MINISTERIO DE EDUCACIÓN
INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACIÓN TECNOLÓGICA
Resolución 1533/2014
Bs. As., 17/12/2014
VISTO el expediente N° 1.538/14, la Ley N° 22.317 relativa al Régimen
de Crédito Fiscal, sus modificatorias Leyes N° 23.653, N° 24.624, N°
25.300, la Ley N° 26.895 y la Resolución INET N° 124 del 18 de marzo de
2014; y
CONSIDERANDO:
Que ha culminado el proceso de evaluación de los proyectos que se
presentaron a los fines del acceso al Régimen de Crédito Fiscal del
corriente año, realizada por el CENTRO DE ESTUDIOS E INVESTIGACIONES
LABORALES DEL CONICET (CEIL - CONICET).
Que el proceso de evaluación distinguió como proyectos aprobados aquellos que tuvieran 70 puntos o más.
Que el monto total solicitado por las instituciones educativas durante
el presente año excede el cupo establecido en la Ley 26.895.
Que en función del puntaje obtenido por cada proyecto se ha confeccionado un orden de mérito.
Que se ha realizado la distribución jurisdiccional fijada en el punto 1.4 del procedimiento aprobado.
Que posteriormente se elaboró el orden de asignación teniendo en cuenta
la distribución jurisdiccional mencionada y el orden de mérito.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente se dicta en virtud de las facultades otorgadas por los Decretos N° 143/00 y su modificatorio N° 1895/02.
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACIÓN TECNOLÓGICA
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Aprobar la evaluación realizada por el CENTRO DE ESTUDIOS
E INVESTIGACIONES LABORALES DEL CONICET (CEIL - CONICET).
ARTICULO 2° — Asignar a los fines de la aplicación de las Leyes N°
22.317, N° 23.653, N° 24.624, N° 25.300 y N° 26.895, los proyectos
Educación - Trabajo presentados por los establecimientos educativos
comprendidos en el Anexo I que forma parte de la presente Resolución.
ARTICULO 3° — Determinar que, si existiera liberación de cupo
resultante de la no ejecución de los proyectos del Anexo I, se asignará
para incrementar el monto de los proyectos aprobados generados por
posibles variaciones en los costos de los mismos o podrán acceder al
Régimen en función del orden de mérito aquellos proyectos aprobados que
no hubieran accedido a otras fuentes de financiamiento.
ARTICULO 4° — Asignar el cupo resultante de la no ejecución de los
proyectos correspondientes a los expedientes 7321/10, 7624/10, 7634/10,
8303/10, 8318/10, 8322/10, 9408/10, 7492/10, 7448/11, 7481/11, 6899/11,
7419/11, 7453/11, 6878/11, 7096/11, 6423/11, 7449/11 y 7463/11 en
función de lo establecido en el punto 3.3 del procedimiento aprobado
por la Resolución INET N° 124/14, a los proyectos Educación - Trabajo
presentados por los establecimientos educativos comprendidos en el
Anexo II que forma parte de la presente Resolución.
ARTICULO 5° — Autorizar el otorgamiento del correspondiente certificado
de crédito fiscal a las empresas que patrocinan los proyectos
mencionados en los Anexos I y II, con los límites establecidos en el
artículo 2° de la Ley N° 22.317 y en la medida del cumplimiento de los
requisitos de la Resolución INET N° 124 del 18 de marzo de 2014.
ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Prof. EDUARDO ARAGUNDI, Director
Ejecutivo, Instituto de Educación Tecnológica, Ministerio de Educación.
ANEXO II
e. 24/12/2014 N° 101099/14 v. 24/12/2014