Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
RECOMPENSAS
Resolución 2342/2014
Déjase sin efecto ofrecimiento.
Bs. As., 30/12/2014
VISTO la Ley Nº 26.375, las Resoluciones M.J. y D.H. Nros. 2318 del 29
de octubre de 2012 y 1098 del 5 de julio de 2013, y el Legajo N° 106/13
de la UNIDAD ESPECIAL PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA
JUSTICIA, y
CONSIDERANDO:
Que por ante el JUZGADO FEDERAL DE PRIMERA INSTANCIA de SAN RAFAEL,
provincia de MENDOZA: se instruyen los autos N° A-19.612, caratulados:
“Fiscal c/Baez, Miguel Angel y otros p/Av. Inf. Delitos de Lesa
Humanidad” y el Legajo N° 14- FERREYRA, Efren Dario s/ privación ilegal
de libertad (art. 144 bis inc. 1), vejación o apremios ilegales (art.
144 bis inc. 2), asociación ilícita, robo con armas, homicidio agravado
con ensañamiento, alevosía, homicidio agravado p/el conc. de dos o más
personas y violación con fuerza o intimidación”.
Que mediante la Resolución M.J. y D.H. Nº 1098/13 se ofreció como
recompensa, dentro de la REPÚBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS CIEN MIL
($ 100.000), destinada a aquellas personas que brinden datos útiles que
resulten determinantes para la detención de Efren Dario FERREYRA
(D.N.l. Nº 6.931.572), sobre quien pesaba pedido de captura nacional e
internacional desde el día 18 de diciembre de 2012.
Que posteriormente a través de la Resolución M.J. y D.H. Nº 1640 del 12
de septiembre de 2014, se prorrogaron por sendos términos de (DOCE) 12
meses varias recompensas, incrementándose el monto a la suma de PESOS
QUINIENTOS MIL ($ 500.000) entre ellas la correspondiente a la
resolución citada precedentemente.
Que por Oficio del día 20 de noviembre de 2014 el doctor Eduardo Ariel
PUIGDENGOLAS, Juez a cargo del mencionado Juzgado, informa el deceso de
Efren Dario FERREYRA, ocurrido el día 1º de marzo de 2014 en la ciudad
de SAN LUIS, provincia de SAN LUIS.
Que por lo expuesto, corresponde dejar sin efecto la recompensa
ofrecida a través de la Resolución M.J. y D.H. N° 1098/13 prorrogada
por su similar N° 1640/14 destinada a aquellas personas que brindasen
datos útiles que resultasen determinantes para la detención de Efren
Dario FERREYRA.
Que ha tomado intervención la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas
por el artículo 3° de la Ley Nº 26.375 y de conformidad con la
Resolución M.J. y D.H. Nº 2318/12.
Por ello,
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
RESUELVE:
Artículo 1° — Déjase sin efecto
el ofrecimiento de recompensa dentro de la REPÚBLICA ARGENTINA, de la
suma de PESOS QUINIENTOS MIL ($ 500.000), destinada a aquellas personas
que brindasen datos útiles que resultasen determinantes para la
detención de Efren Dario FERREYRA (D.N.I. Nº 6.931.572), dispuesta por
la Resolución M.J. y D.H., Nº 1098/13 y prorrogada por su similar Nº
1640/14.
Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Julio C. Alak.