COMISIÓN TÉCNICA MIXTA DEL FRENTE MARÍTIMO

Resolución 18/2014

Norma estableciendo la captura total permisible, para la especie anchoíta (Engraulis anchoita), para el año 2015, en la Zona Común de Pesca.

Montevideo, 18/12/2014

Visto:

La necesidad de contribuir a la conservación y racional explotación de la especie anchoíta (Engraulis anchoita).

Considerando:

1) Que la Comisión Técnica Mixta del Frente Marítimo encomendó al Grupo de Trabajo Anchoíta la tarea de analizar los estudios sobre la dinámica poblacional y evaluación de abundancia de dicha especie, así como la de sugerir medidas de manejo en la ZCP.

2) Que dicho Grupo de Trabajo ha dado cumplimiento al mandato, sugiriendo las medidas solicitadas con el objetivo de mantener la sustentabilidad de dicho recurso.

Atento:

A lo establecido en los artículos 80 y 82 del Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo.

LA COMISIÓN TÉCNICA MIXTA DEL FRENTE MARÍTIMO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Fijar para el año 2015, en la Zona Común de Pesca, la captura total permisible para la especie anchoíta (Engraulis anchoita) en 80.000 toneladas.

ARTÍCULO 2° — Considerar la transgresión de la presente Resolución como un incumplimiento grave.

ARTÍCULO 3° — Comunicar esta Resolución al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la República Argentina y al Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Oriental del Uruguay.

ARTÍCULO 4° — Dar conocimiento público de esta Resolución, a través de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina y en el Diario Oficial de la República Oriental del Uruguay.

Doctor NÉSTOR M. BUSTAMANTE, Delegado, a/c Delegación argentina. — Capitán de Navío (R) JULIO C. SUÁREZ, Presidente.

e. 29/12/2014 Nº 101670/14 v. 29/12/2014