ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
Disposición 498/2014
Asunto: Estructura Organizativa de las Subdirecciones Generales de
Operaciones Impositivas Metropolitanas y del Interior. S/ Adecuación.
Bs. As., 16/12/2014
VISTO la Actuación SIGEA N° 10426-289-2014 del registro de esta
ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que por la
Actuación citada en el VISTO se solicita modificar la estructura
organizativa de las Subdirecciones Generales de Operaciones Impositivas
Metropolitanas y del Interior, a los fines de organizar y acompañar
adecuada y fluidamente los procesos estratégicos y operativos de las
áreas que le dependen.
Que el Decreto N° 618/07 otorgó a esta
ADMINISTRACIÓN FEDERAL amplias facultades para organizar y reglamentar
su funcionamiento interno en los aspectos estructurales y funcionales,
entre otros.
Que por otra parte, el Decreto N° 898/05 establece como
responsabilidad primaria de las Subdirecciones Generales mencionadas,
la de secundar al Director General de la Dirección General Impositiva
en todo lo relativo a la ejecución y coordinación de las acciones que,
en materia de aplicación, percepción y fiscalización de tributos
interiores, entre otras cuestiones, deban realizarse en la jurisdicción
que el Administrador Federal de Ingresos Públicos disponga, en
concordancia con las políticas, planes, programas y criterios dictados
por el mismo, con ajuste a las normas legales que regulan la materia de
su competencia. Que uno de los objetivos permanentes de esta
Administración Federal es el perfeccionamiento continuo de sus procesos
internos en búsqueda de una óptima y más transparente aplicación de sus
recursos, en pos del cumplimiento de los principios de economía,
eficiencia y eficacia de la gestión.
Que las Subdirecciones Generales
de Fiscalización, de Recaudación, de Administración Financiera, de
Recursos Humanos, de Servicios al Contribuyente, y de Sistemas y
Telecomunicaciones han tomado conocimiento.
Que la presente medida
cuenta con la conformidad de la Dirección General Impositiva y de las
Subdirecciones Generales de Operaciones Impositivas Metropolitanas y
del Interior.
Que el Departamento Evaluación y Diseño Organizacional y
el Comité de Análisis de Estructura Organizacional han tomado la
intervención que resulta de sus competencias.
Que en ejercicio de las
atribuciones conferidas por el Artículo 6° del Decreto N° 618 del 10 de
julio de 1997, el suscripto se encuentra facultado para dictar la
presente medida. Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS DISPONE:
ARTÍCULO 1° — Determinar que las unidades orgánicas con nivel de
Dirección denominadas “Regional Junín”, “Regional La Plata”, “Regional
Mercedes”, “Regional Rosario I” y “Regional Rosario II” y sus unidades
dependientes, existentes en el ámbito de la Subdirección General de
Operaciones Impositivas del Interior, pasen a depender de la
Subdirección General de Operaciones Impositivas Metropolitanas.
ARTÍCULO 2° — Reemplazar en la estructura organizativa vigente el Anexo
A07, y, en la parte pertinente, los Anexos I, A03, B03, C
correspondiente a Áreas Operativas Metropolitanas y J04 por los que se
aprueban por la presente.
ARTÍCULO 3° — La presente disposición entrará en vigencia a partir de
los VEINTE (20) días corridos, contados desde el día siguiente al de su
publicación en el Boletín Oficial.
ARTICULO 4° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN
NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — RICARDO ECHEGARAY,
Administrador Federal.
ANEXO B03
DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA
SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES IMPOSITIVAS METROPOLITANAS
DIRECCIÓN REGIONAL
(Corresponde a CINCO (5) unidades: Junín, La Plata, Mercedes, Rosario I y Rosario II)
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Entender en la coordinación y supervisión de las tareas inherentes a la
percepción y fiscalización de los tributos y accesorios impositivos, a
los recursos de la seguridad social, y a la aplicación de las normas
técnico-tributarias, con el fin de comprobar y mejorar el grado de
cumplimiento de las obligaciones fiscales por parte de los
contribuyentes y/o responsables de su jurisdicción, de acuerdo con los
lineamientos establecidos por la Superioridad.
Entender en la evaluación del funcionamiento de las distintas áreas de
la Dirección Regional, respecto del cumplimiento de las normas y
procedimientos vigentes, efectuando el control y seguimiento de las
tareas realizadas.
Entender en todos los asuntos de la Dirección Regional vinculados con
los recursos humanos y su capacitación; en el adecuado suministro,
equipamiento, mantenimiento y conservación de los bienes materiales, en
la asignación de espacios y en la locación de inmuebles, de
corresponder y en la administración de las erogaciones que deben
efectuarse con cargo al presupuesto y con el movimiento de fondos y
valores.
ACCIONES
1. Entender en el control, evaluación y ejecución de las tareas
necesarias para la verificación del cumplimiento dado por los
contribuyentes de su jurisdicción a los tributos y a las obligaciones
emergentes de los recursos de la seguridad social.
2. Entender en la investigación y selección de los contribuyentes de
acuerdo a los planes y criterios emanados de las áreas con facultades
para su dictado, para proceder a su posterior fiscalización.
3. Entender en la fiscalización de los contribuyentes y responsables de
su jurisdicción de acuerdo con los programas, normas y procedimientos
dictados al efecto.
4. Entender en el trámite de determinaciones de tributos y de recursos
de la seguridad social, accesorios, multas, sumarios y recursos
vinculados, reconocimiento de exenciones impositivas y otras de su
competencia.
5. Entender en la resolución de impugnaciones de deudas por recursos de la seguridad social, conforme a la normativa vigente.
6. Interponer denuncias, promover y tramitar querellas por los delitos
tipificados en la Ley Penal Tributaria o comunes, originados en la
actividad cumplida por sus dependencias.
7. Coordinar la representación y patrocinio del Fisco Nacional en los
juicios de ejecución fiscal, en los juicios universales con interés
fiscal, en las causas de percepción de créditos fiscales y demás
juicios contenciosos en que el Estado sea parte.
8. Entender en la elaboración de las normas de control interno y
rutinas de seguimiento de tareas, a fin de evitar que se produzcan
situaciones no previstas.
9. Promover y colaborar en la planificación de las acciones de
capacitación, orientadas al desarrollo de los recursos humanos,
optimizando su eficiencia operativa.
10. Entender en la obtención del adecuado suministro, equipamiento,
mantenimiento y conservación de los recursos humanos, materiales y
financieros de la Dirección Regional.
11. Supervisar el uso, mantenimiento y conservación de los bienes que
integran el patrimonio de la Repartición en las dependencias de su
jurisdicción.
12. Recopilar, producir y evaluar la información de gestión.
DIVISIÓN JURÍDICA
ACCIÓN
Entender en el procedimiento de aplicación de sanciones y en la
representación y patrocinio jurídico del Fisco Nacional en los juicios
universales y contenciosos de su jurisdicción y en la transferencia de
fondos de comercio, en la confección de dictámenes, proyectos de
resolución y recursos sobre asuntos de su competencia; asesorar a la
Dirección Regional y a sus dependencias en asuntos de naturaleza
jurídica e instruir los sumarios por infracciones a las normas legales
según corresponda y efectuar la actividad administrativa y judicial de
aquellos casos que, por su índole, se encuadren como probables delitos
penal tributarios o comunes.
TAREAS
1. Entender en la instrucción y resolución de sumarios formales y
materiales por infracciones a las leyes, decretos, resoluciones y
disposiciones que rigen la aplicación de los distintos impuestos a
cargo del Organismo en el ámbito de la Dirección Regional, excepto en
la instrucción y resolución de sumarios por infracciones formales
originados en el ámbito de las Agencias Sede, Agencias y Distritos.
2. Entender en el procedimiento de clausura de establecimientos
comerciales e industriales de contribuyentes y/o responsables que
incurran en los hechos u omisiones previstos por la ley, en la
jurisdicción antes citada.
3. Entender en la emisión de dictámenes jurídicos y proyectos de
resolución en los casos determinados por normas legales o por
necesidades de servicio.
4. Participar en la consideración de la conducta fiscal de
contribuyentes y/o responsables en actuaciones con determinación de
oficio en curso.
5. Intervenir en los proyectos de pronunciamientos y de resoluciones
correspondientes a los recursos de reconsideración interpuestos en la
sustanciación de sumarios materiales, formales y de clausura.
6. Intervenir en los proyectos de pronunciamientos y de resoluciones
correspondientes a los recursos administrativos, en lo atinente a su
competencia.
7. Intervenir en las elevaciones de carácter jurídico y en la contestación de oficios que deba efectuar la Dirección Regional.
8. Entender en la evacuación de consultas y solicitudes efectuadas por
los contribuyentes y/o responsables de su jurisdicción y asesorar a la
Dirección Regional y sus dependencias en asuntos de naturaleza jurídica.
9. Controlar la observancia de los términos procesales y/o
administrativos tendientes a la verificación de los créditos en los
concursos y quiebras.
10. Entender en la conveniencia de prestar conformidad a las propuestas de acuerdo preventivo, en los casos que así se solicite.
11. Intervenir en la preparación de informes destinados a la Dirección
Contencioso sobre asuntos tramitados en el área que hayan sido motivo
de recursos ante la Justicia o el Tribunal Fiscal de la Nación, en lo
atinente a su competencia.
12. Entender en las tareas relacionadas con la actividad administrativa
y/o jurídica vinculada con los procedimientos originados en delitos
penal tributarios o comunes.
13. Intervenir en las comunicaciones judiciales y en las denuncias de
los casos susceptibles de configurar delitos penal tributarios y de
derecho penal común, dentro de su jurisdicción; e intervenir en la
contestación de informes judiciales vinculados con la materia penal
tributaria.
14. Intervenir en las querellas por los asuntos tipificados en la Ley Penal Tributaria o por delitos comunes.
15. Intervenir en la tramitación de otras denuncias que resulten de su competencia.
16. Representar y patrocinar al Fisco Nacional en los juicios
universales, en los juicios de contenido penal tributario, penal común,
impositivo y de los recursos de la seguridad social, y en aquellos sin
contenido tributario en que la Repartición sea o no parte.
17. Controlar y supervisar la tramitación y el desempeño de los
representantes del Fisco, en materia de juicios universales, juicios
con contenido impositivo y de los recursos de la seguridad social, y en
aquellos sin contenido tributario ante los tribunales respectivos.
18. Intervenir en el cumplimiento de las sentencias firmes contrarias
al Fisco Nacional dictadas en las causas o juicios en que represente al
Organismo.
19. Entender en cuestiones o procedimientos jurídicos no mencionados ni
aludidos precedentemente, que resulten de competencia de la Dirección
Regional.
DIVISIÓN REVISIÓN Y RECURSOS
(Corresponde a Junín, La Plata y Mercedes)
ACCIÓN
Entender en las determinaciones de oficio de impuestos, accesorios y
multas, e impugnaciones de deuda con el sistema de la seguridad social
y otras de su competencia.
Entender en las resoluciones de recursos de reconsideración, apelación
y demás recursos administrativos; en la resolución de acciones de
repetición; en la resolución de solicitudes de exención de impuestos, y
otros de su competencia, y en la contestación de consultas.
Entender en la tramitación de solicitudes de devoluciones y reintegros
presentadas por los contribuyentes y/o responsables inscriptos bajo su
jurisdicción, incluidos los recuperos por exportación.
TAREAS
1. Controlar las determinaciones de impuestos, intereses y/o recargos
que correspondan a actuaciones no conformadas por el contribuyente y/o
responsable, provenientes de las áreas de fiscalización.
2. Supervisar los proyectos y dictar las resoluciones cuando
corresponda determinar de oficio obligaciones impositivas de los
contribuyentes y/o responsables en el ámbito de la Dirección Regional.
3. Entender en la sustanciación y proyectos de resolución de
impugnaciones de deuda con el sistema de la seguridad social, conforme
los procedimientos, formas y condiciones establecidos en la normativa
vigente.
4. Intervenir en los recursos de reconsideración contra resoluciones
determinativas de impuestos, considerando las pruebas ofrecidas.
5. Intervenir en la preparación de informes y en los proyectos de
pronunciamientos y de resoluciones correspondientes a los recursos de
apelación, en lo atinente a su competencia.
6. Intervenir en los proyectos de pronunciamientos y de resoluciones
correspondientes a los recursos administrativos, en lo atinente a su
competencia.
7. Supervisar los proyectos y dictar las resoluciones relativas a acciones de repetición de impuestos.
8. Entender en los pronunciamientos y resoluciones correspondientes a
los pedidos de reconocimiento de exenciones presentadas por los
contribuyentes y/o responsables de su jurisdicción.
9. Intervenir en las elevaciones de carácter técnico impositivo y
previsional, y en la contestación de oficios sobre dichas cuestiones.
10. Intervenir en la evacuación de consultas y solicitudes de su
competencia efectuadas por las dependencias fiscalizadoras, en relación
con asuntos cuyo trámite haga presuponer la necesidad de determinar de
oficio la materia imponible.
11. Entender en la evacuación de consultas y solicitudes efectuadas por
los contribuyentes y/o responsables de su jurisdicción, en los aspectos
de su competencia.
12. Entender y resolver en la tramitación y verificación de las
solicitudes de reintegros y devoluciones, incluidos los recuperos por
exportación y en las compensaciones e imputaciones de pagos que
involucran tales solicitudes presentadas por los contribuyentes
inscriptos bajo su jurisdicción, de acuerdo con lo establecido por la
legislación vigente.
13. Entender en el procedimiento reglado en el Artículo 14 de la Ley N°
11.683 (t.o. en 1998 y sus modificaciones), cuando se den los supuestos
a que se refiere el Artículo 2° de la Ley de Prevención de la Evasión
Fiscal N° 25.345.
DIVISIÓN REVISIÓN Y RECURSOS
(Corresponde a Rosario I y Rosario II)
ACCIÓN
Entender en las determinaciones de oficio de impuestos, accesorios y
multas, e impugnaciones de deuda con el sistema de la seguridad social
y otras de su competencia.
Entender en las resoluciones de recursos de reconsideración, apelación
y demás recursos administrativos; en la resolución de acciones de
repetición; en la resolución de solicitudes de exención de impuestos, y
otros de su competencia, y en la contestación de consultas.
TAREAS
1. Controlar las determinaciones de impuestos, intereses y/o recargos
que correspondan a actuaciones no conformadas por el contribuyente y/o
responsable, provenientes de las áreas de fiscalización.
2. Supervisar los proyectos y dictar las resoluciones cuando
corresponda determinar de oficio obligaciones impositivas de los
contribuyentes y/o responsables en el ámbito de la Dirección Regional.
3. Entender en la sustanciación y proyectos de resolución de
impugnaciones de deuda con el sistema de la seguridad social, conforme
los procedimientos, formas y condiciones establecidos en la normativa
vigente.
4. Intervenir en los recursos de reconsideración contra resoluciones
determinativas de impuestos, considerando las pruebas ofrecidas.
5. Intervenir en la preparación de informes y en los proyectos de
pronunciamientos y de resoluciones correspondientes a los recursos de
apelación, en lo atinente a su competencia.
6. Intervenir en los proyectos de pronunciamientos y de resoluciones
correspondientes a los recursos administrativos, en lo atinente a su
competencia.
7. Supervisar los proyectos y dictar las resoluciones relativas a acciones de repetición de impuestos.
8. Entender en los pronunciamientos y resoluciones correspondientes a
los pedidos de reconocimiento de exenciones presentadas por los
contribuyentes y/o responsables de su jurisdicción.
9. Intervenir en las elevaciones de carácter técnico impositivo y
previsional, y en la contestación de oficios sobre dichas cuestiones.
10. Intervenir en la evacuación de consultas y solicitudes de su
competencia efectuadas por las dependencias fiscalizadoras, en relación
con asuntos cuyo trámite haga presuponer la necesidad de determinar de
oficio la materia imponible.
11. Entender en la evacuación de consultas y solicitudes efectuadas por
los contribuyentes y/o responsables de su jurisdicción, en los aspectos
de su competencia.
12. Entender en el procedimiento reglado en el Artículo 14 de la Ley N°
11.683 (t.o. en 1998 y sus modificaciones), cuando se den los supuestos
a que se refiere el Artículo 2° de la Ley de Prevención de la Evasión
Fiscal N° 25.345.
DIVISIÓN FISCALIZACIÓN
ACCIÓN
Entender dentro del ámbito de la jurisdicción de la Dirección Regional,
en las tareas necesarias para el desarrollo de los planes tendientes a
determinar el grado de cumplimiento de los contribuyentes de sus
obligaciones —fiscales y de la seguridad social— de acuerdo a las
normas fijadas.
TAREAS
1. Realizar, en todo el ámbito de la Dirección Regional, la
fiscalización de los impuestos y recursos de la seguridad social de
acuerdo con los planes, normas y procedimientos dictados por la
Superioridad.
2. Entender en la tarea no originada en órdenes de intervención
constituida por trámites de documentación de contribuyentes y/o
responsables.
3. Inspeccionar a los contribuyentes y/o responsables por informaciones
proporcionadas por terceros sobre aspectos vinculados con su situación
impositiva y previsional, cuando la importancia de la misma así lo
aconseje.
4. Ejercer las funciones de control fiscal de los establecimientos
industriales, comerciales, centros de distribución, consumo y
circulación.
5. Efectuar el control y verificación de productos y mercaderías gravadas por las leyes de Impuestos Internos y Varios.
6. Efectuar las verificaciones previsionales necesarias para la
determinación del crédito fiscal que se verifique en los concursos y
quiebras.
7. Entender en la recepción y despacho de la documentación que ingresa
a la División, en el control formal y técnico de las actuaciones
descargadas y en el destino de las mismas; y atender los asuntos
inherentes a los recursos humanos del área.
DIVISIÓN INVESTIGACIÓN
ACCIÓN
Definir y aplicar, en materia impositiva, estrategias de generación de
riesgo en la etapa de investigación, de detección de delitos de
contenido fiscal y de todo lo relacionado con el apoyo logístico previo
a la generación de cargos de inspección; así como también en la
tramitación de documentación con la finalidad de verificación, control
y prevención.
TAREAS
1. Entender en la investigación de los contribuyentes y/o responsables
de la jurisdicción de la Dirección Regional incluyendo los
requerimientos de información para su evaluación, a efectos de proceder
a la selección de aquellos que serán fiscalizados.
2. Realizar los análisis técnicos de las declaraciones juradas
presentadas, de la información que brindan las bases de datos del
Organismo y la proveniente de terceros, para determinar posibles
brechas de evasión de los contribuyentes y/o responsables de la
jurisdicción de la Dirección Regional, a fin de diseñar e instrumentar
cursos de acción para reducirlas.
3. Entender en los descargos provenientes de los equipos de
fiscalización, cuyos cargos tuvieron origen en el área de
investigaciones, estableciendo los posibles desvíos e informando a la
Superioridad de los mismos.
4. Producir y brindar todo tipo de información previa al cargo, a requerimiento de la Superioridad.
5. Analizar el interés fiscal de las denuncias recibidas de terceros en los casos que requiera la Superioridad.
6. Realizar relevamientos de inteligencia con relación a actividades,
grupos de contribuyentes o personas determinadas con presunción de
conductas fiscalmente delictivas.
7. Promover la inmediata fiscalización de los casos que resulten del
proceso investigativo, aportando al área de inspección competente la
totalidad de la información relevada.
8. Interactuar con las áreas de fiscalización brindándole el asesoramiento necesario para el debido encausamiento del proceso.
9. Planificar cualquier otra acción de investigación tendiente a
promover la generación de percepción de riesgo en cabeza de los
contribuyentes.
DIVISIÓN CAPACITACIÓN
ACCIÓN
Entender en la capacitación del personal de la Dirección Regional de la
jurisdicción geográfica que se le asigne, bajo la supervisión funcional
de la Dirección de Capacitación con el objeto de mejorar su eficiencia
operativa.
TAREAS
1. Realizar el dictado de cursos y/o conferencias para el personal de
la Dirección Regional de la jurisdicción geográfica que se le asigne,
según los programas preparados por la Dirección de Capacitación y otros
generados en el área.
2. Promover la adecuación del material didáctico de acuerdo con los programas preparados por el área correspondiente.
3. Participar en la organización y/o ejecución de los programas destinados a la formación y desarrollo del personal.
4. Relevar e impulsar la suscripción de convenios de capacitación
externa con entidades educativas o especializadas en temas afines al
interés de la Dirección Regional.
5. Entender en la evaluación del desarrollo de los cursos que se dicten.
6. Intervenir en la administración y evaluación de las pruebas de
competencia que se le encomienden, en procesos de incorporación de
personal, asignación de adicionales, etc.
7. Proveer a la Dirección de Capacitación toda la información de gestión para la supervisión funcional que le compete.
8. Asesorar —en los aspectos de su competencia— a la Dirección Regional y sus dependencias.
9. Entender en la difusión externa de normas impositivas y
previsionales en las entidades intermedias que agrupan a profesionales,
productores, comerciantes, industriales, etc.
10. Entender en la evacuación de consultas y solicitudes de su
competencia efectuadas por entidades que nuclean los distintos sectores
económicos y profesionales.
11. Administrar la biblioteca de la Dirección Regional y asesorar sobre el uso de la misma.
DIVISIÓN DEVOLUCIONES Y RECUPEROS
(Corresponde a Rosario I y Rosario II)
ACCIÓN
Entender en el diligenciamiento de las solicitudes impositivas y/o
previsionales de devoluciones, transferencias, reintegros y recuperos
de exportaciones presentadas por los contribuyentes y/o responsables
inscriptos bajo su jurisdicción, de acuerdo con lo establecido por la
legislación vigente.
TAREAS
1. Entender y resolver en la tramitación y verificación de las
solicitudes de reintegros y devoluciones, incluidos los recuperos por
exportación y en las compensaciones de pagos que involucran tales
solicitudes presentadas por los contribuyentes inscriptos bajo su
jurisdicción, de acuerdo con lo establecido por la legislación vigente.
2. Entender y resolver en la tramitación y verificación de las
solicitudes de transferencia de impuestos presentadas por los
contribuyentes inscriptos bajo su jurisdicción, de acuerdo con lo
establecido por la legislación vigente.
3. Comprobar el cumplimiento de las condiciones para acceder a los regímenes establecidos.
DISTRITO
(TIPO)
ACCIÓN
Entender dentro del ámbito de su jurisdicción en la verificación y
control de las obligaciones —fiscales y previsionales— de los
contribuyentes y responsables, y en el diligenciamiento de las
consultas, solicitudes y trámites que los mismos presenten.
Entender en el apoyo técnico de las actividades de procesamiento de
datos, supervisando el funcionamiento de los equipos y medios de
proceso conforme las pautas técnicas.
Entender en la gestión administrativa y judicial de cobro de los
créditos fiscales e intervenir —en cuanto corresponda— en las
resoluciones de sumarios formales y aplicación de multas y recursos que
se planteen respecto de su tramitación; asesorando y dictaminando en
las cuestiones de índole jurídico conforme lo determine la Superioridad.
Entender en la instrucción y resolución del procedimiento establecido
en el artículo 27, inciso f) de la Ley N° 25.865, cuando sean generados
por las áreas de verificaciones.
Entender en el adecuado suministro, mantenimiento y conservación de los
bienes y recursos materiales y atender los asuntos inherentes a los
recursos humanos de la dependencia.
TAREAS
1. Controlar la presentación de las declaraciones juradas del universo
de contribuyentes correspondientes a su jurisdicción, así como revisar
los cálculos aritméticos de las mismas.
2. Verificar las declaraciones juradas del universo de contribuyentes
correspondientes a su jurisdicción, a partir de investigaciones rápidas
y del control del contenido de las mismas, a los efectos de mejorar el
cumplimiento de las obligaciones fiscales.
3. Entender en la verificación de la información suministrada por
terceros relativas a aspectos vinculados con la situación fiscal de los
contribuyentes y/o responsables.
4. Controlar los ingresos de los gravámenes a cargo del Organismo, realizando la registración y el análisis de los mismos.
5. Supervisar la ejecución de las acciones tendientes a mantener un
adecuado servicio de atención de los contribuyentes de la dependencia.
6. Identificar problemas de procedimiento cuya solución mejore la
atención al ciudadano para promover su modificación, aun cuando no
hayan dado lugar a quejas o disfunciones.
7. Analizar los reportes de obligaciones pendientes aplicando las
acciones que permitan gestionar el cobro de los incumplimientos.
8. Entender en el libramiento de boletas de deuda por obligaciones incumplidas.
9. Entender en la gestión administrativa y judicial de cobro de los
créditos fiscales, instruyendo los sumarios por infracciones formales a
las normas vigentes y supervisar el mantenimiento de la información
actualizada sobre el estado de los juicios y sumarios que se tramitan
en su jurisdicción.
10. Entender en la instrucción y resolución del procedimiento
establecido en el artículo 27, inciso f) de la Ley N° 25.865 y en la
aplicación de las multas respectivas.
11. Intervenir en la resolución de sumarios formales y en la aplicación
de las multas respectivas y en los recursos que con relación a los
mismos se planteen.
12. Efectuar el diligenciamiento de los juicios de ejecución fiscal.
13. Efectuar las acciones tendientes a cumplimentar los oficios judiciales de carácter técnico impositivo y previsional.
14. Evacuar consultas sobre cuestiones relativas a su competencia y
solicitudes de información que formulen los contribuyentes aplicando
uniformidad de criterio sobre las respuestas que se brindan, incluyendo
la operatoria del denominado mostrador de excepción.
15. Efectuar los trámites necesarios para determinar la procedencia de
las solicitudes presentadas por los contribuyentes, como así también
extender certificaciones a solicitud de los mismos, dentro del ámbito
de su competencia.
16. Administrar los sistemas descentralizados de aplicación en su
jurisdicción, realizando la coordinación necesaria entre las tareas de
recepción de documentación, captura de la recaudación bancaria y de la
información y procesamiento de las distintas obligaciones y control de
los estados de cuentas resultantes, manteniendo operativo el sistema.
17. Realizar el control de calidad de los sistemas y salidas conforme
al plan de actividades y dirigir y controlar la actividad de los
operadores, manteniendo registros de los procesos ejecutados, generando
los archivos de resguardo y operando los sistemas de consultas.
18. Mantener permanentemente actualizado el Padrón General de
Contribuyentes (altas, modificaciones y/o bajas provisorias) en función
de las presentaciones que efectúen los contribuyentes y/o responsables,
de acuerdo a las normas que regulen tal procedimiento.
19. Intervenir en las tareas inherentes al mantenimiento del Sistema de
Control de Juicios Descentralizados en función de las modificaciones
que se estimen conducentes.
20. Entender en la determinación del grado de necesidad, mantenimiento
en custodia y expendio de los valores fiscales e instrumentos de
control que se hallan a su cargo.
21. Entender en la relación con las empresas prestadoras de servicios de distribución de correspondencia.
22. Distribuir la correspondencia y notificar las intimaciones, que no
se efectúen por permisionarios, según las pautas establecidas.
23. Ordenar, archivar y custodiar la documentación y antecedentes relativos a todos los contribuyentes de la jurisdicción.
24. Intervenir en el control, distribución y mantenimiento de los
bienes y recursos materiales asignados, en la preparación del plan
anual de necesidades de bienes y servicios y atender los asuntos
inherentes a los recursos humanos de la dependencia.
25. Efectuar todas las tareas inherentes al control de presentaciones a que están obligadas las empresas promovidas.
26. Proporcionar estadísticas a la Superioridad sobre las tareas
realizadas y suministrar información a las distintas dependencias y
áreas de la organización necesaria para el funcionamiento de las
mismas, dentro del ámbito de su competencia.
AGENCIA
(TIPO)
ACCIÓN
Entender dentro del ámbito de su jurisdicción en la verificación y
control de las obligaciones —fiscales y previsionales— de los
contribuyentes y responsables, y en el diligenciamiento de las
consultas, solicitudes y trámites que los mismos presenten.
Entender en el apoyo técnico de las actividades de procesamiento de
datos, supervisando el funcionamiento de los equipos y medios de
proceso conforme las pautas técnicas.
Entender en la gestión administrativa y judicial de cobro de los
créditos fiscales e intervenir —en cuanto corresponda— en las
resoluciones de sumarios formales y aplicación de multas y recursos que
se planteen respecto de su tramitación; asesorando y dictaminando en
las cuestiones de índole jurídico conforme lo determine la Superioridad.
Entender en la instrucción y resolución del procedimiento establecido
en el artículo 27, inciso f) de la Ley N° 25.865, cuando sean generados
por las áreas de verificaciones.
Entender en el adecuado suministro, mantenimiento y conservación de los
bienes y recursos materiales y atender los asuntos inherentes a los
recursos humanos de la dependencia.
TAREAS
1. Controlar la presentación de las declaraciones juradas del universo
de contribuyentes correspondientes a su jurisdicción, así como revisar
los cálculos aritméticos de las mismas.
2. Verificar las declaraciones juradas del universo de contribuyentes
correspondientes a su jurisdicción, a partir de investigaciones rápidas
y del control del contenido de las mismas, a los efectos de mejorar el
cumplimiento de las obligaciones fiscales.
3. Entender en la verificación de la información suministrada por
terceros relativas a aspectos vinculados con la situación fiscal de los
contribuyentes y/o responsables.
4. Controlar los ingresos de los gravámenes a cargo del Organismo, realizando la registración y el análisis de los mismos.
5. Supervisar la ejecución de las acciones tendientes a mantener un
adecuado servicio de atención de los contribuyentes de la dependencia.
6. Identificar problemas de procedimiento cuya solución mejore la
atención al ciudadano para promover su modificación, aun cuando no
hayan dado lugar a quejas o disfunciones.
7. Analizar los reportes de obligaciones pendientes aplicando las
acciones que permitan gestionar el cobro de los incumplimientos.
8. Entender en el libramiento de boletas de deuda por obligaciones incumplidas.
9. Entender en la gestión administrativa y judicial de cobro de los
créditos fiscales, instruyendo los sumarios por infracciones formales a
las normas vigentes y supervisar el mantenimiento de la información
actualizada sobre el estado de los juicios y sumarios que se tramitan
en su jurisdicción.
10. Entender en la instrucción y resolución del procedimiento
establecido en el artículo 27, inciso f) de la Ley N° 25.865 y en la
aplicación de las multas respectivas.
11. Intervenir en la resolución de sumarios formales y en la aplicación
de las multas respectivas y en los recursos que con relación a los
mismos se planteen.
12. Efectuar el diligenciamiento de los juicios de ejecución fiscal.
13. Efectuar las acciones tendientes a cumplimentar los oficios judiciales de carácter técnico impositivo y previsional.
14. Evacuar consultas sobre cuestiones relativas a su competencia y
solicitudes de información que formulen los contribuyentes aplicando
uniformidad de criterio sobre las respuestas que se brindan, incluyendo
la operatoria del denominado mostrador de excepción.
15. Efectuar los trámites necesarios para determinar la procedencia de
las solicitudes presentadas por los contribuyentes, como así también
extender certificaciones a solicitud de los mismos, dentro del ámbito
de su competencia.
16. Administrar los sistemas descentralizados de aplicación en su
jurisdicción, realizando la coordinación necesaria entre las tareas de
recepción de documentación, captura de la recaudación bancaria y de la
información y procesamiento de las distintas obligaciones y control de
los estados de cuentas resultantes, manteniendo operativo el sistema.
17. Realizar el control de calidad de los sistemas y salidas conforme
al plan de actividades y dirigir y controlar la actividad de los
operadores, manteniendo registros de los procesos ejecutados, generando
los archivos de resguardo y operando los sistemas de consultas.
18. Mantener permanentemente actualizado el Padrón General de
Contribuyentes (altas, modificaciones y/o bajas provisorias) en función
de las presentaciones que efectúen los contribuyentes y/o responsables,
de acuerdo a las normas que regulen tal procedimiento.
19. Intervenir en las tareas inherentes al mantenimiento del Sistema de
Control de Juicios Descentralizados en función de las modificaciones
que se estimen conducentes.
20. Entender en la determinación del grado de necesidad, mantenimiento
en custodia y expendio de los valores fiscales e instrumentos de
control que se hallan a su cargo.
21. Entender en la relación con las empresas prestadoras de servicios de distribución de correspondencia.
22. Distribuir la correspondencia y notificar las intimaciones, que no
se efectúen por permisionarios, según las pautas establecidas.
23. Ordenar, archivar y custodiar la documentación y antecedentes relativos a todos los contribuyentes de la jurisdicción.
24. Intervenir en el control, distribución y mantenimiento de los
bienes y recursos materiales asignados, en la preparación del plan
anual de necesidades de bienes y servicios y atender los asuntos
inherentes a los recursos humanos de la dependencia.
25. Efectuar todas las tareas inherentes al control de presentaciones a que están obligadas las empresas promovidas.
26. Proporcionar estadísticas a la Superioridad sobre las tareas
realizadas y suministrar información a las distintas dependencias y
áreas de la organización necesaria para el funcionamiento de las
mismas, dentro del ámbito de su competencia.
AGENCIA - SEDE
(TIPO)
ACCIÓN
Entender dentro del ámbito de su jurisdicción en la verificación y
control de las obligaciones —fiscales y previsionales— de los
contribuyentes y responsables, y en el diligenciamiento de las
consultas, solicitudes y trámites que los mismos presenten.
Entender en el apoyo técnico de las actividades de procesamiento de
datos, supervisando el funcionamiento de los equipos y medios de
proceso conforme las pautas técnicas.
Entender en la gestión administrativa y judicial de cobro de los
créditos fiscales e intervenir —en cuanto corresponda— en las
resoluciones de sumarios formales y aplicación de multas y recursos que
se planteen respecto de su tramitación; asesorando y dictaminando en
las cuestiones de índole jurídico conforme lo determine la Superioridad.
Entender en la instrucción y resolución del procedimiento establecido
en el artículo 27, inciso f) de la Ley N° 25.865, cuando sean generados
por las áreas de verificaciones.
Entender en el adecuado suministro, mantenimiento y conservación de los
bienes y recursos materiales y atender los asuntos inherentes a los
recursos humanos de la dependencia.
TAREAS
1. Controlar la presentación de las declaraciones juradas del universo
de contribuyentes correspondientes a su jurisdicción, así como revisar
los cálculos aritméticos de las mismas.
2. Verificar las declaraciones juradas del universo de contribuyentes
correspondientes a su jurisdicción, a partir de investigaciones rápidas
y del control del contenido de las mismas, a los efectos de mejorar el
cumplimiento de las obligaciones fiscales.
3. Entender en la verificación de la información suministrada por
terceros relativas a aspectos vinculados con la situación fiscal de los
contribuyentes y/o responsables.
4. Controlar los ingresos de los gravámenes a cargo del Organismo, realizando la registración y el análisis de los mismos.
5. Supervisar la ejecución de las acciones tendientes a mantener un
adecuado servicio de atención de los contribuyentes de la dependencia.
6. Identificar problemas de procedimiento cuya solución mejore la
atención al ciudadano para promover su modificación, aun cuando no
hayan dado lugar a quejas o disfunciones.
7. Analizar los reportes de obligaciones pendientes aplicando las
acciones que permitan gestionar el cobro de los incumplimientos.
8. Entender en el libramiento de boletas de deuda por obligaciones incumplidas.
9. Entender en la gestión administrativa y judicial de cobro de los
créditos fiscales, instruyendo los sumarios por infracciones formales a
las normas vigentes y supervisar el mantenimiento de la información
actualizada sobre el estado de los juicios y sumarios que se tramitan
en su jurisdicción.
10. Entender en la instrucción y resolución del procedimiento
establecido en el artículo 27, inciso f) de la Ley N° 25.865 y en la
aplicación de las multas respectivas.
11. Intervenir en la resolución de sumarios formales y en la aplicación
de las multas respectivas y en los recursos que con relación a los
mismos se planteen.
12. Efectuar el diligenciamiento de los juicios de ejecución fiscal.
13. Efectuar las acciones tendientes a cumplimentar los oficios judiciales de carácter técnico impositivo y previsional.
14. Evacuar consultas sobre cuestiones relativas a su competencia y
solicitudes de información que formulen los contribuyentes aplicando
uniformidad de criterio sobre las respuestas que se brindan, incluyendo
la operatoria del denominado mostrador de excepción.
15. Efectuar los trámites necesarios para determinar la procedencia de
las solicitudes presentadas por los contribuyentes, como así también
extender certificaciones a solicitud de los mismos, dentro del ámbito
de su competencia.
16. Administrar los sistemas descentralizados de aplicación en su
jurisdicción, realizando la coordinación necesaria entre las tareas de
recepción de documentación, captura de la recaudación bancaria y de la
información y procesamiento de las distintas obligaciones y control de
los estados de cuentas resultantes, manteniendo operativo el sistema.
17. Realizar el control de calidad de los sistemas y salidas conforme
al plan de actividades y dirigir y controlar la actividad de los
operadores, manteniendo registros de los procesos ejecutados, generando
los archivos de resguardo y operando los sistemas de consultas.
18. Mantener permanentemente actualizado el Padrón General de
Contribuyentes (altas, modificaciones y/o bajas provisorias) en función
de las presentaciones que efectúen los contribuyentes y/o responsables,
de acuerdo a las normas que regulen tal procedimiento.
19. Intervenir en las tareas inherentes al mantenimiento del Sistema de
Control de Juicios Descentralizados en función de las modificaciones
que se estimen conducentes.
20. Entender en la determinación del grado de necesidad, mantenimiento
en custodia y expendio de los valores fiscales e instrumentos de
control que se hallan a su cargo.
21. Entender en la relación con las empresas prestadoras de servicios de distribución de correspondencia.
22. Distribuir la correspondencia y notificar las intimaciones, que no
se efectúen por permisionarios, según las pautas establecidas.
23. Ordenar, archivar y custodiar la documentación y antecedentes relativos a todos los contribuyentes de la jurisdicción.
24. Intervenir en el control, distribución y mantenimiento de los
bienes y recursos materiales asignados, en la preparación del plan
anual de necesidades de bienes y servicios y atender los asuntos
inherentes a los recursos humanos de la dependencia.
25. Efectuar todas las tareas inherentes al control de presentaciones a que están obligadas las empresas promovidas.
26. Proporcionar estadísticas a la Superioridad sobre las tareas
realizadas y suministrar información a las distintas dependencias y
áreas de la organización necesaria para el funcionamiento de las
mismas, dentro del ámbito de su competencia.
RECEPTORÍA
(Corresponde a Rojas - Agencia Sede Junín)
ACCIÓN
Realizar las tareas necesarias para lograr el cumplimiento de las
obligaciones fiscales de los contribuyentes de su zona de influencia y
entender en la recepción de elementos que permitan llevarlo a cabo.
Realizar los trámites de su competencia de acuerdo a las normas
impartidas por la superioridad.
TAREAS
1. Efectuar un adecuado control a efectos de comprobar y mejorar el
grado de cumplimiento de las obligaciones fiscales de los
contribuyentes y/o responsables de su zona de influencia.
2. Entender en la recepción de los elementos que hagan a la recaudación de los impuestos, dándoles el curso correspondiente.
3. Realizar todas las tareas administrativas relacionadas con el personal, documentación y bienes de la Receptoría.
e. 18/12/2014 N° 100090/14 v. 18/12/2014