MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARÍA DE TRABAJO
Resolución 2228/2014
Bs. As., 18/11/2014
VISTO el Expediente Nº 1.602.386/13 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 4 del Expediente Nº 1.626.690/14 agregado como foja 55 al
Expediente Nº 1.602.386/13, luce un acuerdo celebrado por la UNIÓN
OBRERA METALÚRGICA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA por el sector sindical, y
la CÁMARA ARGENTINA DEL ACERO por la parte empleadora, conforme lo
dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que el acuerdo establece la incorporación de la empresa IMA SERVICIOS
INDUSTRIALES ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA al Anexo II del acuerdo que se
homologó mediante la Resolución de la SECRETARÍA DE TRABAJO Nº 2124 de
fecha 30 de diciembre de 2013. Que a fojas 59 la empresa IMA SERVICIOS
INDUSTRIALES ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA ratifica el acuerdo de marras.
Que las partes celebrantes han acreditado su personería y facultades
para negociar colectivamente con las constancias que obran en autos y
ratificaron su contenido.
Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo se corresponde con la representatividad conjunta de las partes celebrantes.
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones
del Trabajo de este Ministerio ha tomado la intervención que le
compete.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas en el
artículo 10 del Decreto Nº 200/88 y sus modificatorios.
Por ello,
LA SECRETARIA DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Declárase homologado el acuerdo que luce a fojas 4 del
Expediente Nº 1.626.690/14 agregado como fojas 55 al Expediente Nº
1.602.386/13, celebrado entre la UNIÓN OBRERA METALÚRGICA DE LA
REPÚBLICA ARGENTINA por el sector sindical, y la CÁMARA ARGENTINA DEL
ACERO por la parte empleadora, ratificado por la empresa IMA SERVICIOS
INDUSTRIALES ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA a fojas 59 del Expediente Nº
1.602.386/13.
ARTÍCULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección
General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN. Cumplido, pase a la Dirección de
Negociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinación
registre el acuerdo y su acta complementaria obrantes a fojas 4 del
Expediente Nº 1.626.690/14 agregado como fojas 55 al Expediente Nº
1.602.386/13 y a fojas 59 del Expediente Nº 1.602.386/13,
respectivamente.
ARTÍCULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.
ARTÍCULO 4° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito del acuerdo homologado, resultará aplicable lo
dispuesto en el tercer párrafo del Artículo 5° de la Ley Nº 14.250
(t.o. 2004).
ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
Expediente Nº 1.602.386/13
Buenos Aires, 19 de Noviembre de 2014
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 2228/14 se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 4 del expediente Nº
1.626.690/14 agregado como fojas 55 al expediente de referencia,
quedando registrado bajo el número 1780/14. — JORGE ALEJANDRO INSUA,
Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.
Expte. 1.626.690/14 Ref. 1.602.386/13 (918.231/92)
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 24 días del mes de junio
de 2014, siendo las 10:00 horas, comparecen espontáneamente en este
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, por ante el Dr.
Carlos E. Valente, Secretario de Conciliación del Departamento de
Relaciones Laborales Nro. 3 de la DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES DEL
TRABAJO, por una parte el Sr. Naldo Brunelli, en su carácter de
integrante del Secretariado Nacional de la UNIÓN OBRERA METALÚRGICA DE
LA REPUBLICA ARGENTINA (UOMRA), y por la otra y en representación de la
CÁMARA ARGENTINA DEL ACERO (CAA) lo hace el Dr. Julio Caballero.
Declarado abierto el acto, los comparecientes manifiestan que, en el
marco de las actuaciones que tramitan en el expediente de la referencia
del cual se solicita el desarchivo, y en función de lo requerido por la
empresa IMA Servicios Industriales Argentina S.A. en la nota dirigida a
la CAA que se acompaña en el expediente 1.626.690/14 (agregado al
principal), las Partes han acordado incorporar a dicha empresa en el
listado de empresas contratistas que prestan servicios y actividades
complementarias de la industria siderúrgica dentro del establecimiento
de SIDERCA S.A.I.C., obrante en el Anexo II del acuerdo de fecha
27/12/13, homologado por Res. ST Nº 2124 del 30/12/2013.
En razón de lo convenido, la referida empresa quedará así alcanzada por
el punto 1 (1) del citado acuerdo de fecha 27/12/13 de modo que su
contenido le resultará aplicable a su personal.
En mérito de lo expuesto los comparecientes vienen a solicitar a esa
autoridad administrativa tenga a bien emitir una nueva resolución que
declare comprendida a IMA Servicios Industriales Argentina S.A. en el
Acuerdo de fecha 27/12/13 y en la resolución que lo homologa.
No siendo para más se da por terminado el acto por ante mí, previa lectura y ratificación que certifico.