PRESUPUESTO

Decisión Administrativa 1106/2014


Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2014.


Bs. As., 10/12/2014

VISTO el Expediente N° S01:0257794/2014 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, la Ley N° 26.895 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2014 y la Decisión Administrativa N° 1 de fecha 3 de enero de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que resulta preciso modificar los créditos de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION con el objeto de atender compromisos contraídos por el ESTADO NACIONAL.

Que el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO debe reforzar sus créditos a fin de atender los mayores gastos derivados de las actividades a desarrollarse relacionadas a la participación argentina en eventos internacionales, como así también los relacionados con la organización de la “XLVII Reunión del Consejo del Mercado Común y Cumbre de Jefes de Estado del MERCOSUR y de los Estados Asociados”.

Que resulta procedente incrementar el Presupuesto del MINISTERIO DE TURISMO y del INSTITUTO NACIONAL DE PROMOCION TURISTICA, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE TURISMO, en virtud de los mayores recursos producidos por los ingresos del CINCO POR CIENTO (5%) sobre la venta de pasajes aéreos, marítimos y fluviales al exterior.

Que corresponde reforzar los créditos presupuestarios del INSTITUTO NACIONAL DE PROMOCION TURISTICA, a efectos de financiar la organización y participación de la REPUBLICA ARGENTINA en la realización del “RALLY DAKAR 2015” y sus acciones promocionales que tendrá lugar en los primeros días del próximo año.

Que resulta necesario incrementar el Presupuesto vigente del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA mediante la incorporación de recursos provenientes de la concesión del uso de los bienes de dominio del ESTADO NACIONAL, y reforzar sus créditos con financiamiento externo mediante compensación de partidas presupuestarias con el MINISTERIO DE INDUSTRIA y el MINISTERIO DE SALUD, para el financiamiento de las acciones de innovación tecnológica en sectores productivos y sociales, como así también en pequeñas y medianas empresas.

Que, asimismo, se propicia reforzar los créditos vigentes del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA a fin de atender las erogaciones destinadas al cumplimiento de los cometidos de la Ley N° 26.875 relativos al Area Marina Protegida Namuncurá - Banco Burdwood.

Que es menester incrementar el Presupuesto vigente del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA a fin de posibilitar el normal funcionamiento del mismo.

Que por otra parte, se propicia la incorporación de saldos no utilizados de los recursos provenientes del convenio de Cooperación Técnica No Reembolsable BID - ATN/OC 13554-AR “Análisis del Mercado Laboral y las Barreras a la Productividad en Argentina” del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

Que las modificaciones propiciadas están amparadas en lo dispuesto por el Artículo 37 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156, sustituido por el Artículo 1° de la Ley N° 26.124, y los Artículos 8° y 9° de la Ley N° 26.895.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1° — Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2014, de acuerdo con el detalle obrante en las Planillas Anexas al presente Artículo que forman parte integrante del mismo.

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Jorge M. Capitanich. — Axel Kicillof.
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NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)