ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS
Resolución 36/2014
Asunto: Habilitación Aduanera Control Fronterizo Ferroviario POSADAS-ENCARNACIÓN. Aduana de Posadas.
Bs. As., 18/12/2014
VISTO la Actuación SIGEA Nº 12237-5-2014 del registro de esta ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que la misma se origina con la solicitud presentada por la Dirección de
Asuntos Técnicos de Fronteras de la Secretaría del Interior, en su
carácter de Organismo Coordinador por la República Argentina de los
Pasos Internacionales, a través de la cual se solicita la habilitación
aduanera del Control Fronterizo Ferroviario del Área de Control
Integrado (ACI) POSADAS - ENCARNACIÓN, bajo la modalidad de control
Cabecera Única en territorio argentino, para Turismo y Tráfico Vecinal
Fronterizo (T.V.F.).
Que las instalaciones destinadas al efecto se encuentran ubicadas en
territorio argentino, en las coordenadas geográficas 27° 37’ 98, 06”
Latitud Sur y 55° 88’ 38, 00” Longitud Oeste.
Que de acuerdo a lo expuesto en la última Reunión Bilateral
Argentina-Paraguay del Subcomité Técnico de Controles y Operatoria en
Frontera del Comité Técnico Nº 2 “Asuntos Aduaneros”, realizada en la
ciudad de Clorinda los días 23 y 24 de octubre del corriente año, la
implementación del control antes mencionado no mereció objeciones por
parte de las delegaciones de ambos países y funcionará de manera
transitoria hasta que se ejecuten las obras definitivas del nuevo
edificio de control ferroviario que será desarrollado por la Entidad
Binacional Yaciretá.
Que en virtud de lo expuesto, corresponde autorizar las operaciones que
se desarrollen en el citado lugar operativo, en forma provisoria hasta
tanto se ejecuten las obras mencionadas precedentemente y se concrete
la delimitación definitiva de la zona primaria aduanera.
Que en autos han tomado debida intervención la Dirección Regional
Aduanera Posadas y la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del
Interior.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por
el Artículo 9°, apartado 2, inciso n) y p) del Decreto Nº 618 del 10 de
Julio de 1997.
Por ello,
EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Autorícese la realización de operaciones aduaneras
correspondientes a los Regímenes de Equipaje y T.V.F. en las
instalaciones provisorias del Centro de Control Fronterizo Ferroviario
del ACI POSADAS - ENCARNACIÓN, en jurisdicción de la Aduana de Posadas,
hasta tanto se concreten las obras definitivas y finalicen los trámites
necesarios para la delimitación de la zona primaria aduanera de dichas
instalaciones.
ARTICULO 2° — La presente tendrá vigencia a partir del día de su suscripción.
ARTICULO 3° — Regístrese, comuníquese. Dése a la Dirección
Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el
Boletín de la Dirección General de Aduanas. Notifíquese a la Dirección
de Asuntos Técnicos de Frontera. Tome conocimiento la Subdirección
General de Operaciones Aduaneras del Interior y la Dirección Regional
Aduanera Posadas. Remítanse estos actuados a la División Aduana de
Posadas para su conocimiento, notificación y aplicación. — Cdor. Púb.
CARLOS ALBERTO SANCHEZ, Director General, Dirección General de Aduanas.
e. 24/12/2014 N° 101471/14 v. 24/12/2014