Secretaría de Transporte

TRANSPORTE POR AUTOMOTOR DE PASAJEROS


Resolución 1516/2014


Base Tarifaria de Aplicación. Aprobación.


Bs. As., 26/11/2014

VISTO el Expediente N° S02:0083479/2014 del Registro del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el artículo 6° del Decreto N° 2407 de fecha 26 de noviembre de 2002, se aprobaron las “NORMAS Y CARACTERISTICAS GENERALES RELATIVAS A LA RECATEGORIZACION DE LOS VEHICULOS Y A LA APLICACION DE BANDAS TARIFARIAS DE LOS SERVICIOS DE TRANSPORTE AUTOMOTOR DE PASAJEROS POR CARRETERA DE CARACTER INTERJURISDICCIONAL QUE SE DESARROLLA EN TODO EL TERRITORIO DE LA NACION” y se dispuso que la SECRETARIA DE TRANSPORTE entonces dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, en su carácter de Autoridad de Aplicación conforme lo estatuido en el Artículo 14 del Decreto N° 2407/02, puede modificar estas normas en el supuesto que fundadas razones de interés público lo requieran.

Que a través de las Resoluciones Nros. 608 de fecha 1° de agosto de 2006, 498 de fecha 21 de agosto de 2007 y 726 de fecha 26 de septiembre de 2008, todas ellas de la SECRETARIA DE TRANSPORTE, se estableció la aplicación de valores adicionales a la tarifa de referencia dispuesta por el artículo 7° del Anexo II del Decreto N° 2407/02.

Que mediante la Resolución N° 257 de fecha 24 de noviembre de 2009, modificada por las Resoluciones Nros. 181 de fecha 23 de agosto de 2010 y 976 de fecha 20 de diciembre de 2012, ambos de la SECRETARIA DE TRANSPORTE, en su Artículo 1°, se determinó que la Tarifa de Referencia prevista por el artículo 7° del Anexo II del Decreto N° 2407/2002 se calculará en función de la Base Tarifaria de Aplicación (BTA) que surja del tarifa media por kilómetro relevada conforme lo dispuesto en el ANEXO I de dicha norma.

Que asimismo, el artículo 2° de la Resolución N° 257 de fecha 24 de noviembre de 2009 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE y sus modificatorias, aprueba como metodología de cálculo para el relevamiento de las tarifas medias de los servicios de transporte automotor de pasajeros por carretera de carácter interjurisdiccional el procedimiento que como ANEXO II forma parte integrante de dicha norma.

Que asimismo, el artículo 3° de la norma citada, instruye a la SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE para que, trimestralmente y en concordancia con lo dispuesto en los artículos precedentes, proponga la Base Tarifaria de Aplicación (BTA) y eleve para intervención de esta autoridad el informe pertinente.

Que la ASOCIACION ARGENTINA DE EMPRESARIOS DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR (AAETA) mediante Nota de fecha 3 de noviembre de 2014, solicitó la actualización de la Base Tarifaria de Aplicación (BTA) conforme los procedimientos de la Resolución N° 257/09 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE.

Que asimismo, la CAMARA EMPRESARIA DE LARGA DISTANCIA (CELADI) y la CAMARA DE EMPRESARIOS DE AUTOTRANSPORTE DE PASAJEROS (CEAP), requirieron en forma conjunta mediante Nota de fecha 5 de noviembre de 2014, la modificación de la Base Tarifaria de Aplicación por considerarse cumplidas las condiciones establecidas por la Resolución N° 257/09 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE.

Que se han efectuado los relevamientos correspondientes constatándose que se han verificado los extremos establecidos por la Resolución N° 257/09 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE, a los fines de actualizar los valores tarifarios correspondientes.

Que mediante Nota de la SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, se elevó a consideración de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, propuesta de Base Tarifaria de Aplicación (BTA), la que este órgano comparte.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que el presente acto se emite en virtud de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 958/92 y el Decreto N° 2407/02.

Por ello,

EL SECRETARIO DE TRANSPORTE

RESUELVE:

Artículo 1° — Apruébase la actualización de la Base Tarifaria de Aplicación (BTA), en el marco de lo establecido por la Resolución N° 257/2009 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE, conforme el ANEXO I del presente acto.

Art. 2° — Comuníquese a la SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR, a la SUBSECRETARIA DE GESTION ADMINISTRATIVA y a la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE.

Art. 3° — La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día 1° de diciembre de 2014.

Art. 4° — Notifíquese a las ENTIDADES REPRESENTATIVAS DEL TRANSPORTE DE PASAJEROS POR AUTOMOTOR.

Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Alejandro Ramos.

ANEXO

CALCULO DE LA BASE TARIFARIA SEGUN RESOLUCION ST N° 257/091

Parámetro de cálculo

Base Tarifaria Media (BTM)0,6771 $ / Km.
Factor de Estacionalidad Fe21,1
Base Tarifaria Aplicación (BTA)0,74481 $ / Km.
Factores de variación
- Tarifa máxima1,10
- Tarifa mínima0,95

1 La Base Tarifaria estimada contiene los descuentos que pudieren corresponder de conformidad con lo dispuesto por la normativa aplicable.

2 Los factores de estacionalidad estimados para el año 2014 son: enero, febrero, marzo, julio y diciembre 1,10; abril, mayo, junio. Agosto, septiembre y octubre 1.05 y noviembre 1.