ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

Disposición 458/2014

Asunto: ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS. Estructura organizativa. Subdirección General de Operaciones Impositivas del Interior - Dirección Regional Posadas. S/Creación de Agencia Oberá.

Bs. As., 3/12/2014
VISTO la Actuación SIGEA Nº 13330-235-2014 del Registro de esta ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por la Actuación citada en el VISTO se tramita la modificación de la estructura organizativa de la Dirección Regional Posadas, dependiente de la Subdirección General de Operaciones Impositivas del Interior, existente en el ámbito de la Dirección General Impositiva.

Que la extensión geográfica de la jurisdicción de la Agencia Sede Posadas, dependiente de la mencionada Dirección Regional, exige el desdoblamiento de la citada Agencia, acercando así las distancias y facilitando el cumplimiento de los contribuyentes y ciudadanos en general.

Que en tal sentido, con el objeto de afianzar la presencia institucional, y mejorar el control y el servicio brindado a los contribuyentes, resulta conveniente la creación de una dependencia con asiento en el Departamento Oberá, existente en la Provincia de Misiones.

Que las Subdirecciones Generales de Fiscalización, de Recaudación, de Administración Financiera, de Recursos Humanos, de Servicios al Contribuyente, y de Sistemas y Telecomunicaciones han tomado conocimiento.

Que la presente modificación cuenta con la conformidad de la Dirección General Impositiva y de la Subdirección General de Operaciones Impositivas del Interior.

Que el Departamento Evaluación y Diseño Organizacional y el Comité de Análisis de Estructura Organizacional han tomado la intervención que resulta de sus competencias.

Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Artículo 6° del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, el suscripto se encuentra facultado para dictar la presente medida.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DISPONE:

ARTICULO 1° — Eliminar SEIS (6) Jefaturas de Oficina denominadas “Sistemas”, dependientes de las Agencias Sede Comodoro Rivadavia, La Plata Nº 2, Salta, San Juan, Neuquén y Río Gallegos, existentes en las Direcciones Regionales del interior homónimas, del ámbito de la Subdirección General de Operaciones Impositivas del Interior de la Dirección General Impositiva.

ARTICULO 2° — Crear UNA (1) unidad orgánica con nivel de División denominada “Agencia Oberá”, dependiente de la Dirección Regional Posadas, con idénticas acción y tareas que las vigentes para sus similares.

ARTICULO 3° — Crear TRES (3) unidades orgánicas con nivel de Sección denominadas “Recaudación”, “Verificaciones” y “Trámites” respectivamente, dependientes de la Agencia Oberá.

ARTICULO 4° — Crear UNA (1) unidad orgánica con nivel de Oficina denominada “Jurídica”, dependiente de la Agencia Oberá.

ARTICULO 5° — Asignar a la unidades orgánicas creadas por los artículos 3° y 4° idénticas acción y tareas que las establecidas para sus similares en la Disposición DGI Nº 2 del 5 de enero de 2001, sus complementarias y modificatorias.

ARTICULO 6° — Establecer desde el 1° de enero de 2015 la puesta en funcionamiento de la Agencia Oberá y la obligación de los contribuyentes y/o responsables, inscriptos o no, radicados en el ámbito de la competencia territorial, a cumplir con sus obligaciones fiscales en la mencionada dependencia, salvo en lo que se refiere a lo indicado en el artículo 7°.

ARTICULO 7° — Las tareas relacionadas con el control de las obligaciones fiscales y la verificación de los contribuyentes con domicilio fiscal en jurisdicción de la Agencia Oberá, serán llevadas a cabo por la Agencia Sede Posadas, hasta tanto se conformen los recursos humanos y materiales necesarios para su adecuado funcionamiento.

ARTICULO 8° — Determinar que la Agencia Oberá creada por el artículo 2° inicie su actividad sin antecedentes de casos, cargos, trámites y causas actualmente en curso, continuando hasta su agotamiento natural en la Agencia Sede Posadas.

ARTICULO 9° — Reemplazar en la estructura organizativa vigente, en la parte pertinente, los Anexos A07, C correspondiente a Direcciones Regionales del interior, y J03 correspondiente a jurisdicciones operativas de la Subdirección General de Operaciones Impositivas del Interior, por los que se aprueban por la presente.

ARTICULO 10. — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — RICARDO ECHEGARAY, Administrador Federal.





e. 10/12/2014 N° 96040/14 v. 10/12/2014

— NOTA ACLARATORIA —

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

Disposición 458/2014

En la edición del Boletín Oficial N° 33.004 del 10 de Diciembre de 2014, páginas 27 y 28, donde se publicó la citada norma se deslizó el siguiente error en el original.

Donde dice:


Debe decir:





e. 11/12/2014 N° 97876/14 v. 11/12/2014