MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA

INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA

Resolución 36/2014

Mendoza, 17/12/2014

VISTO el Expediente N° S93:0009746/2014 del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA, la Ley General de Vinos N° 14.878, las Resoluciones Nros. C.1 de fecha 8 de enero de 2009, C.2 de fecha 8 de enero de 2009 y C.58 de fecha 27 de diciembre de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto se tramita la modificación de la Declaración Jurada de Parte Semanal de Cosecha y Elaboración de Bodegas, Fábricas de Mostos y/o Distribuidores - Exportadores de Uva en Fresco y Secaderos, Formulario CEC-01.

Que en el marco de la legislación vigente, compete al INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA (INV), el control técnico de la producción, la industria y el comercio vitivinícola, por lo cual se encuentra facultado para establecer los requisitos con el objeto de contar con la información necesaria relacionada al control cosecha y elaboración.

Que la Resolución N° C.1 de fecha 8 de enero de 2009, homologa el módulo correspondiente al Subsistema Vinos, en lo pertinente al mencionado Parte Semanal de Cosecha y Elaboración.

Que por Resolución N° C.2 de fecha 8 de enero de 2009, se establece que a partir de la Vendimia 2009, las Declaraciones Juradas requeridas por el INV y homologadas por la precitada Resolución N° C.1/09, deberán ser presentadas a través del Sistema de Transferencia Electrónica de Datos.

Que mediante la Resolución N° C.58 de fecha 27 de diciembre de 2012, se modifica a partir de la Vendimia 2013, el llenado del Parte Semanal de Cosecha y Elaboración de Bodegas, Fábricas de Mostos y/o Distribuidores - Exportadores de Uva en Fresco y Secaderos, Formulario CEC-01, en cuanto a la declaración de los productos descubados y obtenidos en la semana, debiendo consignarse tanto en los vinos como en los mostos, su correspondiente color.

Que resulta indispensable asegurar la canalización en tiempo y forma de la información respecto de la producción y la elaboración de productos de origen vitivinícola.

Que la Industria y este Organismo requieren de datos más precisos que enriquezcan la información, a fin de establecer políticas y controles relacionados a los datos de cada vendimia.

Que el método para suministrar la información por parte del inscripto, debe ser práctico, ágil y preciso.

Que el avance de la implementación de nuevas tecnologías informáticas por parte del INV, llevan a simplificar las tareas por parte de los inscriptos, en cuanto a las transmisiones de las declaraciones juradas, referidas a la elaboración.

Que Subgerencia de Asuntos Jurídicos del INV ha tomado la intervención de su competencia.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Leyes Nros. 14.878, 24.566 y 25.163 y el Decreto N° 1.306/08,

EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA

RESUELVE:

1° — Modifícase, a partir de la Vendimia 2015, el llenado del Parte Semanal de Cosecha y Elaboración de Bodegas, Fábricas de Mostos y/o Distribuidores Exportadores de Uva en Fresco y Secaderos, Formulario CEC-01 aprobado por Resolución N° C.58 de fecha 27 de diciembre de 2012, por parte de los establecimientos inscriptos únicamente como Bodega y Fábrica de Mosto, no debiendo registrar en el RUBRO I, Punto 8. COMPROBANTE DE INGRESO DE UVA Utilizados, DESDE/HASTA, motivo por el cual en el RUBRO II - UVA INGRESADA Y PRODUCTOS OBTENIDOS - a) Uva ingresada en la semana: no se registrará los kilogramos de uva ingresados en la semana y en el RUBRO III ÚLTIMO PARTE SEMANAL - RESUMEN GENERAL: No se consignará el total de uva ingresada.

2° — La adecuación instrumentada en el Punto 1° precedente del Formulario CEC-01, se encontrará plasmada en los aplicativos del Sistema de Transferencia Electrónica de Datos, correspondiente a la Vendimia 2015.

3° — El mencionado Formulario CEC-01, en cuanto a su transmisión por parte de los inscriptos, mantendrá el plazo establecido en el Punto 7° de la Resolución N° C.2 de fecha 8 de enero de 2009.

4° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y cumplido, archívese. — C.P.N. GUILLERMO DANIEL GARCIA, Presidente, Instituto Nacional de Vitivinicultura.

e. 24/12/2014 N° 101181/14 v. 24/12/2014