MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS

SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ECONÓMICA Y MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD


Disposición 14/2014


Bs. As., 5/12/2014

Ver Antecedentes Normativos


VISTO el Expediente Nº S01:0282118/2014 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, el Decreto Nº 1.518 de fecha 4 de septiembre de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que por el Artículo 1° del Decreto Nº 1.518 de fecha 4 de septiembre de 2014 se aprobó el Modelo de Contrato de Préstamo entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO por un monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES DOSCIENTOS MILLONES (U$S 200.000.000), destinado a financiar parcialmente el “PROGRAMA DE COMPETITIVIDAD DE ECONOMÍAS REGIONALES” que consta de las “Estipulaciones Especiales” integradas por SIETE (7) Capítulos, de las “Normas Generales” integradas por DIEZ (10) Capítulos y UN (1) Anexo Único.

Que por el Artículo 4° de dicho decreto se designó a la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ECONÓMICA Y MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD de la SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA Y PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS como “Organismo Ejecutor” del “PROGRAMA DE COMPETITIVIDAD DE ECONOMÍAS REGIONALES”, quedando facultado para realizar todas las operaciones y contrataciones necesarias para la ejecución del PROGRAMA, conforme a las normas y procedimientos contenidos en el citado Modelo de Contrato de Préstamo.

Que con fecha 30 de septiembre de 2014 se celebró el Contrato de Préstamo entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO, cuya Cláusula 3.03 b) de las “Estipulaciones Especiales” dispone que, en forma previa al primer desembolso del préstamo, se deberá presentar evidencia de la aprobación y entrada en vigencia del Reglamento Operativo del Programa (ROP) previamente acordado con el Banco.

Que atento a las actividades previstas para la ejecución del Programa, y considerando las competencias asignadas a la SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN ECONÓMICA Y MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD, a efectos de viabilizar la ejecución del mismo, resulta necesario aprobar el Reglamento Operativo del “PROGRAMA DE COMPETITIVIDAD DE ECONOMÍAS REGIONALES”.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Decreto Nº 1.359 de fecha 5 de octubre de 2004.

Por ello,

LA SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN ECONÓMICA Y MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD

DISPONE:

ARTÍCULO 1° — Apruébase el Reglamento Operativo del “PROGRAMA DE COMPETITIVIDAD DE ECONOMÍAS REGIONALES” que como Anexo I forma parte integrante de la presente disposición.

ARTÍCULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese. — Dra. MARIANA L. GONZÁLEZ, Subsecretaria de Coordinación Económica y Mejora de la Competitividad.

e. 15/12/2014 Nº 97353/14 v. 15/12/2014

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial.)

ANEXO

(Anexo sustituido por art. 1° de la Resolución N° 167/2023 de la Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo B.O. 27/4/2023.)


Antecedentes Normativos

- Anexo I, Punto 2.3, apartado 60 sustituido por art. 1º de la Resolución Nº 48/2022 de la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y los Emprendedores B.O. 3/6/2022. Vigencia: a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial;

- Anexo I,  sustituido por art. 1° de la Resolución N° 105/2021 de la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y los Emprendedores B.O. 15/10/2021;

- Anexo I
sustituido por art. 1° de la Resolución N° 7/2016 de la Secretaría de la Transformación Productiva B.O. 20/5/2016;

- Anexo I sustituido por art. 1° de la
Disposición N° 5/2015 de la Subsecretaría de Coordinación Económica B.O. 28/10/2015.