MONUMENTOS HISTÓRICOS NACIONALES
Decreto 2311/2014
Declárase Monumento Histórico Nacional al Edificio “Teniente General Castiñeiras”.
Bs. As., 3/12/2014
VISTO el Expediente N° 3860/14 del registro de la entonces SECRETARÍA
DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, actual MINISTERIO DE
CULTURA, por el que se propone declarar como monumento histórico
nacional al EDIFICIO “TENIENTE GENERAL CASTIÑEIRAS”, ubicado en la
Ciudad Autónoma de BUENOS AIRES, y
CONSIDERANDO:
Que el edificio SOMISA es uno de los edificios emblemáticos de la arquitectura moderna de la Ciudad Autónoma de BUENOS AIRES.
Que fue construido como sede de la SOCIEDAD MIXTA SIDERURGICA ARGENTINA
(SOMISA), empresa mixta nacida por iniciativa del Estado a mediados de
los años ‘40, como principal productora de aceros del país.
Que su pujanza exigía una sede emblemática de su actividad, de modo que
los proyectistas elaboraron el primer edificio local erigido en acero y
el primero también en el mundo totalmente soldado.
Que en el año 1966, por iniciativa de SOMISA, se llamó a un concurso de
proyectos para diseñar la nueva Sede Social de la empresa, que debía
construirse en un terreno ubicado en la esquina de la Avenida
Presidente Julio Argentino ROCA y la Avenida BELGRANO, con la estricta
condición que se aprovechara totalmente como elemento constructivo al
acero.
Que este material fue utilizado no solamente para la estructura sino
también en los tabiques de división interna y los módulos de inserción
del muro cortina vidriado de la fachada, que fue tratado para ser
anticalórico.
Que por su ubicación una de las mayores preocupaciones de los
proyectistas del Estudio Mario Roberto ÁLVAREZ y Asociados, ganadores
del concurso, fue conciliar la escala peatonal con la del edificio,
creando así un espacio transparente y libre para integrar las zonas
inferiores del edificio con el ámbito urbano, dedicadas originalmente a
exposiciones.
Que la estructura portante de acero perimetral —que evita la existencia
de columnas interiores—, la adecuada localización de las circulaciones
y la zonificación de los espacios de trabajo hacen de SOMISA un
edificio flexible, siempre preparado para modificarse.
Que como el proyecto tuvo que respetar la altura máxima permitida en la
Avenida Julio Argentino ROCA se optó por una gran cantidad de niveles
subterráneos, por lo que el edificio fue diseñado en SIETE (7)
subsuelos y CATORCE (14) pisos altos, albergando en la planta baja el
hall de acceso, un salón de conferencias, la cafetería y anexos.
Que DOS (2) núcleos de circulaciones verticales configuran el eje del
conjunto edilicio y posibilitan las circulaciones independientes del
público, los empleados y el personal jerárquico.
Que constructivamente, el edificio se divide en DOS (2) partes, con una
parte inferior enterrada a VEINTICUATRO (24) metros en hormigón armado
desarrollada del 8° subsuelo al 2° piso, una transición en el primer
subsuelo que permite el apoyo de la parte superior de estructura
metálica y cerramientos de elementos prefabricados montados en seco.
Que la estructura metálica consta de vigas de fachada separadas a
SESENTA (60) centímetros de la piel de vidrio del edificio y situadas
cada dos plantas, de DIECINUEVE (19) metros de luz y OCHO (8) metros de
voladizo a ambos lados de sus apoyos, y completándose el conjunto
estructural con vigas interiores VIERENDEEL de acero dispuestas también
cada DOS (2) plantas de DIECINUEVE (19) metros de luz y que descansan
en ambos núcleos de hormigón armado.
Que sobre estas vigas y conformando los entrepisos se encuentran los
casetones de chapa de acero de TRES (3) milímetros de espesor que,
además de sus funciones resistentes, cumplen las de conductos técnicos.
Que la envolvente del edificio es vidriada, con cámara de aire, tomados
de una tracería de acero inoxidable, para obtener aislaciones térmicas
y acústicas de óptima calidad.
Que es uno de los pocos edificios en el centro de la ciudad sobre cuya
terraza se construyó un helipuerto y se terminó de construir en el año
1977.
Que por contundente voluntad formal, manifiesta el valor emblemático de
la tecnología, dejando en evidencia la idea del progreso técnico como
soporte de las innovaciones en la arquitectura.
Que la COMISIÓN NACIONAL DE MUSEOS Y DE MONUMENTOS Y LUGARES HISTÓRICOS, aconseja su declaratoria.
Que la DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS de la entonces SECRETARÍA DE
CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, actual MINISTERIO DE CULTURA,
ha tomado debida intervención.
Que la presente medida se dicta en el marco de lo establecido por el artículo 4° de la Ley N° 12.665 y su modificatoria.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Declárase
monumento histórico nacional al EDIFICIO “TENIENTE GENERAL
CASTIÑEIRAS”, sito en la Avenida BELGRANO Nros. 751/69/91 esquina
Avenida Presidente Julio Argentino ROCA N° 782, Ciudad Autónoma de
BUENOS AIRES. (Datos catastrales: Circunscripción 13, Sección 2;
Manzana 014B; Parcela 011i).
Art. 2° — La COMISIÓN NACIONAL
DE MUSEOS Y DE MONUMENTOS Y LUGARES HISTÓRICOS realizará las gestiones
y procedimientos establecidos en la Ley N° 12.665 modificada por su
similar N° 24.252, en su reglamentación y en las normas
complementarias, debiendo practicar las inscripciones correspondientes
en los Registros Catastrales y de la Propiedad Inmueble.
Art. 3° — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Teresa A.
Sellarés.