del Directorio, Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual.

e. 26/11/2014 N° 92036/14 v. 26/11/2014