MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS
Decreto 2455/2014
Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Pública Nacional para el Ejercicio 2014.
Bs. As., 11/12/2014
VISTO el Expediente N° S01:0436652/2012 del Registro del MINISTERIO DE
ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, las Leyes Nros. 26.784 y 26.895, los
Decretos Nros. 1.330 de fecha 30 de agosto de 2011, 2.085 de fecha 7 de
diciembre de 2011 y 902 de fecha 12 de junio de 2012, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 1.330 de fecha 30 de agosto de 2011 se creó, con
dependencia directa de la entonces SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA del
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, el cargo extraescalafonario
de Coordinador General del Programa de Fortalecimiento Institucional.
Que habiendo cesado las causales que aconsejaron su creación, resulta
innecesario mantener el cargo en cuestión, en la organización vigente
de dicha Secretaría.
Que mediante el Decreto N° 2.085 de fecha 7 de diciembre de 2011, se
incorporaron al Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002, los
objetivos de la SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA Y PLANIFICACIÓN DEL
DESARROLLO y de su SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN ECONÓMICA, del
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS.
Que por el Decreto N° 902 de fecha 12 de junio de 2012 se creó el FONDO
FIDUCIARIO PÚBLICO denominado PROGRAMA CRÉDITO ARGENTINO DEL
BICENTENARIO PARA LA VIVIENDA ÚNICA FAMILIAR (Pro.Cre.Ar), con el
objetivo de facilitar el acceso a la vivienda propia de la población y
la generación de empleo como políticas de desarrollo económico y social.
Que dicho programa pretende generar un cambio sustancial en la
participación del ESTADO NACIONAL en lo que refiere a la construcción
de viviendas, y un ataque frontal al déficit habitacional existente,
incentivando la inversión, la producción, el empleo, el mercado interno
y el consumo.
Que a los efectos de optimizar la participación de la SECRETARÍA DE
POLÍTICA ECONÓMICA Y PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO del MINISTERIO DE
ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, como integrante del Comité Ejecutivo del
FONDO FIDUCIARIO PÚBLICO denominado PROGRAMA CRÉDITO ARGENTINO DEL
BICENTENARIO PARA LA VIVIENDA ÚNICA FAMILIAR (Pro.Cre.Ar), resulta
aconsejable crear el cargo de Coordinador General ante el Programa
citado dependiendo de la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN ECONÓMICA de la
mencionada Secretaría, el que tendrá como cometido asistir y asesorar a
la superioridad en lo referido a la determinación de condiciones,
elaboración de instrucciones, la autorización y seguimiento de las
actividades a cargo del referido Fondo Fiduciario y la propuesta y
adopción de medidas para optimizar el desarrollo de las políticas
públicas definidas para el PROGRAMA CRÉDITO ARGENTINO DEL BICENTENARIO
PARA LA VIVIENDA ÚNICA FAMILIAR (Pro.Cre.Ar).
Que por el Artículo 7° de las Leyes Nros. 26.784 y 26.895, se dispuso
el congelamiento de los cargos vacantes financiados existentes a la
fecha de la sanción de las mismas en las Jurisdicciones y Entidades de
la Administración Pública Nacional y de los que queden vacantes con
posterioridad, salvo decisión fundada del señor Jefe de Gabinete de
Ministros o del PODER EJECUTIVO NACIONAL, en virtud de lo dispuesto en
el Artículo 10 de las mencionadas leyes.
Que por el Decreto N° 491 de fecha 12 de marzo de 2002, el PODER
EJECUTIVO NACIONAL reasumió el control directo de todas las
designaciones de personal en el ámbito de la Administración Pública
Nacional.
Que la Licenciada en Economía Doña Mariana Laura GONZÁLEZ (M.I. N°
25.182.275), reúne las exigencias de idoneidad y experiencia necesarias
para cubrir el cargo de Coordinador General ante el PROGRAMA CRÉDITO
ARGENTINO DEL BICENTENARIO PARA LA VIVIENDA ÚNICA FAMILIAR
(Pro.Cre.Ar), de la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN ECONÓMICA,
dependiente de la SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA Y PLANIFICACIÓN DEL
DESARROLLO del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS.
Que la medida propuesta no constituye asignación de recurso extraordinario alguno para el Estado Nacional.
Que la SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención de su
competencia.
Que, la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE
ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en el ejercicio de las atribuciones
conferidas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL,
los Artículos 6°, 7° y 10 de las Leyes Nros. 26.784 y 26.895 y el
Artículo 1° del Decreto N° 491/02.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Modifícase la
distribución del Presupuesto General de la Administración Pública
Nacional para el Ejercicio 2014 - Recursos Humanos, en la parte
correspondiente a la Jurisdicción 50 - MINISTERIO DE ECONOMÍA Y
FINANZAS PÚBLICAS, de acuerdo con el detalle obrante en las Planillas
Anexas al presente artículo, que forman parte integrante del mismo.
Art. 2° — Créase, a partir del
1 de enero de 2013, con dependencia directa de la SUBSECRETARÍA DE
PLANIFICACIÓN ECONÓMICA de la SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA Y
PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
PÚBLICAS, UN (1) cargo extraescalafonario de Coordinador General ante
el PROGRAMA CRÉDITO ARGENTINO DEL BICENTENARIO PARA LA VIVIENDA ÚNICA
FAMILIAR (Pro.Cre.Ar), con rango y jerarquía de Director General, con
una remuneración equivalente al Nivel A, Grado 0 con Función Ejecutiva
Nivel I del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.), aprobado
por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el
Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, cuyas funciones serán
asistir y asesorar a la superioridad en lo referido a la determinación
de condiciones, elaboración de instrucciones, autorización y
seguimiento de las actividades a cargo del Fondo Fiduciario y la
propuesta y adopción de medidas para optimizar el desarrollo de las
políticas públicas definidas para el PROGRAMA CRÉDITO ARGENTINO DEL
BICENTENARIO PARA LA VIVIENDA ÚNICA FAMILIAR (Pro.Cre.Ar).
Art. 3° — Dase por designada en
el cargo de Coordinador General ante el PROGRAMA CRÉDITO ARGENTINO DEL
BICENTENARIO PARA LA VIVIENDA ÚNICA FAMILIAR (Pro.Cre.Ar), dependiente
de la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN ECONÓMICA de la SECRETARÍA DE
POLÍTICA ECONÓMICA Y PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO del MINISTERIO DE
ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, a la Licenciada en Economía Doña Mariana
Laura GONZÁLEZ (M.I. N° 25.182.275), a partir del 1 de enero de 2013 y
hasta el 28 de enero de 2013, con carácter de excepción a lo dispuesto
por el Artículo 7° de las Leyes Nros. 26.784 y 26.895.
Art. 4° — Derógase el Artículo 2° del Decreto N° 1.330 de fecha 30 de agosto de 2011.
Art. 5° — El gasto que demande
el cumplimiento de la presente medida será atendido con los créditos
asignados a la Jurisdicción 50 - MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
PÚBLICAS.
Art. 6° — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Axel
Kicillof.
Planilla Anexa al Artículo 1°