MINISTERIO
DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ECONÓMICA Y MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD
Disposición 14/2014
Bs. As., 5/12/2014
Ver Antecedentes Normativos
VISTO el Expediente Nº S01:0282118/2014 del Registro del MINISTERIO DE
ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, el Decreto Nº 1.518 de fecha 4 de
septiembre de 2014, y
CONSIDERANDO:
Que por el Artículo 1° del Decreto Nº 1.518 de fecha 4 de septiembre de
2014 se aprobó el Modelo de Contrato de Préstamo entre la REPÚBLICA
ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO por un monto de hasta
DÓLARES ESTADOUNIDENSES DOSCIENTOS MILLONES (U$S 200.000.000),
destinado a financiar parcialmente el “PROGRAMA DE COMPETITIVIDAD DE
ECONOMÍAS REGIONALES” que consta de las “Estipulaciones Especiales”
integradas por SIETE (7) Capítulos, de las “Normas Generales”
integradas por DIEZ (10) Capítulos y UN (1) Anexo Único.
Que por el Artículo 4° de dicho decreto se designó a la SUBSECRETARÍA
DE COORDINACIÓN ECONÓMICA Y MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD de la
SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA Y PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO del
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS como “Organismo Ejecutor”
del “PROGRAMA DE COMPETITIVIDAD DE ECONOMÍAS REGIONALES”, quedando
facultado para realizar todas las operaciones y contrataciones
necesarias para la ejecución del PROGRAMA, conforme a las normas y
procedimientos contenidos en el citado Modelo de Contrato de Préstamo.
Que con fecha 30 de septiembre de 2014 se celebró el Contrato de
Préstamo entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE
DESARROLLO, cuya Cláusula 3.03 b) de las “Estipulaciones Especiales”
dispone que, en forma previa al primer desembolso del préstamo, se
deberá presentar evidencia de la aprobación y entrada en vigencia del
Reglamento Operativo del Programa (ROP) previamente acordado con el
Banco.
Que atento a las actividades previstas para la ejecución del Programa,
y considerando las competencias asignadas a la SUBSECRETARIA DE
COORDINACIÓN ECONÓMICA Y MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD, a efectos de
viabilizar la ejecución del mismo, resulta necesario aprobar el
Reglamento Operativo del “PROGRAMA DE COMPETITIVIDAD DE ECONOMÍAS
REGIONALES”.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE
ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas
por el Decreto Nº 1.359 de fecha 5 de octubre de 2004.
Por ello,
LA SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN ECONÓMICA Y MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD
DISPONE:
ARTÍCULO 1° — Apruébase el Reglamento Operativo del “PROGRAMA DE
COMPETITIVIDAD DE ECONOMÍAS REGIONALES” que como Anexo I forma parte
integrante de la presente disposición.
ARTÍCULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de
Registro Oficial y archívese. — Dra. MARIANA L. GONZÁLEZ, Subsecretaria
de Coordinación Económica y Mejora de la Competitividad.
e. 15/12/2014 Nº 97353/14 v. 15/12/2014
(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial.)
(Anexo sustituido por art. 1° de la Resolución
N° 167/2023 de la Secretaría de
Industria y Desarrollo Productivo B.O. 27/4/2023.)
Antecedentes Normativos
- Anexo I, Punto 2.3, apartado 60
sustituido por art. 1º de la Resolución
Nº 48/2022
de la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y los Emprendedores
B.O. 3/6/2022. Vigencia: a partir del día de su publicación en el
Boletín Oficial;
- Anexo I, sustituido por art. 1° de la Resolución
N° 105/2021 de la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y los Emprendedores B.O. 15/10/2021;
- Anexo I sustituido por art. 1° de la Resolución
N° 7/2016 de la Secretaría de la
Transformación Productiva B.O. 20/5/2016;
- Anexo I sustituido por art. 1° de la Disposición
N° 5/2015 de la Subsecretaría de
Coordinación Económica B.O. 28/10/2015.