INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Resolución 3165/2014

Bs. As., 27/11/2014

VISTO la Ley N° 17.741 y sus modificatorias (t.o. Decreto N° 1248/01) y el Decreto N° 1536/02, las Resoluciones Nros. 2669/14/INCAA y 3083/14/INCAA, el Expediente N° 11230/14/INCAA, y

CONSIDERANDO:

Que el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES organiza conjuntamente con el MARCHÈ DU FILM DEL FESTIVAL DE CANNES, el mercado de cine latinoamericano “VENTANA SUR” cuya edición 2014 se llevará a cabo en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - República Argentina entre el 01 y el 05 de Diciembre de 2014.

Que en el marco del Mercado “VENTANA SUR”, por Resolución N° 2669/14/INCAA se aprobó la realización del evento “INTERACTUAR: NUEVAS VENTANAS TRANSMEDIA”.

Que en el marco del evento “INTERACTUAR: NUEVAS VENTANAS TRANSMEDIA” se llevarán a cabo el “Concurso para Desarrollo de Proyectos Transmedia” y “Concurso para la Finalización de Proyectos Transmedia”, implementándose los Premios “MEJOR PROYECTO PARA LA CATEGORÍA DESARROLLO” y “MEJOR PROYECTO PARA LA CATEGORÍA DE FINALIZACIÓN DE PROYECTOS”.

Que asimismo se estableció el “PREMIO INCENTIVO” que será otorgado por la ASOCIACIÓN DE DIRECTORES ARGENTINOS CINEMATOGRÁFICOS, el cual será elegido directamente por la Asociación en cuestión y no por decisión del Jurado.

Que por Expediente N° 11230/14/INCAA tramitó la Resolución N° 3083/14/INCAA mediante la cual se fijaron las Bases y Condiciones para participar en los Concursos, se establecieron los premios que se otorgarán y se nombró a los miembros del Jurado para cada uno de los Concursos.

Que entre los miembros del Jurado se encontraba el Señor Fernando IRIGARAY en representación de CÁTEDRA LATINOAMERICANA DE NARRATIVAS TRANSMEDIA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE ROSARIO y la Señora Catalina BRICEÑO en representación de CANADIAN MEDIA FUND CANADÁ.

Que los miembros del Jurado mencionados en el CONSIDERANDO anterior no podrán concurrir al evento por razones particulares.

Que por ende y a fin de asegurar la integración del Jurado, corresponde designar a otras personas como miembros del Jurado.

Que el artículo 3 incisos a) y l) de la Ley N° 17.741 y sus modificatorias (t.o. Decreto N° 1248/01) establece entre los deberes y atribuciones de la Presidencia del Organismo ejecutar las medidas de fomento tendientes a desarrollar la cinematografía argentina formuladas por la Asamblea Federal, pudiendo a tal efecto auspiciar concursos, establecer premios, adjudicar becas de estudio e investigación y emplear todo otro medio necesario para el logro de ese fin y designar jurados, comisiones o delegaciones que demande la ejecución de la Ley.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

Que la facultad para el dictado de la presente Resolución surge de la Ley N° 17.741 y sus modificatorias (t.o. Decreto N° 1248/01).

Por ello,

LA PRESIDENTA DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Modifícase el artículo 14 de la Resolución N° 3083/14/INCAA, el que quedará redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO 14.- Cada Concurso contará con un Jurado integrado con CINCO (5) miembros cada uno. Serán miembros del Jurado de Desarrollo de Proyectos: UN (1) miembro designado por la ASOCIACIÓN DE DIRECTORES ARGENTINOS CINEMATOGRÁFICOS, la Señora Liz ROSENTHAL en representación de POWER TO THE PIXEL DE INGLATERRA, el Señor Rodrigo TERRA en representación de GRUPO ERA TRANSMEDIA DE BRASIL, el Señor Remi BURAH en representación de ARTE FRANCE y el Señor Jaime TENORIO en representación de SEÑAL COLOMBIA y serán miembros del Jurado de la Categoría Finalización de Proyectos: UN (1) miembro designado por CINECOLOR, el Señor Rodrigo ARNAUT en representación de GRUPO ERA TRANSMEDIA DE BRASIL, la Señora Anahí LOVATO en representación de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE ROSARIO, el Señor Bruno SMADJA en representación de CROSS VIDEO DAYS DE FRANCIA y UN (1) miembro designado por la ASOCIACIÓN DE DIRECTORES ARGENTINOS CINEMATOGRÁFICOS. Las decisiones serán tomadas por unanimidad y se labrará Acta suscripta por todos los integrantes, la que quedará en resguardo en el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES. La decisión de los Jurados será inapelable. El Jurado podrá declarar desierto uno o ambos Concursos. Cualquier situación no prevista será resuelta por INTERACTUAR: NUEVAS VENTANAS TRANSMEDIA.”.

ARTÍCULO 2° — El “PREMIO INCENTIVO” será otorgado y elegido por la ASOCIACIÓN DE DIRECTORES ARGENTINOS directamente entre los proyectos que se presenten a cualquiera de los Concursos convocados por Resolución N° 3083/14/INCAA.

ARTÍCULO 3° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — LUCRECIA CARDOSO, Presidenta, Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales.

e. 17/12/2014 N° 98980/14 v. 17/12/2014