CONTRATOS
Decreto 2186/2014
Modelo de Contrato de Préstamo BID. Aprobación.
Bs. As., 19/11/2014
VISTO el Expediente N° S01:0204769/2014 del Registro del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, el Modelo de Contrato de Préstamo BID N°
3249/OC-AR, propuesto para ser suscripto entre la REPUBLICA ARGENTINA y
el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Modelo de Contrato de Préstamo BID N° 3249/OC-AR, el
BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) se compromete a asistir
financieramente a la REPUBLICA ARGENTINA a fin de cooperar en la
ejecución del “Programa de Gestión Integral de Residuos Sólidos
Urbanos” por un monto de hasta DOLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO CINCUENTA
MILLONES (U$S 150.000.000).
Que el Programa tiene como objetivo disminuir la disposición de
Residuos Sólidos Urbanos (RSU) en Basurales a Cielo Abierto (BCA) e
incrementar la disposición adecuada de los mismos en rellenos
sanitarios diseñados, construidos y operados adecuadamente en centros
urbanos y municipios turísticos.
Que el Programa financiará acciones e iniciativas de educación y
concientización, separación en origen, recolección, transporte,
transferencia, valorización, reciclaje y disposición final de RSU, y
saneamiento de BCA existentes orientadas a promover la gestión integral
de Residuos Sólidos (RS) y que beneficiarán a alrededor de NOVECIENTOS
SETENTA Y CINCO MIL (975.000) hogares con servicios mejorados de
recolección y disposición final.
Que para la ejecución del referido Programa se desarrollarán TRES (3)
componentes: (i) “Gestión Operativa”, (ii) “Infraestructura y
Equipamiento” y; (iii) “Gestión Ambiental y Social”.
Que la ejecución del Programa y la utilización de los recursos del
financiamiento serán llevadas a cabo por el Prestatario, por intermedio
de DOS (2) co-ejecutores: i) la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO
SUSTENTABLE dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS que
ejecutará el Subprograma I, dirigido a centros urbanos mayores a VEINTE
MIL (20.000) habitantes, con un costo de DOLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO
VEINTICINCO MILLONES (U$S 125.000.000); y ii) el MINISTERIO DE TURISMO
que ejecutará el Subprograma II, dirigido a municipios turísticos, con
un costo de DOLARES ESTADOUNIDENSES SESENTA Y DOS MILLONES QUINIENTOS
MIL (U$S 62.500.000), quienes a los fines de este Contrato serán
denominados como los “Organismos Ejecutores” y/o individualmente como
el “Organismo Ejecutor” en el marco del Subprograma de su competencia.
Que la formalización de esta operación requiere que la REPUBLICA
ARGENTINA, en su carácter de Prestataria y por intermedio del
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, suscriba el Contrato de
Préstamo BID N° 3249/OC-AR, así como toda otra documentación
relacionada con la operatoria de dicho préstamo.
Que en virtud de ello, corresponde facultar al señor Ministro de
Economía y Finanzas Públicas para que, en nombre y representación de la
REPUBLICA ARGENTINA, suscriba el Contrato de Préstamo BID N° 3249/OC-AR
y acuerde las modificaciones que sean convenientes para la ejecución
del “Programa de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos”, siempre
y cuando no constituyan cambios sustanciales al objeto y destino de los
fondos, ni deriven en un incremento de su monto o una alteración en el
procedimiento arbitral pactado.
Que las condiciones generales, los plazos de amortización, las tasas de
interés y demás cláusulas contenidas en el Modelo de Contrato de
Préstamo propuesto para ser suscripto son los usuales que se pactan en
este tipo de contratos y resultan adecuados a los propósitos y
objetivos a los que será destinado el mencionado Préstamo.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto por el
Artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL y el Artículo 53 de
la Ley N° 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014).
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Apruébase el
Modelo de Contrato de Préstamo BID N° 3249/OC-AR a celebrarse entre la
REPUBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), por
un monto de hasta DOLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO CINCUENTA MILLONES
(U$S 150.000.000), destinado a financiar parcialmente el “Programa de
Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos”, que consta de las
Estipulaciones Especiales integradas por SIETE (7) Capítulos, de las
Normas Generales integradas por DIEZ (10) Capítulos y UN (1) Anexo
Unico, cuyas copias autenticadas forman parte integrante del presente
decreto como Anexo I. Asimismo, forman parte integrante de la presente
medida, como Anexos II y III, las copias autenticadas de las “Políticas
para la Adquisición de Bienes y Obras Financiados por el Banco
Interamericano de Desarrollo” y las “Políticas para la Selección y
Contratación de Consultores Financiados por el Banco Interamericano de
Desarrollo”, respectivamente, ambas correspondientes a la edición del
mes de marzo de 2011.
Art. 2° — Facúltase al señor
Ministro de Economía y Finanzas Públicas, o al funcionario o
funcionarios que el mismo designe, a suscribir, en nombre y
representación de la REPUBLICA ARGENTINA, el Contrato de Préstamo BID
N° 3249/OC-AR y su documentación adicional, conforme al modelo que se
aprueba por el Artículo 1° del presente decreto.
Art. 3° — Facúltase al señor
Ministro de Economía y Finanzas Públicas, o al funcionario o
funcionarios que el mismo designe, a convenir y suscribir, en nombre y
representación de la REPUBLICA ARGENTINA, modificaciones al Contrato de
Préstamo BID N° 3249/OC-AR, cuyo modelo se aprueba por el Artículo 1°
de la presente medida, siempre que las mismas no constituyan cambios
sustanciales en el objeto o destino de los fondos, ni deriven en un
incremento de su monto o introduzcan modificaciones al procedimiento
arbitral pactado.
Art. 4° — Desígnase a la
SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE dependiente de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS como Organismo co-ejecutor del
Subprograma I y al MINISTERIO DE TURISMO como Organismo co-ejecutor del
Subprograma II, quedando facultados para realizar todas las operaciones
y contrataciones necesarias para la ejecución del Programa, conforme
las normas y procedimientos contenidos en el Modelo de Contrato de
Préstamo que se aprueba por el Artículo 1°.
Art. 5° — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Axel
Kicillof.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la
edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
(Nota Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraidos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)