MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL
Resolución 6742/2014
Bs. As., 22/12/2014
VISTO el Expediente N° 1039/2013 del registro del INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 25.246 y sus modificatorias, en su artículo 14, inciso 7,
establece que el INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL
(INAES) es colaborador en el marco de su competencia con la UNIDAD DE
INFORMACIÓN FINANCIERA (UIF) respecto a la supervisión, fiscalización e
inspección in situ para el control del cumplimiento de las obligaciones
establecidas en el artículo 21° de la Ley N° 25.246 para las mutuales y
cooperativas obligadas de quienes este Instituto es el órgano de
contralor.
Que por Resolución UlF N° 11/2012 se estableció que corresponde el
carácter de sujetos obligados a las siguientes entidades: i) las
cooperativas que realicen operaciones de crédito, sujetas al régimen de
la Ley N° 20.337 y modificatorias, y resoluciones de la autoridad de
aplicación; ii) las asociaciones mutuales que prestan el servicio de
ayuda económica mutual, y que se encuentran sujetas al régimen de la
Ley N° 20.321 y modificatorias, y a la Resolución INAES N° 1418/2003
(modificada por Resolución INAES N° 2772/2008 - T.O. según Resolución
INAES N° 2773/2008); y iii) las entidades que prestan el servicio de
gestión de préstamos regulado por la Resolución INAES N° 1481/2009.
Que por Resolución UIF N° 104/2010 y modificatorias se establece el
mecanismo de colaboración en materia de supervisión, fiscalización e
inspección in situ de los sujetos obligados, entre los que se encuentra
comprendido este Organismo, con la Unidad de Información Financiera
para el control de sus sujetos obligados, previéndose en los artículos
2° y 3° del Anexo l la adopción de un manual de supervisión,
fiscalización, e inspección in situ para realizar los procedimientos de
contralor establecidos.
Que mediante Resolución N° 4910/13 se aprobó el Manual de Supervisión,
Fiscalización e Inspección In-situ y Extra-situ para Sujetos Obligados
por la Resolución UIF N° 11/2012 del Instituto Nacional de
Asociativismo y Economía Social.
Que desde el dictado de la mencionada resolución se han adoptado
diversas medidas sobre la materia, tales como procedimientos,
actualización de los sistemas informáticos, capacitación, sistemas de
información y normativa aplicable, entre otros.
Que en consecuencia, por las citadas razones, se advierte como
conveniente la adecuación del referido manual a los requerimientos
derivados del desarrollo alcanzado y de la experiencia resultante del
trabajo de la Unidad de Prevención de Lavado de Activos y Financiación
del Terrorismo del Instituto.
Que el servicio jurídico permanente ha tomado la intervención que le
compete con carácter previo al dictado del presente acto administrativo.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Leyes N° 20.321
y 20.337, y los Decretos N° 420/96, 723/96, 721/00 y 1192/02.
EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Sustitúyese el Anexo I de la Resolución INAES 4910/2013
por el Anexo I que integra la presenté denominado “MANUAL DE
SUPERVISIÓN, FISCALIZACIÓN E INSPECCIÓN IN-SITU Y EXTRA SITU PARA
SUJETOS OBLIGADOS POR LA RESOLUCIÓN UIF 11/2012 DEL INSTITUTO NACIONAL
DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL” que como Anexo I forma parte del
presente acto administrativo.
ARTICULO 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección
Nacional del Registro Oficial y archívese. — C.P. VICTOR RAUL ROSSETTI,
Vocal. — Dr. ERNESTO E. ARROYO, Vocal. — Arq. DANIEL OMAR SPAGNA,
Vocal. — Ing. JOSE HERNAN ORBAICETA, Vocal. — RICARDO D. VELASCO,
Vocal. — Dr. ROBERTO EDUARDO BERMUDEZ, Vocal. — Dr. PATRICIO JUAN
GRIFFIN, Presidente.
NOTA: Esta Resolución se publica sin Anexos. Los mismos pueden ser consultados en www.inaes.gob.ar
e. 30/12/2014 N° 102866/14 v. 30/12/2014