CONTRATOS
Decisión Administrativa 1070/2014
Contrato de Asociación. Apruébase Adenda.
Bs. As., 3/12/2014
VISTO el Expediente N° CUDAP: EXP-JGM:0055856/2014 del Registro de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Decisión Administrativa N° 221 de
fecha 1 de septiembre de 2009 y su modificatoria, y
CONSIDERANDO:
Que mediante las actuaciones citadas en el Visto tramita el
requerimiento formulado por la ASOCIACION DEL FUTBOL ARGENTINO mediante
nota de fecha 26 de septiembre de 2014, relativo al aumento del Mínimo
Anual Garantizado previsto en el CONTRATO DE ASOCIACION celebrado entre
la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la ASOCIACION DEL FUTBOL
ARGENTINO (AFA) con fecha 20 de agosto de 2009.
Que por dicho Contrato la AFA cedió en forma exclusiva a la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS los derechos de explotación primarios y
secundarios, por sí o por terceros, por cualquier sistema o
procedimiento audiovisual en distintos formatos, de las imágenes y/o
sonidos obtenidos en ocasión y desarrollo de cada uno de los encuentros
de los torneos de fútbol de primera categoría organizados por la AFA,
para su transmisión en vivo y en directo y/o en diferido, en Capital
Federal, el interior y exterior del país, durante la vigencia de dicho
Acuerdo, a fin de permitir el acceso libre y gratuito por televisión
abierta en todo el territorio de la REPUBLICA ARGENTINA
Que por las Adendas suscriptas el 8 de enero y el 9 de abril de 2014,
respectivamente, se efectivizaron sendos adelantos a la AFA a cuenta
del Mínimo Anual Garantizado, cuya sumatoria alcanzó a PESOS DOSCIENTOS
VEINTE MILLONES ($ 220.000.000), correspondiendo a la primera de ellas
PESOS CIEN MILLONES ($ 100.000.000) y a la segunda PESOS CIENTO VEINTE
MILLONES ($ 120.000.000).
Que con fecha 26 de septiembre de 2014 la AFA planteó la necesidad de
un incremento del Mínimo Anual Garantizado, para lo cual invocó, como
dato orientativo, la evolución del Valor Básico de Referencia (VBR)
establecido en el contrato, así como del Indice de Precios Internos
Mayorista Nivel General - INDEC entre los años 2009 y 2014; los gastos
derivados de la sponsorización nacional de la Selección Argentina; los
incrementos de haberes de los jugadores y de los cuerpos técnicos; la
incorporación de clubes a la Primera División y la profesionalización
de la Primera C; y por el otro lado, el retraso de los valores de los
derechos de televisación; el costo del servicio adicional y de los
servicios extraordinarios de la Policía Federal Argentina; la evolución
salarial del personal nucleado en la Unión Trabajadores de Entidades
Deportivas y Civiles (UTEDYC), entre otros fundamentos.
Que mediante nota de fecha 14 de noviembre de 2014 la Secretaría de
Evaluación Presupuestaria consideró verificados o razonables, según los
casos, los incrementos de costos invocados por la AFA.
Que las partes han arribado a un acuerdo, que corresponde aprobar como
Adenda al Contrato de Asociación de fecha 20 de agosto de 2009,
mediante la cual quedan incorporados al importe del Mínimo Anual
Garantizado para 2014 los importes adelantados según las Adendas antes
citadas, del 8 de enero y del 9 de abril de 2014.
Que previo a dar trámite a la presente medida, las áreas competentes de
la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, han verificado la respectiva
disponibilidad de créditos presupuestarios.
Que la financiación de los compromisos asumidos por la adenda, será
atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos
presupuestarios de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto General de la
Administración Nacional N° 26.895 - Servicio Administrativo Financiero
N° 305, Programa 46, de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y
TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, ha tomado la intervención de su
competencia.
Que esta medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Apruébase la
ADENDA al Contrato de Asociación suscripto entre la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS y la ASOCIACION DEL FUTBOL ARGENTINO el 20 de
agosto de 2009, que como Anexo integra la presente.
Art. 2° — El gasto que demande
el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las
partidas específicas del Presupuesto de la Jurisdicción 25 - JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS, PROGRAMA 46, de conformidad con la Ley de
Presupuesto General de la Administración Nacional N° 26.895.
Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Jorge M. Capitanich. — Axel Kicillof.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se
publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y
también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección
Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
(Nota Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)