MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 2228/2014

Bs. As., 18/11/2014

VISTO el Expediente Nº 1.602.386/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 4 del Expediente Nº 1.626.690/14 agregado como foja 55 al Expediente Nº 1.602.386/13, luce un acuerdo celebrado por la UNIÓN OBRERA METALÚRGICA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA por el sector sindical, y la CÁMARA ARGENTINA DEL ACERO por la parte empleadora, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que el acuerdo establece la incorporación de la empresa IMA SERVICIOS INDUSTRIALES ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA al Anexo II del acuerdo que se homologó mediante la Resolución de la SECRETARÍA DE TRABAJO Nº 2124 de fecha 30 de diciembre de 2013. Que a fojas 59 la empresa IMA SERVICIOS INDUSTRIALES ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA ratifica el acuerdo de marras.

Que las partes celebrantes han acreditado su personería y facultades para negociar colectivamente con las constancias que obran en autos y ratificaron su contenido.

Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo se corresponde con la representatividad conjunta de las partes celebrantes.

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas en el artículo 10 del Decreto Nº 200/88 y sus modificatorios.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Declárase homologado el acuerdo que luce a fojas 4 del Expediente Nº 1.626.690/14 agregado como fojas 55 al Expediente Nº 1.602.386/13, celebrado entre la UNIÓN OBRERA METALÚRGICA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA por el sector sindical, y la CÁMARA ARGENTINA DEL ACERO por la parte empleadora, ratificado por la empresa IMA SERVICIOS INDUSTRIALES ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA a fojas 59 del Expediente Nº 1.602.386/13.

ARTÍCULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinación registre el acuerdo y su acta complementaria obrantes a fojas 4 del Expediente Nº 1.626.690/14 agregado como fojas 55 al Expediente Nº 1.602.386/13 y a fojas 59 del Expediente Nº 1.602.386/13, respectivamente.

ARTÍCULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTÍCULO 4° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del acuerdo homologado, resultará aplicable lo dispuesto en el tercer párrafo del Artículo 5° de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.602.386/13

Buenos Aires, 19 de Noviembre de 2014

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 2228/14 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 4 del expediente Nº 1.626.690/14 agregado como fojas 55 al expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 1780/14. — JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

Expte. 1.626.690/14 Ref. 1.602.386/13 (918.231/92)

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 24 días del mes de junio de 2014, siendo las 10:00 horas, comparecen espontáneamente en este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, por ante el Dr. Carlos E. Valente, Secretario de Conciliación del Departamento de Relaciones Laborales Nro. 3 de la DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO, por una parte el Sr. Naldo Brunelli, en su carácter de integrante del Secretariado Nacional de la UNIÓN OBRERA METALÚRGICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA (UOMRA), y por la otra y en representación de la CÁMARA ARGENTINA DEL ACERO (CAA) lo hace el Dr. Julio Caballero.

Declarado abierto el acto, los comparecientes manifiestan que, en el marco de las actuaciones que tramitan en el expediente de la referencia del cual se solicita el desarchivo, y en función de lo requerido por la empresa IMA Servicios Industriales Argentina S.A. en la nota dirigida a la CAA que se acompaña en el expediente 1.626.690/14 (agregado al principal), las Partes han acordado incorporar a dicha empresa en el listado de empresas contratistas que prestan servicios y actividades complementarias de la industria siderúrgica dentro del establecimiento de SIDERCA S.A.I.C., obrante en el Anexo II del acuerdo de fecha 27/12/13, homologado por Res. ST Nº 2124 del 30/12/2013.

En razón de lo convenido, la referida empresa quedará así alcanzada por el punto 1 (1) del citado acuerdo de fecha 27/12/13 de modo que su contenido le resultará aplicable a su personal.

En mérito de lo expuesto los comparecientes vienen a solicitar a esa autoridad administrativa tenga a bien emitir una nueva resolución que declare comprendida a IMA Servicios Industriales Argentina S.A. en el Acuerdo de fecha 27/12/13 y en la resolución que lo homologa.

No siendo para más se da por terminado el acto por ante mí, previa lectura y ratificación que certifico.